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CerrarAutorización del acuerdo de encomienda de gestión entre la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Desarrollo Rural y GEACAM para el servicio de asistencia a los visitantes en los centros de interpretación de los espacios naturales protegidos
EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL Y LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. (GEACAM), PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA A LOS VISITANTES EN LOS CENTROS DE INTERPRETACIÓN DE LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS EN CASTILLA-LA MANCHA, PARA LOS AÑOS 2017 Y 2018; EL GASTO DERIVADO DE LA REFERIDA ENCOMIENDA Y LA SUPERACION DE PORCENTAJES DEL ARTÍCULO 48 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE.
Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en acciones de internacionalización convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha
La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a potenciar la participación agrupada en acciones de promoción con enfoque sectorial, así como en acciones específicas de prospección y promoción, convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.
La finalidad de estas acciones es favorecer la internacionalización del tejido empresarial y productivo regional, contribuyendo a incrementar y consolidar su presencia en los principales mercados internacionales.
Actuaciones a subvencionar
Serán subvencionables para el beneficiario, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden los gastos, por los siguientes conceptos:
a) En la participación en ferias y eventos: viaje de una persona por cada empresa participante, alquiler del espacio expositivo, diseño, montaje y decoración del stand, inserción en catálogos oficiales de la feria, transporte de muestras, alquiler de mobiliario y equipos audiovisuales, azafatas e intérpretes.
b) En las visitas a ferias y eventos: viaje de una persona por cada empresa participante, transporte de muestras, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
c) En las acciones promocionales: viaje de una persona por cada empresa participante, alquiler y acondicionamiento del espacio expositivo, transporte de muestras, intérpretes, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas y agencia organizadora del evento.
d) En las misiones comerciales directas: viaje de una persona por cada empresa participante, alquiler de espacios para exposiciones y encuentros, transporte de muestras, intérpretes, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
e) En las misiones comerciales inversas: cuota de participación, alquiler de espacios para exposiciones y encuentros, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas, servicios de interpretación.
a) En las misiones de prospección y estudio: viaje de una persona por cada empresa participante, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.
Forma de presentación de la solicitud
Las solicitudes se presentarán en el plazo que se determine en la convocatoria, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario que se establezca en la misma.
Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en la Orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el artículo 10 y adjudicar, con el límite del crédito fijado en la convocatoria, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en la fase de evaluación.
Cuantía de la subvención
La cuantía de la subvención se obtendrá aplicando un porcentaje sobre el coste subvencionable aprobado. Dicho porcentaje se determinará en las correspondientes convocatorias, en función de los costes de la acción de promoción objeto de la convocatoria y de las disponibilidades presupuestarias, sin que pueda exceder del 80% del coste subvencionable aprobado, con el límite de 15.000 euros por beneficiario y convocatoria.
Financiación
Estas ayudas se financiarán con cargo al crédito de las partidas presupuestarias del IPEX integradas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se determinen en la convocatoria y que podrán ser de carácter plurianual.
Estas ayudas, excepto si los beneficiaros son grandes empresas, podrán ser cofinanciadas al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de acuerdo con lo establecido en el Programa Operativo de la Región de Castilla-La Mancha para la programación del FEDER 2014-2020, a través del Eje prioritario 3 ”mejora la competitividad y presencia internacional de la Pyme”, OT3 y prioridad de inversión 3d “Apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales” y objetivo específico OE.3.4.3 “promover la internacionalización de las Pymes”.
Justificación de la ayuda
El plazo máximo de presentación de la justificación de la ayuda será de un mes desde la finalización acción que se contemple en la convocatoria y deberá llevarse a cabo de la forma prevista en el artículo 23 de la Orden.
Enlaces relacionados:
Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden que establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de planes individuales de promoción internacional convocadas por el IPEX para promover y consolidar la actividad exportadora
La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de acciones contempladas en los Planes Individuales de Promoción Internacional de los solicitantes.
La finalidad de estas acciones es favorecer la internacionalización del tejido empresarial y productivo regional, contribuyendo a incrementar y consolidar su presencia en los principales mercados internacionales.
Actuaciones a subvencionar
Serán subvencionables para el beneficiario, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden los gastos, por los siguientes conceptos:
a) En la participación en ferias y eventos: viaje de una persona, alquiler del espacio expositivo, diseño, montaje y decoración del stand, inserción en catálogos oficiales de la feria, transporte de muestras, alquiler de mobiliario y equipos audiovisuales, azafatas e intérpretes.
b) En las visitas a ferias y eventos: viaje de una persona, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
c) En las acciones promocionales: viaje de una persona, alquiler y acondicionamiento del espacio expositivo, transporte de muestras, intérpretes, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas y agencia organizadora del evento.
d) En los viajes comerciales y de prospección y estudio: viaje de una persona, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas. Se apoyará una máximo de tres viajes por cada país objetivo.
e) Gastos derivados del registro de patentes y marcas y homologaciones y certificaciones ante organismos oficiales en el exterior, así como organismos nacionales que faciliten la comercialización en el exterior.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas
con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.
Forma de presentación de la solicitud
Las solicitudes se presentarán en el plazo que se determine en la convocatoria, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario que se establezca en la misma.
Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en la Orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el artículo 10 y adjudicar, con el límite del crédito fijado en la convocatoria, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en la fase de evaluación.
Cuantía de la subvención
Las correspondientes convocatorias establecerán el porcentaje de subvención. El porcentaje máximo será del 60% del coste subvencionable, salvo para las grandes empresas que será del 50%, con el límite que se establezca en la convocatoria que será como máximo de 15.000 euros por beneficiario y convocatoria.
Financiación
Estas ayudas se financiarán con cargo al crédito de las partidas presupuestarias del IPEX integradas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se determinen en la convocatoria y que podrán ser de carácter plurianual.
Estas ayudas, excepto si los beneficiaros son grandes empresas, podrán ser cofinanciadas al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de acuerdo con lo establecido en el Programa Operativo de la Región de Castilla-La Mancha para la programación del FEDER 2014-2020, a través del Eje prioritario 3 ”mejora la competitividad y presencia internacional de la Pyme”, OT3 y prioridad de inversión 3d “Apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales” y objetivo específico OE.3.4.3 “promover la internacionalización de las Pymes”.
Justificación de la ayuda
El plazo máximo de presentación de la justificación de la ayuda será de un mes desde la finalización del plazo de ejecución que se contemple en la convocatoria y deberá llevarse a cabo de la forma prevista en el artículo 23 de la Orden.
Enlaces relacionados:
Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para el ejercicio de 2017, con cargo al fondo de ayuda sindical
Mediante esta resolución se convocan subvenciones con cargo al Fondo de Ayuda Sindical para el ejercicio 2017.
Dichas ayudas, cuyos beneficiarios son las organizaciones sindicales legalmente constituidas y con representación en Castilla-La Mancha, se convocan para la elaboración y desarrollo por dichas organizaciones de actividades de acción sindical y/o de formación sindical de los y las representantes de los trabajadores y las trabajadoras.
El procedimiento de concesión de las subvenciones convocadas mediante esta resolución se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Las subvenciones se distribuirán proporcionalmente en función del número de representantes sindicales que se hayan obtenido, por cada Organización Sindical beneficiaria de las ayudas, a fecha 31 de diciembre de 2016, con el límite del crédito presupuestario asignado.
Enlace relacionado:
Acuerdo por el que se resuelve el expediente sancionador por infracción de la Ley 2/2013, de 25 de abril, del juego y las apuestas de Castilla-La Mancha.
Procedimiento sancionador consistente en la venta de unos boletos de lotería en el territorio de Castilla-La Mancha por una organización que carece de la preceptiva autorización administrativa para realizar esta actividad, por el que se impone a dicha entidad una sanción económica por infracción de la Ley 2/2013, de 25 de abril, del juego y las apuestas de Castilla- la Mancha.
Cesión gratuita a favor del ayuntamiento de Huerta de Valdecarábanos (Toledo), de una parcela con destino a un punto limpio.
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es propietaria de una parcela rústica que cede ahora al Ayuntamiento de Huerta Valdecarábanos para la instalación de un punto limpio.
En caso de que la parcela no se destinara a ese fin en un máximo de cinco años o dejara de destinarse posteriormente, se considerará resuelta la cesión y esta revertirá de nuevo al patrimonio de la Comunidad Autónoma.
Autorización de la contratación y del gasto necesario para la tramitación del expediente 2017/000073 relativo a la contratación el servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación de la gerencia de atención de Ciudad Real
Expedienten.º 2017/ 000073 para la contratación del Servicio de Limpieza, Desinfección, Desraázación y Desinsectación de la Gerencia de Atención Integrada de Ciudad Real (61032000CR17SER000042017-0-1):
La actividad administrativa y médico-asistencial desarrollada en los Centros sanitarios adscritos a la Gerencia de Atención Integrada de Ciudad Real, determina la necesidad para usuarios y plantilla de que sus instalaciones se mantengan siempre en buen estado desde el punto de vista higiénico-sanitario, y para tal fin ha de efectuarse una limpieza y desinfeccióo integral de sus locales y dependencias, cuyas caracteósticas y frecuencia variará en función de las necesidades de los distintos Servicios y Cnidades. Asimismo, la ropa (lisa y de forma) utilizada en los CEDT, CS, CL y otros Centros de dicha Gerencia debe estar en perfecto estado de uso para los fines asistenciales, por lo que es preciso garanázar el tratamiento adecuado de la misma (recogida, la,·ado, secado, planchado y entrega de ropa). La Administración carece de los medios personales, materiales y técnicos para efectuar dichos servicios por lo que es preciso contratarlo con una empresa especiali.zada del sector .
El Gasto estimado para 48 meses de contrato principal es : 23.528.435,96 € iva incluido (Neto: 19.444.988,40 €; ]va 21 % a soportar por la Administración: 4.083.-1-47,56é)
El valor estimado del contrato (suma del contrato Principal, eventuales prórrogas y modificaciones previstas, IVA excluido) para 72 meses es: 29.167.482,60 €.
Autorización de la convocatoria en 2017 de las solicitudes anuales de pago de las primas de mantenimiento y las compensatorias para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas
El Consejo de Gobierno ha autorizado de la convocatoria en 2017 de las solicitudes anuales de pago de las primas de mantenimiento y las compensatorias de la orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas, y autorización de la superación de los porcentajes establecidos en el 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, para atender las obligaciones derivadas de estas solicitudes.
Enlaces relacionados:
Toma de conocimiento de la resolución por la que se convocan en régimen de minimis, ayudas en especie para la participación agrupada en el stand para la asistencia a la feria agroalimentaria Fruit attraction 2017.
EL CONSEJO DE GOBIERNO HA TOMADO CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS Y COOPERATIVAS, POR LA QUE SE CONVOCAN EN RÉGIMEN DE MINIMIS, AYUDAS EN ESPECIE PARA LA PARTICIPACIÓN AGRUPADA EN EL STAND QUE CONTRATARÁ LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL PARA LA ASISTENCIA A LA FERIA AGROALIMENTARIA FRUIT ATTRACTION 2017.
Enlaces relacionados:
Toma en consideración de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y de gestión de la I+D y técnicos de laboratorio para jóvenes
Se modifica la Orden 04/11/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, con el objeto de simplificar los requisitos que se fijaban para poder ser beneficiario de este sistema, respetando, en todo caso, los requerimientos derivados de la normativa comunitaria, según establece el Real Decreto-Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Asimismo, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, se incorpora la base vigésimo octava al texto.
Enlaces relacionados:
Toma en consideración de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la contratación de tecnólogos en empresas y centros tecnológicos, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Se modifica la Orden 09/11/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, con el objeto de simplificar los requisitos que se fijaban para poder ser beneficiario de este sistema, respetando, en todo caso, los requerimientos derivados de la normativa comunitaria, según establece el Real Decreto-Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Asimismo, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, se incorpora la base vigésimo octava al texto.
Por otra parte, se quiere ampliar las entidades beneficiarias de estas ayudas incorporando a las entidades públicas sin ánimo de lucro en la base tercera.
Enlaces relacionados:
Toma de conocimiento de la resoución de convocatoria de subvenciones para la financiación de Proyectos de investigación del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de Castilla‐La Mancha para el año 2017
Convocar las subvenciones para la financiación de Proyectos de Investigación del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de Castilla‐La Mancha para el año 2017, conforme a las base reguladoras establecidas mediante Orden de 13/07/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la financiación de Proyectos de Investigación del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de Castilla‐La Mancha.