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AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ART.48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2020 Y 2021, DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE DOS CONTRATOS PARA VARIOS CENTROS

AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ART.48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2020 Y 2021, DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE DOS CONTRATOS PARA VARIOS CENTROS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIENESTAR SOCIAL DE CIUDAD REAL.

 

Como consecuencia de su tramitación, se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en la anualidad 2020 , en el vinculante 2704.313C.22, hasta alcanzar un total de 72,31%, y en la anualidad 2021 hasta llegar a un 60,72%.

 

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación del citado porcentaje.

AUTORIZACIÓN PARA LA SUPERACIÓN DEL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL EN LA ANUALIDAD 2020, CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA 2019 DE AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DEL ALUMNADO QUE PARTICIPE EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL

AUTORIZACIÓN PARA LA SUPERACIÓN DEL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL EN LA ANUALIDAD 2020, CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA 2019 DE AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DEL ALUMNADO QUE PARTICIPE EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL EN CUALQUIERA DE LAS ENSEÑANZAS DE LA OFERTA EDUCATIVA ESPECÍFICA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL Y POR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.     El gasto a realizar para la citada convocatoria determina que se supere el porcentaje de gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del citado texto legal, previo informe de la Consejería de Hacienda, se solicita del Consejo de Gobierno su modificación.

 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA IMPUGNAR EL ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA OLALLA, POR EL QUE SE RESUELVE UNILATERALMENTE EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA Y EL AYUNTAMIENTO DE ESA LOCALIDAD

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA IMPUGNAR EL ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA OLALLA, POR EL QUE SE RESUELVE UNILATERALMENTE EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA Y EL AYUNTAMIENTO DE ESA LOCALIDAD PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.   El Consejo de Gobierno al Gabinete Jurídico para que impugne ante la jurisdicción contencioso‐administrativa, el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Santa Olalla, de 28 de junio de 2018, por el acuerda resolver unilateralmente el convenio suscrito entre Infraestructuras del Agua de Castilla‐La Mancha y el Ayuntamiento de esa localidad para la prestación del servicio de depuración de aguas residuales”.

 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS A MENORES DE EDAD EN SITUACIÓN DE ORFANDAD COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y A FAMILIARES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA DE LA MUJER

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS A MENORES DE EDAD EN SITUACIÓN DE ORFANDAD COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y A FAMILIARES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA DE LA MUJER VÍCTIMA MORTAL COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO.

 

Este Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a menores de edad en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género. La concesión de forma directa de esta subvención viene impuesta por la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una sociedad libre de violencia de género en Castilla-La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 44/2019, de 21 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a menores de edad en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género

AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO A SODICAMAN, PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL DE LA MERCANTIL SKYDWELLER, S.L

La mercantil estadounidense SKYDWELLER AERO INC ha previsto la ejecución, a través de su filial en España, SKYDWELLER, S.L., de un proyecto de inversión para la adquisición del avión SOLAR IMPULSE, con la finalidad de llevar a cabo los desarrollos necesarios para la posterior fabricación de drones que serán utilizados tanto para su comercialización como para la prestación de servicios diversos. SKYDWELLER, S.L. fijará su domicilio social en el aeropuerto de Ciudad Real, lugar en que se ubicarán su almacén, hangar e instalaciones.

 

La inversión del proyecto se estima en 44 millones de euros para el período 2019 a 2023. Se estima un plazo de 18 meses para el comienzo de la fabricación del primer dron.

 

En consecuencia, atendiendo a las características del proyecto, cuyo impacto económico se valora muy positivamente dado el volumen de inversión, sus repercusiones, especialmente, en el ámbito tecnológico, así como el impacto esperado en la creación de empleo, se estima que el instrumento financiero más adecuado para la participación de la JCCM, es la participación en el capital social de SKYDWELLER, S.L por parte de la empresa pública regional SODICAMAN, por constituir una actuación típica dentro de su objeto social. La participación en el capital social será de 1.500.000 euros (4,40% del capital social de la empresa).

 

Por todo lo expuesto, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada Ley, entre los que se encuentra SODICAMAN, S.A, se ajustará al régimen previsto en el artículo 24 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos de Castilla- la Mancha, que establece que la autorización de los gastos en que incurran las entidades señaladas en el apartado 1 corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.

 

 

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN: INNOVA-ADELANTE EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL EJERCICIO 2019

 

El Consejo de Gobierno ha autorizado a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, en relación con el expediente de gasto relativo a la Resolución por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de apoyo a la innovación: Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciables en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2019, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.

 

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER LA CELEBRACIÓN DE FERIAS COMERCIALES EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL EJERCICIO 2019

El Consejo de Gobierno ha autorizado a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, en relación con el expediente de gasto relativo a la Resolución por la que se convocan las ayudas destinadas a promover la celebración de ferias comerciales en Castilla-La Mancha para el ejercicio 2019, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.

 

MODIFICACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE JUEGOS SUPRIMIENDO LAS AUTORIZACIONES DE INSTALACIÓN PARA LOCALES DE JUEGO PREVISTAS SACAR A CONCURSO PÚBLICO EN EL AÑO 2019.

Dado el actual contexto social, donde el incremento de locales de juego y de la actividad de juego y apuestas en general, ha generado una importante alarma social y el número de los que hasta la fecha se encuentra autorizados en nuestra comunidad, hace necesario modificar la actual medida planificadora, pero sólo en lo que respecta a la convocatoria de un nuevo concurso público para la adjudicación de 10 autorizaciones de instalación de establecimientos de juegos, tal y como prevé el vigente Acuerdo de Consejo de Gobierno para este año 2019, al amparo de lo establecido en el artículo 7 letra a) de la Ley 2/2013, de 25 de abril, del Juego y las Apuestas de Castilla-La Mancha, y del punto segundo del Anexo del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2017, de tal forma que permita a la Administración garantizar la protección de los colectivos sensibles y en definitiva del interés general, sin que por ello pierda su capacidad de control sobre esta actividad.

 

Resolución de 22/05/2019, de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se modifica la planificación de los establecimientos de juegos, suprimiendo las autorizaciones de instalación para locales de juego previstas sacar a concurso público en el año 2019

ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DEL VICEPRESIDENTE PRIMERO AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO EN MATERIA DE RECLAMACIÓN DE DEUDA POR DIFERENCIA DE CUOTAS

Se da cuenta al Consejo de Gobierno de la autorización de 9 de mayo de 2019, otorgada por el Vicepresidente Primero de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al Gabinete Jurídico, para la interposición del recurso contencioso-administrativo, contra la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Ciudad Real, de 28 de febrero de 2019, en materia de reclamación de deuda por diferencia de cuotas.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA VARIOS DECRETOS DEL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA

El Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para interponer recurso contencioso-administrativo contra los acuerdos adoptados por Decretos de la alcaldía del Ayuntamiento de Pastrana, sobre procedimiento de selección de plazas.

DECRETO POR EL QUE SE GARANTIZAN EL DERECHO A LA INFORMACIÓN, EL DERECHO AL ACOMPAÑAMIENTO Y LOS TIEMPOS MÁXIMOS DE ATENCIÓN EN LOS SERVICIOS DE URGENCIA HOSPITALARIA DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA

Este decreto tiene por objeto regular los tiempos máximos de atención en los servicios de urgencia hospitalaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), así como el derecho a estar acompañados y a la información de los pacientes y sus acompañantes.

 

Tiempos máximos:

-         Todas las personas que soliciten asistencia en urgencias hospitalarias tienen derecho a ser recepcionadas, acogidas y clasificadas (R.A.C.) por un profesional sanitario titulado en los primeros diez minutos de su permanencia en el área de urgencias después de haber sido filiada en el servicio de admisión, con el objetivo de evaluar la gravedad del proceso que padece y priorizar el orden de atención, el lugar y los medios que necesite, salvo en las emergencias que serán atendidas de manera inmediata.

 

-         Todas las personas atendidas en un servicio de urgencias que precisen ingreso hospitalario tienen derecho a ocupar una cama de hospitalización a la mayor brevedad posible y en todo caso en un tiempo máximo de doce horas siguientes a la solicitud administrativa de ingreso.

 

-         No podrán transcurrir más de doce horas sin que se haya facilitado al paciente o a sus acompañantes información completa sobre su proceso asistencial.

 

Asimismo, mediante el presente decreto, con el fin de preservar la seguridad de las personas especialmente de los residentes en las zonas rurales, se garantiza que no se podrán suprimir los Puntos de Atención Continuada ya existentes en atención exclusivamente a argumentos basados en criterios de carácter económico.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 45/2019, de 21 de mayo, por el que se garantizan el derecho a la información, el derecho al acompañamiento y los tiempos máximos de atención en los servicios de urgencia hospitalaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE UNA ACTUALIZACIÓN DE SALA DE ANGIOGRAFÍA DIGITAL BIPLANO PARA EL SESCAM

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.014.138,29 € , de acuerdo con el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 y el Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, referido al expediente siguiente:

“Suministro de una actualización de sala de angiografía digital biplano para el Servicio de Radiodiagnóstico del Complejo Hospitalario de Albacete, perteneciente al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha”.

 

El importe asciende a 1.014.138,29 € con el siguiente desglose:

 

Actualización Angiógrafo Biplano   2019                61030000 G/412D/62100    883.000,00 €

Obras                                              2019                61030000 G/412D/63000    131.138,29 €