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AUTORIZACIÓN DE GASTO Y SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE LA MEZQUITA DE TORNERÍAS DE TOLEDO PARA DESTINARLA A SU USO COMO CENTRO DE PROMOCIÓN DE LA ARTESANIA DE CASTILLA-LA MANCHA.
El Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto de 1.192.718,03 euros, para el expediente de contratación administrativa de las obras de rehabilitación integral de la Mezquita de Tornerías de Toledo para destinarla a su uso como centro de promoción de la artesanía de Castilla-La Mancha, imputable a la partida presupuestaria 19120000G/751D/61012.
Asimismo, se ha autorizado a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.
PROYECTO DE LEY DE PARTICIPACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA
El Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Participación de Castilla-La Mancha, cuyo objeto es “…profundizar en la competencia autonómica de promoción de la participación ciudadana”, en desarrollo de las disposiciones contenidas en el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, entre otras en lo previsto en su artículo 4.2, en cuanto que asigna a los poderes públicos regionales la obligación de facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social de la región.
Enlaces relacionados:
Proyecto de Ley de Participación de Castilla-La Mancha
Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha.
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (EOI), PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS MILLENIALS Y BIG DREAMS DE LA FUNDACIÓN EOI
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (EOI), PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS MILLENIALS Y BIG DREAMS DE LA FUNDACIÓN EOI DENTRO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE INTERVENCIÓN COMUNITARIA DEL FONDO SOCIAL EUROPEO DE EMPLEO JUVENIL.
El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para el desarrollo de los Proyectos Millenials y Big Dreams de la Fundación EOI dentro del Programa Operativo de intervención comunitaria del Fondo Social Europeo de Empleo Juvenil.”
El objeto del Decreto consiste en regular la concesión directa de una subvención a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para colaborar financieramente en el desarrollo de los proyectos de formación profesional para personas jóvenes en el marco del Programa Operativo de intervención comunitaria del Fondo Social Europeo de Empleo Juvenil CCI2014ES05M9OP001, siguientes:
a) El Proyecto Millenials para el fomento del trabajo por cuenta ajena en jóvenes, que contempla acciones de formación y prácticas no laborales relacionadas con nuevas profesiones, digitalización, competencias transversales, economía verde, marketing digital, eficiencia energética y especialización tras la finalización de estudios reglados.
b) El Proyecto Big Dreams para el fomento del emprendimiento y el autoempleo en jóvenes, que contempla acciones de formación para el emprendimiento (liderazgo, innovación y creatividad, iniciativa emprendedora, financiación, toma de decisiones y desarrollo personal, entre otras) combinadas con acciones de orientación, asesoramiento especializado y acompañamiento en el desarrollo de planes de empresa para el apoyo y puesta en marcha de proyectos empresariales.
La subvención se otorgará en régimen de concesión directa y se instrumentará mediante la suscripción de un convenio entre la persona titular de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Fundación EOI, en el que se especificarán los compromisos y condiciones aplicables de acuerdo con lo previsto en este decreto.
La subvención objeto de este decreto asciende a 202.750 euros, lo que supone un 8,11 % del total del importe del proyecto, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 19090000/G/324A/48621 0000000060, con fondos finalistas, del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO CORRESPONDIENTE AL EXPEDIENTE DE INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR SUSPENSIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO HOSPITAL DE CUENCA
Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 7.089.746,68 €, de acuerdo con el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 y el Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, referido al expediente siguiente:
“Indemnización derivada de los daños y perjuicios causados por suspensión de la obra de construcción del NUEVO HOSPITAL DE CUENCA”.
El importe asciende a:
ANUALIDADES (IVA incluido):
ANUALIDAD 2019 7.089.746,68 €
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 610200 G412D 22610
RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA ORDEN 80/2018, DE 22 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS PARA EL AÑO 2020
La convocatoria y las bases reguladoras contenidas en la Orden establecen objeto, características, condiciones y criterios de adjudicación de las ayudas al arrendamiento de viviendas para el ejercicio 2020, con las que se pretende financiar a aquellas personas físicas con menores recursos económicos que cumplan los requisitos exigidos en la Orden, una parte de la renta a satisfacer por el arrendamiento de la vivienda, facilitándoles el acceso y la permanencia en la misma, así como a las asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones que sean titulares de un contrato de arrendamiento y que destinen la vivienda a alojar a personas con especiales necesidades.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto dos meses a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria.
Las solicitudes de ayuda, se cumplimentarán en el correspondiente modelo oficial que consta como Anexo I en la presente convocatoria y en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha (www. jccm.es).
La solicitud deberá acompañarse de la documentación establecida y sólo cabrá su presentación por medios electrónicos, bien mediante envío telemático de datos a través del formulario incluido en la sede electrónica (www.jccm.es) si se dispusiese de firma electrónica o bien mediante el procesamiento de la solicitud por parte de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento por medio de la concertación de cita previa con los Servicios de Vivienda de dichas Direcciones Provinciales.
Enlaces relacionados:
MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO EN LA ANUALIDAD DEL 2020 Y EN LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 18.08.455A.69000, HASTA EL 314,31 POR CIENTO
APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS UNIDADES DE IGUALDAD DE GÉNERO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
El decreto tiene por objeto regular las Unidades de Igualdad de Género, previstas por el artículo 14 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha, como unidades administrativas encargadas en cada consejería de facilitar la implantación de la transversalidad de género, haciéndola extensible a todas sus unidades administrativas, para favorecer y abrir nuevas vías de integración efectiva de la igualdad entre mujeres y hombres en el diseño, desarrollo, seguimiento y evaluación de la práctica administrativa, con el fin de impulsar, coordinar e implementar la perspectiva de género en la planificación, gestión y evaluación en sus respectivas políticas, programas y medidas.
Enlaces relacionados:
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 14/2018, DE 27 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DE CARÁCTER INCENTIVADOR PARA PROYECTOS DINAMIZADORES DEL EMPLEO LOCAL
El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 14/2018, de 27 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter incentivador para proyectos dinamizadores del empleo local.
El Decreto 14/2018, de 27 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter incentivador para proyectos dinamizadores del empleo local tiene por finalidad incentivar e impulsar la creación de empleo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, fomentando la implantación de proyectos empresariales dinamizadores y que apuesten por la contratación indefinida.
La modificación del Decreto se realiza para introducir como subvencionable el contrato por tiempo indefinido fijos-discontinuo.
Por otra parte, se encara también, la modificación del artículo 3 y de la Disposición adicional segunda, como consecuencia de la entrada en vigor, tanto de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, como de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Enlaces relacionados:
AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO AL INSTITUTO DE FINANZAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A, PARA LA APORTACIÓN DE LOS FONDOS NECESARIOS PARA LA DOTACIÓN DEL FONDO DE PROVISIONES TÉCNICAS DE AVAL CASTILLA-LA MANCHA, SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA
El Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto de 1.000.000 euros al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A., para la aportación de los fondos necesarios para la dotación del fondo de provisiones técnicas de la sociedad Aval Castilla-La Mancha, Sociedad de Garantía Recíproca.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, prorrogados conforme dispone el Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada Ley, entre los que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A, se ajustará al régimen previsto en el artículo 24 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de garantías de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-la Mancha.
Este último precepto citado establece que la autorización de los gastos en que incurran las entidades señaladas en el apartado 1 (entre las que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A.), corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.
APROBACIÓN DE LA ADENDA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO Y LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA REGULADOR DE LA APORTACIÓN FINANCIERA PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS POR ENTIDADES LOCAL
El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar la adenda al convenio de cooperación económica entre la Diputación Provincial de Toledo y la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha regulador de la aportación financiera para la contratación de personas desempleadas por entidades locales en la anualidad 2018/19.
El objeto del proyecto de adenda es incorporar la cláusula segunda bis y cuarta bis al convenio de cooperación económica entre la Diputación Provincial de Toledo y la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, regulador de la aportación financiera para la contratación de personas desempleadas por entidades locales en la anualidad 2018-19, suscrito con fecha 22 de octubre de 2018.
En virtud del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019, se ha producido un incremento del salario mínimo interprofesional en un 22,3% respecto del fijado en el pasado año 2018. Su disposición final segunda determina que procede el abono del salario establecido con efectos desde el 1 de enero de 2019.
Tanto la Consejería de Economía, Empresas y Empleo como la Diputación Provincial, consideran necesario incorporar dicho incremento a los importes de las subvenciones para la contratación temporal de personas desempleadas por entidades locales, sus entidades dependientes o vinculadas o las agrupaciones de municipios de la provincia de Toledo, en aquéllas contrataciones que continúan en vigor durante el año 2019.
A tal fin, por la firma de la adenda, la Diputación Provincial de Toledo aportará la cantidad adicional de 1.146.235,69 euros para la continuidad al programa de empleo para la contratación temporal de personas en situación de desempleo.
INFORME SOBRE LOS CONVENIOS CONCERTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA E INSCRITOS EN EL REGISTRO GENERAL DE CONVENIOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2019 Y EL 31 DE MARZO DE 2019
La acción administrativa se despliega muchas veces en forma de concertación de convenios interadministrativos de colaboración, que al mismo tiempo suponen compromisos de gasto para la Hacienda autonómica o ingresos procedentes de otras Administraciones, particularmente de la Administración General del Estado. Por ello, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de Convenios en el primer trimestre del año 2019.
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 66/2017, DE 19 DE SEPTIEMBRE, DE LA CERTIFICACIÓN TÉCNICO-SANITARIA DEL TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA
El Decreto 66/2017, de 19 de septiembre, de la Certificación Técnico-Sanitaria del transporte sanitario por carretera, regula en el artículo 1 el procedimiento para la obtención inicial y renovación de la certificación técnico-sanitaria de transporte sanitario por carretera y las características que han de tener los vehículos utilizados en dicho transporte en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. En este artículo se introduce un nuevo apartado, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, con el fin de que la autorización concedida a un vehículo de transporte sanitario por otra comunidad autónoma será válida en Castilla-La Mancha, sin la necesidad de suscribir acuerdos o convenios, mediante una comunicación del titular del vehículo antes del inicio de la actividad del vehículo y regulando cuándo los ambulancias deben cumplir, además de los requisitos exigidos a nivel nacional, los requisitos específicos de nuestra Comunidad.
Asimismo se han presentado algunas dificultades en las ambulancias de clase C, cuando el paciente a trasladar es una persona menor de edad, pues no puede ir acompañado de un familiar por sobrepasar las plazas estipuladas en el decreto; esta misma circunstancia se produce en los casos de la existencia de alumnos de prácticas o cuando es necesario el apoyo de más personal sanitario. Por ello, se hace necesario aumentar el número de plazas para este tipo de ambulancias.
Con este decreto se añade un nuevo apartado 3 al artículo 1 y se da una nueva redacción al artículo 9 del citado Decreto 66/21017, de 19 de septiembre. Asimismo se introducen modificaciones del Anexo I, de las características técnico-sanitarias de las ambulancias, actualizándose los requisitos de equipamiento de los vehículos, adaptándolos a las nuevas necesidades.
Enlaces relacionados: