Mostrando 6751 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE TORRIJOS (TOLEDO), DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE SITUADO EN CAMINO DE ALBARREAL DE TAJO NÚMERO 11, CON DESTINO A ACTIVIDADES CULTURALES, TURÍSTICAS Y DEPORTIVAS. EXPEDIENTE N.º 149/2025.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Torrijos (Toledo) de la propiedad del inmueble para destinarlo a actividades culturales, turísticas y deportivas.  

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, PARA PRORROGAR POR UN AÑO EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CMM.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización, a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, para prorrogar por un año del contrato de prestación de servicios para la producción y realización de retransmisiones deportivas y de eventos en streaming para los informativos, programas y plataformas online de CMM, por un importe superior a 400.000 euros, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, SAU, DE UN GASTO DERIVADO DE LA CONTRATACIÓN CON LA PRODUCTORA LA NUBE CLM UTE, PARA LA PRODUCCIÓN DEL PROGRAMA “ANCHA ES CASTILLA-LA MANCHA” DURANTE EL TRIMESTRE 1º DE 2026.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno. 

 

Esta autorización, a la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU, de un gasto por importe por un importe superior a 400.000 euros, derivado de la contratación con la productora La Nube CLM UTE, para la producción del programa “ANCHA ES CASTILLA-LA MANCHA” durante el primer trimestre de 2026, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

AUTORIZACIÓN PARA LA ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO A LA FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE - REAL CASA DE LA MONEDA, ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL, MEDIO PROPIO (FNMT-RCM, E.P.E, M.P.).

En relación con el expediente referenciado, el Consejo de Gobierno acuerda autorizar la orden de encargo correspondiente al expediente 2025/016143 ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA A LA FABRICA DE MONEDA Y TIMBRE-REAL CASA DE LA MONEDA (FNMT-RCM), ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL, MEDIO PROPIO, PARA LA FABRICACIÓN Y ENTREGA DE TARJETAS DE TACÓGRAFO DIGITAL, TARJETAS DE CUALIFICACIÓN DE CONDUCTORES E IMPRESOS DE PAPEL TIMBRADO PARA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE TRANSPORTE PARA LOS AÑOS 2026, 2027 Y 2028, que conlleva un gasto por importe de 894.290,85 € (IVA INCLUIDO) imputable a la partida presupuestaria 1704/G/513C/22107, para lasanualidades 2026, 2027, 2028 y 2029. 

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE PERSONAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y URBANISMO

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para reforzar la plantilla del Servicio de Planeamiento Supramunicipal y asegurar la tramitación ágil y rigurosa de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística supramunicipales (Planes y Proyectos de Singular Interés), con un número total de 11 técnicos superiores, Grupo A1 nivel 22 jornada ordinaria, con la siguiente distribución según especialidades y una duración inicial de tres años y un coste total de 1.625.411,67 euros.

AUTORIZACIÓN PARA ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO A LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U (GICAMAN) PARA REALIZAR EL “INVENTARIO DE VIVIENDA EN MUNICIPIOS EN RIESGO, INTENSA O EXTREMA DESPOBLACIÓN".

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la orden de encargo correspondiente al expediente de contratación 2025/016546 ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA A LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U (GICAMAN) PARA REALIZAR EL “INVENTARIO DE VIVIENDA EN MUNICIPIOS EN RIESGO, INTENSA O EXTREMA DESPOBLACIÓN”, que conlleva un gasto por importe de 1.679.686,09 €, no sujeto a IVA, imputable a la partida presupuestaria 170600000/6/431A/22706 Elemento PEP 0000026372 0000000929.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el cual se autoriza el reintegro al Tesoro Público del remanente habido en el Plan Corresponsables (Fondo 15) de los ejercicios 2021,2022 y 2023.

El artículo 21.1. de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025 dispone que requerirán la autorización previa del Consejo de Gobierno los actos o negocios jurídicos de los órganos integrantes de la Administración regional, sus organismos autónomos y entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros, por lo que, la devolución de remanente al Tesoro Público debe autorizarse previamente por el Consejo de Gobierno.

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

La finalidad del anteproyecto de ley objeto de la propuesta es la regulación de las diversas medidas de naturaleza administrativa y tributaria vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para 2026, a la que acompañarán y complementarán, con el objetivo general de dinamización de la economía, el incremento de la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la Administración Pública Castellano-Manchega en diversos ámbitos, así como, la mejora de la distribución más equitativa de las obligaciones tributarias competencia de la Comunidad Autónoma y de eficiencia en su gestión.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el cual se autoriza el reintegro al Tesoro Público del remanente no ejecutado del Subproyecto C22.I04.P01.S12 “Creación de servicios de atención integral 24h a víctimas de violencia sexual”

El artículo 21.1. de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025 dispone que requerirán la autorización previa del Consejo de Gobierno los actos o negocios jurídicos de los órganos integrantes de la Administración regional, sus organismos autónomos y entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros, por lo que, la devolución de remanente al Tesoro Público debe autorizarse previamente por el Consejo de Gobierno.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES POR IMPORTE DE 59.326,14 € CORRESPONDIENTES SEIS FACTURAS EXPEDIDAS POR ACCIONA FACILITY SERVICES S.A., RELATIVAS AL MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL EDIFICIO SEDE DE LAS CONSEJERÍAS DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL

La Consejería de Sanidad precisa reconocer un gasto por importe de 59.326,14 € correspondientes a seis facturas expedidas por Acciona Facility Services S.A., relativas al mantenimiento integral del edificio sede de las Consejerías de Sanidad y Bienestar Social entre el 1 de octubre y el 8 de diciembre de 2025, a imputar a las partidas presupuestarias 27029900G/311A/21200 Y 26069900 G/411A/21200.   Se han generado obligaciones económicas que han de ser atendidas y ante la omisión de la fiscalización previa preceptiva a que deben someterse todos los actos susceptibles de producir derechos y obligaciones de contenido económico, deberá procederse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, a cuyo tenor, en los supuestos en los que la función interventora fuese preceptiva y se hubiese omitido, no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones, hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto, previo informe de la Intervención General.

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE DECLARA EL DIA 5 DE JUNIO COMO DÍA DEL PUEBLO GITANO DE CASTILLA-LA MANCHA

Declarar, de conformidad con el articulo 11.2 e) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, el día 5 de junio como día del Pueblo Gitano de Castilla-La Mancha.   Este día ha sido fijado tomando como referencia el registro histórico de la primera presencia gitana en Guadalajara (en el año 1488), lo que aporta un nexo histórico válido y reconocible por su acento regional. De este modo, la declaración del 5 de junio complementa esta conmemoración global, ofreciendo un reconocimiento adaptado al contexto histórico de Castilla-La Mancha y con un enfoque en el recuerdo del pasado, proyectando un futuro de igualdad y convivencia, coincidiendo con la celebración en 2025 del 600 aniversario de la llegada de la población gitana a la península ibérica, lo que refuerza su valor simbólico.

APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA “RETORNO DEL TALENTO".

El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Retorno del Talento”, destinadas a impulsar la contratación indefinida, el inicio de la actividad emprendedora y apoyar económicamente el traslado de las personas que retornen a Castilla-La Mancha desde el extranjero.   La finalidad de estas subvenciones es facilitar a las personas ciudadanas de Castilla-La Mancha, que se encuentren residiendo o hayan residido o trabajado en el extranjero, el retorno a la región, fomentando su contratación, su actividad emprendedora o que continúen su formación en Castilla-La Mancha.   El Decreto regula las siguientes líneas de subvención:   Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida, dirigidas a las empresas y entidades relacionadas en el artículo 9 que contraten a personas ciudadanas de Castilla-La Mancha que hayan residido o trabajado en el extranjero, con la finalidad de facilitar el regreso e incorporación de las mismas al mercado laboral de la región.   Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, dirigidas a personas ciudadanas de Castilla-La Mancha que hayan residido o trabajado en el extranjero y quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.   Línea 3: “Pasaporte de vuelta”, dirigido a las personas ciudadanas de Castilla-La Mancha que, residiendo en el extranjero, quieran retornar a la región y fijar en ella su residencia habitual.   Las subvenciones reguladas en este decreto se otorgarán en régimen de concesión directa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.   Las ayudas se financiarán con cargo a los programas 322B “Fomento y gestión del empleo” (línea 1), 322A “Personal autónomo, trabajo y economía social” (Línea 2) y 322C “Diálogo social e intermediación laboral” (línea 3), y en las partidas presupuestarias de los artículos 47 y 48, financiadas con fondos propios o finalistas, o las que en cada momento se encuentren habilitadas para tal fin en la Ley de Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para cada ejercicio.   La dirección general competente en materia de empleo, para línea 1, la dirección general competente en materia de trabajo autónomo, para la línea 2, y el órgano directivo o de apoyo competente en materia de intermediación, para la línea 3, previa tramitación del expediente de gasto correspondiente, publicarán anualmente, de forma individual o conjunta, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, sin que hasta entonces pueda iniciarse el plazo de presentación de solicitudes de los interesados. En todo caso, la eficacia de la resolución queda supeditada a su publicación y la de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.   Enlaces relacionados:   Decreto 104/2025, de 23 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento.