Mostrando 6751 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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ACUERDO POR EL QUE MANIFIESTA SU CONFORMIDAD CON LA TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA DE LAS ENMIENDAS PRESENTADAS AL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El artículo 134 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha dispone que las enmiendas a un Proyecto de Ley que propongan aumento de créditos o disminución de ingresos presupuestarios requerirán la conformidad del Consejo de Gobierno para su tramitación.    La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 25 de febrero de 2026, ha acordado remitir al Consejo de Gobierno a los efectos de la conformidad con su tramitación de acuerdo con el artículo 134 citado, las siguientes enmiendas presentadas al articulado del Proyecto de Ley de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha (Expediente 11/PL-00009):    Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular con registros de entrada números 1130/2026, 1131/2026, 1132/2026, 1133/2026, 1134/2026, 1135/2026, 1136/2026, 1137/2026, 1138/2026, 1140/2026, 1146/2026, 1157/2026, 1158/2026, 1160/2026 y 1162/2026.    Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario VOX con registros de entrada números 1775/2026, 1776/2026 y 1777/2026.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FACILIDAD FINANCIERA DEL FONDO DE FINANCIACIÓN A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA EL EJERCICIO 2026.

Para la aplicación efectiva del programa del mecanismo de apoyo a la liquidez de las Comunidades Autónomas para 2026, es necesario aprobar la adhesión al compartimento Facilidad Financiera previsto en el Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico, y el compromiso de cumplir  lo dispuesto en el Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre,  en las disposiciones y  Acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera, y de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que desarrollen este mecanismo de financiación y en particular con el principio de prudencia financiera que le corresponda y las obligaciones previstas en el artículo 19 del citado Real Decreto-ley.    Asimismo, mediante el presente acuerdo, se autoriza la formalización de todas las operaciones de préstamo a largo plazo, de acuerdo con lo estipulado en el 63 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA QUE INTERPONGA RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO FRENTE A LA DESESTIMACIÓN PRESUNTA DEL PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR LA NULIDAD DE PLENO DERECHO DE LA PROVIDENCIA DE APREMIO NÚMERO 2024/00106.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que interponga recurso contencioso-administrativo frente a la desestimación presunta del procedimiento para declarar la nulidad de pleno derecho de la providencia de apremio número 2024/00106, emitida en fecha 22 de febrero de 2024 por la Directora de la Oficina Tributaria de Guadalajara. 

AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2026 DE LAS AYUDAS PARA LA INTERVENCIÓN DE PAGOS COMPENSATORIOS POR ZONAS DE MONTAÑA EN CASTILLA-LA MANCHA A TRAVÉS DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER), PARA EL PERIODO 2023-2027.

El Consejo de Gobierno autoriza, de conformidad con el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, la Resolución de la Viceconsejería de Política Agraria Común y Políticas Agroambientales, por la que se realiza la convocatoria en 2026, por el procedimiento de tramitación anticipada, para la intervención de Pagos compensatorios por zonas de montaña en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027,  por importe de 6.017.410,00 de euros con cargo a la partida presupuestaria  21060000/G/718A/4731L. de la anualidad 2.027. 

AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICA EL IMPORTE QUE SE DESTINARÁ EN 2026 A LAS AYUDAS A LOS JOVENES DE REDUCCIÓN DEL 50% EN EL PRECIO DEL BILLETE EN LOS VIAJES DE LOS SERVICIOS REGULARES DE TRANSPORTE INTERURBANO DE VIAJEROS POR CARRETERA.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar a la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Fomento para adoptar la resolución por la que se publica el importe de 3.750.000,00 euros, imputable a la partida presupuestaria 1704G/513C/47530,  que se destinará en el ejercicio 2026 a las ayudas reguladas en la Orden 196/2017, de 17 de noviembre, de la Consejería de Fomento, por la que se restablece la ayuda a los jóvenes, de edades comprendidas entre 14 y 29 años, consistente en la reducción del 50% en el precio del billete en los viajes de los servicios regulares de transporte interurbano de viajeros por carretera, dentro del territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.      Hacer público, mediante la inserción de la presente en el Diario Oficial de Castilla La Mancha, que para el ejercicio 2026 el importe inicial de la ayuda establecida en la mencionada Orden 196/2017, asciende a 3.750.000,00 euros y se abonará con cargo a la partida presupuestaria 1704 G/513C/47530. 

INFORMACIÓN AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA MEMORIA ANUAL DE PARTICIPACIÓN 2025.

Se informa al Consejo de Gobierno de las actividades en materia de participación que se han llevado a cabo durante el año 2025, de acuerdo con la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha. 

ACUERDO POR EL QUE SE DESIGNA A DON ENRIQUE TENORIO HERRERO COMO VOCAL DE LA COMISIÓN DE ÉTICA PÚBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN SUSTITUCIÓN DE DON JESÚS GARCÍA VERDUGO.

La composición de la Comisión de Ética Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como órgano de asesoramiento para el cumplimiento de las previsiones en relación con el Código Ético, se regula en el artículo 8 del Decreto 7/2018, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Código Ético para los Altos Cargos o asimilados de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la cual incluye, entre sus miembros, a tres personas, que actuarán como vocales, provenientes tanto del sector público como del privado, con acreditada experiencia en materias relacionadas con la ética, el derecho o la gobernanza de organizaciones, que serán designadas por el Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería u órgano de la Administración regional con competencias en materia de buen gobierno, previéndose en su artículo 10.3, la posibilidad de sustituir a aquellos vocales que, por motivos diversos, no puedan asistir regularmente a sus reuniones. 

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE CUENCA, DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE SITO EN CALLE SAN LAZARO NÚMERO 80, CON DESTINO A CENTRO SOCIAL MUNICIPAL. EXPEDIENTE N.º 158/2025.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Cuenca de la propiedad del inmueble para destinarlo a Centro Social Municipal.  

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 54/2022, DE 21 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba el Decreto por el que se modifica el Decreto 54/2022, de 21 de junio, por el que se aprueban los estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha.     Su objeto es modificar el decreto mencionado mediante la adición de un capítulo nuevo, el V; sobre el ejercicio de la actividad de evaluación científico-técnica, previendo que esta actividad se realizará de conformidad a lo establecido en el artículo 38.2, letra c) de la Ley 4/2020, de 10 de julio., pudiendo contar con la colaboración de personas expertas e independientes que tendrán la condición del personal colaborador técnico de la Agencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.  

AUTORIZAR LA IMPUTACIÓN DEL COMPROMISO DE GASTO DERIVADO DE LA ADQUISICIÓN DE VACUNAS DE LA LENGUA AZUL EN 2025 POR IMPORTE DE 847.000 EUROS AL EJERCICIO CORRIENTE.

El Consejo de Gobierno ha autorizar la imputación de los compromisos de gasto derivados de la adquisición de vacunas de la lengua azul en 2025 a la partida presupuestaria 21130000 G/713B/22109 del ejercicio corriente, por un importe de 847.000 €.   

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON CERTIFICADO DE ORIGEN RENOVABLE PARA EL EDIFICIO SEDE DE LA D.P. DE BIENESTAR SOCIAL EN CUENCA Y LOS EDIFICIOS DEPENDIENTES DE LA MISMA.

La Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Cuenca, precisa continuar con la tramitación del contrato de suministro de energía eléctrica con certificado de origen renovable para el edificio sede de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Cuenca y los edificios dependientes de la misma, basado en el Acuerdo Marco de suministro de energía eléctrica con certificado de origen renovable de los edificios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, excluidos los centros del Sescam, con número de expediente 2026/000094, cuyo presupuesto base de licitación (IVA al 21%) asciende a la cantidad de 1.958.153,94 euros.    La duración del contrato basado será de tres años, a contar desde el día siguiente al de la adjudicación del contrato, sin posibilidad de prórroga y se financiará con cargo a las referidas aplicaciones presupuestarias, de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029.    De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, en relación con el artículo 58.4.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el órgano de contratación requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la celebración del contrato. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO PARA LA MEJORA EN LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL Y DE ASISTENCIA SANITARIA.

Con este convenio, entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (MCSS) y la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AMAT) para la mejora en la gestión de la incapacidad temporal y de asistencia sanitaria, se mejorará la eficacia en la gestión de la prestación de Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes de determinadas patologías traumatológicas, para lo que se entiende oportuno que las mutuas colaboradoras cooperen con el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en procesos de incapacidad temporal que en los que se hayan superado las duraciones recogidas en el Manual de tiempos óptimos de incapacidad temporal editado por el INSS.    Esta colaboración redundará en beneficios y mejoras para todas las partes firmantes del convenio, así como para los trabajadores y el propio sistema de Seguridad Social.    Por un lado, se facilitará la pronta recuperación de la salud del trabajador, permitiendo su reincorporación a su puesto de trabajo. Además, se conseguiría reducir la duración de procesos en casos en los que no sea necesaria su prolongación, objetivo esencial de este convenio, reduciéndose el gasto generado por la IT como efecto derivado del mismo.     Por otro lado, se produce un mayor aprovechamiento de todos los recursos que el sistema pone a disposición de las personas trabajadoras, mejorándose la coordinación entre todos ellos.    Todo lo anterior redundaría en aliviar la carga asistencial y las listas de espera del Sescam, así como reducir la duración de los procesos de Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes en cuya gestión de la prestación económica colaboran las Mutuas colaboradoras, contribuyendo a la mejorar la salud de las personas trabajadoras.