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AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO A ETURIA CLM PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LOS STANDS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA PARA LAS FERIAS DE TURISMO DURANTE EL AÑO 2026.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar un gasto por importe de 900.000 € (novecientos mil euros) a la empresa pública de promoción del turismo y la artesanía de Castilla-La Mancha, S.A. (ETURIA CLM) para la contratación de los servicios de construcción, ejecución y servicios complementarios de los stands de promoción turística de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para las ferias de turismo durante el año 2026.     La citada autorización previa se ha llevado a efecto en virtud de lo preceptuado en el artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025 que regula el régimen de autorización previa de gasto de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo. 

TOMA EN CONSIDERACION DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2026.

Mediante el presente acuerdo se toma en consideración el Anteproyecto de Ley de Presupuestos para 2026 conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 11/2003 de 25 de septiembre de Gobierno y el Consejo Consultivo, asumida la iniciativa legislativa, el Consejo de Gobierno decidirá sobre ulteriores trámites y consultas y cumplidos estos, acordará su remisión con carácter de urgencia al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, quien, en virtud de lo establecido en los artículos 51.2 y 54.3 de esta misma norma deberá dictaminar sobre el anteproyecto de ley. 

Toma en consideración del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026.

Mediante el presente acuerdo se toma en consideración el Anteproyecto de Ley de Presupuestos para 2026 conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 11/2003 de 25 de septiembre de Gobierno y el Consejo Consultivo, asumida la iniciativa legislativa, el Consejo de Gobierno decidirá sobre ulteriores trámites y consultas y cumplidos estos, acordará su remisión con carácter de urgencia al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, quien, en virtud de lo establecido en los artículos 51.2 y 54.3 de esta misma norma deberá dictaminar sobre el anteproyecto de ley. 

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS AL PERSONAL FUNCIONARIO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CASTILLA-LA MANCHA.

El artículo 58 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, establece que la plantilla del personal del Consejo Consultivo podrá ser modificada por la Ley de Presupuestos o mediante acuerdo del Consejo de Gobierno a propuesta del Consejo Consultivo.    Por el Consejo Consultivo se ha propuesto la modificación de su relación de puestos de trabajo en el sentido que se especifica en el anexo, al objeto de mejorar la organización de sus recursos humanos y ajustarse al ordenamiento jurídico. 

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA EN CONOCIMIENTO EL MARCO PRESUPUESTARIO ELABORADO POR LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACION DIGITAL PARA EL PERIODO 2026-2028.

El marco presupuestario a medio plazo constituye el escenario de referencia en el que se integran los presupuestos anuales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con la finalidad de dar coherencia y continuidad a los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el ámbito de la Hacienda regional. Así se establece en el artículo 5 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.    Se basa en una información de carácter estimativo, que permite enmarcar la elaboración de los presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma en un escenario de planificación presupuestaria plurianual. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO POR IMPORTE TOTAL DE 2.105.037,98€ A LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA CONTRATACIÓN DE 46 PLAZAS RESIDENCIALES PARA PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL GRAVE EN EL ÁREA DE SALUD MENTAL DE MANCHA CENTRO.

La Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, contribuye al mantenimiento de una red de Centros Residenciales.     El objetivo que se pretende conseguir con la tramitación de este expediente es seguir prestando este servicio.    El importe previsto de gasto para este expediente de contratación es de 2.105.037,98 €. 

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA CONTRATAR LA ADQUISICIÓN E IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN PARA LA GESTIÓN DE TRATAMIENTOS ONCO-HEMATOLÓGICOS POR IMPORTE DE 3.005.532,61€.

Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 3.005.532,61 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, referido al expediente de contratación “Adquisición e implantación de un sistema integral de información para la gestión de los tratamientos onco-hematológicos.     Expediente: @2025/007235.  Destino: Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. 

INFORME DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS RELATIVAS AL PLAN DE ACCIÓN FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO EN LOS CENTROS PÚBLICOS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA.

Se informa al Consejo de Gobierno de  la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de expresiones de interés relativas al plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, en el marco del programa Feder Castilla-La Mancha 2021-2027, en la que se relacionan en el anexo I las solitudes estimadas (129), con la identidad del Ayuntamiento, centro educativo, puntuación otorgada, coste de la operación, coste subvencionable e importe de la ayuda UE.  En el anexo II, solicitudes(4) que no han alcanzado la puntuación mínima de 40 puntos establecida en las bases para acceder a la subvención. En el anexo III, solicitudes desestimadas(16) por las razones que figuran en el mismo. Anexo IV, solicitudes(22) en las que los ayuntamientos han desistido de la misma y, por último, el anexo V, en la que figuran las solicitudes denegadas( 11) porque se han presentado duplicadas.    Se han concedido ayudas por un importe de 9.579.727, que se corresponde al 85% de la cantidad subvencionable de los proyectos presentados por los Ayuntamientos.    El número de  alumnos que están escolarizados en los 129 centros sobre los que se va a actuar asciende a 25.775. 

AUTORIZACION DEL RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS RESOLUCIONES DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA CONSERVACIÓN, USO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS GENÉTICOS DE CASTILLA-LA MANCHA (CONVOCATORIA 2023).

En noviembre de 2023 y julio de 2024 se emitieron resoluciones de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de concesión de las ayudas destinadas a la conservación, uso y desarrollo sostenible de los recursos genéticos en Castilla-La Mancha, correspondientes a la convocatoria 2023 sin someterse a la previa fiscalización.     Se autoriza el reconocimiento de obligaciones, que generaron estas resoluciones, por el Consejo de Gobierno. 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DEL “ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO” POR UN VALOR ESTIMADO DE 31.460.490,40€.

Autorización para la celebración del contrato, ya que el valor estimado del contrato es de 31.460.490,40 € superando el límite de 5.000.000 € establecido en el artículo 58.4.b del Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha modificado por Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias de Castilla-La Mancha.    Referido al expediente siguiente:  “ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO”. Expte.: @2025/006525.    El valor máximo estimado del Acuerdo Marco, correspondiente al conjunto de contratos basados previstos en función de las cantidades estimadas para su vigencia (4 años incluida la posible prórroga de máximo de 2 años), así como los precios unitarios de licitación, sería por tanto de  31.460.490,40 €  (IVA excluido).    Aplicaciones presupuestarias:  77.05.521B.62400 de la DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD DIGITAL.  77.03.521B.62400 de la DIRECCIÓN GENERAL DE DIGITALIZACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL. 

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 354/2008, DE 23 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

La iniciativa para la elaboración de la norma corresponde a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, en virtud de las competencias atribuida por el artículo 36 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y por el Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital elevando a la consideración del Consejo de Gobierno el citado proyecto de Decreto. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 61/2025, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 354/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 3/2019, DE 22 DE MARZO, DEL ESTATUTO DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha tomado en consideración el anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha.    Transcurridos más de cinco años desde la entrada en vigor de la citada Ley 3/2019, de 22 de marzo, ahora se precisa su modificación en los siguientes términos: en primer lugar, se suprime el artículo 91, en consonancia con la normativa europea en la materia y el reparto de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas; en segundo lugar,  se elimina la obligación de publicar en un medio oficial la acreditación como personal inspector de las administraciones autonómica y local, prevista en el apartado 2 del artículo 109; en tercer lugar, se modifica el régimen sancionador, en concreto los artículos 136, 137, 139, 140, 141, 143, 144, 145, 146, 149 y 150, para ajustarlo a la legislación básica estatal; por último, se da una nueva redacción a la disposición final segunda mediante la que se faculta al Consejo de Gobierno para revisar la cuantía regulada en el artículo 143.3 como circunstancia agravante para la calificación de las infracciones como muy graves.