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AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL POR LA QUE SE ACUERDA EL PAGO DE 2.405.975,35 € PARA EL AÑO 2024 AL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA, O.A. POR LA COFINANCIACIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 del Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, las comunidades autónomas participarán en los procedimientos derivados de cada una de las aplicaciones informáticas indicadas en el artículo 123 puestas a su disposición por parte del FEGA, salvo que la autoridad competente disponga otra cosa.    En virtud de lo establecido en el punto 2 del artículo 132 del Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por parte de la Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria, con fecha 21 de diciembre de 2023, se ha emitido resolución definitiva de pago confirmando explícitamente al organismo pagador el cumplimiento de sus tareas y describiendo los medios utilizados a tal fin e indicando la cantidad que las comunidad autónoma de Castilla-La Mancha deberá abonar para cofinanciar las aplicaciones informáticas establecidas en el artículo 123 y que estén siendo efectivamente utilizadas. Todo ello, hace un importe total de 2.405.975,35 € que se financiará con cargo los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024.    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que regula el régimen de autorización de gastos de los órganos de la Administración regional, organismos autónomos y entidades públicas, ha de autorizarse el gasto por el Consejo de Gobierno al ser superior a 750.000 euros.

DECLARACIÓN DE LA FUENTE AGRIA DEL PASEO DE SAN GREGORIO, EN PUERTOLLANO (CIUDAD REAL) COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE MONUMENTO.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 14/03/2023 (DOCM nº 59, de 24/03/2023) se inició expediente para la declaración de la Fuente Agria del paseo de San Gregorio, en Puertollano (Ciudad Real) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento.    Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, y sin que se hayan presentado alegaciones a esta declaración, se solicitó y obtuvieron los informes favorables del Departamento de Historia del Arte de la Facultad de Letras de la UCLM y de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de Ciudad Real.    Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de la Fuente Agria del paseo de San Gregorio, en Puertollano (Ciudad Real) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento.    Enlaces relacionados:   La Fuente Agria de Puertollano: un icono de la arquitectura industrial convertido en espacio público singular.   Fuente Agria.   Fuente Agria en Puertollano - Curiosidades y planes.   Curiosidades de la Fuente Agria.   Fuente Agria - Puertollano - Turismo Ciudad Real.   Fuente Agria y Casa de Baños de Puertollano.   La fuente de los volcanes: El agua agria de Puertollano.   La Fuente Agria de Puertollano: Historia, salud y leyenda    Fuente Agria.   ¿A qué le sabe el agua de la Fuente Agria?    Asociación folclórica Fuente Agria de Puertollano.   Fundación Fuente Agria de Puertollano.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO POR IMPORTE DE 5.753.550,00 € EUROS DERIVADO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE GAS NATURAL EN CENTROS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y EN EDIFICIOS DE USO COMPARTIDO POR LAS CONSEJERÍAS DE BIENESTAR SOCIAL Y DE SANIDAD.

La Consejería de Bienestar Social, ha propuesto la autorización previa de un gasto por importe de 5.753.550,00 € euros del contrato de suministro de gas natural en centros dependientes de la Consejería de Bienestar Social en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, y en edificios de uso compartido por las Consejerías de Bienestar Social y Sanidad en la provincia de Toledo.    La duración del contrato será de dos años, la fecha estima de inicio del contrato es el día 1 de julio de 2024 y se financiará con cargo a los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de los ejercicios 2024, 2025 y 2026.   De acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000,00 de euros se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la adopción de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación del gasto. 

AUTORIZACIÓN DE LA LICITACIÓN DEL CONTRATO BASADO EN EL ACUERDO MARCO DE PRESTACIÓN DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON CERTIFICACIÓN DE ORIGEN RENOVABLE. EXPTE. 2023/006948.

La Consejería de Bienestar Social, ha propuesto la autorización previa de un gasto por importe de 1.350.990,40 euros del contrato basado en el acuerdo marco de suministro de energía eléctrica con certificación de origen renovable de los edificios de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, excluidos los centros del SESCAM en la provincia de Cuenca (lote 2).    La duración del contrato será de dos años no admitiendo prórroga, siendo la fecha estimada de inicio del contrato el día siguiente de la firma y se financiará con cargo a los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de los ejercicios 2024, 2025 y 2026.   De acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000,00 de euros se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la adopción de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación del gasto. 

ACUERDO POR EL QUE SE AMPLÍA EL MONTE DE UTILIDAD PÚBLICA N.º 51, “LA ATALAYA”, PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL, EN LA ZONA CORRESPONDIENTES A LAS PARCELAS DE TERRENOS DEL “REINO DE DON QUIJOTE”.

El Consejo de Gobierno acuerda:    I. La declaración como Monte de Utilidad Pública de la superficie correspondiente a las parcelas de terrenos del “Reino de Don Quijote”, localizadas en los polígonos: 13 (parcelas 138, 139, 140, 70, 71, 72, 75 y 13) y 14 (parcelas 1, 3 y 113), ampliando el Monte de Utilidad Pública nº 51, “La Atalaya”, propiedad del Ayuntamiento de Ciudad Real, en 460,459 ha, al reunir los requisitos determinados por los artículos 18 y 19 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.     II. Que una vez declaradas de Utilidad Pública las parcelas indicadas, integradas en el monte denominado La Atalaya, se incluyan en el correspondiente Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Ciudad Real, quedando el monte con las siguientes características:    Denominación: La Atalaya; Provincia: Ciudad Real; Partido Judicial: Ciudad Real; Número del Catálogo: 51; Término municipal: Ciudad Real; Propiedad: Ayuntamiento de Ciudad Real.    Cabidas y límites: - Superficie Pública: 569,9320 ha. - 2 Enclavados: 14,9628 ha. - Superficie Total: 584,8948 ha.   Servidumbres: camino de paso a casa de antiguos dueños y de uso público, de 8 metros de ancho y 1.462,50 m, que se encuentra dentro del predio sirviente.    Límites: Norte: Fincas Particulares. Finca Valcansado y Hoya de Pajareros, actualmente camino de San Cristóbal; Este: Fincas Particulares. Camino de la Torre. (Límite del término municipal de Ciudad Real); Sur: Fincas Particulares. Camino de la entrada a la finca, actualmente Camino de los Polvorines y Colada del Camino de Calatrava; Oeste: Fincas Particulares.    III. Que se inscriban dichos terrenos en el Registro de la Propiedad.

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 109/2023, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO.

CONVALIDACIÓN DE LA OMISIÓN DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA DEL REAJUSTE DE ANUALIDADES DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ACCESO A UNA PLATAFORMA DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y VIGILANCIA DE LA SALUD EN MODO SAAS.

El Consejo de Gobierno convalida la omisión de la función interventora del reajuste de anualidades del contrato de adquisición de licencias de acceso a una plataforma de gestión de prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud en modo Saas para el servicio de prevención de riesgos laborales de educación de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, acordado mediante resolución de la Secretaría General de 22 de febrero de 2024.    El gasto del contrato, que asciende a 316.082,25 euros, se imputa a la aplicación presupuestaria 18020000/421A/64003 y, tras el reajuste, queda distribuido del modo siguiente:    2023:   48.043,05 € 2024: 105.360,75 € 2025: 105.360,75 € 2026:   57.317,70 €

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN 357/2021 INTERPUESTO ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL OBJETO.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Autorizar al Gabinete Jurídico para el desistir del procedimiento de apelación nº 357/2021 de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, frente a la Sentencia 136/2021, del Juzgado de lo Contencioso - Administrativo nº 3 de Toledo, relativo al recurso contencioso-administrativo formulado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales, frente a la Resolución de 21/02/2022 de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se anuncia la provisión por el sistema de libre designación de puestos de trabajo vacantes en la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por perdida sobrevenida del objeto.

AUTORIZACIÓN DE LA AMPLIACIÓN Y DE LA DURACIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO CON 3 TECNICOS/AS SUPERIOR (LDO.ARQUITECTURA), 2 TECNICOS/AS (ARQUITECTURA TECNICA) Y 2 TECNICOS/AS (GESTIÓN ADMINISTRATIVA).

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la ampliación del segundo programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Vivienda para el desarrollo del programa de ayudas a la rehabilitación en municipios de Reto Demográfico (Programa PREE 5000) con 7 efectivos más: 3 técnico/a superior (Ldo. Arquitectura), 2 técnico/a (Arquitectura Técnica) y 2 técnico/a (Gestión Administrativa), así como la ampliación de la duración del programa ya existente hasta el 31 de marzo de 2026, por lo que el programa temporal contará con un número total de diez efectivos y su  importe asciende a 909.389,94 euros. 

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2024, LAS AYUDAS A INVERSIONES PARA LA MEJORA Y/O MODERNIZACIÓN EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS PARA JÓVENES.

Tras la entrada en vigor de la Orden 198/2023, de 21 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de las intervenciones 6961.1 de establecimiento de personas jóvenes a la agricultura y 6841.2 de ayudas a inversiones para la modernización y mejora de explotaciones que regula las ayudas en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023 -2027 para Castilla -La Mancha.    Esta nueva orden de bases regula las ayudas en estas dos intervenciones para el nuevo periodo de acuerdo al nuevo Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados Miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).    Durante este nuevo periodo se regulan unos nuevos importes en las ayudas y se regulan los requisitos y compromisos de las personas beneficiarias.    Una vez publicadas las nuevas bases reguladoras que contempla que estas ayudas se convocarán durante tres años 2023, 2024 y 2025, se procede a publicar la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para las personas jóvenes que quieran iniciar la actividad agraria en Castilla-La Mancha ejerciendo la jefatura de la explotación puedan realizar las inversiones que se precisen para llevar a cabo su plan empresarial.

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS.

El expediente para la contratación de servicios de una unidad móvil para la producción de distintos eventos taurinos. se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre. 

AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES POR PARTE DEL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES, CONTRA LA DESACREDITACIÓN DE LA UNIDAD DOCENTE DE ANGIOLOGÍA Y CIRUGIA VASCULAR DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE ALBACETE.

Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.    A la vista del informe del Gabinete Jurídico de XX de febrero de 2024, se entiende justificado el ejercicio de la acción judicial contra la desacreditación de la unidad docente de Angiología y Cirugía vascular del Complejo Hospitalario de Albacete.