Mostrando 6781 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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AUTORIZACIÓN PREVIA A LA ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO IACLM PARA LA LICITACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO PICADAS-ALMOGUERA Y GIRASOL Y DE LA CONDUCCIÓN ALMOGUERA-ALGODOR-SAGRA ESTE.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la licitación del servicio de operación, mantenimiento y conservación del sistema de abastecimiento Picadas - Almoguera, sistema de abastecimiento Girasol y de la conducción Almoguera - Algodor - Sagra Este.    El importe total de la licitación asciende a 15.984.640,58 €.    La licitación del servicio, precisa de autorización previa del negocio jurídico por parte del Consejo de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. Este artículo, en concordancia con el artículo 58.4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, establece la autorización previa del Consejo de Gobierno para los actos o negocios jurídicos de entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros. 

AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA REDACCIÓN DE UN ESTUDIO DE VIABILIDAD O UN ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICO FINANCIERA DEL RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE OBRAS DEL SISTEMA PICADAS-ALMOGUERA Y GIRASOL Y DE ABASTECIMIENTO DE AGUA BRUTA DE ALGODOR.

El Consejo de Gobierno acuerda para llevar a cabo la contratación de la redacción de un estudio de viabilidad o un estudio de viabilidad económico financiera del régimen de concesión de obras para la ampliación y mejora, explotación, conservación y mantenimiento de las infraestructuras de abastecimiento de agua potable del sistema Picadas-Almoguera y Girasol y de abastecimiento de agua bruta de Algodor.    De conformidad con el artículo 247.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, “Con carácter previo a la decisión de construir y explotar en régimen de concesión unas obras, el órgano que corresponda de la Administración concedente acordará la realización de un estudio de viabilidad de las mismas.”    Dado que la autorización para la celebración del contrato de concesión de obras corresponde al Consejo de Gobierno, es a este órgano al que le compete autorizar la realización del estudio de viabilidad. 

 

INFORMACIÓN DE LA MEMORIA ANUAL DE PARTICIPACIÓN 2024.

Se informa al Consejo de Gobierno de las actividades en materia de participación que se han llevado a cabo durante el año 2024, de acuerdo con la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN “SERVICIO DE TRANSPORTE SANITARIO TERRESTRE DE CASTILLA-LA MANCHA”.

2.1 Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 551.392.303,70 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.    2.2 Autorización previa de Consejo de Gobierno para la celebración del contrato, al amparo del artículo 58.4 Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, con un valor estimado de 551.392.303,70 €.    Referido al expediente siguiente:  "Servicio de transporte sanitario terrestre de Castilla-La Mancha"     El importe asciende a 551.392.303,70 €, con el siguiente desglose:    Aplicación Presupuestaria: 61037000/G412D/2560 A  LOTE 1 AB: 118.268.061,70 €  LOTE 2 CR: 133.813.332,29 €  LOTE 3 CU: 94.072.719,83 €  LOTE 4 GU: 76.019.715,31 €  LOTE 5 TO: 129.218.474,57 €  SUMA TOTAL LOTES: 551.392.303,70 € 

TERCERA PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE 28 TÉCNICO/A SUPERIOR (6 ARQUITECTURA, 16 DERECHO, 3 ECONOMISTA, 3 ADMINISTRACIÓN GENERAL), 19 TÉCNICO/A (8 ARQUITECTO TÉCNICO, 10 GESTIÓN ADMINISTRATIVA, 1 INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL).

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la tercera prórroga, así como la modificación de la distribución de los efectivos del programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Vivienda y en la Secretaría General con un número de cuarenta y siete efectivos: 6 Técnico/a Superior (Ldo. Arquitectura), 16 Técnico/a Superior (Ldo. Derecho), 3 Técnico/a Superior (Economista), 3 Técnico/a Superior (Administración General), 8 Técnico/a (Arquitecto Técnico), 10 Técnico/a (Gestión Administrativa), 1 Técnico/a (Ingeniero Técnico Industrial), cuyo importe asciende a 2.102.737,30 euros.

INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO POR LOS ÓRGANOS Y ENTES DEPENDIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA.

La Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en su artículo 59.2, atribuye, como función de la Oficina de Transparencia:

 

“Elaborar un informe anual sobre el cumplimiento por los órganos y entes dependientes de la Administración Regional de las obligaciones que en materia de transparencia les impone esta ley. Este informe, incluidas en su caso las observaciones realizadas por la Comisión Interdepartamental para la Transparencia, se elevará al Consejo de Gobierno y al Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno”. 

AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES POR UN PRESUNTO DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTAL EN CONCURSO CON INTRUSISMO PROFESIONAL Y CONTRA AQUELLAS OTRAS PERSONAS QUE PUDIERAN SER RESPONSABLES DE LOS MISMOS DELITOS SEGÚN LA INSTRUCCIÓN DE LA CAUSA.

Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.    A la vista del informe del Gabinete Jurídico de 30 de diciembre de 2024, se entiende justificada el ejercicio de acciones contra Dª Maria Lucena Castro por un presunto delito de falsedad documental en concurso con intrusismo profesional, así como contra aquellas otras personas que, como consecuencia de la instrucción de la causa pudieran ser responsables de los mismos delitos. 

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE SIMPLIFICACIÓN, AGILIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN ADMINISTRATIVA.

El Consejo de Gobierno toma en consideración, como trámite necesario y previo al dictamen del Consejo Consultivo, el anteproyecto de Ley de Simplificación, Agilización y Digitalización administrativa que tiene como objeto establecer el marco regulatorio para la implementación de una Administración moderna, cercana y eficaz, que agilice y personalice la relación con la ciudadanía y las empresas, que racionalice los medios y reduzca los modelos de intervención administrativa y que garantice la seguridad jurídica y la protección de datos a la hora de utilizar las posibilidades que ofrece la tecnología en el ámbito público para mejorar la prestación de los servicios. 

ACUERDO DE MUTACIÓN DEMANIAL SUBJETIVA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE TOLEDO (TOLEDO) DE LA FINCA CATASTRAL 1533101VK1113D0001GZ, SITA EN LA C/ SAN PEDRO EL VERDE (PARCELA R14) DE TOLEDO, Y QUE FORMA PARTE DEL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO DE LA VEGA BAJA.

En cumplimiento del Protocolo General de Actuación de fecha 27 de enero de 2025 suscrito entre el Ayuntamiento de Toledo y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para promover proyectos conjuntos que contribuyan al progreso regional y, en virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva el acuerdo de mutación demanial subjetiva de bienes inmuebles al ayuntamiento de Toledo (Toledo), de una finca que forma parte del yacimiento arqueológico de la Vega Baja.  

DECLARACIÓN DEL CARNAVAL DE ÁNIMAS O SOLDADESCA DE VALDEVERDEJA (TOLEDO). RITO, SÍMBOLO E INDUMENTARIA COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 05/02/2024 en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM nº 30, de 12/02/2024) se inició expediente para la declaración de el Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Valdeverdeja (Toledo) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.    Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, se valoró la alegación presentada por parte del propio ayuntamiento de Valdeverdeja, con fecha de 26/03/2024, solicitando que se llamara al bien con la denominación de “El Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Valdeverdeja. Rito, Símbolo e Indumentaria”, que ha sido aceptada, y se obtuvo el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Toledo.   Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Valdeverdeja (Toledo). Rito, símbolo e indumentaria como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.     Enlaces relacionados:   El carnaval de Ánimas de Valdeverdeja y El Torrico en Toledo, en Portal de cultura de Castilla-La Mancha.   Carnaval religioso de ánimas de Valdeverdeja.   CARNAVAL DE ÁNIMAS DE VALDEVERDEJA.   El Gobierno regional felicita a Valdeverdeja.   Valdeverdeja, Carnaval de Animas, 2011.   CARNAVAL DE ÁNIMAS DE VALDEVERDEJA. DECLARADO DE INTERÉS TURÍSTICO REGIONAL, 2018.   CARNAVAL DE ANIMAS DE VALDEVERDEJA. FIESTA DE INTERES TURISICO REGIONAL.   Los Carnavales Religiosos de las Ánimas de Valdeverdeja.   Carnaval de las Ánimas en Valdeverdeja, Toledo.   Carnaval de las Ánimas en Valdeverdeja, Toledo.   Bailar la bandera, Carnavales de Ánimas.   Valdeverdeja, Carnaval de Animas.   Carnaval de Ánimas. Valdeverdeja, 2019.   Cuenta atrás para el carnaval en Valdeverdeja, 08/02/2024 21:50.   Preparan carnaval en Valdeverdeja con sus trajes típicos - Ancha es CLM –CMM.   Carnaval de Animas Baile de la Bandera Valdeverdeja (Toledo) CLM.   Valdeverdeja.   Valdeverdeja por el Carnaval de Ánimas, José Mª Moreno García.

DECLARACIÓN DEL CARNAVAL DE ÁNIMAS O SOLDADESCA DE TORRICO (TOLEDO). RITO, SÍMBOLO E INDUMENTARIA COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 05/02/2024 en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM nº 30, de 12/02/2024) se inició expediente para la declaración de el Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Torrico (Toledo) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.    Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, se valoró la alegación presentada por parte del propio ayuntamiento de Torrico, con fecha de 26/03/2024, solicitando que se llamara al bien con la denominación de “El Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Torrico. Rito, Símbolo e Indumentaria”, que ha sido aceptada, y se obtuvo el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Toledo.   Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Torrico (Toledo). Rito, símbolo e indumentaria como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.     Enlaces relacionados:   El carnaval de Ánimas de Valdeverdeja y El Torrico en Toledo, en Portal de cultura de Castilla-La Mancha.   Un pueblo pequeño y unos grandes carnavales en El Torrico (Toledo).   Abiertos los expedientes para declarar BIC el Carnaval de Torrico y Valdeverdeja (Toledo).   Torrico.   Visitamos el Torrico.   Tradiciones culturales en el municipio.   Torrico y su dulce Carnaval de Ánimas.   Torrico, “Carnaval de Ánimas”, video poema de José María Gómez.   Torrico, descubre un tesoro histórico y cultural a un paso de Talavera.   Torrico, Carnaval de Ánimas.   Carnaval de ánimas y corrida de sargentos.   Torrico - Las Mondas 2024.  

CREACIÓN DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA N.º 34 DE ALBACETE.

El Consejo de Gobierno aprueba la creación del Colegio de Educación Infantil y Primaria número 34 de Albacete (código de centro 02010434).