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AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN POPULAR PREVISTA EN EL ARTÍCULO 35 DE LA LEY 4/2018, DE 8 DE OCTUBRE, PARA UNA SOCIEDAD LIBRE DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN CASTILLA-LA MANCHA.

Ejercicio de la acción popular prevista en el artículo 35 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha en el caso de muerte por posible violencia de género ocurrido en el término municipal de Aldea del Rey (Ciudad Real).  

RATIFICACIÓN DEL ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL EMPLEADO PÚBLICO, DE 15 DE JULIO DE 2024, POR EL QUE SE ADECÚA A LA LEGISLACIÓN VIGENTE EL II PLAN PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL.

El Acuerdo a ratificar tiene por objeto la adopción de una serie de medidas tendentes a facilitar la efectiva conciliación de las responsabilidades profesionales de los empleados públicos con la vida personal y familiar. Estas medidas tienen un carácter transversal y afectan a diversos ámbitos de las condiciones de trabajo, tales como permisos y licencias, excedencias, vacaciones, horarios, etc. Se encuadran en el contexto del proceso negociador iniciado por la Administración regional y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos derivado del compromiso adquirido por el Gobierno de Castilla-La Mancha para la recuperación social y económica de la región. 

DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE LA MEDALLA AL MÉRITO ARTESANO DE CASTILLA-LA MANCHA A LA EMPRESA “ALFARERÍA HERMANOS PEÑO S.L.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha resuelto conceder la medalla al mérito artesano de Castilla-La Mancha a la empresa “Alfarería Hermanos Peño S.L.”    La medalla al mérito artesano de Castilla-La Mancha es la máxima distinción que se concede a aquellos artesanos, empresas artesanas, investigadores, entidades, y demás personas físicas y jurídicas, que hayan destacado, por su eminente trayectoria, en la recuperación de las tradiciones artesanas, o bien en su labor a favor del desarrollo y promoción de la artesanía.    Enlaces relacionados:   Decreto 60/2024, de 1 de octubre, por el que se concede la Medalla al Mérito Artesano de Castilla-La Mancha a Alfarería Hermanos Peño SL.

AUTORIZACIÓN PARA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ACTUACIONES DE MANTENIMIENTO DE VIVIENDAS, LOCALES, GARAJES, TRASTEROS Y EDIFICIOS ADSCRITOS AL PATRIMONIO SEPARADO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza a la Consejería de Fomento la contratación del servicio de actuaciones de mantenimiento de viviendas, locales, garajes, trasteros y edificios adscritos al patrimonio separado de la Dirección General de Vivienda, que conlleva un gasto por importe de 1.815.000,00 € (IVA incluido) para la anualidad 2025.

ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO POR LA QUE SE DECLARA PROYECTO PRIORITARIO EL “PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE JOMA SPORT, S.A” EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PORTILLO DE TOLEDO.

La Consejería de Fomento declara proyecto prioritario el “Proyecto de ampliación de las instalaciones de Joma Sport, S.A.” en el término municipal de Portillo de Toledo, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha. 

ACUERDO POR EL QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SA 16/2024 (02CN220227) INCOADO A “I-DE REDES ELECTRICAS INTELIGENTES S.A.U.”.

El Consejo de Gobierno acuerda:    “Sancionar a I-De Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U., por la comisión de una infracción muy grave en materia de conservación de la naturaleza, tipificada en el artículo 108.6 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, consistente en “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio o naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat”, procediendo la imposición de la siguiente sanción:    1º.- Una sanción consistente en multa por importe de doscientos mil un euro (200.001,00 €),     2º.- Imponer el deber de indemnizar la muerte del ejemplar de milano real en el importe de veintidós mil setenta euros (22.070,00 €), en virtud del baremo previsto en el Decreto 67/2008, de 13 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por el que se establece la valoración de las especies de fauna silvestre amenazada, en su importe actualizado al IPC;     Asimismo, imponer la siguiente medida complementaria: la modificación y adaptación de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, de todos los postes eléctricos de la línea implicada (Línea L351615 Minaya de ST La Roda), instalando si fuese preciso las mejoras tecnologías disponibles con el fin de evitar electrocuciones y colisiones a la avifauna de la zona”. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONVENIO ENTRE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS, POR EL QUE SE ESTABLECE UN MARCO GENERAL DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE CONTROL INTERNO AUTONÓMICO.

La Junta de Comunidades podrá celebrar convenios con otras Comunidades Autónomas para la gestión y prestación de servicios propios de la exclusiva competencia de las mismas. La celebración de los citados convenios, antes de su entrada en vigor, deberá ser comunicada a las Cortes Generales elevando a la consideración del Consejo de Gobierno el Convenio entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares. 

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SA 8/2024 (02CN220181N) INCOADO A “I-DE REDES ELECTRICAS INTELIGENTES S.A.U.”.

El Consejo de Gobierno acuerda:    “Sancionar a I-De Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U., por la comisión de una infracción muy grave en materia de conservación de la naturaleza, tipificada en el artículo 108.6 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, consistente en “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio o naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat”, con:    1º.- Una sanción consistente en multa por importe de doscientos mil un euros (200.001,00 euros), de conformidad con lo prevenido en el artículo 113.1.C a) de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza;    2º.- Imponer el deber de indemnizar la muerte del ave por importe de veintidós mil setecientos treinta y cuatro euros, (22.734,00 euros), en virtud del baremo previsto en el Decreto 67/2008, de 13 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por el que se establece la valoración de las especies de fauna silvestre amenazada;     3º.- Acordar la medida complementaria siguiente: deberá proceder a modificar entera la Línea L355918, Línea Casa Puente de ST Villarrobledo (Albacete). Instalando si fuere preciso las mejoras tecnológicas disponibles con el fin de evitar electrocuciones y colisiones a la avifauna de la zona”. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA, A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DISCAPACIDAD, PARA APROBAR LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2025, LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS DE INICIATIVA SOCIAL EN CASTILLA-LA MANCHA.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice a la Dirección General de Discapacidad para aprobar la resolución por la que se convocan para el año 2025, las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas destinados a la atención de las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha.    La cuantía máxima estimada destinada a esta convocatoria es de 65.985.980 euros para los ejercicios 2024, 2025 y 2026.   De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, en relación con el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el texto proyectado requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la aprobación de la convocatoria, y en consecuencia a la aprobación del gasto, por el Director General de Discapacidad de la Consejería de Bienestar Social, al conllevar un gasto cuyo importe global es superior a 5.000.000,00 de euros.  

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 106/2023, DE 25 DE JULIO, DE ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

AUTORIZACIÓN PREVIA DEL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRANSPORTE SANITARIO TERRESTRE DE CASTILLA-LA MANCHA”.

2.1 Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 540.525.540,05 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024.    2.2 Autorización previa de Consejo de Gobierno para la celebración del contrato, al amparo del artículo 58.4 Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.    Referido al expediente siguiente:  “Servicio de transporte sanitario terrestre de Castilla-La Mancha”     El importe asciende a 540.525.540,05 €, con el siguiente desglose:  Aplicación Presupuestaria: 61037000/G412D/2560 A  LOTE 1 AB: 115.955.861,90 €  LOTE 2 CR: 131.188.099,10 €  LOTE 3 CU: 92.221.446,55 €  LOTE 4 GU: 74.498.449,20 €  LOTE 5 TO: 126.661.683,30 €  SUMA TOTAL LOTES: 540.525.540,05 € 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 108/2023, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

En el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se ha comprobado que el ejercicio de diversas competencias por determinados órganos gestores puede mejorar y resultar más eficaz con una reasignación de las mismas.     Este es el fin de este decreto, para lo cual determinadas competencias que ejercía la Dirección General de innovación y Centros Educativos se atribuyen a la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación.    Enlaces relacionados:   Decreto 59/2024, de 24 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.