Mostrando 6673 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE DESARROLLO PERSONAL E INCLUSIÓN EN LA COMUNIDAD EN EL COMPLEJO RESIDENCIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL “GUADIANA” (CIUDAD REAL)

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato del Servicio de Desarrollo Personal e Inclusión en la Comunidad en el Complejo Residencial para Personas con Discapacidad Intelectual “Guadiana” en Ciudad Real (2025/000456 El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de formalización del mismo o desde la fecha que se establezca en el documento contractual.     La fecha estimada de inicio del contrato es el día 16 de junio de 2025. El contrato podrá prorrogarse por acuerdo del órgano de contratación, antes de su finalización, pudiendo realizarse una o varias prórrogas siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 14.685.216,00 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2708CR41-G/313C/22709 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO BASADO DE SERVICIOS POSTALES DE LA CONSEJERIA DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. LOTE 2: CARTAS CERTIFICADAS Y BUROFAX (Nº EXPEDIENTE 2025/000920)

El gasto del expediente supera el límite de 750.000,00 €, por lo que su aprobación requiere la autorización previa del Consejo de Gobierno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en relación con el artículo 58.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

AUTORIZACIÓN PREVIA DEL GASTO DE LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM CORRESPONDIENTE A LAS OBRAS DE ELIMINACIÓN DE RESIDUOS FORESTALES MEDIANTE MEDIOS MECÁNICOS PROCEDENTES DE LOS TRATAMIENTOS SELVÍCOLAS EN LAS DISTINTAS PROVINCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha acordado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25.1 c) de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, la autorización previa del negocio jurídico que conlleva la aprobación del gasto del expediente de contratación de la empresa pública GEACAM, “Obras de eliminación de residuos forestales mediante medios mecánicos, por lotes, procedentes de los tratamientos selvícolas que se llevan a cabo en las distintas provincias de Castilla-La Mancha, campaña 2025, intervención 6881.2, de inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC)”, por un importe de 2.111.731,60 euros (IVA incluido). 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA DISOLUCIÓN DEL COLEGIO PROFESIONAL DE DELINEANTES DE CUENCA.

Una vez cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente, y tramitada la correspondiente propuesta por la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, procede elevar a la consideración del Consejo de Gobierno la aprobación de la disolución del Colegio Profesional solicitada.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se autoriza al gabinete jurídico de la Junta de Comunidades para personarse como acusación particular en las diligencias previas, procedimiento abreviado nº 1112/2024, del juzgado de instrucción nº 2 de Albacete,

El Consejo de Gobierno adopta el acuerdo por el que se autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para personarse como acusación particular en las diligencias previas, procedimiento abreviado nº 1112/2024, del juzgado de instrucción nº 2 de Albacete, en relación con unos hechos denunciados por la dirección del I.E.S. “Andres de Vandelvira,” de Albacete, que pudieran ser constitutivos de delitos d e hurto y apropiación indebida.

APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA PARA LA EXPLOTACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y DE OCIO DEL PARQUE ARQUEOLÓGICO DE SEGOBRIGA, EN SAELICES Y EL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO DE ERCAVICA, EN CAÑAVERUELAS.

Por parte del Consejo de Gobierno se aprueba el texto del convenio de colaboración a suscribir entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Cuenca para la explotación de las actividades de difusión y de ocio del Parque Arqueológico de Segóbriga, en Saelices (Cuenca), así como del yacimiento  arqueológico de Ercávica, en Cañaveruelas (Cuenca).

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO CON LA FUNDACIÓN DIAGRAMA INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL, PARA LA EJECUCIÓN DE MEDIDAS JUDICIALES DE INTERNAMIENTO ESTABLECIDAS EN LA LEY ORGÁNICA 5/2000, DE 12 DE ENERO.

La Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Fundación Diagrama Intervención Psicosocial pretenden suscribir un Convenio de Colaboración cuyo objeto consiste en establecer las condiciones generales a través de las cuales la Consejería de Bienestar Social y la Fundación Diagrama Intervención Social  colaborarán mutuamente en la ejecución de medidas judiciales de internamiento con sentencia firme y/o cautelar en régimen cerrado y semiabierto, y terapéutico dictadas por los Jueces/Juezas de Menores de la Región de Castilla-La Mancha, o por otros  Juzgados de Menores sobre personas menores de edad o jóvenes que residan en ésta región, en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora  de la Responsabilidad Penal de los Menores.    El convenio surtirá efectos desde el momento en el que se firme y su vigencia se extenderá hasta el día 31 de julio de 2025 y podrá prorrogarse por acuerdo expreso de las partes por períodos sucesivos, no superior cada uno de ellos a un año, hasta un máximo de 2 años.   La aportación al convenio por parte de la Comunidad Autónoma asciende a 2.488.280,76 € (IVA  excluido) con cargo a la Partida Presupuestaria 27.07.0000.G/313E/24502. 

Decreto por el que se nombra a Doña Azahara Cañedo Ramos, miembro del Consejo Asesor del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha

El apartado 1 del artículo 10 de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, por la que se crea el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha establece que existirá un único Consejo Asesor, compuesto por quince miembros, designados, a partes iguales, por las Cortes de Castilla-La Mancha, por el Consejo de Gobierno, por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, por la Universidad de Castilla-La Mancha y por las centrales sindicales más representativas, como representantes de los trabajadores del Ente Público y de sus sociedades.   La Universidad Regional ha designado a Dª. Azahara Cañedo Ramos, como miembro del Consejo Asesor del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.   Una vez designados, el apartado 3 del mismo artículo dispone que “Los miembros del Consejo Asesor serán nombrados por el Consejo de Gobierno, así como su Presidente y Vicepresidente, si bien estos últimos lo serán previa elección por el Consejo Asesor por mayoría absoluta de sus miembros".

DECRETO DEL REGISTRO DE PERSONAS PROFESIONALES SANITARIAS OBJETORAS DE CONCIENCIA DIRECTAMENTE IMPLICADAS EN LA PRÁCTICA DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO EN CASTILLA- LA MANCHA.

La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establecer las correspondientes obligaciones de los poderes públicos.   El artículo 19 bis de dicho texto legal establece que las personas profesionales sanitarias directamente implicadas en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo podrán ejercer la objeción de conciencia, siendo siempre esta una decisión individual que debe manifestarse con antelación y por escrito. La persona objetora podrá revocar la declaración de objeción en todo momento por los mismos medios por los que la otorgó.   Asimismo, el apartado 1 del artículo 19 ter de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, señala que, a efectos organizativos y para una adecuada gestión de la prestación, se creará en cada comunidad autónoma un registro de personas profesionales sanitarias que decidan objetar por motivos de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo.   Por su parte, el apartado 2 del mismo artículo 19 ter establece que quienes se declaren personas objetoras de conciencia lo serán a los efectos de la práctica directa de la prestación de interrupción voluntaria del embarazo tanto en el ámbito de la sanidad pública como de la privada.   A tales efectos, se hace preciso crear y regular el Registro de personas profesionales sanitarias objetoras de conciencia directamente implicadas en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo en Castilla-La Mancha, estableciendo además el procedimiento de declaración de objeción de conciencia de estas personas profesionales sanitarias.   Enlaces relacionados:   Decreto 10/2025, de 4 de marzo, del Registro de personas profesionales sanitarias objetoras de conciencia directamente implicadas en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo en Castilla-La Mancha.

CESIÓN GRATUITA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE ALMADÉN (CIUDAD REAL) DE ESPACIOS DEL EDIFICIO SITUADO EN PLAZA WALDO FERRER, Nº 42 DE ESA LOCALIDAD.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva el acuerdo por el que se autoriza la cesión de uso de espacios del inmueble situado en plaza Waldo Ferrer nº 42 de Almadén (Ciudad Real) al Ayuntamiento de dicha localidad, con destino a museo y sede del asociacionismo local, para su deliberación por el Consejo de Gobierno.

AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TRNASPORTE ESCOLAR EN VEHÍCULOS DE MENOS DE 10 PLAZAS.

Por parte del órgano de contratación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se está tramitando un procedimiento para la contratación del servicio de transporte escolar en vehículos de menos de 10 plazas, con un presupuesto base de licitación de 2.044.372,35 €,  en las provincias de Ciudad Real, Cuenca y Toledo, para los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.   La posibilidad de jurídica de este contrato está expresamente prevista en los artículos 17, 25, 308 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).

AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN VEHÍCULOS DE 10 O MÁS PLAZAS.

Por parte del órgano de contratación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se está tramitando un procedimiento para la contratación del servicio de transporte escolar en vehículos de 10 o más plazas, con un presupuesto base de licitación de 10.622.447,78 €, en las provincias de Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, para los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.   La posibilidad de jurídica de este contrato está expresamente prevista en los artículos 17, 25, 308 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).