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CerrarConvenio de cooperación económica entre la JCCM y la Diputación Provincial de Guadalajara, para la participación en la feria de turismo internacional, FITUR 2017, en el ámbito del Plan estratégico de turismo regional 2015-2019
Mediante este Convenio, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, (Consejería de Economía, Empresas y Empleo-Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía), y la Diputación Provincial de Guadalajara, pretenden colaborar en la promoción turística de la provincia de Guadalajara, acordando para ello, aunar sus presupuestos y sus esfuerzos para la asistencia a la Feria Internacional de Turismo, FITUR 2017, en el ámbito del Plan Estratégico de Turismo 2015-2019, mostrando una imagen de unidad del turismo de la Región, compatible con la atención a la singularidad de la riqueza de recursos susceptibles de aprovechamiento turístico de la provincia de Guadalajara.
En virtud de este convenio, la Diputación Provincial de Guadalajara, se compromete a aportar 30.000 euros.
Por su parte, en el desarrollo de FITUR 2017, la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, ha propiciado la participación activa de la Diputación provincial de Guadalajara, adoptando para ello las siguientes medidas específicas:
a) Puesta a disposición de la Diputación, de un espacio mostrador y otro de almacenaje específicos para el uso y disfrute exclusivo por parte de la entidad local.
b) Incorporación, en el stand de la feria y demás elementos expositivos, de la imagen institucional de la Diputación.
c) Puesta a disposición de la Diputación, del material promocional alusivo a la provincia de Guadalajara, entre ellos: folletos, merchadising, etc.
Asimismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, deberá justificar, ante la Diputación Provincial de Guadalajara, en el plazo de 10 días desde la firma de este Convenio, el cumplimiento de su objeto y finalidad mediante la asistencia a FITUR 2017, sin que se derive obligación económica alguna, para la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Enlaces relacionados:
Acuerdo por el que se autoriza la resolución por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de planes de formación, dirigidos a personas trabajadoras ocupadas (modalidad I), para el ejercicio 2017
El Consejo de Gobierno autoriza la convocatoria pública de concesión de subvenciones para aquellas entidades/empresas que soliciten acciones de formación profesional para el empleo dirigidas a personas trabajadoras ocupadas para 2017.
Serán subvencionables la realización de:
a) Planes de formación intersectoriales generales, compuestos por acciones formativas dirigidas a la adquisición de competencias transversales a varios sectores de la actividad económica o competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de los trabajadores/as de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores/as.
b) Planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a los colectivos de trabajadores/as autónomos/as.
c) Planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a los colectivos de trabajadores/as y socios/as de la economía social.
d) Planes de formación integrados por acciones formativas vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad (de itinerario completo o parcial) en las ocupaciones reguladas recogidas en el Anexo IV.
Asimismo, serán también objeto de subvención, las becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y alojamiento que se concedan a los desempleados que participen en las acciones formativas citadas y, en su caso, la compensación económica a empresas por la realización de prácticas profesionales no laborales.
Enlaces relacionados:
Entidades de Formación. Normativa. Convocatorias 2017
Entidades de Formación. FOCO
Autorización para la imputación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores
El Consejo de Gobierno autoriza la imputación a los créditos del presupuesto corriente, de obligaciones derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridos en el ejercicio 2016, por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por importe de 25.326,48 euros, de conformidad con lo establecido por los artículos 14 y 36 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, prorrogados por el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre, por el que establecen las condiciones específicas a las que deben ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades para 2017, y los apartados 1 y 2 del artículo 8 de la Orden de 29/04/2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016.
Acuerdo de reconocimiento de obligaciones derivadas de dos expedientes de subvenciones, al amparo de la Orden de 28-10-2008 y de la Orden de 15-11-2012
El Consejo de Gobierno autoriza el reconocimiento de obligaciones derivadas de la estimación de dos recursos potestativos de reposición en relación con subvenciones, una regulada en la Orden de la Consejería de Trabajo y Empleo, de 28-10-2008, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para incentivar la contratación indefinida, y la segunda al amparo de la Orden de 15-11-2012, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se regula el desarrollo de la formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta.
Se autorizan por un importe de 2.474,45 euros, con cargo a la partida presupuestaria 1908 G/322B/4761H 1150, y de 8.534,37 euros, con cargo a la partida presupuestaria 1909 G/324A/47621 60, respectivamente.
Información sobre la concertación de operaciones financieras de endeudamiento de la JCCM en el primer semestre del ejercicio 2017
La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas debe informar al Consejo de Gobierno de las operaciones financieras de endeudamiento que la Junta de Comunidades ha concertado durante el primer semestre de 2017. Para ello, se distingue entre mecanismos extraordinarios de financiación, a través del Fondo de Liquidez Autonómico (FLA), y las operaciones financieras de endeudamiento a corto plazo concertadas con distintas entidades bancarias.
Declaración de Interés Regional del proyecto Parque Temático “PUY DU FOU ESPAÑA” en el término municipal de Toledo (Toledo)
El Consejo de Gobierno acuerda Declarar de Interés Regional el proyecto Parque Temático “PUY DU FOU ESPAÑA” en el término municipal de Toledo (Toledo), a efectos de su tramitación como Proyecto de Singular Interés.
Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contra Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza cesión de derechos al uso privativo de aguas entre Dña. Josefa Espinosa Vela y varias CCRR
Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derechos al uso privativo de aguas contrato de cesión entre Dña. Josefa Espinosa Vela y otras, en el término municipal de Hellín, en calidad de cedente, y las CC.RR. de Benferri, La Murada Norte, Las Cuevas y El Carmen, en calidad de cesionarios, para el año 2016/2017.
Se recurre la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derecho de agua entre contrato de cesión entre Dña. Josefa Espinosa Vela y otras, en el término municipal de Hellín, en calidad de cedente, y las CC.RR. de Benferri, La Murada Norte, Las Cuevas y El Carmen, términos municipales de Benferri, Orihuela y Abanilla (Alicante) en calidad de cesionarios, para el año 2016/2017, por un volumen de 168.182 m3.
Esta resolución incumple varios de los preceptos del Texto Refundido de la Ley de Aguas y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que regulan los contratos de cesión, siendo además susceptible de haber afectado negativamente a espacios de la Red Natura 2000 en nuestra Comunidad y de incurrir otros incumplimientos ambientales.
Plan Cartográfico de Castilla-La Mancha 2017‐2020
EL DECRETO 93/2010, DE 1 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN DE LA ACTIVIDAD CARTOGRÁFICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA‐LA MANCHA, ESTABLECE Y ARTICULA EN EL CAPÍTULO IV EL PLAN CARTOGRÁFICO DE CASTILLA‐LA MANCHA, COMO INSTRUMENTO FUNDAMENTAL DE PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD CARTOGRÁFICA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN CARTOGRÁFICA DE CASTILLA‐LA MANCHA EN SU REUNIÓN DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2016 INFORMÓ POSITIVAMENTE EL TEXTO DEL PLAN CARTOGRÁFICO 2017‐2020 PROPUESTO Y PRESENTADO POR EL CENTRO CARTOGRÁFICO DE CASTILLA‐LA MANCHA. DEL MISMO MODO, EL 22 DE DCIEMBRE DE 2016, FUE INFORMADO FAVORABLEMENTE POR EL CONSEJO SUPERIOR GEOGRÁFICO DE ESPAÑA.
Enlaces relacioandos:
Centro Cartográfico de Castilla-La Mancha
Autorización de la ampliación de los fondos destinados a las ayudas al arrendamiento de viviendas durante el año 2017
En el Diario Oficial de Castilla‐La Mancha nº 206, de 11 de octubre de 2016, se publicó la Orden de 11/10/2016, de la Consejería de Fomento por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al arrendamiento de viviendas.
Mediante la Resolución de 22/11/2016, de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, se convocaron las ayudas reguladas en la Orden de 11/10/2016, de la Consejería de Fomento por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al arrendamiento de viviendas, para el ejercicio 2017, la cual resultó modificada por Resolución de 27/03/2017, de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo.
La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de ayudas al arrendamiento era inicialmente de 4.308.860 €.
La convocatoria y las bases reguladoras contenidas en la Orden y en la Convocatoria establecen objeto, características, condiciones y criterios de adjudicación de las ayudas al arrendamiento de viviendas para el ejercicio 2017, con las que se pretende financiar a aquellas familias con menores recursos económicos que cumplan los requisitos exigidos en la Orden, facilitándoles el acceso y la permanencia en una vivienda.
Concluido el trámite de presentación de solicitudes de ayuda previsto en dicha convocatoria y tras la valoración de las mismas, se comprueba que se han presentado 11.435 solicitudes, de las cuales 8.107 cumplen los requisitos para poder tener acceso a subvención en el caso de que existiera crédito suficiente en la convocatoria.
El día 26 de julio de 2017 se firmó el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha para la ejecución de la prórroga del Plan Estatal del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013‐2016, aprobada por Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre.
Por todo ello, y antes de proceder a la Resolución de las ayudas, se considera necesario y plenamente justificado solicitar la ampliación del crédito autorizado inicialmente para la financiación de la Convocatoria de ayudas al arrendamiento de viviendas con los fondos finalistas del Ministerio de Fomento regulados en el mencionado Convenio de Colaboración, por importe 6.191.140 €.
El importe total que se destinará a atender solicitudes de ayudas asciende con esta ampliación a 10.500.000 € = (4.308.860 € iniciales + 6.191.140 € ampliación). Atendiendo a un total de 6.858 familias en Castilla‐La Mancha, cubriendo un 40% como máximo de los costes del arrendamiento de las viviendas para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Enlaces relacionados:
Anexo. Requisitos fundamentales de la convocatoria.
a) Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla‐La Mancha, y que este sirva de vivienda habitual y permanente. El contrato debe tener una duración no inferior a un año.
b) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda, y los gastos de comunidad, siempre que se haya pactado la satisfacción por la parte arrendataria, no supere la cuantía total de 500 € mensuales. En el caso de familia numerosa, el límite de la cuantía mencionada no podrá superar los 600 € mensuales.
c) Ingresos mínimos 0,5 veces IPREM1 y máximos hasta 2 veces IPREM (estas cuantías se corrigen en función del número de miembros de la unidad familiar2), conforme a los datos que consten en la AEAT.
d) Se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 200 € mensuales por vivienda (2.400 € anuales).
Enlaces relacionados:
Autorización de la ampliación de los créditos convocan las ayudas reguladas en la orden 40/2017, de 09/03/2017, de la consejería de Fomento para la rehabilitación edificatoria
El sábado 10 de diciembre de 2016, se publicó en el BOE el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre, por el que se prorroga el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013‐2016 regulado por el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril.
En la misma línea, la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha ha aprobado el Decreto 84/2016, de 27/12/2016, por el que se prorroga el Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013‐2016 de Castilla‐ La Mancha, regulado por el Decreto 71/2014, de 24 de julio.
Con fecha 7 de marzo de 2017 fue aprobada la Orden 40/2017 de 09/03/2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el programa de fomento de la rehabilitación edificatoria para el periodo 2017.
Las actuaciones previstas en dicha Orden se organizan en torno a dos líneas fundamentales dirigidas a la conservación, la mejora de calidad y sostenibilidad y realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad:
a) Línea 1: Rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva. Tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes de los edificios
b) Línea 2: rehabilitación de zonas privativas de las viviendas y edificios de una sola vivienda.
El 11 de julio de 2017 se publica en el DOCM nº 133, la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, por la que se convocan las ayudas para el programa de rehabilitación edificatoria, estableciendo un crédito máximo para la concesión de las ayudas por importe de 2.833.860 €
Tras la firma el pasado 26 de julio del Convenio de Colaboración con el Ministerio de Fomento para la gestión del Plan de Vivienda 2013‐2016, se propone, con la nueva Resolución de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, incrementar el crédito máximo autorizado para la concesión de las ayudas hasta los 6.147.160 €, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Resolución de 05/07/2017.
Enlaces relacionados:
Cesión gratuita, en propiedad, de los terrenos donde se ubica la Casilla de peones camineros (finca registral 2.635) del municipio de la Iglesuela (Toledo)
EL CONSEJO DE GOBIERNO AUTORIZA LA CESION GRATUITA, EN PROPIEDAD, AL AYUNTAMIENTO DE LA IGLESUELA (TOLEDO) DE LA FINCA REGISTRAL 2.635, PARA DESTINARLA A LA EDIFICACIÓN DE UN TANATORIO MUNICIPAL.
Acuerdo por el que se toma en consideración el Anteproyecto de ley de Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha
El anteproyecto de ley que ha tomado en consideración el Consejo de Gobierno recoge una nueva regulación de las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para adaptarla a la normativa básica estatal recogida en Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
Las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios son corporaciones de derecho público representativas de los intereses económicos generales y por lo que se establece el principio general de pertenencia de todas las empresas a las Cámaras sin que de ello se derive obligación económica alguna. Las Cámaras son, por tanto, el instrumento institucional natural de expresión de la opinión de los comerciantes, industriales y prestadores de servicios de Castilla-La Mancha, razón por la cual deben tener presencia y participación en las instituciones y los organismos públicos que tengan finalidades directamente relacionadas con los intereses generales que las Cámaras representan, sin perjuicio de la presencia de otras entidades representatívas de intereses sectoriales o empresariales privados.
La nueva normativa presenta como objetivo general una redefinición del papel que tienen que jugar las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, que, junto a su función principal de prestación de servicios a las empresas, viene a reforzar su labor de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en el ámbito de la internacionalización y la competitividad.
Junto a ese objetivo general, pueden destacarse otros aspectos específicos que encuentran acomodo en el anteproyecto de Ley, como la incentivación de las contribuciones voluntarias, la diferenciación de las actividades de carácter privado que las Cámaras pueden llevar a cabo en régimen de libre competencia con las funciones público administrativas, la integración de obligaciones de transparencia de sus ingresos y gastos, o la concreción de los supuestos y procedimientos para contemplar situaciones que puedan conllevar la disolución, liquidación y extinción en las Cámaras de Comercio.