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CerrarAcuerdo por el que se deja sin efecto el acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de julio de 2017 por el cual se tomaba en consideración el Anteproyecto de Ley de Presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017
En fecha 14 de julio de 2017 se acuerda por el Consejo de Gobierno tomar en consideración el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017, y solicitar el dictamen al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha con carácter de urgencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.2 y 54.3 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Debido a que el citado anteproyecto incluía modificaciones que a fecha actual se están volviendo a evaluar por la Dirección General de Presupuestos, se considera necesario dejar sin efecto el acuerdo citado.
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y remisión a las Cortes de Castilla-La Mancha
En fecha 24 de enero de 2017 se acuerda por el Consejo de Gobierno aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y disponer su remisión a las Cortes Generales. No obstante, las Cortes de Castilla-La Mancha durante las sesiones plenarias celebradas los días 6 y 7 de abril de 2017, rechazaron el Proyecto de Ley de Presupuestos por no alcanzar la mayoría parlamentaria requerida.
Mediante el presente acuerdo se vuelve a elevar idéntico texto al Consejo de Gobierno para su aprobación y remisión a las Cortes Generales.
Enlaces relacionados:
Autorización de un gasto derivado de la tramitación de los convenios específicos para la prestación de la Ayuda a Domicilio en el marco del y toma de conocimiento de los convenios de colaboración a suscribir con las Entidades Locales
El Consejo de Gobierno autoriza un gasto derivado del expediente de gasto correspondiente a la tramitación de los convenios específicos para la prestación de la Ayuda a Domicilio en el marco del PRAS en relación al Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las entidades locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2017.
Asimismo se toma conocimiento de los Convenios de Colaboración a suscribir entre la Consejería de Bienestar Social y Entidades Locales para la prestación de la ayuda a domicilio, durante el ejercicio 2017, que tendrán una aportación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha superior a 100.000 €.
Toma en consideración del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y solicitud de dictamen al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha
En fecha 24 de enero de 2017 se acuerda por el Consejo de Gobierno aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para 2017 y disponer su remisión a las Cortes Generales. No obstante, las Cortes de Castilla-La Mancha durante las sesiones plenarias celebradas los días 6 y 7 de abril de 2017, rechazaron el Proyecto de Ley de Presupuestos por no alcanzar la mayoría parlamentaria requerida.
Mediante el presente acuerdo se toma en consideración el nuevo texto, solicitando el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Toma de conocimiento de la Resolución por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones
Toma de conocimiento de la Resolución por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha y se autoriza la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales.
El objetivo de esta Resolución es publicar los créditos y abrir el plazo de presentación de las solicitudes que han de financiar las ayudas que se concedan en el presente ejercicio en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, publicado en el DOCM núm. 54 de 18 de marzo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones para financiar la realización de proyectos o actuaciones de interés público, social, económico o humanitario, de carácter excepcional, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la JCCM, relativos a las siguientes materias:
a) Proyectos o actuaciones sociales o humanitarios que tengan un carácter singular o sean debidos a necesidades imprevistas y urgentes.
b) Proyectos o actuaciones de cooperación regional que promuevan el desarrollo económico y social.
c) Proyectos de rehabilitación de inmuebles dañados, que tengan un interés público o social de carácter excepcional.
d) Cualquier otro tipo de proyectos o actuaciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que justifiquen su singularidad para imposibilitar su convocatoria pública.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas empadronadas en Castilla‐La Mancha, las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en esta región y las Corporaciones Locales de Castilla‐La Mancha, que presenten proyectos incardinados en los supuestos establecidos.
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Acuerdo por el que se toma en consideración el anteproyecto de Ley de estímulo económico de zonas prioritarias en Castilla- La Mancha
El anteproyecto de ley tiene como objeto establecer el marco regulador de un conjunto de acciones e instrumentos de estímulo económico para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia áreas geográficas determinadas con la finalidad de reducir las diferencias de situación económica en el territorio de Castilla- La Mancha.
El anteproyecto consta de una parte expositiva, 7 artículos estructurados en dos capítulos, dos disposiciones adicionales y tres disposiciones finales.
El Capítulo I denominado ”Disposiciones generales”, regula el objeto de la ley, su ámbito de aplicación y los fines de la misma.
El Capítulo II denominado “Determinación de las zonas prioritarias, implementación y régimen de aplicación”, establece la definición de las zonas prioritarias, los instrumentos para favorecer la incentivación económica y el empleo en las zonas prioritarias y, asimismo, se determinan las áreas donde deberá incidirse para la consecución de los objetivos de la ley y a quién compete el control y seguimiento de las medidas adoptadas en cumplimiento de ésta.
La disposición adicional primera determina la aplicación de los instrumentos previstos en esta ley a los municipios que acuerdó el Consejo de Gobierno, dentro de la distribución municipal de la Inversión Territorial Integrada Castilla-La Mancha que figura en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o la distribución que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.
La disposición adicional segunda establece la posibilidad de aplicar los instrumentos de incentivación económica previstos en esta ley a los municipios de la Región que sean declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
La disposición final primera versa sobre la adaptación al contenido de la norma.
La disposición final segunda contiene una habilitación al Consejo de Gobierno para el desarrollo y aplicación de la ley.
La disposición final tercera dispone la entrada en vigor de la ley.
Los instrumentos para favorecer la reactivación económica y el empleo en las zonas prioritarias consistirán en subvenciones o ayudas, realización de planes y estudios sectoriales, préstamos o avales mediante convenios con entidades financieras, u otros instrumentos financieros, así como otras vías de financiación alternativas. Asimismo, se podrá acudir a mecanismos de cooperación con la Administración General del Estado o con las entidades locales de Castilla-La Mancha.
Además de los instrumentos citados anteriormente, la actividad de fomento dirigida a las zonas prioritarias podrá consistir, según los requisitos que marque cada uno de los fondos que financien la línea de ayuda, en alguna de las siguientes alternativas:
a) La aprobación de líneas de ayudas específicas dirigidas a dichas zonas, que se llevará a cabo de forma prioritaria al resto de alternativas.
b) Una reserva del total del crédito de la convocatoria asignado específicamente para los proyectos que se desarrollen en las zonas prioritarias. En el caso de que en una convocatoria de ayuda no se agotase la totalidad del crédito reservado para las zonas prioritarias, el crédito no utilizado podrá destinarse a incrementar el destinado a proyectos desarrollados en el resto de territorio regional.
c) Un incremento porcentual del 20 por ciento en la intensidad de ayuda en aquellos proyectos o inversiones dirigidos a los municipios declarados como zonas prioritarias.
d) El establecimiento de criterios de valoración que prioricen los proyectos desarrollados dentro de las zonas prioritarias.
Las líneas de ayudas a las que resultará aplicable esta actividad de fomento y estímulo, serán las siguientes:
a) Empleo y formación.
b) Autoempleo y emprendimiento, fomento y potenciación de la economía social.
c) Empresas, competitividad e internacionalización.
d) Turismo, comercio, artesanía y cultura.
e) Industria, energía, medio ambiente y economía circular.
f) Innovación y desarrollo tecnológico.
g) Suelo industrial.
h) Industrias agroalimentarias, mejora de explotaciones agrarias, regadíos e incorporación al tejido empresarial de jóvenes agricultores y agricultoras.
i) Servicios de ayuda y atención a personas en situación de dependencia.
j) Servicios de proximidad para la atención de personas.
Financiación y captación de inversiones.
Decreto por el que se modifica el decreto 29/2016, de 5 julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años
El Consejo de Gobierno lanza una nueva convocatoria de ayudas de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida de desempleados de larga duración y en especial a los mayores de 45 años.
La finalidad de estas ayudas, reguladas en el Decreto 29/2016, de 5 de julio, es incentivar e impulsar la creación de empleo en la comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, activando el mercado de trabajo mediante la mejora de la empleabilidad y el fomento de la inserción laboral de personas desempleadas de larga duración, poniendo especial énfasis en los mayores de 45 años.
Podrán ser subvencionables los contratos por tiempo indefinido, o por tiempo indefinido fijos-discontinuos, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se formalicen con personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y sean desempleadas de larga duración. Se entiende como tales, aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo al menos, doce meses de duración en los últimos dieciocho meses.
b) Que sean a jornada completa. En el supuesto de contratos por tiempo indefinido fijos-discontinuos, la suma de la jornada en cómputo anual deberá ser, en todo caso, igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
Cuantía de la subvención:
a) 5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea menor o igual a 29 años.
b) 4.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 30 y los 44 años.
c) 5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 45 y los 54 años.
d) 6.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea igual o mayor de 55 años.
Estas cuantías se verán incrementadas en 700 euros, cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas no perceptoras de prestación, subsidio de desempleo o cualquier otra modalidad de protección frente al desempleo.
b) La primera contratación por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.
c) Personas que hayan obtenido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación, un certificado de profesionalidad, una titulación de formación profesional básica, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última correspondiente a las enseñanzas de formación profesional artística o deportivas, o bien una titulación oficial universitaria.
d) Personas que hayan participado como trabajadores adscritos en la realización de proyectos dentro del programa de “Garantía + 55 años”.
El incremento será de 1.000 euros cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos especiales:
a) Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
b) Colectivos en riesgo de exclusión social o que procedan de una empresa de inserción.
Principales novedades:
1º) Se establece un incremento en la cuantía de la subvención (de 1.000 euros) para las contrataciones de personas que procedan de una empresa de inserción, con el objetivo de facilitar su integración al mundo laboral.
2º) La cuantía de la subvención se incrementará en un 20% cuando las contrataciones se realicen en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación.
3º) Se flexibiliza el régimen de sustituciones previsto para extinciones de contratos de trabajo subvencionados. Así, se mantienen los supuestos que facultan al beneficiario para cubrir la vacante sin pérdida de la subvención, permitiendo, no obstante, que el trabajador sustito no sea necesariamente un desempleado de larga duración.
4º) Se procede a realizar la adecuación del articulado a las prescripciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo, asimismo, nuevos modelos de anexos adaptados a dicha norma.
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Ayudas en materia de empleo Autonómica
Toma de conocimiento de la orden por la que se convoca el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación
El Consejo de Gobierno lanza una nueva convocatoria de acreditación de competencias profesionales de 3.550 plazas, distribuidas por cualificaciones profesionales de la forma siguiente:
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CUALIFICACIÓN PROFESIONAL |
PLAZAS |
|
SEA595_2 Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural |
2.000 |
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AGA345_2 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas |
400 |
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SSC567_3 Información juvenil |
150 |
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SSC320_2 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales. |
750 |
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SSC089_2 Atención sociosanitaria a personas en el domicilio |
250 |
Las cualificaciones relacionadas con la extinción de incendios forestales y tratamientos silvícolas van dirigidas a profesionalizar el sector de los trabajadores forestales. Asimismo se convocan plazas para las personas con experiencia en la información juvenil, después de que la Consejería competente en materia de juventud haya regula do la profesión y exija estar en posesión de la correspondiente acreditación de la cualificación profesional. Finalmente se convocan más plazas para el sector de la dependencia, de modo que aquellas personas que aún no hayan solicitado la acreditación por experiencia laboral en los últimos años pueda hacerlo antes de la finalización del plazo establecido por la normativa para obtener la cualificación o estar incurso en un procedimiento de acreditación como este. Ese plazo es el 31 de diciembre de 2017.
Presupuesto:
El crédito destinado a la presente convocatoria, está asignado a la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral y asciende a un total de 700.000 euros, de carácter plurianual (250.000 € en 2017 y 450.000 para 2018).
Principales novedades:
La principal novedad de la convocatoria es que por primera vez se sacan plazas para cualificaciones profesionales relacionadas con el sector forestal e información juvenil.
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Acredita
Autorización del gasto de 924.482,88 € IVA incluido para contratar la adquisición, puesta en marcha y mantenimiento de tres TC helicoidales para las Gerencias de Atención Integrada de Albacete, Alcázar de San Juan y Puertollano, pertenecientes al Sescam
Los objetivos de este contrato de suministro de 3 TC de 16 cortes son tres: renovación del parque de arcos quirúrgicos ya que más del 40% de los mismos tienen más de 10 años, que es la vida útil de este tipo de equipos según diversos organismos internacionales de referencia, por tanto una buena parte de los arcos instalados se encuentran obsoletos y al final de su vida útil.
La actualización tecnológica es otro de los objetivos de este contrato, ya que más del 40% de los TC instalados son de menos de 16 cortes, además el avance que se ha producido en este tipo de equipos en los últimos años es considerable, el principal es el aumento en el número de cortes. Esto ha producido que los procesos sean más rápidos, de mejor calidad de imagen, nuevas herramientas de postprocesado, aumento del campo de visión o nuevas aplicaciones.
Autorización de la superación de porcentajes en relación del expediente del proceso selectivo de personal funcionario correspondiente a la oferta de empleo público de 2016 de la JCCM, de la Escala Superior de Sanitarios Locales, Especialidad Veterinaria
Expediente relativo al proceso selectivo de personal funcionario correspondiente a la oferta de empleo público de 2016 de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la escala superior de sanitarios locales, especialidad veterinaria, que se iniciaría en 2017 y culminaría en 2018.
El proceso selectivo indicado, convocado mediante Resolución de la Consejería Sanidad de 10 de marzo de 2017 (D.O.C.M nº 52 de 15 de marzo), conlleva gastos en concepto de indemnizaciones por razón de servicio por asistencias y dietas devengados por los miembros del tribunal calificador, personal colaborador y personal auxiliar del proceso.
En función de la planificación y del cronograma previsto para la realización de las pruebas del proceso selectivo, se prevé que las pruebas serán realizadas en el 2017 y la finalización del proceso en el año 2018. Por tanto, se imputará el gasto de vigilancia de las pruebas, el personal de servicios, coordinadores provinciales y responsables centros al ejercicio 2017 y los gastos generados por la indemnizaciones y dietas a percibir por los miembros del tribunal se imputaran al ejercicio 2018.
En la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha los procesos selectivos convocados están destinados a cubrir las necesidades de personal cualificado de la Administración de la Junta, y dar cumplimiento a la Oferta de empleo público de Castilla-La Mancha.
Toma de conocimiento de la Orden por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo para el Programa de Apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en 2018
El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en 2018.
La ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos contemplada en el artículo 46 del Reglamento (UE) nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, será de aplicación a los viñedos que se destinen a la producción de uva para vinificación y estén situados en el territorio de Castilla-La Mancha.
Las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo sólo podrán concederse para una o varias de las siguientes actividades:
a) Reestructuración o reimplantación de viñedos.
b) Mejora de las técnicas de gestión de viñedos: Cambio de vaso a espaldera.
Las acciones subvencionables, dentro de cada operación, serán las siguientes:
c) En la operación de reestructuración o reimplantación de viñedos se podrán solicitar las siguientes acciones:
i. Arranque (incluida la recogida de cepas).
ii. Preparación del suelo: labor profunda, labor superficial, pase de rodillo y/o enmienda orgánico-mineral.
iii. Desinfección. Sólo en el caso de que el arranque de la parcela final a desinfectar se vaya a realizar en el seno del proyecto de reestructuración.
iv. Despedregado.
v. Planta y plantación. La variedad a plantar deberá ser subvencionable y la plantación se deberá realizar en cultivo único o puro.
vi. Protección individual de plantas contra conejos en el momento de la plantación (incluida la colocación).
vii. Espaldera.
Cuando se aporten autorizaciones o derechos de replantación propios para la reestructuración de las parcelas su vigencia debe ser la adecuada para efectuar el proyecto.
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Toma de conocimiento de la convocatoria de subvenciones para el sostenimiento de contratos de bibliotecarios municipales por entidades locales de Castilla‐La Mancha en 2017
La finalidad de esta línea de subvenciones es apoyar a los Ayuntamientos más pequeños en su esfuerzo de mantener la contratación de personal bibliotecario profesional en las bibliotecas municipales y contribuir a que los ciudadanos de las zonas rurales tengan acceso a unos servicios de cultura básicos.
El objeto principal de la subvención será la financiación de contratos cuyas funciones sean la dirección, gestión y trabajos técnicos de la biblioteca pública y la programación de actividades culturales y de animación a la lectura en el marco de la biblioteca pública.