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CerrarAUTORIZACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA DG DE LAS FAMILIAS Y MENORES POR LA QUE SE PUBLICA EL CRÉDITO PRESUPUESTARIO DISPONIBLE, A FORMA DE PAGO Y EL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DEL GASTO, DURANTE EL 2019
LAS FAMILIAS Y MENORES POR LA QUE SE PUBLICA EL CRÉDITO PRESUPUESTARIO DISPONIBLE, A FORMA DE PAGO Y EL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DEL GASTO, DURANTE EL 2019, PARA ATENDER OBLIGACIONES DE CONTENIDO ECONÓMICO DERIVADAS DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL MANTENIMIENTO DE CENTROS DESTINADOS A MENORES AFECTADOS POR MEDIDAS DE PROTECCIÓN O JUDICIALES Y AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, DURANTE EL EJERCICIO 2019.
Estas subvenciones se encuentran reguladas en el Decreto 16/2016, de 26 de abril, por la que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales, modificado por el Decreto 85/2016, de 27 de diciembre, las ayudas serán concedidas de forma directa por concurrir razones de interés público, social y humanitario.
AUTORIZAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LAS FAMILIAS Y MENORES, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2019 LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS Y PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A LA INFANCIA Y LAS FAMILIAS
La Resolución tiene por objeto convocar para el año 2019 las subvenciones destinadas a entidades privadas sin fin de lucro para la puesta en marcha o el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias, así como para la realización de estudios e investigaciones de especial relevancia sobre las realidades emergentes actuales de la infancia y de las familias, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden 150/2018, de 10 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias (DOCM núm. 203, de 17 de octubre), modificada por Orden 166/2018, de 19 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifican diversas órdenes de la Consejería de Bienestar Social por las que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones (DOCM núm. 229, de 23 de noviembre). Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva.
Orden 150/2018, de 10 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias, modificada por Orden 166/2018, de 19 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifican diversas órdenes de la Consejería de Bienestar Social por las que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones.
AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA DG DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2019, SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DESTINADOS AL SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL
AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2019, SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DESTINADOS AL SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA DE CASTILLA-LA MANCHA (SEPAP) Y AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA- LA MANCHA, EN LA ANUALIDAD 2019.
La Resolución tiene por objeto convocar para el año 2019 las subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y programas dirigidos a la realización de actividades de prevención para personas mayores en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha.
Orden 13/2018, de 5 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha (DOCM núm. 28, de 8 de febrero de 2018), modificada por el artículo noveno de la Orden 166/2018, de 19 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifican diversas órdenes de la Consejería de Bienestar Social por las que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones (DOCM núm. 229, de 23 de noviembre de 2018).
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE 15 PLAZAS EN UN CENTRO DE PROTECCIÓN DE MENORES CON ESPECIALIDAD EN PRIMERA ACOGIDA EN GUADALAJARA
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ART.48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2019, EN EL VINCULANTE 2707.313E.24*, HASTA ALCANZAR UN TOTAL DEL 85,57 %, DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE PRÓRROGA FORZOSA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCIERTO, DE 15 PLAZAS EN UN CENTRO DE PROTECCIÓN DE MENORES CON ESPECIALIDAD EN PRIMERA ACOGIDA EN GUADALAJARA.
Como consecuencia de la tramitación del expediente de prórroga forzosa del contrato de gestión, por la modalidad de concierto, de 15 plazas en un centro de protección de menores con especialidad en primera acogida en Guadalajara., se precisa la autorización de la superación de los porcentajes previstos en el Art.48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, hasta llegar a un total del 85,57%, correspondiente a la anualidad de 2019.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación del citado porcentaje.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS EN DISTINTOS CENTROS Y DEPENDENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS EN DISTINTOS CENTROS Y DEPENDENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL BASADO EN EL ACUERDO MARCO DE HOMOLOGACIÓN DE ESTOS SERVICIOS PARA LOS EDIFICIOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
Este contrato se iniciará el 23 de diciembre de 2018 y mantendrá su vigencia durante dos años.
AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE UN GASTO DE 4.999,628 EUROS PARA EL INCREMENTO DE LA DOTACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL ENTE PÚBLICO DE RADIO TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA EN 2018
El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, al superar el gasto el límite máximo de 750.000 euros, fijado para la competencia de los Consejeros.
AUTORIZACIÓN AL ENTE PÚBLICO RADIO TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, DERIVADOS DE DIVERSOS EXPEDIENTES DE 2018
AUTORIZACIÓN CONVOCATORIA Y SUPERACIÓN PORCENTAJES DE LAS AYUDAS A INVERSIONES EN TRANSFORMACIÓN, COMERCIALIZACIÓN O DESARROLLO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y AL FOMENTO DE LA CALIDAD AGROALIMENTARIA (FOCAL 2018)
El Consejo de Gobierno ha autorizado e la Resolución de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, por la que se convocan, para el año 2018, las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (FOCAL 2018) en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Así como la superación de porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
La Resolución tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la convocatoria para el año 2018, de las ayudas a las inversiones previstas en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), de acuerdo con la Orden de 04/12/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, publicada en el DOCM de 11 de diciembre de 2018.
Podrán acogerse a las ayudas destinadas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (FOCAL) las personas físicas o jurídicas titulares de industrias agroalimentarias localizadas o que se vayan a localizar en Castilla-La Mancha y dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas del Anexo I del Tratado, excepto los productos de la pesca. Asimismo, quedan excluidos de la condición de beneficiarios las sociedades civiles, comunidades de bienes y agrupaciones de personas que carezcan de personalidad jurídica.
Estas ayudas se encuadran dentro de la submedida 4.2. del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020, y estarán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en virtud del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en la siguiente proporción: en un 75% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), siendo el 25% restante cofinanciado en un 30% por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y en un 70% por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha.
La ayuda total contemplada en la convocatoria es de 60.000.000 euros (sesenta millones de euros), siendo este importe financiado con cargo a los créditos presupuestarios de los ejercicios 2019, 2020 y 2021 de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural incluidos en la aplicación presupuestaria 210300000G/716A/77333, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente, con el siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2019: 12.000.000 de euros.
Anualidad 2020: 42.000.000 de euros.
Anualidad 2021: 6.000.000 de euros.
Esta distribución tiene carácter estimativo pudiendo modificarse a través del correspondiente expediente de reajuste de anualidades, antes de resolución, sin necesidad de nueva convocatoria ni de publicación.
Al tratarse de una convocatoria de ayudas por importe superior a 5.000.000 de euros, de conformidad con el artículo 58.5.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la misma, con carácter previo, a la aprobación del gasto.
Por otro lado, se ha advertido que los créditos de la convocatoria superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por lo que de conformidad con el artículo 48.4 de esta misma norma, procede elevar al Consejo de Gobierno la autorización para la modificación de los porcentajes respecto a la adquisición de compromisos de gastos que hayan de atenderse en ejercicios futuros.
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS CRITERIOS FIJADOS POR LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE GESTIÓN ELECTORAL, Y SE AUTORIZA A LA PERSONA TITULAR DE LA VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS CRITERIOS FIJADOS POR LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE GESTIÓN ELECTORAL, Y SE AUTORIZA A LA PERSONA TITULAR DE LA VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA A SU FIRMA.
En fecha 11 de Diciembre de 2013 se suscribió Convenio marco de colaboración en materia de gestión electoral entre la Administración General del Estado y la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, convenio que fue prorrogado en fecha 22 de Noviembre de 2017 hasta el 31 de Diciembre de 2021 de conformidad con lo establecido en la cláusula sexta del citado convenio marco. En virtud de la cláusula cuarta, apartado tres del Convenio marco de colaboración, el desarrollo del mismo se llevará a cabo, para el proceso electoral concurrente que se celebrará el 26 de mayo de 2019, a través de criterios fijados por la comisión de seguimiento del Convenio marco, que se aprueban por el Consejo de Gobierno.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL PLAZO MÁXIMO DE PUBLICACIÓN DE LAS CONVOCATORIAS DE LOS PROCESOS SELECTIVOS CORRESPONDIENTES A LAS PLAZAS INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 19 de diciembre de 2017, se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2017 y se dispuso que las convocatorias de los procesos selectivos correspondientes a las plazas de personal funcionario y de personal laboral de Administración General se publicarían en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha antes del 31 de diciembre de 2018. Correlativamente en fecha 2 de octubre de 2018 se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2018.La convocatoria conjunta de las plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público para los años 2017 y 2018, prevista en el apartado octavo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de octubre de 2018 ha impedido que las convocatorias de esas plazas puedan publicarse en la fecha inicialmente señalada, por lo que es necesario establecer un nuevo plazo máximo para la publicación de las mismas.
Enlaces relacionados:
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO FRENTE A LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº992/2018 DE 31 DE AGOSTO DEL AYUNTAMIENTO DE CAMPO DE CRIPTANA (CIUDAD REAL)
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO FRENTE A LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº992/2018 DE 31 DE AGOSTO DEL AYUNTAMIENTO DE CAMPO DE CRIPTANA (CIUDAD REAL) EN RELACIÓN A UNA AUTORIZACIÓN DE PERMUTA ENTRE DOS POLICÍAS LOCALES.
Mediante el presente acuerdo, el Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para interponer recurso contencioso-administrativo, frente a la Resolución del Ayuntamiento de Campo de Criptana (Ciudad Real), de 31 de agosto de 2018, en relación a una permuta autorizada por el mismo entre dos policías locales.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DEL GASTO PLURIANUAL PARA LA PRÓRROGA DEL CONTRATO CENTRALIZADO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JCCM Y SESCAM
La superación de los porcentajes de gastos plurianuales fijados en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha requiere de su autorización por el Consejo de Gobierno. El expediente relativo a la prórroga del contrato centralizado del servicio de vigilancia y seguridad de edificios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y SESCAM, supone un gasto plurianual imputado al ejercicio 2019 que conlleva una modificación de los citados porcentajes.