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CerrarAUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA REGIONAL “GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.” (GEACAM) PARA COMPROMETERSE EN EL GASTO QUE SUPONE EL CONTRATO DE OBRAS DE AMPLIACIÓN Y ADECUACION AERONAUTICA DEL AERÓDROMO DE CARCELEN (ALBACETE)
El Consejo de Gobierno ha autorizado ha autorizado a la empresa pública regional “Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.” (GEACAM) el gasto de 1.352.413,85 Euros, (IVA incluido) para formalizar el contrato de obras de ampliación y adecuación aeronáutica del aeródromo de Carcelén (Albacete).
El gasto que generará este expediente de contratación se enmarca dentro de la encomienda de gestión, de fecha 30 de diciembre de 2015, formalizado entre la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y la Empresa Pública GEACAM, S.A, para las actuaciones de tratamientos selvícolas preventivos y vigilancia fija y móvil en las campañas de prevención para la lucha contra incendios forestales en Castilla – La Mancha para las anualidades 2016- 2020. Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. Submedida 8.3. Apoyo para la prevención de daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, esta última, llevará a cabo la ejecución de las actuaciones referidas a proyectos, obras, asistencias técnicas, servicios, suministros, planes y programas de estas campañas.
El artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, recoge el régimen de autorización previa de gastos en que incurran determinados entes, entre los que se incluyen las empresas del sector público regional como GEACAM. Por su parte, el artículo 12 de la Orden 214/2017 de 29 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 ha desarrollado el procedimiento para la obtención de la autorización, requiere previo informe de la Dirección General de Presupuestos. Para el caso de gastos que superen los 240.000,00 euros, corresponderá dicha autorización al Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de adscripción.
AUTORIZACIÓN SUPERACIÓN PORCENTAJES DE LAS AYUDAS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS ZOOTECNICOSANITARIOS Y NACIONALES DE ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES ANIMALES (PNEEA) EN CASTILLA-LA MANCH
TEXTO PARA INCLUIR EN EL PORTAL DE LA TRANSPARENCIA
El Consejo de Gobierno ha autorizado de conformidad con lo establecido en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, la superación de porcentajes, derivados de la Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2019 las ayudas para la ejecución de los programas zootécnico- sanitarios reguladas por el capítulo II de la Orden 29/2018, de 13 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas( ADSGs ) en Castilla-La Mancha y las ayudas para la ejecución de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales (PNEEA) reguladas por el capítulo III.
La finalidad de las ayudas para la ejecución de Programas zootécnico sanitarios es la compensación de determinados costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales incluidas dentro de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales, en base al Reglamento 652/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal.
La finalidad de las ayudas para la ejecución de los Programas Nacionales de Erradicación, Vigilancia y Control de las Enfermedades Animales es la compensación de determinados costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales incluidas dentro de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales, en base al Reglamento 652/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal.
Las ayudas se financian con fondos de los Presupuestos Generales del Estado, de cofinanciación de la Unión Europea y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se imputarán a la aplicación presupuestaria 21040000G/713B/4832F.
Al contabilizarse la retención de crédito de la convocatoria se ha tenido conocimiento de la superación de los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre procede elevar al Consejo de Gobierno su correspondiente autorización.
AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL NOMBRAMIENTO DE EDUCADORES SOCIALES PARA LA IMPLANTACIÓN, ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS ILUSIONA‐T Y TITULA‐S
AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL NOMBRAMIENTO DE EDUCADORES SOCIALES PARA LA IMPLANTACIÓN, ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS ILUSIONA‐T Y TITULA‐S COFINANCIADOS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO INTEGRADOS EN EL PLAN DE ÉXITO EDUCATIVO Y PREVENCIÓN DEL ABANDONO EDUCATIVO TEMPRANO EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE CASTILLA‐LA MANCHA PARA EL CURSO ESCOLAR 2018‐ 2019
El Consejo de Gobierno autoriza el programa temporal para el nombramiento de educadores sociales para la implantación, organización y desarrollo de los programas ILUSIONA‐T Y TITULA‐S cofinanciados por el Fondo Social Europeo integrados en el Plan De Éxito Educativo y Prevención del abandono educativo temprano en los centros docentes públicos de Castilla‐La Mancha para el curso escolar 2018‐ 2019.
El Programa temporal supone el nombramiento de hasta un máximo de 10 educadores sociales y su coste asciende a 197.213,50 euros para el periodo comprendido entre el 8 de enero y 30 de junio de 201914.075.000 euros.
SANCIÓN DE SEPARACIÓN DEL SERVICIO A UN FUNCIONARIO DOCENTE CON DESTINO EN EL IES “JORGE MANRIQUE” DE MOTILLA DEL PALANCAR (CUENCA) POR LA COMISIÓN DE UNA FALTA DE ABANDONO DE SERVICIO
El Consejo de Gobierno acuerda imponer la sanción de separación del servicio a un funcionario docente con destino en el IES “Jorge Manrique” de Motilla del Palancar (Cuenca) por la comisión de una falta muy grave, tipificada en el artículo 134.c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla‐La Mancha, consistente en “el abandono del servicio, así como no hacerse cargo voluntariamente de las tareas o funciones que se tengan encomendadas”, a corregir con “Separación del servicio”, de acuerdo con lo previsto en el art. 138, apartado 1.a) de la citada Ley.,
TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA ORDEN DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE EMERGENCIA A REALIZAR EN EL COLEGIO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA “ALCALDE GALINDO” DE CHINCHILLA DE MONTEARAGÓN, ALBACETE
TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA ORDEN DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE EMERGENCIA A REALIZAR EN EL COLEGIO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA “ALCALDE GALINDO” DE CHINCHILLA DE MONTEARAGÓN, ALBACETE, EN CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 120.1.B) DE LA LEY DE CONTRATOS DE SECTOR PÚBLICO.
EL CONSEJO DE GOBIERNO TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA ORDEN EFECTUADA POR LA SECRETARIA GENERAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2018, DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE EMERGENCIA A REALIZAR EN EL COLEGIO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA “ALCALDE GALINDO” DE CHINCHILLA DE MONTEARAGÓN, ALBACETE, EN CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 120.1.B) DE LA LEY DE CONTRATOS DE SECTOR PÚBLICO”
AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE PROPUESTAS Y EL RECONOCIMIENTO DE LAS AYUDAS REGULADAS EN LA ORDEN 115/2018, DE 4 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO
UTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE PROPUESTAS Y EL RECONOCIMIENTO DE LAS AYUDAS REGULADAS EN LA ORDEN 115/2018, DE 4 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA Y RURAL
La convocatoria y las bases reguladoras establecen el objeto, características, condiciones y criterios de adjudicación para la financiación de propuestas de Áreas de Regeneración y Renovación Urbana y Rural donde se planteen actuaciones de mejora integral de barrios degradados, de centros y cascos históricos, renovación de áreas funcionalmente obsoletas y renovación de áreas de infravivienda. Estas actuaciones deben perseguir un impacto positivo sobre las zonas urbanas degradas, apoyándose en las potencialidades que pueden generar las operaciones de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación urbanas, las cuales consistirán en la realización conjunta de obras de rehabilitación en viviendas, obras de construcción de edificios de viviendas en sustitución de edificios demolidos, obras de urbanización o reurbanización de espacios públicos, realojos de la población residente, en su caso, y los costes de los equipos y oficinas de información, gestión y acompañamiento social.
El plazo de presentación de solicitudes de financiación estará abierto durante dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria. Los beneficiarios de las propuestas seleccionadas, tras la suscripción del correspondiente Acuerdo de Financiación con el Ministerio de Fomento y su publicación, presentarán la solicitud de ayuda a cada actuación del Área que tendrá un nuevo plazo que concluirá el 30 de septiembre de 2021.
Las solicitudes de financiación, se cumplimentarán siempre de forma telemática por el correspondiente Ayuntamiento en el correspondiente modelo oficial que consta como Anexo I en la presente convocatoria y en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla‐ La Mancha (www.jccm.es). La solicitud deberá acompañarse de la documentación establecida.
AUTORIZACIÓN PARA EL NUEVO CONTRATO DE SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO DE CAMPIÑA BAJA Y BORNOVA (GUADALAJARA)
El Consejo de Gobierno autoriza un gasto por importe de 4.576.760,41 euros IVA incluido, correspondiente a la contratación de los servicios de explotación, conservación y mantenimiento de los sistemas de abastecimiento de Campiña Baja y Bornova (Guadalajara), de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla‐La Mancha
AUTORIZACIÓN PARA SUPERAR LOS PORCENTAJES MÁXIMOS DE GASTOS PLURIANUALES CORRESPONDIENTES A DIVERSOS CONTRATOS DE LA AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA
El Consejo de Gobierno de Castilla‐La Mancha acuerda autorizar a la Consejería de Fomento la modificación de los porcentajes máximos previstos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en relación con los expedientes de contratación “Abastecimiento en el municipio de Los Cortijos (Ciudad Real)” y “Proyecto de nuevo depósito de 1.600 m3 en Mondéjar (Guadalajara)”, en el nivel de vinculante 5601G/512A/6*, anualidad 2019 y un porcentaje máximo de 91,05%.
AUTORIZAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2019 LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INCLUSIÓN SOCIAL DEL SISTEMA PÚBLICO DE SERVICIOS SOCIALES
AUTORIZAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2019 LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INCLUSIÓN SOCIAL DEL SISTEMA PÚBLICO DE SERVICIOS SOCIALES Y AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ART. 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA.
Esta resolución tiene por objeto convocar para el año 2019 las subvenciones destinadas a entidades para la realización de proyectos que tengan como finalidad la atención de situaciones de riesgo o exclusión social, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden 12/2017, de 2 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales (DOCM núm. 26, de 7 de febrero de 2017), modificada por la Orden 187/2018, de 14 de diciembre (DOCM núm. 246, de 19 de diciembre de 2018).
De acuerdo con lo establecido apartado 5 al artículo 58, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000,00 de euros se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la aprobación del gasto.
Autorizar la superación de los porcentajes previstos en el art. 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación del citado porcentaje.
Enlaces relacionados:
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS EN DISTINTOS CENTROS Y DEPENDENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN LA PROVINCIA DE ALBACETE
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS EN DISTINTOS CENTROS Y DEPENDENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN LA PROVINCIA DE ALBACETE BASADO EN EL ACUERDO MARCO DE HOMOLOGACIÓN DE ESTOS SERVICIOS PARA LOS EDIFICIOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
Este contrato se iniciará el 20 de diciembre de 2018 y mantendrá su vigencia durante dos años.
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2019, PARA EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS DE INICIATIVA SOCIAL
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2019, PARA EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS DE INICIATIVA SOCIAL PARA EL DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE PROGRAMAS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2019
La Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del proyecto de Resolución de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad por la que se convocan las subvenciones a Entidades Privadas de Iniciativa Social para el Desarrollo y Mantenimiento de Programas y Servicios de Atención a Personas Mayores en Castilla-La Mancha para el año 2019. Como consecuencia de su tramitación, se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, correspondientes al ejercicio 2019, en el vinculante al que se imputa el gasto. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los mismos.
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA ORDENACIÓN DE LOS CAMPINGS Y DE LAS ÁREAS PARA AUTOCARAVANAS DE CASTILLA-LA MANCHA
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se regula la ordenación de los campings y de las áreas para autocaravanas de Castilla-La Mancha.
El decreto responde al objetivo de modernizar la normativa en materia de camping, así como incorporar al ordenamiento jurídico autonómico las áreas para autocaravanas, reforzando con ello la oferta de alojamiento extrahotelero de nuestra región, permitiendo a los usuarios y viajeros gozar de una oferta que ofrezca experiencias de alojamiento que se adecuen a sus necesidades actuales.
El proyecto de decreto se estructura en una parte expositiva, una parte dispositiva, dividida en seis capítulos, treinta y seis artículos, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales. Asimismo, incorpora once anexos.
Asimismo, con este decreto se procede a la adaptación de esta materia de alojamiento turístico a la normativa comunitaria y a la estatal surgida de la transposición de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, y concretada en las leyes reguladoras de la unidad de mercado y de libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Enlaces relacionados:
Decreto 94/2018, de 18 de diciembre, por el que se regula la ordenación de los campings y de las áreas para autocaravanas de Castilla-La Mancha