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TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES LLEVADAS A CABO POR LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de las declaraciones de emergencia realizadas por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, desde el 21 de abril hasta el 18 de mayo de 2020, respecto de las contrataciones que han sido necesarias llevar a cabo con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 

AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO DE SERVICIOS POSTALES, BUROFAX Y TELEGRAMA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA.

Para el correcto funcionamiento de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es imprescindible tener asegurada la cobertura de las necesidades de comunicación interna y externa por vía postal que requiere el cumplimiento de los fines institucionales de la misma por lo que se propone al Consejo de Gobierno que autorice la celebración del acuerdo marco de servicios postales, burofax y telegrama de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al amparo de lo establecido en el artículo 58.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. 

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LOS CONTRATOS EFECTUADOS POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, DESDE EL 15 DE ABRIL DE 2020 AL 15 DE MAYO DE 2020, MEDIANTE TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA, CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA PROVOCADAPARA POR EL COVID-19.

Contratos efectuados por la Consejería de sanidad, desde el 15 de abril al 15 de mayo de 2020, mediante tramitación de emergencia, para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por  el COVID-9, de conformidad con lo establecido en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE nº 272, de 9 de noviembre); el artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 (BOE nº 65, de 13 de marzo); el artículo 10 del Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19 (DOCM nº 57 de 20 de marzo); y la Resolución de 16/03/2020, de la Dirección General de Promoción Institucional, de declaración de emergencia para la contratación de las campañas institucionales de publicidad o divulgación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha directamente vinculadas a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COV I D-19, según la cual la contratación y gestión contable de estos expedientes se hará siguiendo lo establecido en la Resolución de 27 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Promoción Institucional de delegación de competencias (DOCM nº 1 de 2 de enero de 2020).   El importe total de los contratos efectuados durante el antedicho período asciende a la cantidad de 1.012.665,33 euros. 

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA POR LA FUNDACIÓN SOCOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA DE LOS EXPEDIENTES PARA LA CONCERTACIÓN DE PLAZAS, REFUERZO DE LIMPIEZA Y COMPRA DE MATERIAL DE PROTECCIÓN PARA HACER FRENTE AL COVID-19.

La Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha ha tramitado 7 expedientes de contratación por el procedimiento de emergencia desde  el 21 de marzo al  21 de abril de 2020, para la concertación de cuatro plazas residenciales, refuerzo de limpieza en la Residencia Comunitaria de Talavera de la Reina (Toledo) compra de material de protección (mascarillas, guantes, gel hidroalcohólico y equipos de protección), de conformidad con lo establecido en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE nº 272, de 9 de noviembre), y artículo 10 del Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19 (DOCM nº 57 de 20 de marzo).    El importe total de los contratos efectuados durante el antedicho período asciende a la cantidad de 236.336,86 euros. 

CONVALIDACION DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN EN LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS PARA LA COOPERACIÓN ENTRE LOS AGENTES DE LA CADENA DE SUMINISTRO PARA LA CREACIÓN Y EL DESARROLLO DE CADENAS DE DISTRIBUCIÓN CORTAS Y MERCADOS LOCALES.

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural precisa la convalidación de la omisión del trámite de fiscalización previa a la propuesta de resolución del procedimiento de concesión de las ayudas convocadas mediante la Resolución de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2019, las ayudas para la cooperación entre los agentes de la cadena de suministro para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020.    En cuanto a la omisión del trámite de fiscalización previa el artículo 100 del TRLHCLM establece que “en los supuestos en los que, con arreglo a lo dispuesto en este título, la función interventora fuese preceptiva y se hubiese omitido, no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto previo informe de la Intervención General”.     Dado que la ausencia de fiscalización previa de la propuesta de resolución no está calificada en el ordenamiento jurídico como un supuesto de nulidad de pleno derecho, es posible su convalidación conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 100 indicado.    Para la propuesta de convalidación se ha tenido en cuenta que se han emitido informes de los órganos instructores de 15 de julio de 2019 la Dirección Provincial de Toledo, de 18 de julio de 2019, la Dirección Provincial de Albacete y de 19 de julio de 2019, de las Direcciones Provinciales de Cuenca y Ciudad Real incluyendo tanto las personas beneficiarias que cumplían los requisitos para acceder a la ayuda como las que no la cumplían. Asimismo, consta el acta de la Comisión de Valoración de 23 de julio de 2019. Por ello, las propuestas de resolución no se han dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, ni tampoco carece de los requisitos esenciales dado que, como informan los órganos instructores, se ha comprobado sobre las solicitudes admisibles que reúnen los requisitos para ser beneficiarias de las ayudas.    Asimismo, ha de tenerse en cuenta que la convocatoria si disponía del correspondiente gasto aprobado y está debidamente fiscalizada por la Intervención Delegada y cuenta con la aprobación del gasto por el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, ambos documentos de fecha 27 de diciembre de 2018. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y EL NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

Las Cortes regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.    El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.    Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.    Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.    Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.    Corresponde al gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros.    Cesan como miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM:  a Don Juan Carlos Ruiz Aparicio representante del sector del personal de administración y servicios y a Don Manuel Mena González representante del sector de estudiantes.   Se nombran como miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM:  a Don Ubaldo Rafael Labrador González representante del sector del personal de administración y servicios y a Don Oscar Sánchez González representante del sector de estudiantes.   Se aprueba la renovación: como miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM:  de Doña Carmen Díaz Mora como representante del sector personal docente e investigador.   Enlaces relacionados:   Decreto 18/2020, de 26 de mayo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el personal docente e investigador, de administración y servicios, y de estudiantes.

 

CESIÓN AL AYUNTAMIENTO DE MAQUEDA (TOLEDO) EL TRAMO DE LA CARRETERA CM-9513, COMPRENDIDO ENTRE LA INTERSECCIÓN CON LA A-5 (P.K. 72+620) Y LA GLORIETA DE INTERSECCIÓN CON LA CARRETERA N-403.

El Consejo de Gobierno acuerda ceder al Ayuntamiento de Maqueda (Toledo), en virtud del artículo 43 de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos de Castilla-La Mancha, el tramo de la carretera de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha CM-9513, comprendido entre la intersección con la A-5 (p.k. 72+620) y la glorieta de intersección con la carretera N-403, con una longitud total de 995 metros.  

CONVALIDACIÓN DEL DECRETO 17/2020, SOBRE MODIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE CONTENCIÓN ESTABLECIDAS TRAS LA DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA.

El Consejo de Gobierno convalida el Decreto 17/2020, de 25 de mayo, del Presidente de la Junta de Comunidades, sobre modificaciones de las medidas de contención, en relación con la flexibilización de las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, con el fin de adaptarlas a la evolución de la emergencia sanitaria en Castilla-La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 17/2020, de 25 de mayo, del Presidente de la Junta de Comunidades, sobre modificaciones de las medidas de contención, en relación con la flexibilización de las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, con el fin de adaptarlas a la evolución de la emergencia sanitaria en Castilla-La Mancha.

 

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCION SANITARIA EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO, HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar el Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de elementos de protección sanitaria en los establecimientos de comercio, hostelería y restauración de Castilla-La Mancha.    El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de actuaciones y adquisición de elementos de protección en establecimientos de comercio, hostelería y restauración situados en Castilla-La Mancha.    Se consideran actuaciones susceptibles de ayuda, siempre que se hayan realizado desde el día el 4 de mayo de 2020 hasta el 31 de julio de 2020, ambos incluidos, los siguientes conceptos:    a) La primera desinfección del establecimiento. b) La adquisición de gel hidroalcohólico y dispensadores. c) Adquisición y montaje de mamparas de protección en comercios para atención al público y en aquellos bares, restaurantes y cafeterías que como consecuencia de la reducción de su aforo y capacidad opten por instalar esta medida de protección de los clientes.   La cuantía máxima de la subvención varía para cada tipo de actuación subvencionable, conforme al importe justificado.    Las subvenciones se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020 por un importe total de 4.000.000 euros.    Enlaces relacionados:   Decreto 16/2020, de 19 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de elementos de protección sanitaria en los establecimientos de comercio, hostelería y restauración de Castilla-La Mancha.

 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA RESPECTO DE LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE 292 ORDENADORES PORTÁTILES.

El Consejo de Gobierno ha acordado tomar conocimiento de la declaración de emergencia respecto de la contratación del suministro de 292 ordenadores portátiles, realizada el 21 de abril de 2020, en régimen de compra, destinados a las oficinas “Emplea”, por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. 

AUTORIZACIÓN DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE CANARIAS Y CASTILLA LA MANCHA PARA LA GESTIÓN COMPARTIDA DEL PROYECTO DE COMPRA PÚBLICA DE INNOVACIÓN ISOHCE.

El objeto del presente Convenio de Cooperación entre La Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Servicio Canario de Salud y la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha a través del SESCAM, es el desarrollo compartido del proyecto de compra pública innovadora, denominado “ISO HCE Historia Clínica Interoperable y Multirregional (ISOHCE)”, en el marco de la 2ª Convocatoria del Programa FID Salud, del año 2016, auspiciado por los Ministerios de Sanidad y de Ciencia e Innovación.     El SESCAM asumirá el liderazgo del Proyecto y comparte con la Comunidad Autónoma de Canarias las responsabilidades administrativa, científica y financiera del desarrollo de la “Consulta al Mercado”, la licitación de la compra pública innovadora y el compromiso de funcionamiento de la Oficina técnica de Proyecto, integrada por las dos Suboficinas, correspondientes a cada parte del Proyecto.    El proyecto “ISO HCE Historia Clínica Interoperable y Multirregional (ISOHCE)” tiene un presupuesto asignado total de 5.382.500€, a desarrollar en las anualidades 2020-2023. La Comunidad Autónoma de Canarias participa en el proyecto con un presupuesto de 3 millones de euros y podrá recibir fondos FEDER Plurirregionales del 85% (tramitación vía Ministerio de Ciencia e Innovación), o sea 2.550.000€.     La Comunidad de Castilla La Mancha participa en el proyecto con un presupuesto de 2.382.500€,  de los que podrá recibir fondos FEDER Plurirregionales (tramitación vía Ministerio de Ciencia e Innovación), del 80% de su participación, en concreto 1.906.000€.

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA EMERGENCIA PARA LLEVAR A CABO OBRAS EN EL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO “EL GIRASOL”, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE BARAJAS DE MELO (CUENCA), A FIN DE GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA CONSUMO HUMANO.

Declarado el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (B.O.E. Núm. 67 de 14 de marzo), la adopción de medidas por parte de los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para hacer frente a dicha crisis sanitaria, justifica la necesidad de actuar de manera inmediata al amparo de lo previsto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y de lo indicado en el artículo 10.2 del Decreto por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19    Conforme justifica la Entidad de Derecho Público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha(IACLM) existe un riesgo de colapso inminente del edificio de bombeo que dejaría sin suministro de agua potable a más de 21.500 habitantes del Sistema de Abastecimiento Girasol, en unas circunstancias de emergencia sanitaria creadas por la amenaza del COVID-19, en la que el agua potable es más imprescindible que nunca como forma de eliminar el riesgo de contagio por el virus. Por consiguiente, el estado actual de las infraestructuras obliga a plantear soluciones inmediatas. En caso contrario, la consecuencia más que previsible ante la situación repentina aparecida, si no se actúa de una manera inminente por parte de Entidad de Derecho Público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM), no es otra que el desabastecimiento de agua potable de la práctica totalidad del Sistema.     En este contexto la Entidad IACLM precisa contratar la ejecución de obras de emergencia consistentes en el recalce, la reparación y la renovación del edificio del 2º Bombeo del Sistema de Abastecimiento del Girasol, junto a la impermeabilización del depósito adosado a este edificio, así como la implementación del by-pass que permita mantener el servicio de abastecimiento de agua potable durante la ejecución de las obras, para atender la necesidad de evitar el desabastecimiento de agua potable a los municipios suministrados desde el mencionado Sistema Girasol ante el riesgo inminente de colapso total de la estructura del 2º Bombeo.    Ante dicha situación de emergencia justificada debidamente en el informe del Direcor Técnico de IACLM de 15 de abril de 2020, el Presidente de la entidad , con fecha 20 de abrilde 2020, acuerda encargar a TRAGSATEC la contratación de emergencia de las Obras del 2º bombeo del Sistema de Abastecimiento “Girasol”. De conformidad con el artículo 120.1 b) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, se pone en conocimiento del Consejo de Gobierno la emergencia así como que se ha ordenado realizar la correspondiente retención de crédito por importe estimado de 656.495,25 euros imputables a los Presupuestos Generales de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.