Mostrando 6668 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN REGIONAL DE COORDINACIÓN DE FONDOS DE RECUPERACIÓN, FONDOS ESTRUCTURALES Y DE INVERSIÓN, E INSTRUMENTOS FINANCIEROS EUROPEOS Y SE ESTABLECE SU COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO.

Aprobación por Consejo de Gobierno del Decreto por el que se crea la Comisión Regional de Coordinación de Fondos de Recuperación, Fondos Estructurales y de Inversión e Instrumentos Financieros Europeos y se establece su composición, funciones y régimen de funcionamiento.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 50/2020, de 28 de agosto, por el que se crea la Comisión Regional de Coordinación de Fondos de Recuperación, Fondos Estructurales y de Inversión e Instrumentos Financieros Europeos y se establece su composición, funciones y régimen de funcionamiento.

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DE ANGIOGRAFO DIGITAL PARA LOS SERVICIOS DE RADIODIAGNÓSTICO DEL HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE ALBACETE Y DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GUADALAJARA DEL SESCAM.

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 899.998,00 €,  de acuerdo con el artículo 20.f) de Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, referido al expediente siguiente:    Suministro de actualización de los angiógrafos de los Servicios de Radiodiagnóstico del Hospital General Universitario de Albacete y del Hospital Universitario de Guadalajara (SESCAM). 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES REALIZADAS POR LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SESCAM CON MOTIVO DE LAS ACTUACIONES NECESARIAS TRAS EL INCENDIO OCURRIDO EN EL HOSPITAL DE HELLÍN.

En la tarde del pasado 28 de mayo 2020 se produjo un incendio en la planta semisótano del Hospital de Hellín, que provocó que se evacuara por completo el Centro y que requirió la intervención del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento. Las causas del mismo se encuentran en investigación de la policía judicial. El siniestro ha provocado daños estructurales y en instalaciones y consecuencias que requieren de actuaciones inmediatas con el objeto de asegurar la estructura afectada y recuperar, lo antes posible, el propio hospital, y evitar se produzcan daños irreparables en equipamientos, instalaciones, etc. como consecuencia de los gases emanados por la combustión del incendio.    A día de la presente declaración se hace totalmente imposible volver a la actividad el Centro Hospitalario debido a los daños estructurales y la necesidad de realizar una rehabilitación técnica de las partes más afectadas por los gases emanados, así como reparaciones de ciertas instalaciones.    La Resolución del Secretario General del SESCAM, de 3 de junio de 2020, declara la EMERGENCIA en la tramitación de los procedimientos de contratación para las actuaciones de limpieza técnica, reparación de estructura y de instalaciones de aire acondicionado afectados por el incendio en virtud de lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 08 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público.    Al amparo de ello, entre el 5 de junio y el 21 de julio de 2020 las declaraciones de emergencia en contrataciones realizadas por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, en el Incendio de Hellín son las que se relacionan en este acuerdo.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A LA “FUNDACIÓN VEDRUNA EDUCACIÓN” PARA EL DESARROLLO DE DOS PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DURANTE EL CURSO 2020/2021.

El Consejo de gobierno concede una subvención directa y de carácter excepcional a la entidad sin ánimo de lucro Fundación “Vedruna Educación”, titular del Colegio Virgen del Carmen de Toledo, para continuar con los Programas Específicos de Formación Profesional de Actividades Auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería y el Programa Específico de Formación Profesional de Alojamiento y Lavandería durante el curso 2020/2021.    La subvención concedida asciende a un importe máximo, cierto y sin referencia a porcentajes, de 73.175,60 euros con cargo a la partida presupuestaria 18.02.422B.48711, anualidad 2021.   Enlaces relacionados:   Decreto 51/2020, de 28 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la Fundación Vedruna Educación para el desarrollo de dos programas específicos de Formación Profesional durante el curso 2020/2021.

 

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECÍFICAS DURANTE EL CURSO 2020/2021.

El Consejo de Gobierno autoriza el Programa Temporal para la atención del alumnado con necesidades educativas específicas durante el curso 2020/2021, que permitirá el nombramiento de 44 fisioterapeutas y 38 técnicos sanitarios (A.T.E/D.U.E). El coste del programa asciende a 2.310.173,63, incluida SS.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS CORRESPONDIENTES A DOS FACTURAS POR EL CONTRATO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL CURSO 2018/2019.

El Consejo de gobierno autoriza el reconocimiento de las obligaciones y la tramitación de pagos por importe de 4.174,50 euros, correspondientes a dos facturas por la ejecución del contrato de transporte escolar (Ruta 20 EE- Lote 160), suscrito el 7 de septiembre de 2018 con Santiago González Marugán, para el curso 2018/2019.

 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE AL “CONTRATO MIXTO DE MANTENIMIENTO, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE OBRA DE MARQUESINAS E HITOS-TÓTEM EN PARADAS DE AUTOBUSES DE LÍNEAS REGULARES INTERURBANAS EN CASTILLA-LA MANCHA”.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza un gasto a la Consejería de Fomento, por importe de importe 866.598,37€, IVA incluido, correspondiente al expediente  “Contrato mixto de mantenimiento, suministro e instalación de obra de marquesinas e hitos-tótem en paradas de autobuses de líneas regulares interurbanas en Castilla-La Mancha”, con una anualidad para 2020 de 0,00 €, para 2021 de 433.299,18 € para 2022, de 423.299,19 € y para 2023 de 10.000,00 €.

AUTORIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE AL “CONTRATO DE SUMINISTRO DE FUNDENTES PARA VIALIDAD INVERNAL EN LAS CARRETERAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA”.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza un gasto a la Consejería de Fomento, por importe de 992.575,10 €, IVA incluido, correspondiente al expediente “Contrato de suministro de fundentes para viabilidad invernal en las carreteras de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha”.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIOS DE 15 PLAZAS RESIDENCIALES PARA MENORES CON TRASTORNOS DE CONDUCTA EN UN CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA.

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar un gasto por importe total de 793.875,00 euros para la primera prórroga del contrato de gestión de concesión de servicios de 15 plazas residenciales para menores con trastornos de conducta en un centro de atención especializada.    La prórroga de este contrato es de un año, y abarca el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 24/2020 SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 UNA VEZ SUPERADA LA FASE III DEL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD.

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 121, de 20 de junio de 2020, se publicó el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.    Por Orden comunicada del Ministro de Sanidad de 14 de agosto de 2020 se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, dictada previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en sesión celebrada el 14 de agosto de 2020.    Dicha declaración de actuaciones coordinadas, aprobada por el Ministerio de Sanidad, es de obligado cumplimiento por todas las partes incluidas. Por lo expresado es necesario modificar el Decreto 24/2020, de 19 de junio, con la finalidad de adoptar una serie de medidas dirigidas a controlar los brotes detectados en el ámbito social relacionados con reuniones familiares o de amigos, en locales de ocio, reducir los grupos a 10 personas, exigir autorización previa a la celebración de eventos multitudinarios, o prohibir de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre.    Asimismo, se modifican otras medidas no especificadas en el Acuerdo del Consejo Interterritorial, pero que se ha estimado necesario adecuar a la realidad actual de la situación de riesgo para la salud pública en Castilla-La Mancha. Tales modificaciones afectan, entre otras medidas, a la regulación de aforos en determinadas actividades, a la autorización de eventos multitudinarios, a la celebración de fiestas, verbenas y otros eventos populares o de festejos taurinos populares por el campo o encierros por las vías públicas.    Quedan modificados los artículos 4, 5, 8, 12, 14, 17, 21, 22, 24, 27, 30, 31, 33, 34, 36, 37, 39, 44 y 45 y la disposición adicional segunda del Decreto 24/2020, de 19 de junio, y se incluyen el artículo 24 bis y las disposiciones adicionales quinta, sexta y séptima. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 49/2020, de 21 de agosto, por el que se modifica el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL DERECHO DE USO Y SE CREA EL REGISTRO REGIONAL DE USUARIOS DE LA MARCA “CASTILLA-LA MANCHA”.

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se regula el derecho de uso y se crea el Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”.    Mediante este Decreto, el Gobierno regional crea la Marca “Castilla-La Mancha”, como Marca Colectiva, con el fin de promocionar los productos, entidades y actividades de la región, que conforman nuestra propia identidad, además de difundir los valores universales de justicia, libertad y solidaridad, que la propia Marca simboliza.     Podrán ser usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha” las personas físicas o jurídicas privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar conforme al ordenamiento jurídico español, y desarrollen una actividad económica en el territorio de la región que se encuentre ligada a los productos y servicios que incorpora la Marca, así como las entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica alguna, siempre y cuando tengan su domicilio social radicado en el territorio de Castilla-La Mancha y realicen una actividad que sea coincidente con alguno de los productos y servicios de las diferentes clases que incorpora la Marca “Castilla-La Mancha”.    Asimismo, y con la finalidad de mantener actualizada una referencia de las distintas personas y entidades respecto de las cuales se concede el derecho a usar la Marca “Castilla-La Mancha”, se procede a crear un registro regional de usuarios de la misma, en donde se recogerá, con las debidas garantías, la información relativa a su actividad, así como la de los productos y servicios para cuyo uso está permitida.    El proyecto de decreto se estructura en una parte expositiva, una parte dispositiva, que contiene diez artículos, una disposición adicional, dos disposiciones finales y cuatro anexos.    Enlaces relacionados:   Decreto 46/2020, de 18 de agosto, por el que se regula el derecho de uso y se crea el Registro Regional de Usuarios de la Marca Castilla-La Mancha.

 

ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTO EL ACUERDO DE 11 DE AGOSTO DE 2020, POR EL QUE SE APROBABA EL DECRETO DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTENCIÓN DEL CORONAVIRUS COVID-19 EN LAS DISCOTECAS Y ESTABLECIMIENTOS DE OCIO NOCTURNO.

En la reunión celebrada por el Consejo de Gobierno el día 11 de agosto de 2020 se adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar el Decreto de medidas de prevención y contención del coronavirus covid-19 en las discotecas y establecimientos de ocio nocturno, como medida de control respecto de las actividades en el sector del ocio nocturno que se realicen a partir de la 1:00 de la madrugada, para evitar en la medida de lo posible una transmisión comunitaria y la expansión del COVID-19.    En el Consejo lnterterritoral del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por Covid-19, celebrado el día 14 de agosto de 2020, se constató que, si bien la situación no es comparable a la sufrida en los meses de marzo y abril, se observa un incremento constante de casos en todo el territorio que va progresivamente generando un número creciente de casos graves que requieren hospitalización e ingreso en Unidades de Cuidados críticos. Se ha observado que, durante las últimas semanas, se ha incrementado el número de brotes generados en el ámbito social, que suponen casi el 40% de los mismos. Entre estos brotes, los más importantes son aquellos relacionados con reuniones familiares o de amigos y los producidos en locales de ocio con horario mayoritariamente nocturno (bares de copas, discotecas y salas de baile). Los primeros son los más numerosos, pero los segundos, afectan a grupos más grandes de población, difícilmente identificables, con orígenes geográficos muy diversos y que debido a las grandes dificultades de localización que generan impiden la aplicación temprana y eficaz de las medidas de control. En consecuencia, se acordó que fueran declaradas como actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, determinadas medidas, entre ellas algunas relativas a locales de ocio, que son incompatibles con las adoptadas en el Decreto aprobado por este Consejo de Gobierno el 11 de agosto de 2020.    Por todo ello, procede dejar sin efecto el Acuerdo de 11 de agosto de 2020, por el que se aprobaba el Decreto de medidas de prevención y contención del coronavirus, y evitar la entrada en vigor del Decreto decidiendo que no se publique el mismo.