Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ECONÓMICAS, SOCIALES Y TRIBUTARIAS FRENTE A LA DESPOBLACIÓN Y PARA EL DESARROLLO DEL MEDIO RURAL EN CASTILLA-LA MANCHA.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 77/2019, DE 16 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y SE FIJAN LAS COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS INTEGRADOS EN LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

La aprobación del Decreto se realiza en virtud de la competencia exclusiva sobre la organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previstas en el artículo 31.1.1ª del Estatuto de Autonomía, y se proyecta en la delimitación competencial de los órganos dependientes de la Vicepresidencia que tienen encomendadas las materias relativas a relaciones institucionales (Viceconsejería de Relaciones Institucionales), y , dentro de ella, la dirección encargada de los asuntos relacionados con la UE (Dirección General de Asuntos Europeos). 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 23/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Decreto 77/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

PLAN ANUAL NORMATIVO PARA EL AÑO 2021.

Aprobación por Consejo de Gobierno del Plan Anual Normativo para el año 2021.    Su principal objetivo es proporcionar una mayor seguridad jurídica al conjunto de la ciudadanía y materializar de una forma sencilla y coherente la predictibilidad del ordenamiento, mejorando de esta forma la planificación normativa, al convertirse en un instrumento que permitirá conocer de un modo sencillo, ordenado e integral la previsión legal y reglamentaria de la Administración.    Constituye, en definitiva, una herramienta de transparencia al servicio de la ciudadanía castellano-manchega, al posibilitar el conocimiento público de la planificación normativa de esta Administración.    Enlaces relacionados:  

Acuerdo de 23 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Anual Normativo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2021.

 

PROGRAMA ANUAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2021.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Programa Anual de Participación Ciudadana para el ejercicio 2021, como documento estratégico que contendrá los proyectos normativos, planes o programas derivados de las políticas públicas que se desarrollarán de acuerdo con los instrumentos y procedimientos de participación recogidos en la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha. 

 

Enlaces relacionados:

 

Acuerdo de 23/03/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa Anual de Participación Ciudadana de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2021.

DECRETO DE ADAPTACIÓN DEL MÓDULO ECONÓMICO DE DISTRIBUCIÓN DE FONDOS PÚBLICOS DESTINADOS AL SOSTENIMIENTO DE CENTROS CONCERTADOS A LO DISPUESTO EN LA LEGISLACIÓN BÁSICA DEL ESTADO.

El presente decreto tiene como principal objeto dictar las disposiciones necesarias dirigidas a adecuar el módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto sobre esta materia, con carácter básico, en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 24/2021, de 23 de marzo, de adaptación del módulo económico de distribución de fondos públicos destinados al sostenimiento de centros concertados a lo dispuesto en la legislación básica del Estado.

ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRAN REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para el territorio de la Comunidad Autónoma.    Así, el Consejo de Gobierno acuerda nombrar registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles a: D. José Agustín Peña Romero, para el Registro de Guadalajara nº 03, D.ª María de la Montaña Zorita Carrero, para el Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Toledo II, D.ª Carmen Maluenda Albert, para el Registro de Tomelloso.    Enlaces relacionados:   Acuerdo de 23/03/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para plazas radicadas en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO Y FISCAL DEL JUEGO EN CASTILLA-LA MANCHA.

La finalidad del anteproyecto de ley objeto de la propuesta es la regulación, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, del juego en sus distintas modalidades y, en general, todas aquellas actividades relacionadas con el mismo, cualquiera que sea su denominación, tanto si se desarrollan a través de actividades humanas como mediante la utilización de aparatos automáticos o canales electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos, incluyendo los establecimientos donde se realice la gestión y explotación del juego.     La ley del régimen administrativo y fiscal del juego en Castilla-La Mancha se propone potenciar las medidas de control en el ejercicio de la actividad del juego, superando así su naturaleza de mera actividad económica, para poner el foco en las repercusiones sociales de aquél. Para ello, se desarrollan más pormenorizadamente los principios del juego y, en particular, las políticas de juego responsable que contemplan el juego como un fenómeno complejo, en el que se combinan acciones preventivas, de intervención y control, desde una perspectiva integral de responsabilidad social corporativa. 

DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA LA COMISIÓN CENTRAL DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA‐LA MANCHA.

El presente decreto tiene por objeto la creación y regulación de las funciones, composición y funcionamiento de la Comisión Central de Farmacia y Terapéutica del Servicio de Salud de Castilla‐La Mancha (SESCAM). Regula las finalidades, funciones, composición y régimen de funcionamiento de un órgano colegiado que no sustituye, sino que coordina y potencia las actuaciones de las comisiones descentralizadas existentes, y que es análogo a las comisiones de ámbito autonómico que se han creado en otros servicios de salud.    El objetivo general del proyecto de decreto consiste en mejorar los resultados de salud y la sostenibilidad del SESCAM mediante la regulación de la Comisión, que se configuraría como un  órgano  colegiado  adscrito  al  SESCAM,  bajo  la  dirección  de  la  Dirección  General  de  Asistencia Sanitaria, que asumiría las funciones de coordinación y asesoramiento en el ámbito de la gestión de la prestación farmacéutica.    Como objetivos específicos de la norma se consideran los siguientes: impulsar las medidas tendentes a una mejor utilización y prescripción de medicamentos y productos sanitarios; satisfacer  adecuadamente  las  necesidades  internas  de  coordinación  de  las  comisiones  de  farmacia hospitalaria y de uso racional del medicamento; y garantizar el  cumplimiento de otras finalidades relacionadas con la prestación farmacéutica del SESCAM.    Enlaces relacionados:   Decreto 25/2021, de 23 de marzo, por el que se crea y regula la Comisión Central de Farmacia y Terapéutica del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 24/03/2015, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA MEDIDA DE AGRICULTURA ECOLÓGICA.

La Orden de 24/03/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la aplicación de la medida de agricultura ecológica en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014/2020, establece una duración del compromiso de estas ayudas por cinco años.    No obstante, el Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, en su artículo 29.3 indica que, cuando la ayuda esté destinada al mantenimiento de la agricultura ecológica, los Estados miembros podrán prever en sus programas de desarrollo rural una prórroga anual una vez finalizado el periodo inicial. El Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020 actualmente prevé la posibilidad de realizar prórrogas anuales en la medida 11 de Agricultura ecológica, justificada en el mantenimiento de los beneficios medioambientales. En su virtud, se publicó la Orden 69/2020, de 13 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modificó la Orden de 24/03/2015, de la Consejería de Agricultura, y se convocó la prórroga de un año más de compromisos. Según se indicaba en el preámbulo de la misma, la modificación pretendía dar la posibilidad voluntaria de prorrogar un año más sus compromisos agroambientales en espera de que se inicie el nuevo periodo de programación.    Finalizado el período de programación sin la aprobación de nuevos Programas, durante el periodo transitorio y para mantener la ambición ambiental, el Reglamento (UE) 2020/2220, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020, establece en su artículo 1 que los Programas de Desarrollo Rural se entenderán prorrogados, sin perjuicio de cursar la solicitud de prórroga como una modificación del programa, manteniendo, la cofinanciación sigue siendo en los mismos porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020, que son el 75%, 17,5% y 7,5%, respectivamente para el Fondo Feader, Ministerio y Junta de Comunidades de castilla-La Mancha.     Al tratarse de una convocatoria de ayudas por importe superior a 5.000.000 de euros corresponde al Consejo de Gobierno su autorización, con carácter previo, a la aprobación del gasto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.5.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.    Enlaces relacionados:   Orden 36/2021, de 26 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 24/03/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la aplicación de la medida de agricultura ecológica en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020 y se convoca, por el procedimiento de tramitación anticipada, la prórroga de los compromisos en 2021.

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 22/05/2015, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA OPERACIÓN DE FOMENTO DEL PASTOREO.

La Orden de 22/05/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la operación de fomento del pastoreo en sistemas de producción ganadera extensiva incluida en la medida de agroambiente y clima en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014/2020, establece una duración del compromiso de estas ayudas por cinco años.    No obstante, el Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en su artículo 28.5 indica que, para la medida de agroambiente y clima, los Estados miembros podrán prever en sus programas de desarrollo rural una prórroga anual una vez finalizado el periodo inicial. En su virtud se publicó la Orden 71/2020, de 13 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 22/05/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la operación de fomento del pastoreo en sistemas de producción ganadera extensiva incluida en la medida de agroambiente y clima en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020 y se convoca la prórroga de un año más de compromisos. Según se indicaba en el preámbulo de la misma, la modificación pretendía dar la posibilidad voluntaria de prorrogar un año más sus compromisos agroambientales en espera de que se inicie el nuevo periodo de programación.    Finalizado el período de programación sin la aprobación de nuevos Programas, durante el periodo transitorio y para mantener la ambición ambiental, el Reglamento (UE) 2020/2220, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020, establece en su artículo 1 que los Programas de Desarrollo Rural se entenderán prorrogados, sin perjuicio de cursar la solicitud de prórroga como una modificación del programa, manteniendo, la cofinanciación que sigue siendo en los mismos porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020, que son el 75%, 17,5% y 7,5%, respectivamente para el Fondo Feader, Ministerio y Junta de Comunidades de castilla-La Mancha.     Al tratarse de una convocatoria de ayudas por importe superior a 5.000.000 de euros corresponde al Consejo de Gobierno su autorización, con carácter previo, a la aprobación del gasto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.5.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.    Enlaces relacionados:   Orden 39/2021, de 26 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 22/05/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la operación de fomento del pastoreo en sistemas de producción ganadera extensiva incluida en la medida de agroambiente y clima en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014/2020 y se convoca, por el procedimiento de tramitación anticipada, la prórroga de los compromisos en 2021.

AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA SUBMEDIDA 13.1, INDEMNIZACIONES EN ZONAS DE MONTAÑA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020.

El Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), establece en su artículo 31 las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.     Por su parte, el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, establece las razones para la intervención, con el objetivo de evitar el abandono de la tierra, por lo que se hacen necesarias ayudas destinadas a compensar las dificultades naturales en zonas de montaña y en zonas con limitaciones naturales significativas, que indemnicen por los costes adicionales y la pérdida de ingresos en los que incurren los agricultores que continúan con la actividad agraria en estas zonas. El abandono de la tierra tiene consecuencias negativas para el medio rural y el medio ambiente. Estos pagos contribuirán a mantener y a promover los sistemas de producción sostenibles.    Por Orden 6/2018, de 25 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, que establece las bases reguladoras de las ayudas previstas en el marco de la medida 13 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020 denominada Pagos a zonas de montaña y zonas con limitaciones naturales significativas.    La ayudas reguladas en la submedida 13.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, relativas a indemnizaciones en zonas de montaña, tienen como finalidad compensar la renta de los agricultores activos que ejerzan su actividad agraria en las zonas delimitadas como de montaña, ya que para mantener tal actividad tienen que incurrir en una serie de costes adicionales y sufrir una serie de pérdidas de ingresos como consecuencia de los condicionantes físicos y climáticos inherentes a estas zonas a los que deben hacer frente. Las ayudas serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020, que son el 17,5, 7,5 y 75% respectivamente.     Para esta convocatoria el crédito es de 6.500.000 euros. Al tratarse de un importe superior a 5.000.000 de euros, de conformidad con el artículo 58.5.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la misma, con carácter previo, a la aprobación del gasto.    Enlaces relacionados:   Resolución de 26/03/2021, de la Dirección General de Políticas Agroambientales, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2021 las ayudas para la submedida 13.1, indemnizaciones en zonas de montaña, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014/2020. 

AUTORIZACIÓN DE LA PUBLICACIÓN DEL CRÉDITO DE LA CONVOCATORIA EN 2021 DE LAS SOLICITUDES DE LAS PRIMAS ANUALES CORRESPONDIENTES A LOS COMPROMISOS VIGENTES, EN VIRTUD DE LA ORDEN 178/2018 DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL.

Por Orden 178/2018, de 3 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, (DOCM núm. 240, de 11 de diciembre de 2018), se regula el régimen de ayudas para la reforestación y creación de superficies forestales establecido en el artículo 1 a) del artículo 21 del Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), que resulta aplicable en los términos establecidos en su disposición transitoria primera a los compromisos derivados de la Orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural.    Las primas solicitadas para el año 2021 están cofinanciadas por el Programa de Desarrollo Rural (PDR) 2014-2020 para Castilla-La Mancha que ha sido aprobado por Decisión de la Comisión de la Unión Europea C(2015) 7561, de 30 de octubre de 2015, al amparo del citado Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo. Este Reglamento en su artículo 89 “Disposiciones transitorias” establece que “A fin de facilitar la transición del régimen establecido por el Reglamento (CE) nº 1698/2005 al establecido por el presente Reglamento, se otorgan a la Comisión competencias para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 83 en la referente a las condiciones en que las ayudas aprobadas por la comisión en virtud del Reglamento (CE) nº 1698/2005 puedan integrarse en las ayudas prevista en el presente Reglamento”.     Por su parte, el Reglamento (UE) nº 1310/2013 del Parlamento europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, que establece disposiciones transitorias relativas a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) contempla en su artículo 3.2 que los gastos relativos a los compromisos jurídicos con los beneficiarios contraídos en virtud de las medidas previstas en los artículo 20 y 36 del Reglamento (CE) nº 1698/2005, podrán beneficiase de una contribución del FEADER en el período de programación 2014-2020.    Así, los compromisos existentes de estas ayudas están cofinanciados por el PDR 2014-2020 y tendrán los siguientes porcentajes de cofinanciación:    - El 75% con cargo a los fondos Feader de la Unión Europea. - El 7,5% con cargo a los presupuestos de la Administración General del Estado. - El 17,5% restante se financiará con fondos de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.   Para las solicitudes presentadas en la convocatoria 2021, aprobada la Orden 5/2021, de 2 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establece la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha para el año 2021, su forma y plazo de presentación se dispone de un crédito de 7.700.000 euros imputable a la partida presupuestaria 21060000G/718A/77318, Fondo 0000000420 y su fondo propio asociado, con el que se atenderán las solicitudes anuales de pago de los compromisos vigentes de estas ayudas para la reforestación y creación de superficies forestales. El pago de las solicitudes de la anualidad 2021 está previsto en las anualidades 2021 y 2022.    Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 58.5 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre al tratarse de la publicación del crédito para 2020 de una convocatoria por importe superior a los 5.000.000 millones de euros, previamente a la aprobación del gasto, deberá recabarse la autorización del Consejo de Gobierno.     Enlaces relacionados:   Resolución de 26/03/2021, de la Dirección General de Políticas Agroambientales, por la que se publican los créditos disponibles para atender las solicitudes de las primas anuales correspondientes a compromisos vigentes, en virtud de la Orden 178/2018, de 3 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las ayudas para la reforestación y creación de superficies forestales, en relación con las solicitudes anuales de pago presentadas al amparo de la Orden 5/2021, de 2 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establece la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha para el año 2021, su forma y plazo de presentación.