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CESIÓN GRATUITA Y EN PLENO DOMINIO AL AYUNTAMIENTO DE ABENÓJAR (CIUDAD REAL), DE DOS INMUEBLES URBANOS SITOS EN DICHA LOCALIDAD, QUE LO FUERON DE LA EXTINTA CÁMARA AGRARIA PROVINCIAL.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha tomado el Acuerdo de ceder gratuitamente al Ayuntamiento de Abenójar (Ciudad Real), la propiedad de dos inmuebles de referencia catastral 2443714UJ8024S0001QU y 2443713UJ8024S0001GU, con una superficie gráfica cada uno de 449 m2 y 122 m2 respectivamente,  los cuales constan inscritos en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo como una única finca urbana n.º 1.873. 
Dichos inmuebles eran propiedad de la extinta Cámara Agraria Provincial de Ciudad Real según la documentación obrante en las dependencias de esta Secretaria General, corporación extinguida por mandato del artículo 1 de la Ley 6/2021, de 5 de noviembre, de extinción de cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha y por la que se establece el régimen jurídico para realizar transmisiones de patrimonio procedentes del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario. 
El artículo 3.1 de la Ley 6/2021, de 5 de noviembre, establece que el resultante de la liquidación del patrimonio de las extintas cámaras agrarias provinciales se integrará en el patrimonio de la Junta de Comunidades, quedando adscrito a la consejería competente en materia agraria para su aplicación a fines de interés general agrario, los cuales incluyen los referidos al desarrollo rural. Además, el apartado 2 del mencionado precepto recoge la obligatoriedad de que las cesiones de uso o pleno dominio del patrimonio proveniente de las extintas Cámaras Agrarias Provinciales sean acordadas por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia agraria.  
El Ayuntamiento de Abenójar presentó ante esta Administración un solicitud de cesión gratuita del pleno dominio de ambos inmuebles sitos en C/Arenal, n.º 25 y 27 de la localidad para destinarlos a fines de interés general agrario del Ayuntamiento, concretamente para impartir cursos de formación y capacitación para agricultores y ganaderos, como centro de reuniones de asociaciones y cooperativas del sector, como centro de celebración de eventos de promoción y difusión de productos agrícolas y finalmente para otros tipos de actividades de carácter cultural y social. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, SAU, PARA LA LICITACIÓN DE UN CONTRATO POR IMPORTE POR UN IMPORTE SUPERIOR A 400.000 EUROS.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno. 

Esta autorización, a la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU, para la licitación de un contrato por importe por un importe superior a 400.000 euros, siendo su 
objeto el suministro de infraestructura de procesamiento y almacenamiento para Castilla-La 
Mancha Media, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA PARA APROBAR LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA 2027 LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DESTINADOS AL SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización previa al Viceconsejero de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia para aprobar la Resolución por la que se convocan para el año 2027, las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha.

Las subvenciones objeto de esta convocatoria se financiarán con cargo al Programa 313H de atención a la dependencia, relativo a partidas de gasto relacionadas con programas de promoción de la autonomía personal, de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2027.

La cuantía máxima estimada para esta convocatoria es de 9.833.080,00 euros que se imputará a las aplicaciones presupuestarias 27.03.313H.4811I y 27.03.313H.4611I, y al elemento PEP JCCM/0000027343, con la siguiente distribución entre líneas:

a) Para la financiación de los programas a los que se refiere la línea establecida en la base tercera.1.a) de la citada orden de bases: 9.173.080,00 euros.

b) Para la financiación de los programas a los que se refiere la línea establecida en la base tercera.1.b) de la citada orden: 660.000,00 euros.                                                   

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, en relación con el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el texto proyectado requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la aprobación de la convocatoria, y en consecuencia a la aprobación del gasto, por el Viceconsejero de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia de la Consejería de Bienestar Social, al conllevar un gasto cuyo importe global es superior a 5.000.000,00 de euros.

AUTORIZACIÓN A LA ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA EL MODIFICADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO LLANURA MANCHEGA, EXPTE. ACLM/00/SE/011/24.

El Consejo de Gobierno autoriza a la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha la modificación del contrato de servicios de operación, mantenimiento y conservación del sistema de abastecimiento Llanura Manchega, Expte. ACLM/00/SE/011/24, con un importe de 1.173.861,60 euros, IVA incluido. 
La modificación tiene por objeto ampliar el ámbito de prestación del contrato para incorporar los servicios de operación, mantenimiento y conservación del Subsistema Núcleos Inmediatos al Acueducto Tajo-Segura, una vez formalizados los convenios de colaboración para el abastecimiento de agua potable en alta con 14 municipios que integran 17 núcleos de población. 
Esta actuación permitirá la gestión integrada de las infraestructuras de abastecimiento incorporadas al Sistema Llanura Manchega y garantizará la adecuada prestación del servicio de suministro de agua potable en alta a las nuevas entidades locales adheridas. 
El importe de la modificación del contrato cumple lo dispuesto en el artículo 21.3 a) de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, al tratarse de una modificación del contrato no prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares, regulada en el artículo 205.2.b de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y su coste implica un incremento del importe global del gasto superior al 10 % del inicialmente autorizado. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO GENERAL DE ASOCIACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA.

La iniciativa para la elaboración de la norma corresponde a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, en virtud de las competencias atribuida por el artículo 36 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y por el Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. 
En el marco normativo constituido por el artículo 22 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de asociación, y el artículo 26.1 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, que exige la existencia en cada Comunidad Autónoma de un registro de asociaciones, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital considera necesario actualizar la organización y el funcionamiento del Registro General de Asociaciones de Castilla-La Mancha, competencia atribuida a la Junta de Comunidades por los artículos 33.2, 31.1.1ª y 39.3 del Estatuto de Autonomía. 
La regulación vigente —Decreto 8/1999, de 2 de febrero, y Orden de 15 de marzo de 1999—se dictó bajo la ya derogada Ley de Asociaciones de 1964, por lo que resulta necesaria su sustitución por el presente decreto, en el que: 

a) Se configura el Registro como un servicio público electrónico.
b) Se diseña la tramitación registral sobre la base de la obligación de relacionarse electrónicamente que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, impone a las personas jurídicas. 

c) Se simplifican los procedimientos de inscripción, suprimiendo cargas innecesarias.
d) Se precisan las obligaciones documentales y el contenido de los asientos registrales, reforzando la seguridad jurídica. 
e) Se alinea la clasificación de asociaciones con el Registro Nacional de Asociaciones (Real Decreto 949/2015), para facilitar su coordinación. 

AUTORIZACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES A FAVOR DE LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA POR TRABAJOS REALIZADOS EN LA BIORREFINERÍA I+D+i CLAMBER, ADSCRITA AL IRIAF, PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN “PROMOFER”.

El Consejo de Gobierno ha autorizado de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-la Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, el reconocimiento de obligaciones derivadas de trabajos realizados en la Biorrefinería I+D+i Clamber, adscrita al IRIAF, para el desarrollo del proyecto de investigación “PROMOFER”, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026, por un importe total de 247.185,34 euros, con cargo a la partida presupuestaria 51010000/G/541B/22709/OOAA0000001928. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DEL "PLAN CONTRA EL CANCER DE CASTILLA-LA MANCHA 2026-2030".

Castilla-La Mancha contó con un Plan Oncológico 2007-2010. 
En la última década se han producido mejoras significativas en múltiples ámbitos del cáncer, impulsados por una política de renovación tecnológica, que ha permitido mejorar y ampliar la capacidad diagnóstica y de tratamiento de los procesos oncológicos en Castilla-La Mancha. A ello se suman los desarrollos producidos en el campo de la Oncología de Precisión, con la aplicación de herramientas digitales e Inteligencia Artificial, y la incorporación de tratamientos innovadores como la inmunoterapia y las terapias CAR-T. También destacan los avances en la atención al cáncer infantil y adolescente, con la consolidación de la Red de Profesionales y Expertos en Oncohematología Pediátrica y del Comité Regional de Tumores Pediátricos, así como el impulso de los cuidados paliativos dirigidos a esta población 
Todos estos progresos, junto con los desafíos aún presentes, requieren un marco estratégico renovado que permita dar continuidad a lo conseguido y orientar de forma coherente las acciones futuras. Con este propósito se impulsa el Plan contra el Cáncer de Castilla-La Mancha 2026-2030, que actualiza la estrategia regional frente al cáncer a partir de un diagnóstico detallado de la situación actual.  
El Plan identifica las áreas prioritarias en prevención, detección precoz, atención integral, seguimiento y calidad de vida, promoviendo un modelo asistencial centrado en la persona, que sea humanizado y equitativo. Asimismo, ofrece una hoja de ruta para los próximos cinco años que integra los avances científicos y tecnológicos, refuerza la coordinación entre niveles asistenciales y fomenta una atención oncológica más accesible, innovadora, eficiente y sostenible. 
A la vista de lo anterior el Consejero de Sanidad, informa, para la toma de conocimiento por el Consejo de Gobierno, del borrador del “Plan contra el cáncer de Castilla-La Mancha 2026-2030. 

II PLAN DE ACCIÓN 2026-2030 DE LA ESTRATEGIA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA. HORIZONTE 2030.

El Consejo de Gobierno acuerda: 
1.- Aprobar el “II Plan de Acción de la Estrategia de Educación Ambiental de Castilla-La Mancha. Horizonte 2030”, que se podrá consultar en el Portal de Transparencia del Gobierno de Castilla-La Mancha: http://transparencia.castillalamancha.es/, y en la dirección web de la Consejería de Desarrollo Sostenible, Portal de Educación Ambiental: https://educacionambiental.castillalamancha.es/node/5126 
2.- Proceder a la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

3.- Facultar a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de educación ambiental para adoptar cuantas medidas sean precisas para el desarrollo y ejecución de este Acuerdo. 

ACUERDO POR EL QUE SE RECONOCEN LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS CAMPAÑAS PUBLICITARIAS DEL “DÍA DE LA REGIÓN 2026” Y “CONOCE TUS BENEFICIOS FISCALES 2025”.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, constando acreditado en el expediente que las prestaciones han sido efectivamente realizadas y debidamente conformadas, habiéndose emitido y registrado las correspondientes facturas. 

PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO DE 2 PERSONAS ESTATUTARIAS TEMPORALES PARA EL REFUERZO DE LA CAPACIDAD ASISTENCIAL EN SALUD BUCODENTAL EN LA GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE GUADALAJARA DE PERSONAL ODONTÓLOGO/A E HIGIENISTA DENTAL.

Se propone el Consejo de Gobierno la autorización de un programa temporal para el nombramiento de 2 personas estatutarias temporales para el refuerzo de la capacidad asistencial en salud bucodental en la Gerencia de Atención Integrada de Guadalajara, mediante el nombramiento de personal odontólogo/a e higienista dental, financiado con fondos finalistas de los Presupuestos Generales del Estado, por un periodo de 12 meses desde el octubre de 2026 y con una posible prórroga de 2 meses. 

INFORMACIÓN SOBRE LA CONCERTACIÓN DE OPERACIONES FINANCIERAS DE ENDEUDAMIENTO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN EL PRIMER SEMESTRE DEL EJERCICIO 2026.

Conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla- La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y en cumplimiento de lo prescrito en el artículo 66 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, se informa al Consejo de Gobierno de las operaciones financieras a corto y a largo plazo que la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital ha concertado en el primer semestre del ejercicio 2026.

CONFORMIDAD CON LA TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA DE LAS ENMIENDAS PRESENTADAS A LA PROPOSICIÓN DE LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA MOVILIZACIÓN DE SUELO, EL IMPULSO DE LA VIVIENDA Y LA SIMPLIFICACIÓN URBANÍSTICA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El artículo 134 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha dispone que las enmiendas a un Proyecto de Ley que propongan aumento de créditos o disminución de ingresos presupuestarios requerirán la conformidad del Consejo de Gobierno para su tramitación. 
La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 1 de octubre de 2026, ha acordado remitir al Consejo de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de la Cámara, para que emita, a los efectos de la conformidad con su tramitación, respuesta razonada en el plazo de ocho días por proponer aumento de créditos o disminución de ingresos presupuestarios, las siguientes enmiendas a la Proposición de Ley de medidas urgentes para la movilización de suelo, el impulso de la vivienda y la simplificación urbanística de Castilla-La Mancha, (Expediente 11/PL-00017) con registros de entrada números 4.449/2026 a 4.475/2026, ambas incluidas. 
En ejercicio de la facultad reconocida en el artículo 134 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno manifiesta su conformidad con la tramitación de las referidas enmiendas.