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CerrarAUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SUMINISTRO, INSTALACIÓN, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE TRES MESAS DE BIOPSIA DE MAMA POR ESTEREOTAXIA DIGITAL PRONA.
Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 1.346.584,80 euros, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, referido al expediente de contratación “Suministro, instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento integral de tres mesas de biopsia de mama por estereotaxia digital prona para el Hospital General de Ciudad Real, el Hospital Universitario de Guadalajara y el Hospital Universitario Nuestra Señora del Perpetuo Socorro de Albacete”.
Expediente: @2026/002238.
Destino: Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
DESIGNACIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE FUNDACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA.
Conforme al artículo 11 y 12 de los Estatutos de la Fundación se designa, al recientemente nombrado Secretario General de la Presidencia como uno de los cinco miembros que componen su patronato, otorgándole así mismo la condición de presidente del mismo.
DECLARACIÓN DEL PALACIO DE LOS MARQUESES DE TORREMEJÍA, EN ALMAGRO (CIUDAD REAL), COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE MONUMENTO.
Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura y Deportes de 7 de octubre de 2025 (DOCM, n.º 200, de 16 de octubre de 2025) se inició expediente para la declaración de del Palacio de los Marqueses de Torremejía, en Almagro, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento.
Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, constando en ella la notificación a los interesados, dándoseles audiencia, atendiendo a la existencia de una pluralidad indeterminada de personas propietarias o titulares de derechos reales sobre los inmuebles comprendidos en el entorno de protección propuesto, concediendo el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, sin que se presentaran alegaciones a este procedimiento, se solicitó y obtuvo el informe favorable del Instituto de Estudios Manchegos, de Ciudad Real, como institución consultiva de las referidas en el artículo 6.1.
Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del Palacio de los Marqueses de Torremejía, en Almagro (Ciudad Real), como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento.
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA AYUDA A LAS PERSONAS TITULARES DE EXPLOTACIONES AGRARIAS EN CASTILLA-LA MANCHA PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR DETERMINADOS INCENDIOS FORESTALES.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural concede una subvención directa por importe de 2.000.000 € a explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por los Incendios Forestales anteriormente indicados y que se relacionan en el Anexo I, a fin de paliar los daños sufridos. El importe de la ayuda se calculará en función de un coste unitario por hectárea de cultivo perdida y por cabeza de ganado perdida, muerta o sacrificada a consecuencia del incendio y un importe para compensar los daños derivados de la pérdida o inutilización de pastos como consecuencia del incendio en explotaciones ganaderas de carne en extensivo que subvencionará el coste de la alimentación animal del 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de marzo del 2027, con un máximo de 60.000 euros por persona beneficiaria.
La naturaleza excepcional de estos incendios forestales, su concreta delimitación territorial, la urgencia de atender daños y perjuicios ciertos e individualizables justifican la concesión directa de las ayudas, al amparo del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por concurrir razones de interés público, social, económico y humanitario. Asimismo, para evaluar el alcance de los daños y el porcentaje de afectación de la superficie pastable, se han visitado las explotaciones y se han emitido informes técnicos detallados que sirven para la determinación del importe de la ayuda a conceder.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACION Y LA TRAMITACIÓN DEL PAGO EN RELACIÓN CON LA RESOLUCION POR LA QUE SE CONCEDE UNA AYUDA PARA ACTUACIONES DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS DE CASTILLA-LA MANCHA.
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el reconocimiento de la obligación y la tramitación del pago por importe de 2.055,90 euros en relación con la Resolución de la Directora General de Vivienda de 23 de febrero de 2024, por la que se concede una ayuda para las actuaciones de mejora en la eficiencia energética en viviendas de Castilla-La Mancha (Programa 4) relativa al expediente: PR4-19-00876, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
AUTORIZACIÓN PREVIA PARA CONTRATAR LA “RENOVACIÓN DE LOS DERECHOS DE USO DE LAS LICENCIAS DE HYPERVISOR EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENEAL DE SALUD DIGITAL”, LOTE 2 – SDA 25/2022.
Autorización previa del Consejo de Gobierno a la adopción de actos o negocios jurídicos de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026.
Referido al expediente siguiente: “RENOVACIÓN DE LOS DERECHOS DE USO DE LAS LICENCIAS DE HYPERVISOR EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENEAL DE SALUD DIGITAL”, Lote 2 – SDA 25/2022. Expte.: @2026/002141.
El importe asciende a 2.168.295,27 € IVA incluido, con una duración de 36 meses, a partir del 21 de septiembre de 2026 o al día siguiente de su adjudicación, si es posterior.
INFORME SOBRE LOS CONVENIOS CONCERTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA E INSCRITOS EN EL REGISTRO GENERAL DE CONVENIOS ENTRE EL 1 DE ABRIL DE 2026 Y EL 30 DE JUNIO DE 2026.
La acción administrativa se despliega muchas veces en forma de concertación de convenios interadministrativos de colaboración, que al mismo tiempo suponen compromisos de gasto para la Hacienda autonómica o ingresos procedentes de otras Administraciones, particularmente de la Administración General del Estado. Por ello, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de Convenios en el segundo trimestre del año 2026.
ACUERDO POR EL QUE SE SUSTITUYE LA FUNCIÓN INTERVENTORA POR EL CONTROL FINANCIERO PERMANENTE EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES DE GASTO DERIVADOS DE LA CONCESIÓN, RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y PROPUESTAS DE PAGO DE DETERMINADAS SUBVENCIONES PÚBLICAS.
Se sustituye, a solicitud de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, la función interventora por el control financiero permanente en relación con los expedientes de gasto derivados de la concesión, reconocimiento de la obligación y propuesta de pago de las subvenciones correspondientes a las intervenciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC integradas en el Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC), cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Regional (Feader) y basadas en superficies y animales, en los términos y condiciones que se relacionan a continuación:
a) Las convocatorias de las ayudas y actos equivalentes que conlleven la aprobación del gasto seguirán sujetos a función interventora.
b) La sustitución de la función interventora por el control financiero permanente alcanzará a las subvenciones objeto de concesión a partir del presente Acuerdo cualquiera que sea la fecha de la convocatoria a la que correspondan.
c) Las funciones de contabilización asociadas a los expedientes de gasto objeto de la sustitución de la modalidad de control se desempeñarán por las unidades de los órganos gestores con competencias en materia de gestión económica y presupuestaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. A tal efecto, se procurará la segregación de funciones en el proceso de contabilización, efectuándose por diferentes usuarios las fases que integran el proceso contable, en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 26/2023, de 8 de febrero, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueban las normas de desarrollo del Plan General de Contabilidad Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se regula el marco operatorio de la contabilidad pública.
d) La Intervención General instará la modificación del presente Acuerdo y la consiguiente reversión de la modalidad de control de las ayudas, a través de la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, caso de que los resultados del control financiero permanente evidenciasen la concurrencia de riesgos significativos que así lo aconsejen.
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A EMPRESAS EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN DE LA SIERRA NORTE DE GUADALAJARA.
El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las empresas de los municipios, entidades de ámbito territorial inferior al municipio y pedanías dependientes de aquellos, relacionados en el anexo del Acuerdo de 1 de septiembre de 2026 del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, por el que se determina el ámbito territorial del Plan de Recuperación de la Sierra Norte de Guadalajara y se impulsan las actuaciones necesarias para su ejecución, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 169, de 3 de septiembre de 2026.
Sin perjuicio de lo anterior y de conformidad con el apartado segundo de dicho Acuerdo, este decreto extiende, de manera adicional, su ámbito territorial a los municipios de Valverde de los Arroyos, Campillo de Ranas, Majaelrayo y Cantalojas, que, aun no figurando en el citado anexo, son municipios colindantes con otros incluidos en el ámbito territorial del Plan de Recuperación y presentan una estrecha vinculación territorial, económica y funcional con el conjunto de la zona afectada.
La finalidad de estas subvenciones es reforzar la liquidez y solvencia de las empresas beneficiarias, para que puedan mantener su actividad y el empleo en las zonas afectadas, a fin de proteger el tejido productivo y recuperar lo antes posible la actividad económica en las mismas.
Las subvenciones reguladas en este decreto se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones reguladas por este decreto, asciende a 3.500.000 euros del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo para la anualidad 2026, distribuidos en las siguientes aplicaciones presupuestarias:
a) Aplicación presupuestaria 1911.G/724A/47572, por importe de 3.450.000 euros.
b) Aplicación presupuestaria 1911.G/724A/48000, por importe de 50.000 euros.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL SOLICITAR AL MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES EL CAMBIO DE USO DEL INMUEBLE “HOSPITAL VIRGEN DE LA LUZ” DE CUENCA.
El “Hospital Virgen de la Luz” de Cuenca, sito en la Calle Hermandad Donantes de Sangre, 1, de Cuenca, es propiedad de la Tesorería General de la Seguridad Social.
El citado Hospital fue transferido (adscrito) a esta Administración regional en virtud del Real Decreto 1476/2001, de 27 de diciembre, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de las funciones y servicios del INSALUD (B.O.E. Nº 311, de 28 de diciembre). El inmueble, en este caso el derecho de uso por título de adscripción, figura en el Inventario General de Bienes y Derechos de la JCCM, con naturaleza demanial, y adscrito al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
En la actualidad, el Hospital Virgen de la Luz de Cuenca se encuentra sin uso, con motivo de la puesta en marcha del nuevo Hospital Universitario de Cuenca, propiedad de esta Administración, que inició su actividad en el mes de julio del año 2025.
Con la finalidad de mantener la adscripción del inmueble, en los términos previstos en el art. 104.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, el Consejo de Gobierno autoriza a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital para que, a través del órgano directivo competente para la representación del Patrimonio de la Comunidad Autónoma, pueda solicitar al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones el cambio de uso del inmueble “Hospital Virgen de la Luz” de Cuenca con la finalidad de mantener la adscripción del inmueble a favor de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DEL ENCARGO DE EMERGENCIA A LA EMPRESA GEACAM, PARA LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DE RESTAURACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR EL INCENDIO INICIADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LA MIERLA (GUADALAJARA).
La Consejera de Desarrollo Sostenible, eleva al conocimiento del Consejo de Gobierno el encargo de emergencia, realizado a la empresa Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A. (GEACAM), para la ejecución de las actuaciones de restauración de las zonas afectadas por el incendio iniciado en el término municipal de La Mierla (Guadalajara), el 16 de julio de 2026.
AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA LICITACIÓN DE LAS OBRAS DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE EL ROBLEDO (CIUDAD REAL).
El Consejo de Gobierno acuerda a la Entidad de Derecho Público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha la licitación del contrato de obras denominado «Obras de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de El Robledo (Ciudad Real)», con un gasto autorizado de 5.050.916,73 euros, distribuido entre las anualidades 2027, 2028 y 2029.
La actuación tiene por objeto la construcción de una nueva estación depuradora de aguas residuales que permita garantizar la adecuada depuración de las aguas residuales del municipio de El Robledo, en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de las aguas y del medio ambiente, mejorando la calidad de las masas de agua receptoras y la prestación de los servicios públicos del ciclo integral del agua.
El importe del contrato supera los 750.000 euros, por lo que, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, los actos o negocios jurídicos que conllevan la aprobación de un gasto superior a dicho umbral requieren la autorización previa del Consejo de Gobierno.