Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM), en el marco de las competencias de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, tiene atribuido el ejercicio de diversas y concretas funciones, recogidas todas ellas en los artículos 8 y siguientes de la Ley 12/2002, de 27 de junio, reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, así como en el artículo 3 de sus estatutos, entre las que se encuentra las de “ejecutar, contratar y gestionar obras y servicios”.
Según informe del Área Técnica de la entidad, resulta necesaria la contratación de obras de las estaciones depuradoras de aguas residuales de Tobarra (Albacete), Sigüenza (Guadalajara) y Villanueva de Alcardete (Toledo), por lo que será necesario, asimismo, contratar la prestación de los servicios de dirección facultativa de las obras, coordinación en materia de seguridad y salud y vigilancia de las obras durante las fases de solicitud de permisos, fase de construcción, pruebas y puesta en marcha, finalización y recepción, medición general de las obras, dirección y control de la explotación hasta la devolución de la garantía y certificación final del contrato.
La necesidad de contratación viene justificada en atención a la existencia de convenios de colaboración para la prestación del servicio de depuración de aguas residuales en tales municipios, que actualmente carecen de las infraestructuras necesarias. Se hace necesario, por tanto, acometer estas obras y los servicios necesarios para su ejecución, al objeto de no incumplir las obligaciones asumidas por IACLM al amparo de los indicados Convenios de Colaboración.
El contrato de servicios tiene un presupuesto base de licitación de 1.032.028,15 €, con un valor estimado de 852.915,83 €, el presupuesto del contrato se imputará a las aplicaciones presupuestarias 80010000/G/512A/60010 y 80010000/G/512A/21200, debiendo recabarse previamente, en cumplimiento de las previsiones del artículo 21.f) de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, autorización de gasto del Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, dado que el importe del gasto es superior a los 750.000 euros, establecido como límite en el apartado a) del citado artículo.
Listado de acuerdos
AUTORIZACIÓN DEL GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE TOBARRA (ALBACETE), SIGÜENZA (GUADALAJARA) Y VILLANUEVA DE ALCARDETE (TOLEDO).
AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA OBRA DE LLEGADA Y DE LOS DEPÓSITOS DE AGUA BRUTA DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DEL ALGODOR DESDE LA CONDUCCIÓN ALMOGUERA (TOLEDO).
Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM), en el marco de las competencias de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, tiene atribuido el ejercicio de diversas y concretas funciones, recogidas todas ellas en los artículos 8 y siguientes de la Ley 12/2002, así como en el artículo 3 de sus estatutos, entre las que se encuentra las de “ejecutar, contratar y gestionar obras y servicios”.
El objeto del expediente de “Obras de adecuación de la obra de llegada y de los depósitos de agua bruta del sistema de abastecimiento del Algodor desde la conducción Almoguera (Toledo)” consiste en acometer las obras necesarias para la adecuación de la obra de llegada y solucionar los problemas de los depósitos de agua bruta existentes sin interrumpir el suministro de agua al Sistema del Algodor y sin afectar al funcionamiento del propio sistema, describiéndose de forma más detallada los trabajos a realizar en el apartado 2 del referido Informe del Área Técnica, desde el Área Jurídica de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM), se entiende justificada, en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la necesidad e idoneidad de contratación de las obras citadas.
La necesidad de contratación viene justificada en atención a la existencia de un Convenio de Colaboración entre Aguas de Castilla-La Mancha (actual Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha) y la Mancomunidad de Aguas del Rio Algodor para la prestación del servicio de abastecimiento de agua en alta desde el embalse de Almoguera, en el rio Tajo, por el cual, Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha en la actualidad gestiona la conducción de agua en su totalidad y la obra de llegada al Sistema de Abastecimiento del Algodor, incluidos dos depósitos de regulación de agua bruta desde los que suministra agua a la ETAP. Dichos depósitos de agua bruta presentan fugas significativas y deterioro en los paneles de la cubierta y en las tuberías de rebose, además de ser necesaria una sustitución de válvulas que requiere el vaciado de los mismos.
Dicha obra tiene un presupuesto base de licitación de 1.577.358,90 €, con valor estimado de 1.303.602,40, pudiendo tramitarse y adjudicarse mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, siendo el órgano de contratación la Presidencia de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM) y debiendo recabarse previamente, en cumplimiento de las previsiones del art. 21.f) de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, autorización de gasto del Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, dado que el importe del gasto es superior a los 750.000 euros que establece como limite el apartado a) del citado artículo.
La autorización de gasto se efectúa en relación con el importe del presupuesto base de licitación que figura en el contrato, si bien, el crédito retenido es menor, toda vez que el gasto presupuestario únicamente retiene la parte del IVA no deducible, al aplicar la entidad la regla de la prorrata en el IVA. En este sentido, a efectos de retención de crédito se ha tenido en cuenta un 46% de la cuota del IVA que es la parte correspondiente al IVA no deducible.
AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE TOBARRA (ALBACETE), SIGÜENZA (GUADALAJARA) Y VILLANUEVA DE ALCARDETE (TOLEDO).
Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM), en el marco de las competencias de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, tiene atribuido el ejercicio de diversas y concretas funciones, recogidas todas ellas en los artículos 8 y siguientes de la Ley 12/2002, así como en el artículo 3 de sus estatutos, entre las que se encuentra las de “ejecutar, contratar y gestionar obras y servicios”.
El objeto del expediente de “obras de construcción de la estaciones depuradoras de aguas residuales de Tobarra (Albacete), Sigüenza (Guadalajara) y Villanueva de Alcardete (Toledo)” consiste en la ejecución de las obras del proyecto de construcción de las respectivas EDARES en los municipios de Tobarra, Sigüenza y Villanueva de Alcardete, la tramitación de todos aquellos permisos y legalizaciones necesarias para la ejecución de las mismas, la puesta en marcha de las tres instalaciones, su explotación durante 12 meses y la colaboración con la Dirección de Obra en la redacción de la Medición General/Proyecto As Built, describiéndose de forma más detallada los trabajos a realizar en el apartado 2 del referido Informe del Área Técnica, desde el Área Jurídica de INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA (IACLM), se entiende justificada, en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la necesidad e idoneidad de contratación de las obras citadas.
La necesidad de contratación viene justificada en atención a la existencia de Convenios de Colaboración para la prestación del servicio de depuración de aguas residuales suscritos entre esta Entidad y los Ayuntamientos de Tobarra, Sigüenza y Villanueva del Alcardete, en virtud de los cuales INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA – LA MAHCHA, Entidad de Derecho Público adscrita a la Agencia del Agua de Castilla – La Mancha – CIF: S-4500084-A IACLM asumió, entre otras, la obligación de ejecutar las infraestructuras hidráulicas necesarias para garantizar la correcta y adecuada prestación del servicio de depuración de aguas residuales en tales municipios que actualmente carecen de las mismas; se hace necesario, por tanto, acometer estas obras a la mayor brevedad posible al objeto de no incurrir en incumplimiento de las obligaciones asumidas por IACLM al amparo de los indicados Convenios de Colaboración.
Dicha obra tiene un presupuesto base de licitación de 14.272.292,86 €, con valor estimado de 11.845.293,78, pudiendo tramitarse y adjudicarse mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, y división en lotes, siendo el órgano de contratación la Presidencia de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM) y debiendo recabarse previamente, en cumplimiento de las previsiones del art. 21.f) de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, autorización de gasto del Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, dado que el importe del gasto es superior a los 750.000 euros que establece como limite el apartado a) del citado artículo.
AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA PERSONACION EN EL PROCEDIMIENTO 1510/2020 DE LA AUDIENCIA NACIONAL EN DEFENSA DE LA ORDEN TED/901/2020 POR LA QUE SE AUTORIZÓ PARA SEPTIEMBRE DE 2020 UN TRASVASE DE CERO HM³.
La presente propuesta tiene por objeto la autorización del Consejo de Gobierno para que la Junta de Comunidades de Castilla La mancha, a través de su Gabinete Jurídico, se persone y, en su caso ejercite las acciones jurisdiccionales oportunas, en el procedimiento 1510/2020 que se sigue en la Audiencia Nacional contra la Orden del Ministerio para la Transición Ecológica TED/901/2020, de 8 de septiembre (BOE 29-09-2020), por la que no se autorizó ningún hectómetro cúbico para el trasvase Tajo-Segura para ese mes, y que ha sido impugnada judicialmente por el Gobierno de la Región de Murcia.
Consideramos que la Orden recurrida es ajustada a derecho y rompe con una tradición de que las propuestas de la Comisión Central de Explotación fueran asumidas en su totalidad por el Ministerio, sin cuestionamiento alguno. Castilla-La Mancha valora positivamente que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aprecie la insostenibilidad de las reglas actuales de explotación del Trasvase y en el mes de septiembre no haya propuesto cantidad alguna para trasvasar.
AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA INCORPORACIÓN A LA OPERACIÓN DE APICULTURA PARA MEJORA DE LA BIODIVERSIDAD INCLUIDA EN LA MEDIDA DE AGROAMBIENTE Y CLIMA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 EN CASTILLA-LA MANCHA.
El Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, establece una serie de medidas enfocadas al desarrollo sostenible de las zonas rurales entre las que se encuentran las ayudas a la medida de agroambiente y clima, dentro de las cuales figura la operación de apicultura para mejora de la biodiversidad.
El Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, contempla una medida que recoge las ayudas de agroambiente y clima, estableciendo como razones para la intervención, que los instrumentos relacionados con esta medida de agroambiente y clima son necesarios para apoyar el desarrollo sostenible de las zonas rurales y para responder a la creciente demanda de la sociedad de servicios ambientales y de la necesidad de la implantación de técnicas culturales respetuosas con el medio ambiente.
La Orden de 24 de marzo de 2015 de la Consejería de Agricultura, establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la aplicación de la operación de apicultura para mejora de la biodiversidad incluida en la medida de agroambiente y clima en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014/2020.
Con esta ayuda se pretende conseguir una polinización natural de numerosas especies vegetales distribuidas por todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Con ello se conseguirá conservar y recuperar la biodiversidad de la flora autóctona, a la vez que se apoya el mantenimiento de poblaciones de abejas.
La apicultura en zonas con vegetación silvestre tiene un efecto polinizador beneficioso sobre dicha flora, lo cual favorece su conservación. Los mayores costes asociados a este compromiso y, en ocasiones, los menores rendimientos de dicha actividad en esas zonas, en comparación con los que se producen en la floración de cultivos, hacen que esta práctica ganadera esté en riesgo de reducción perdiéndose con ello sus beneficiosos efectos sobre la biodiversidad. Las ayudas de esta convocatoria serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020, que son el 17,5, 7,5 y 75% respectivamente.
Para esta convocatoria inicial de ayudas y las anualidades de pago derivadas de estas, el crédito es de 5.200.000,00 de euros. Al tratarse de un importe superior a 5.000.000 de euros, de conformidad con el artículo 58.5.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la misma, con carácter previo, a la aprobación del gasto.
Enlaces relacionados:
Resolución de 26/03/2021, de la Dirección General de Políticas Agroambientales, por la que se realiza la convocatoria en 2021, para la incorporación a la operación de apicultura para mejora de la biodiversidad incluida en la medida de agroambiente y clima en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Castilla-La Mancha.
ACUERDO POR EL SE AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y TRAMITACIÓN DE PAGOS DERIVADAS DE LAS FACTURAS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO EN LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES EN CUENCA Y CENTROS DEPENDIENTES.
El Consejo de Gobierno autoriza el reconocimiento de obligaciones y la tramitación de los correspondientes pagos, por importe máximo de 117.061,02 euros con cargo a la anualidad del 2021, correspondientes al servicio de mantenimiento de la Delegación Provincial de Educación Cultura y Deportes, en Cuenca, y centros dependientes. Gastos realizados entre los meses de octubre de 2019 y junio de 2020.
CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL AYUNTAMIENTO DE ILLESCAS (TOLEDO) PARA LA AMPLIACIÓN DE 3+6 UDS. + SERVICIOS COMPLEMENTARIOS (2ª FASE) DEL COLEGIO DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA "ROSA CHACEL" EN ILLESCAS (TOLEDO). Y UN GASTO PLURIANUAL.
Primero. Aprobar el convenio de colaboración entre la consejería de educación, cultura y deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Illescas (Toledo) la ampliación de 3+6 uds. + servicios complementarios (2ª fase) del colegio de educacion infantil y primaria "Rosa Chacel" en Illescas (Toledo).
Segundo. Autorizar un gasto plurianual de 2.238.098,39 € euros.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES CON SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS “LOS JARDINES” DE MANZANARES (CIUDAD REAL).
Autorizar un gasto por importe de 3.824.901,60 €, derivado del contrato de servicios sociales para gestión integral de la residencia para personas mayores con servicio de estancias diurnas “Los Jardines” de Manzanares (Ciudad Real).
El contrato tiene una duración de tres años. La fecha estimada para el inicio de las prestaciones objeto de contrato será el 1 de agosto de 2021.
Dicho gasto supera el límite establecido en el artículo el artículo 21 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021 y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES CON SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS “VIRGEN DE PEÑARROYA” DE ARGAMASILLA DE ALBA (CIUDAD REAL).
Se propone al Consejo de Gobierno autorizar un gasto por importe total de 3.777.931,12 € derivado del contrato de servicios sociales para gestión integral de la Residencia para personas mayores con Servicio de estancias diurnas “Virgen de Peñarroya” de Argamasilla de Alba (Ciudad Real). La duración del contrato es de 3 años. La fecha estimada de inicio de la ejecución del contrato tendrá lugar el 1 de agosto de 2021.
Dicho gasto supera el límite establecido en el artículo 21, apartado f) de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021 y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCION A LA ENTIDAD PRIVADA DE INICIATIVA SOCIAL “FUNDACIÓN MADRE” PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DESTINADOS A LA ATENCIÓN TUTELAR DE LAS PERSONAS CON CAPACIDAD DE OBRAR MODIFICADA JUDICIALMENTE.
La Consejería de Bienestar Social, al amparo de la Orden de 21 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo de programas destinados a la atención tutelar de las personas con capacidad de obrar modificada judicialmente en Castilla-La Mancha y de la Resolución de 21 de diciembre de 2020 de la Dirección General de Discapacidad por la que se convocan dichas subvenciones para el año 2021, ha propuesto conceder, entre otras, una subvención por un importe total de 958.340,34 €, a la Fundación MADRE.
Dicho gasto supera el límite establecido en el artículo 21 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021 y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.
DECLARAR COMO NUEVAS ACTUACIONES DE EMERGENCIA CIUDADANA LAS AYUDAS FINANCIADAS A TRAVÉS DECRETO 20/2021, DE 9 DE MARZO.
La Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, establece que “se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que pueda declarar, por razones de interés público, otras actuaciones de emergencia ciudadana distintas de las previstas en el anexo V”.
Dado el interés público de las ayudas financiadas a través del Decreto 20/2021, de 9 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a proyectos de inversión en actuaciones sobre la nueva economía de los cuidados en el Sistema de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia de Castilla-La Mancha e impulso al Tercer Sector Social, es conveniente incluirlas dentro de las actuaciones de emergencia ciudadana previstas en el Anexo V de dicha ley.
AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES JUDICIALES PARA RECLAMAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS EN LAS INSTALACIONES DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN ALBACETE.
Se propone al Consejo de Gobierno la autorización necesaria para poder proceder al ejercicio de acciones judiciales para reclamar los daños producidos en las instalaciones del Servicio de Atención a la Dependencia de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Albacete por la rotura de una tubería producida el 30 de octubre de 2020.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación del Servicio Jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar al Gabinete Jurídico el ejercicio de acciones judiciales.