Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

Delimitación del entorno de protección de la Catedral de Santa María de Sigüenza (Guadalajara)

Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente la delimitación de su entorno de protección.

 

Los criterios que se han seguido para delimitar el entorno de protección son los siguientes:

 

−                   Protección del ambiente inmediato con el objeto de que las actuaciones a realizar en los edificios que componen el entorno de protección no impliquen un demérito del monumento, sino que contribuyan a mejorar el ambiente en el que éste se inscribe. Este criterio afecta a los inmuebles con fachada a la Catedral situados en la calle Medina, Plaza Obispo Don Bernardo y Plaza Mayor. En esta ultima la Catedral ocupa una situación singular al cerrarla en su cara norte y, junto al Ayuntamiento, articula su ambiente urbano. Se aplica también a las parcelas del callejón de los Infantes colindantes con la Catedral, ya que en este lugar se encuentra una puerta monumental perteneciente a la cerca catedralicia.

−                   Preservar la percepción visual y contemplación actual del monumento, cuyo aspecto constituye un icono fácilmente reconocible de la ciudad de Sigüenza. Es el caso de la calle Medina, Plaza Obispo Don Bernardo y Plaza Mayor, así como de las parcelas situadas en el este de la catedral, actualmente ocupadas por una zona verde  arbolada.

−                   Protección de la trama urbana y espacio público de origen medieval que circunda la Catedral. Especialmente destacable es la Plaza Mayor en la que se sitúa el Ayuntamiento, centro comercial que nace con la construcción del templo. No menos importante por haber sido configuradas por la existencia de propia Catedral son las calles limítrofes con la fachada oeste y sur.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 10/10/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se delimita el entorno de protección de la Catedral de Santa María de Sigüenza (Guadalajara), declarada Bien de Interés Cultural por la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

Modificación del Conjunto Histórico de Sigüenza (Guadalajara)

Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera necesario modificar dicha declaración, trazando una nueva y más precisa delimitación, con el fin de establecer una protección adecuada en las áreas urbanas de mejor conservación, que esencialmente se corresponden con el recinto amurallado y el barrio de  San Roque, la Alameda y los conventos de las Ursulinas y Clarisas, así como el entorno del Palacio Episcopal, el Seminario y el Colegio de la Sagrada Familia.

 

La delimitación del entorno de protección se justifica por la protección del  ambiente inmediato con el objeto de que las actuaciones a realizar en los edificios que componen el entorno de afección no impliquen un demérito del conjunto, sino que contribuyan a mejorar el ambiente en el que este se inscribe.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 10/10/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Conjunto Histórico de Sigüenza (Guadalajara), declarado Conjunto Histórico Artístico por Decreto 1504/1965, de 20 de mayo y Bien de Interés Cultural en virtud de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español

 

Autorización de la incorporación al ejercicio presupuestario corriente de obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores

Autorizar la imputación a los créditos del presupuesto corriente, de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Fomento, por importe de 5.858,05 euros.

Autorización del proyecto de Resolución por la que se amplía el crédito consignado para las ayudas previstas en la Resolución de 28 de diciembre de 2016, de la DG de Acción Social y Cooperación, por la que se convocan las ayudas de emergencia social

Autorización del proyecto de Resolución por la que se amplía el crédito consignado para las ayudas previstas en la Resolución de 28 de diciembre de 2016, de la DG de Acción Social y Cooperación, por la que se convocan para el año 2017 las ayudas de emergencia social en Castilla-La Mancha.

 

La resolución de 28 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Acción Social y Cooperación, por la que se convocan para el año 2017 las ayudas de emergencia social en Castilla-La Mancha, en su dispongo tercero apartado segundo prevé que excepcionalmente, esta cuantía máxima podrá incrementarse, motivadamente, previo informe de la Intervención General y tramitación del oportuno expediente de gasto, sin necesidad de abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 11/10/2017, de la Dirección General de Acción Social y Cooperación, por la que se amplía el crédito consignado para las ayudas previstas en la Resolución de 28/12/2016, por la que se convocan para el año 2017 las ayudas de emergencia social en Castilla-La Mancha.

Resolución de 28/12/2016, de la Dirección General de Acción Social y Cooperación, por la que se convocan para el año 2017 las ayudas de emergencia social en Castilla-La Mancha

Autorización de un gasto correspondiente al expediente de la de la tercera prórroga del contrato de gestión de 25 plazas residenciales en un Centro de atención a personas con discapacidad intelectual gravemente afectadas, en Albacete

Autorización de un gasto correspondiente al expediente de la de la tercera prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concierto, de 25 plazas residenciales en un Centro de atención a personas con discapacidad intelectual gravemente afectadas, en Albacete.

 

La prórroga de este contrato se realiza por dos años y abarca el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2017 y el 30 de noviembre de 2019, ambos días incluidos. Se justifica la necesidad de la tramitación de la citada prórroga en que actualmente subsisten las necesidades que dieron lugar al contrato inicial.