Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

Acuerdo por el que se toma en conocimiento el proyecto de decreto por el que se crea y regula la Red de hospederías de Castilla-La Mancha

El Consejo de Gobierno toma conocimiento del Decreto por el que se crea y regula la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha.

 

La Red de Hospederías de Castilla-La Mancha se presenta como un proyecto de desarrollo turístico consistente en la creación de una red de establecimientos de alojamiento hotelero con el objeto de recuperar edificios de alto valor patrimonial o situados en zonas de gran interés natural.

 

La Red de Hospederías de Castilla-La Mancha tiene el objetivo de crear una marca de calidad turística que sea un instrumento para el crecimiento económico de las comarcas y localidades en donde se sitúen los establecimientos que decidan adherirse a las ventajas de pertenecer a un club de excelencia turística.

 

El proyecto de Decreto se compone de tres capítulos, con 14 artículos y dos disposiciones finales, además de un anexo.

 

El capítulo I establece las disposiciones generales que regulan el objeto del Decreto, las definiciones básicas y el régimen de derechos y obligaciones al que estarán sometidas las Hospederías de Castilla-La Mancha que se adhieran.

 

El capítulo II regula la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha en donde se establecen los requisitos mínimos que deben tener los establecimientos, el procedimiento de adhesión y de baja, el régimen jurídico del manual de la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha, en donde se establecerán por orden de la consejería con competencia en turismo los parámetros comunes de calidad turística exigidos, así como las auditorias anuales, de control y seguimiento. También se establece un marco general para fomentar la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha regulando un Plan de inversiones para el establecimiento de las mismas y el cumplimiento de los parámetros comunes de calidad turística para los establecimientos ya adheridos.

 

El capítulo III regula la Gestión de la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha en donde se establece el régimen jurídico del Gestor de la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha, sus funciones, el Programa de promoción y comercialización turística y la Comisión de Seguimiento de la Red de Hospederías de Castilla-La Mancha.

 

El Decreto se completa con dos disposiciones finales, además de un anexo en donde se incluye la placa identificativa de las Hospederías de Castilla-La Mancha.

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción.

 

La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que operen como agencias de colocación, para la realización de actuaciones de orientación y acompañamiento, con objeto de generar la inserción de personas desempleadas, no ocupadas que, inscritas en las oficinas de empleo de la región, presenten especiales dificultades de integración en el mercado ordinario de trabajo.

 

La finalidad de estas subvenciones es mejorar las condiciones de empleabilidad y/o cualificación profesional de personas desempleadas, que pertenezcan a colectivos con especiales dificultades, con el objetivo final de lograr su inserción laboral en el mercado ordinario de trabajo.

 

Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las entidades privadas sin ánimo de lucro que operen como agencias de colocación y que cuenten con al menos un centro de trabajo en  Castilla-La  Mancha,  a  la  fecha  de  la  publicación  de  la  correspondiente convocatoria.

 

Enlaces relacionados: 

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la  que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción

Acuerdo por el que se autoriza la resolución por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la ampliación de la oferta formativa en especialidades consideradas prioritarias de formación profesional (modalidad II)

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA FORMATIVA EN ESPECIALIDADES CONSIDERADAS PRIORITARIAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO             “OPORTUNIDADES           PROFESIONALES”,          DIRIGIDAS PREFERENTEMENTE A PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS (MODALIDAD II) DURANTE 2017- 2018.

 

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Resolución de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la ampliación de la oferta formativa en especialidades consideradas prioritarias de formación profesional para el empleo, “oportunidades profesionales”, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II) durante 2017- 2018.

 

La resolución tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo incluidas dentro de los programas de formación de los servicios públicos de empleo dirigidos a cubrir las necesidades formativas detectadas en los itinerarios personalizados de inserción y en las ofertas de empleo dirigidos a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), para 2017-2018.

 

Serán subvencionables las especialidades de certificados de profesionalidad siempre que estén referidas a uno o varios de los siguientes tipos de acciones formativas:

 

a)   Acciones que favorezcan, a través de acuerdos con las empresas, públicas o privadas, la realización de prácticas profesionales (incluidas las de carácter internacional), el intercambio de tecnologías y de personal experto y la utilización de infraestructuras y medios técnicos y materiales.

b)  Acciones de cualquiera de las familias profesionales incluidas en el Anexo VI que promuevan las aptitudes y las competencias necesarias en el mercado de trabajo, así como que impulsen la innovación y el espíritu empresarial y favorezcan la realización de proyectos finales o de creación de microempresas. Estas acciones incluirán el módulo de formación complementaria de Fomento y Promoción del Trabajo Autónomo (FCOO04).

c) Acciones que favorezcan las competencias lingüísticas, que podrán ser cursos de formación en idiomas o cursos bilingües, en estos últimos deberán, como mínimo, impartirse un 20% de las horas lectivas en otro idioma.

d)  Asimismo, serán también objeto de subvención, las becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y alojamiento que se concedan a los desempleados que participen en las acciones formativas citadas en las letras a), b) y c) y, en su caso, la compensación económica a empresas por la realización de prácticas profesionales no laborales.

 

La concesión de subvenciones que se recogen en esta convocatoria se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 26/07/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la ampliación de la oferta formativa en especialidades consideradas prioritarias de formación profesional para el empleo, oportunidades profesionales, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II) durante 2017-2018.

Entidades de Formación.Normativa.Convocatorias 2017

Entidades de Formación. FOCO

Decreto por el que se modifica el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo reservados al personal funcionario y eventual de la administración de la JCCM

Este decreto tiene por objeto determinar (de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional undécima del texto refundido de la Ley del estatuto Básico del Empleado Público  (RD Legislativo 5/2015 de 30 de octubre) en qué puestos de trabajo puede prestar servicios el personal militar, para lo que se lleva a cabo la modificación de la descripción de la clave “S”  del anexo II del Decreto 161/1989 de 28 de diciembre.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 46/2017, de 25 de julio, por el que se modifica el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo reservados al Personal Funcionario y Eventual de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Autorización de la resolución de los contratos centralizados del servicio de vigilancia y seguridad de edificios de la administración de la JCCM y el SESCAM en las provincias de Toledo, Ciudad Real y Guadalajara

Concluido el primer mes de ejecución de los contratos, el órgano de contratación pudo comprobar un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales esenciales del contratista, debido a la inaplicación del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad a los trabajadores subrogados en la prestación.

 

Como consecuencia, con fecha 9 de junio de 2017, se acuerda iniciar el procedimiento de resolución de los contratos citados. Tramitado el procedimiento, el Consejo Consultivo de Castilla-La mancha ha informado favorablemente la resolución del contrato.

 

Dado que, de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno autorizó la celebración del contrato, es necesario igualmente recabar la autorización del Consejo de Gobierno para la resolución, de acuerdo con el artículo 317.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Informe sobre los convenios concertados por la administración de la JCCM e inscritos en el registro general de convenios entre el 1 de abril de 2017 y el 30 junio de 2017

La acción administrativa se despliega muchas veces en forma de concertación de convenios interadministrativos de colaboración, que al mismo tiempo suponen compromisos de gasto para la Hacienda autonómica o ingresos procedentes de otras Administraciones, particularmente la Administración General del Estado. Por ello, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de convenios durante el primer trimestre de este año.

Acuerdo por el que se autoriza la contratación del Acuerdo Marco para el suministro de Marcapasos, Desfibriladores, Electrodos y Holters

La adquisición de los suministros hospitalarios de marcapasos, desfibriladores, electrodos y holters resulta necesaria para la prestación correcta de la asistencia sanitaria en las diversas Gerencias del Sescam.

 

Valor estimado de  49.323.286,80 € IVA excluido.

Acuerdo por el que se autoriza el reconocimiento de las obligaciones de diversos expedientes del área de tecnologías de la información del SESCAM. Y autorización para la imputación de gastos de ejercicios anteriores a ejercicio 2017

Servicios de soporte y mantenimiento de los sistemas de información sanitaria y de gestión del SESCAM. Servicios de soporte y mantenimiento del S.I. de Tarjeta Sanitaria periodo diciembre 2014 y2015. El importe previsto de gasto para este expediente es 43.197,64 € IVA incluido.

 

Servicios de soporte y desarrollo del Área de Informática de Sistemas, Comunicaciones, y Desarrollo periodo octubre 2014. El importe previsto de gasto para este expediente es 128.863,67 € IVA incluido.

 

Servicios de soporte y mantenimiento S.I. Turriano periodo desde 01/10/2015 hasta 30/03/2016. El importe previsto de gasto para este expediente es 494.403,41 € IVA incluido.

 

Servicios de soporte y mantenimiento del S.I. Montesinos periodo desde 1 de octubre de 2015, 25 de noviembre de 2016. El importe previsto de gasto para este expediente es de 268.049,51 € IVA incluido.     Servicios de soporte y mantenimiento de P.K.I y plataforma de firma electrónica periodo desde 1 de mayo de 2015 hasta 24 de noviembre de 2016. El importe previsto de gasto para este expediente es de 132.960,14 IVA incluido.

Autorización de la suscripción del convenio de colaboración entre el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y el Excelentísimo Ayuntamiento de Almansa para la asistencia a personas con trastornos adictivos

El SESCAM ha asumido la gestión de la Unidad de Conductas Adictivas (UCA) de Almansa, trasladando el servicio al área dedicada a tal efecto en el Hospital General de Almansa, dotándola de los profesionales sanitarios para ofrecer una atención adecuada a las conductas adictivas y prestando el servicio terapéutico, mientras que el Ayuntamiento de Almansa aporta a la citada UCA el personal para la atención psicológica y social, que prestarán el servicio en las nuevas dependencias de la UCA situadas en el Hospital.

 

Mediante este convenio se establecen las bases de la colaboración para facilitar la realización por parte del personal psicólogo y de trabajo social de actividades de apoyo psicológico, social y familiar que contribuyan al tratamiento que se dispensa en trastornos adictivos en el Hospital de Almansa.

Toma de conocimiento del anteproyecto de Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento del anteproyecto de Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha.

 

Esta nueva propuesta normativas mantiene una serie de obligaciones y prohibiciones generales para los poseedores y subsidiariamente para el titular de los animales. Destacando entre las prohibiciones generales, el maltrato, la práctica de mutilaciones con fines exclusivamente estéticos, el sacrificio o matanza de los animales sin reunir las garantías previstas en esta ley, el mantenimiento permanentemente atados o encadenados a los animales, la donación de los animales con fines publicitarios o como premio, recompensa o regalo por otras adquisiciones de naturaleza distinta a la propia adquisición onerosa de animales, el empleo de animales en circos, publicidad, fiestas populares y otras actividades, si ello supone para el animal sufrimiento, dolor u objeto de tratamientos antinaturales.

 

También, entre las novedades destacables es que se pretende lograr el sacrificio cero y el establecimiento de la figura de la eutanasia de animales que será siempre prescrita y realizada por un veterinario de manera rápida e indolora.

 

Otra novedad a resaltar es en materia de identificación animal, dado que hasta ahora la legislación autonómica tiene establecido un doble sistema de registro, uno autonómico y otro en cada uno de los municipios, a través del censo municipal donde viva habitualmente el animal; sin embargo, con esta nueva propuesta existirá un único Registro gestionado por el Consejo de Colegios Profesionales de Veterinarios de Castilla-La Mancha bajo las directrices de la Dirección General de la Consejería con competencias en materia de identificación y registro de animales, al que tendrán acceso las Administraciones con competencias en el ámbito de aplicación de esta ley

 

Entre los aspectos novedosos de esta nueva ley y que supondrán una seria de gastos y de ingresos destacan los siguientes:

 

  • Actividades formativas tanto de personal funcionario como de personal que trabaje con animales.
  • Implantar el sacrificio “0” de animales
  • Implantación del Método CES
  • Acciones publicitarias

 

 

Autorización de la superación de porcentajes y la adquisición de compromisos de gasto que han de atenderse en los correspondientes ejercicios futuros para la concesión de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas

El Consejo de Gobierno ha autorizado la superación de porcentajes y la adquisición de compromisos de gasto que han de atenderse en los correspondientes ejercicios futuros de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La  Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, derivados de la Resolución de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se publica la ampliación de crédito disponible para la concesión de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014- 2020, convocadas por Resolución de 19 de septiembre de 2106

 

Las ayudas tienen como finalidad principal satisfacer las demandas de la sociedad en lo relativo a bienes y servicios ambientales potenciando al mismo tiempo la cubierta forestal arbórea como medio para garantizar su funcionalidad social protectora, productora y ecológica y que puedan permitir a sus propietarios alguna renta económica compatible con los principios de sostenibilidad de las masas forestales. Todo ello mediante la ejecución de tratamiento selvícolas (rozas, podas, cortas y gestión de residuos) destinados a la mejora y a la conservación de las masas forestales.

 

Según está previsto en la convocatoria de la ayuda y de acuerdo con el artículo 23.1 del Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del Texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, la cuantía total máxima estimada de la ayuda destinada  en  la  convocatoria  podrá  incrementarse  motivadamente,  previoinforme favorable de la Intervención general y tramitación del oportuno expediente de gasto, antes de resolver la concesión de la subvención, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes debiendo ser publicado el nuevo importe que resulte del incremento antes de la resolución de la convocatoria.

 

Superado el plazo establecido en esta convocatoria se han presentado 873 solicitudes, de las cuales 613 cumplen todos los requisitos, una vez efectuados los controles de admisibilidad y elegibilidad de estos expedientes

 

El presupuesto necesario para atender las 613 solicitudes que reúnen los requisitos para obtener la ayuda es de 18.075.350,35 euros por lo que habría que incrementar el presupuesto para esta convocatoria en 3.075.350,35.

Autorización del programa temporal de empleo para la gestión, seguimiento e información del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014- 2020

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO EL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE CUATRO AÑOS, PARA LA GESTIÓN, SEGUIMIENTO E INFORMACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020, CON PERSONAL FUNCIONARIO DE OBRA Y SERVICIO.