Buscador de Acuerdos de Consejo de Gobierno
Mostrando 6489 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO IACLM PARA LA LICITACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO PICADAS-ALMOGUERA Y GIRASOL Y DE LA CONDUCCIÓN ALMOGUERA-ALGODOR-SAGRA ESTE.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la licitación del servicio de operación, mantenimiento y conservación del sistema de abastecimiento Picadas - Almoguera, sistema de abastecimiento Girasol y de la conducción Almoguera - Algodor - Sagra Este.    El importe total de la licitación asciende a 15.984.640,58 €.    La licitación del servicio, precisa de autorización previa del negocio jurídico por parte del Consejo de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. Este artículo, en concordancia con el artículo 58.4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, establece la autorización previa del Consejo de Gobierno para los actos o negocios jurídicos de entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros. 

INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO POR LOS ÓRGANOS Y ENTES DEPENDIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA.

La Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en su artículo 59.2, atribuye, como función de la Oficina de Transparencia:

 

“Elaborar un informe anual sobre el cumplimiento por los órganos y entes dependientes de la Administración Regional de las obligaciones que en materia de transparencia les impone esta ley. Este informe, incluidas en su caso las observaciones realizadas por la Comisión Interdepartamental para la Transparencia, se elevará al Consejo de Gobierno y al Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno”. 

AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES POR UN PRESUNTO DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTAL EN CONCURSO CON INTRUSISMO PROFESIONAL Y CONTRA AQUELLAS OTRAS PERSONAS QUE PUDIERAN SER RESPONSABLES DE LOS MISMOS DELITOS SEGÚN LA INSTRUCCIÓN DE LA CAUSA.

Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.    A la vista del informe del Gabinete Jurídico de 30 de diciembre de 2024, se entiende justificada el ejercicio de acciones contra Dª Maria Lucena Castro por un presunto delito de falsedad documental en concurso con intrusismo profesional, así como contra aquellas otras personas que, como consecuencia de la instrucción de la causa pudieran ser responsables de los mismos delitos. 

ACUERDO DE MUTACIÓN DEMANIAL SUBJETIVA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE TOLEDO (TOLEDO) DE LA FINCA CATASTRAL 1533101VK1113D0001GZ, SITA EN LA C/ SAN PEDRO EL VERDE (PARCELA R14) DE TOLEDO, Y QUE FORMA PARTE DEL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO DE LA VEGA BAJA.

En cumplimiento del Protocolo General de Actuación de fecha 27 de enero de 2025 suscrito entre el Ayuntamiento de Toledo y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para promover proyectos conjuntos que contribuyan al progreso regional y, en virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva el acuerdo de mutación demanial subjetiva de bienes inmuebles al ayuntamiento de Toledo (Toledo), de una finca que forma parte del yacimiento arqueológico de la Vega Baja.  

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE SIMPLIFICACIÓN, AGILIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN ADMINISTRATIVA.

El Consejo de Gobierno toma en consideración, como trámite necesario y previo al dictamen del Consejo Consultivo, el anteproyecto de Ley de Simplificación, Agilización y Digitalización administrativa que tiene como objeto establecer el marco regulatorio para la implementación de una Administración moderna, cercana y eficaz, que agilice y personalice la relación con la ciudadanía y las empresas, que racionalice los medios y reduzca los modelos de intervención administrativa y que garantice la seguridad jurídica y la protección de datos a la hora de utilizar las posibilidades que ofrece la tecnología en el ámbito público para mejorar la prestación de los servicios. 

DECLARACIÓN DEL CARNAVAL DE ÁNIMAS O SOLDADESCA DE TORRICO (TOLEDO). RITO, SÍMBOLO E INDUMENTARIA COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 05/02/2024 en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM nº 30, de 12/02/2024) se inició expediente para la declaración de el Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Torrico (Toledo) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.    Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, se valoró la alegación presentada por parte del propio ayuntamiento de Torrico, con fecha de 26/03/2024, solicitando que se llamara al bien con la denominación de “El Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Torrico. Rito, Símbolo e Indumentaria”, que ha sido aceptada, y se obtuvo el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Toledo.   Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Torrico (Toledo). Rito, símbolo e indumentaria como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.     Enlaces relacionados:   El carnaval de Ánimas de Valdeverdeja y El Torrico en Toledo, en Portal de cultura de Castilla-La Mancha.   Un pueblo pequeño y unos grandes carnavales en El Torrico (Toledo).   Abiertos los expedientes para declarar BIC el Carnaval de Torrico y Valdeverdeja (Toledo).   Torrico.   Visitamos el Torrico.   Tradiciones culturales en el municipio.   Torrico y su dulce Carnaval de Ánimas.   Torrico, “Carnaval de Ánimas”, video poema de José María Gómez.   Torrico, descubre un tesoro histórico y cultural a un paso de Talavera.   Torrico, Carnaval de Ánimas.   Carnaval de ánimas y corrida de sargentos.   Torrico - Las Mondas 2024.  

CREACIÓN DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA N.º 34 DE ALBACETE.

El Consejo de Gobierno aprueba la creación del Colegio de Educación Infantil y Primaria número 34 de Albacete (código de centro 02010434).  

DECLARACIÓN DEL CARNAVAL DE ÁNIMAS O SOLDADESCA DE VALDEVERDEJA (TOLEDO). RITO, SÍMBOLO E INDUMENTARIA COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 05/02/2024 en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM nº 30, de 12/02/2024) se inició expediente para la declaración de el Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Valdeverdeja (Toledo) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.    Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, se valoró la alegación presentada por parte del propio ayuntamiento de Valdeverdeja, con fecha de 26/03/2024, solicitando que se llamara al bien con la denominación de “El Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Valdeverdeja. Rito, Símbolo e Indumentaria”, que ha sido aceptada, y se obtuvo el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Toledo.   Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del Carnaval de Ánimas o Soldadesca de Valdeverdeja (Toledo). Rito, símbolo e indumentaria como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.     Enlaces relacionados:   El carnaval de Ánimas de Valdeverdeja y El Torrico en Toledo, en Portal de cultura de Castilla-La Mancha.   Carnaval religioso de ánimas de Valdeverdeja.   CARNAVAL DE ÁNIMAS DE VALDEVERDEJA.   El Gobierno regional felicita a Valdeverdeja.   Valdeverdeja, Carnaval de Animas, 2011.   CARNAVAL DE ÁNIMAS DE VALDEVERDEJA. DECLARADO DE INTERÉS TURÍSTICO REGIONAL, 2018.   CARNAVAL DE ANIMAS DE VALDEVERDEJA. FIESTA DE INTERES TURISICO REGIONAL.   Los Carnavales Religiosos de las Ánimas de Valdeverdeja.   Carnaval de las Ánimas en Valdeverdeja, Toledo.   Carnaval de las Ánimas en Valdeverdeja, Toledo.   Bailar la bandera, Carnavales de Ánimas.   Valdeverdeja, Carnaval de Animas.   Carnaval de Ánimas. Valdeverdeja, 2019.   Cuenta atrás para el carnaval en Valdeverdeja, 08/02/2024 21:50.   Preparan carnaval en Valdeverdeja con sus trajes típicos - Ancha es CLM –CMM.   Carnaval de Animas Baile de la Bandera Valdeverdeja (Toledo) CLM.   Valdeverdeja.   Valdeverdeja por el Carnaval de Ánimas, José Mª Moreno García.

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN, DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2024, DEL VICEPRESIDENTE PRIMERO AL GABINETE JURÍDICO PARA LA IMPUGNACIÓN EN VÍA JUDICIAL DEL REQUERIMIENTO EFECTUADO AL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE, EL 13 DE AGOSTO DE 2024.

Del informe de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Protección Ciudadana, así como del informe del Gabinete Jurídico, se deduce que procede la impugnación en vía judicial del requerimiento efectuado al Ayuntamiento de Albacete para dar cuenta al Consejo de Gobierno, para que anule la adscripción de D. Francisco Manuel Castillo Moya con carácter definitivo al puesto de “Policía de la Policía Local” acordada por Resolución n.º 2155, de 8 de marzo de 2024, por no ser conforme a derecho, así como su declaración en situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.

PLAN DE CONTRATACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS PARA EL AÑO 2025.

De conformidad con lo establecido en el artículo 28.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las entidades del sector público deben programar la actividad de contratación pública que desarrollarán en un ejercicio presupuestario o periodos plurianuales, dando a conocer su plan de contratación anticipadamente mediante un anuncio de información previa de los previstos en el artículo 134 que al menos recoja aquellos contratos que quedarán sujetos a regulación armonizada. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONVENIO ENTRE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, POR EL QUE SE ESTABLECE UN MARCO GENERAL DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE CONTROL INTERNO AUTONÓMICO.

La Junta de Comunidades podrá celebrar convenios con otras Comunidades Autónomas para la gestión y prestación de servicios propios de la exclusiva competencia de las mismas. La celebración de los citados convenios, antes de su entrada en vigor, deberá ser comunicada a las Cortes Generales elevando a la consideración del Consejo de Gobierno el Convenio entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Comunidad Autónoma de Canarias. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO PARA LA AMPLIACIÓN, MANTENIMIENTO Y SOPORTE DE LAS PLATAFORMAS CORPORATIVAS DE COPIAS DE SEGURIDAD DE LA AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DEL SERVICIO 112 DE ATENCIÓN Y COORDINACIÓN DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS.

Autorizar el contrato de ampliación, mantenimiento y soporte de las plataformas corporativas de copias de seguridad de la Agencia de Transformación Digital y del Servicio 112 de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias (expediente n.º 2024/006685) por un período de 36 meses.