Mostrando 6668 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS, CON CARÁCTER EXCEPCIONAL, EN RÉGIMEN DE MINIMIS, DE AYUDAS DIRIGIDAS A PERSONAS TITULARES DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS ESPECIALMENTE AFECTADAS POR LA SEQUÍA

El sector agrario de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha se configura como un sector estratégico, por su relevancia económica y social, pero sobre todo porque garantiza la seguridad alimentaria de la población suministrando los productos más esenciales, los alimentos.

El año hidrológico 2023-2024, que abarca el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, ha tenido una pluviometría muy irregular en lo que se refiere a su distribución por el territorio castellano-manchego, ya que en la zona noroccidental de la región la pluviometría ha sido abundante y con datos suficientes para declarar un año húmedo, en la zona suroriental y este las precipitaciones estuvieron muy por debajo de la media, por lo que algunos municipios han estado todo el año hidrológico 2023-2024 y bien entrado el año hidrológico 2024-2025 en sequia técnica, donde no se han alcanzado en el año agrícola los 300 mm con una importante reducción respecto a la media de años anteriores. Esta situación vino a agravar la falta de precipitaciones registradas en el año hidrológico anterior (2022-2023).

Las consecuencias sobre los cultivos han sido completamente dramáticas, llevando a una situación límite a muchos productores que vienen soportando excepcionales circunstancias las dos últimas campañas. Todo ello incide seriamente en la economía de las zonas rurales y al desarrollo de otros sectores de actividad económica relacionados con la agricultura, así como en la producción de alimentos.

Especialmente grave es la situación de los sectores de cultivos leñosos de secano cuyas producciones han estado muy mermadas, aparte del daño sufrido en el potencial productivo que ha hipotecado las cosechas de años posteriores, destacando por su importancia los sectores del almendro, viñedo y olivar.  Lo mismo ocurre con los cultivos herbáceos de secano, en los que se han producido importantes pérdidas debidas a la sequía prolongada; así, los cereales de invierno se han visto muy afectados, siendo el principal motivo de la pérdida económica la bajada de rendimientos obtenidos, además de que la subida de costes ha sido mayor que el incremento de precios experimentado; también podemos citar como sectores afectados las leguminosas, para la cual una gran parte de la superficie sembrada no ha sido cosechada.

 

A la vista de estos antecedentes, y de cara a garantizar la continuidad de la actividad económica en las explotaciones, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural considera necesario la concesión de unas ayudas directas a los agricultores y ganaderos especialmente afectados por la sequía, y cuyas explotaciones agrícolas se encuentren localizadas en los municipios determinados en los anexos de este decreto y así lo propone al Consejo de Gobierno.

En este contexto, resulta de extraordinaria y urgente necesidad adoptar medidas que garanticen la resiliencia y sostenibilidad de las explotaciones agrícolas ubicadas en los municipios especificados, especialmente afectados por la sequía acontecida en nuestra Comunidad Autónoma durante el año hidrológico 2023-2024, determinados en base al índice de precipitación estandarizado (SPI) igual o inferior a -1. Por ello, concurren las razones económicas y de interés público que justifican la concesión directa de subvenciones a los titulares de explotaciones de los municipios afectados por la sequía, de acuerdo a lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 59/2025, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras, con carácter excepcional, en régimen de minimis, de ayudas dirigidas a personas titulares de explotaciones agrícolas de determinados sectores ubicadas en municipios de Castilla-La Mancha especialmente afectados por la sequía, durante el año hidrológico 2023-2024.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 75/2024, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS EN LA FINANCIACIÓN DE DETERMINADOS SERVICIOS DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.

Con la aprobación de este decreto, se modifican la disposición final cuarta y la disposición final séptima del Decreto 75/2024, de 29 de octubre. Esta modificación tiene los siguientes objetivos:   1º. Ampliar el plazo para que se puedan adaptar los sistemas informáticos y de gestión a la regulación de la participación económica de las personas beneficiarias en el coste de determinados servicios que establece el decreto 75/2024, de 29 de octubre.   2º. Ampliar el plazo de entrada en vigor del decreto 75/2024, de 29 de octubre.   Enlaces relacionados:   Decreto 60/2025, de 29 de julio, por el que se modifica el Decreto 75/2024, de 29 de octubre, por el que se regula la participación económica de las personas beneficiarias en la financiación de determinados servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia y del sistema público de servicios sociales de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE UN PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO EN LA D.G. DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA CON CARGO AL PROGRAMA "MOVES III 2025"

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar, por un periodo de dos años, el “Programa Temporal para la incorporación de personal técnico y auxiliar en la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible, para la gestión del programa de incentivos a la movilidad eléctrica MOVES III 2025”.   El programa temporal de empleo estará integrado por el siguiente personal:   5 técnicos/as, especialidad Ingeniería Técnica Industrial 2 auxiliares administrativos/as   El coste máximo total estimado del programa asciende a 537.739,21 euros.    De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos.

AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA ECOLÓGICA DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza a la Consejería de Fomento la contratación del expediente 2025/006727" SERVICIO DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESÍDUOS DEL EDIFICIO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO, SITA EN PASEO CRISTO DE LA VEGA, S/N DE TOLEDO", que conlleva un gasto por importe de 829.497,77 € (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17029900 G/511A/22700.

AUTORIZACIÓN DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL “PROGRAMA TEMPORAL PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PYME Y GRAN EMPRESA DEL SECTOR INDUSTRIAL"

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la prórroga, por un periodo de doce meses, del “Programa temporal para la gestión del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en Pyme y gran empresa del sector industrial con cargo al fondo finalista 0000000884 (Programa Pymes).”   El citado programa fue inicialmente autorizado por un periodo de doce meses, habiéndose iniciado su ejecución el 12 de agosto de 2024.   Mediante la presente autorización, se aprueba la primera prórroga del programa temporal, por un nuevo período anual, lo que permitirá garantizar la continuidad del personal técnico incorporado, con un coste máximo estimado de 84.097,18 euros.   De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, entre otros supuestos, cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos.

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO Y DISTRIBUCIÓN DE 565.000 DOSIS DE VACUNAS FRENTE A LA GRIPE ESTACIONAL PARA LA CAMPAÑA 2025/2026.

Autorización previa para contratar el suministro y distribución de 565.000 dosis de vacunas frente a la gripe estacional para la campaña 2025/2026 en Castilla-La Mancha, basada en los lotes 1 y 2 del acuerdo marco para la selección de suministradores de vacunas frente a la gripe estacional para determinados órganos de contratación de la administración general del estado, las ciudades de Ceuta y Melilla y varias comunidades autónomas.   El gasto por importe de 6.146.400,00 € (IVA incluido al 4%) se imputará en la aplicación presupuestaria 26069900G/413A/22110 del presupuesto de la Consejería de Sanidad para el ejercicio 2025, que se descompone en los siguientes conceptos y cuantías:   - Presupuesto neto total: 5.910.000,00 € - IVA al 4%: 236.400,00 €

Declarar el día 30 de noviembre como día de la variedad Airén en Castilla-la Mancha.

El Consejo de Gobierno ha declarado, de conformidad con el artículo 11.2 e) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, el día 30 de noviembre como día de la variedad Airén en Castilla-la Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE CREA, POR FUSIÓN, EL COLEGIO DE MEDIADORES DE SEGUROS TITULADOS DE CIUDAD REAL, CUENCA, GUADALAJARA Y TOLEDO.

Los presidentes de los Colegios Oficiales de Mediadores de Seguros Titulados de Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, en virtud de los acuerdos previamente adoptados por sus respectivas asambleas generales, han solicitado a la Administración regional la aprobación de la fusión de dichas corporaciones en una nueva entidad denominada "Colegio Oficial de Mediadores de Seguros Titulados de Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo".   La fusión propuesta tiene como objetivo la creación de una corporación de mayor envergadura, capaz de afrontar con más eficacia los retos actuales del sector, especialmente la progresiva disminución del censo de colegiados. Esta unión permitirá optimizar los recursos disponibles, fortalecer la capacidad de interlocución con las entidades aseguradoras y las Administraciones Públicas, y potenciar la visibilidad e influencia del colectivo en el ámbito socioeconómico.   El artículo 15 de la Ley 10/1999, de 26 de mayo, establece que la fusión de dos o más colegios de la misma profesión deberá ser aprobada por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de los colegios afectados en la forma estatutariamente prevista y previo informe del correspondiente consejo de colegios, si existiera.   Enlaces relacionados:   Decreto 56/2025, de 29 de julio , por el que se crea, por fusión, el Colegio de Mediadores de Seguros Titulados de Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SA2/2025 (SANCI/24/231001/000276) INCOADO A “IDE REDES ELECTRICAS INTELIGENTES, S.A.U.”

El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., por la comisión de una infracción muy grave en materia de conservación de la naturaleza, tipificada en el artículo 108.6 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.    Dicha infracción consiste en “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio a naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat”.   En consecuencia, se impone a la entidad sancionada:   a) Una multa de 200.001,00 €, de conformidad con lo previsto en el artículo 113.1.c) de la citada Ley 9/1999, de 26 de mayo; b) El deber de indemnizar la muerte del ejemplar de águila real, por un importe de 78.120,00 €, conforme al baremo establecido en el Decreto 67/2008, de 13 de mayo, por el que se establece la valoración de las especies de fauna silvestre amenazada, actualizado al IPC;  c) La imposición de la medida complementaria consistente en la modificación y adaptación, en un plazo máximo de cuatro meses desde la notificación del acuerdo, de todos los apoyos eléctricos de la línea L-3602-04 LA LOMA ST-Hellín, de titularidad de la entidad sancionada, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, y en el Decreto 5/1999, por el que se aprueban medidas para la protección de la avifauna contra tendidos eléctricos en Castilla-La Mancha.   Las sanciones impuestas derivan del hallazgo, con fecha 30 de octubre de 2023, del cadáver electrocutado de un ejemplar joven de águila real, al pie de un apoyo eléctrico situado en el paraje Cerro del Pino, parcela 134 del polígono 18, en el término municipal de Hellín (Albacete). La línea eléctrica implicada es de titularidad de la entidad I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.

AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA DELEGACIÓN DE BIENESTAR SOCIAL EN CUENCA.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente del contrato de servicios de mantenimiento integral de la sede de la Delegación y otros centros dependientes de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Cuenca (2025/007131), basado en el Acuerdo Marco de los servicios de mantenimiento de edificios e instalaciones de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos (expediente 2024/002473). El contrato tendrá un plazo de duración de veinticuatro meses, siendo la fecha estimada para el inicio de la prestación el día 1 de octubre de 2025, pudiéndose prorrogar por un máximo de dos años más. Su presupuesto máximo de licitación asciende a la cantidad de 886.523,20 euros (IVA incluido al 21%), que se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2025, 2026 y 2027.

Autorización de la resolución de la Vicepresidencia Primera, por la que se publica la ampliación del crédito presupuestario previsto para financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2025 en virtud del Decreto 7/2016.

Se autoriza de conformidad con el artículo 58.4.a) del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, la Resolución de la Vicepresidencia Primera, por la que se publica la ampliación del crédito presupuestario previsto en la Resolución de 07 de febrero de 2025, resolución mediante la cual se publicaron los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2025 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo de 2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

CONVALIDACION DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN PREVIA, RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y DE LA AUTORIZACIÓN DEL CONVENIO POR EL QUE SE ESTABLECE EL ACUERDO DE FINANCIACIÓN DEL INSTRUMENTO FINANCIERO DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE GARANTÍA DE CARTERA FEADER

Convenio por el que se establece el Acuerdo de Financiación del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera FEADER 2023-2027 entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E. (SAECA) y Adenda de modificación de dicho Convenio.