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Mostrando 6668 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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CerrarAUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO A LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO DE PRODUCTOS DE MERCHANDISING PARA LA PROMOCIÓN TURÍSTICA DE CASTILLA-LA MANCHA.
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El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en relación con el expediente de contratación del suministro de productos de merchandising para la promoción turística de Castilla-La Mancha, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.
NOMBRAMIENTO DE REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, MERCANTIL Y DE BIENES MUEBLES PARA PLAZA RADICADA EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.
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Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles para el territorio de la Comunidad Autónoma.
Así, el Consejo de Gobierno acuerda nombrar registrador de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles a: D. Alfredo Delgado García, para el Registro de Quintanar de la Orden (Toledo).
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 17/12/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra registrador de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para una plaza radicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
TOMA DE CONOCIMIENTO DEL INFORME-RESUMEN ANUAL DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO CORRESPONDIENTES A LA ACTIVIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN EL EJERCICIO 2017.
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La Intervención General ha presentado al Consejo de Gobierno los resultados más significativos de las actuaciones de control financiero correspondientes a la actividad económico-financiera del sector público de la Junta de Comunidades en el ejercicio 2017, derivado de los planes de control financiero aprobados en 2018 salvo las relativas a las Gerencias del SESCAM, donde, dada la naturaleza concomitante del control financiero, tales actuaciones corresponden a las establecidas en el plan de 2017.
SUPERACIÓN DE PORCENTAJES PARA LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DEL V PREMIO INTERNACIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA A LA IGUALDAD DE GÉNERO “LUISA DE MEDRANO”.
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Propuesta de acuerdo de superación de porcentajes, a los efectos previstos en el artículo 48.4 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, para la tramitación del expediente de concesión del V Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la Igualdad de Género “Luisa de Medrano”.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL ENTE PÚBLICO DE RADIO TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA.
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El convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y el Ente Público de Radio televisión de Castilla-La Mancha para el desarrollo de acciones de comunicación dirigidas a la ciudadanía castellano-manchega, con el objeto de frenar conductas machistas que generan violencia de género, así como para acciones de formación dirigidas a profesionales de los medios de comunicación y publicidad de Castilla-La Mancha, para promover el rechazo hacia toda manifestación de violencia de género, prevenirla y avanzar en su eliminación.
SUPERACIÓN DEL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SESCAM Y EL AYUNTAMIENTO ALMANSA PARA LA ASISTENCIA A PERSONAS CON TRASTORNOS ADICTIVOS.
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El 11 de agosto de 2017 se suscribió el convenio entre las partes cuyo objeto es la cooperación para el mantenimiento en el municipio de Almansa de la Unidad de Conductas adictivas (UCA), anteriormente denominada EAD: Equipo de Atención a Drogodependientes.
En virtud de este convenio el SESCAM asume la gestión y control de la UCA de Almansa, dotándola de personal y material necesarios para ofrecer una atención adecuada a las conductas adictivas prestando el servicio terapéutico en las mismas condiciones que el resto de prestaciones sanitarias a las personas con trastornos adictivos que acudan o sean derivados según los programas vigentes (desintoxicación, deshabituación, reducción de daños); y el Ayuntamiento de Almansa aporta a la UCA el personal para la atención psicológica y social, los cuales prestarán el servicio en las nuevas dependencias de la UCA situadas en el Hospital General de Almansa.
En el momento actual, las partes consideran que resulta necesaria la prórroga del citado convenio, para cuya tramitación se requiere autorizar la superación del porcentaje del gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE VARIOS CONTRATOS DEL SESCAM.
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Autorización de la superación de porcentajes, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, de acuerdo con el Art. 48 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, para poder tramitar los siguientes expedientes:
a) Realización de Estudios PET-TAC en las Gerencias de Albacete, Almansa, Hellín y Villarrobledo.
b) Modificación de los lotes 3 y 5 (Cuenca y Toledo) del contrato de transporte sanitario terrestre. El objeto de las modificaciones en el contenido en los pliegos es requerir a las empresas que doten de, al menos, 4 Técnicos de Transporte Sanitario, en todas las ambulancias destinadas al transporte urgente.
TOMA EN CONSIDERACION DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE BIENESTAR, PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS ANIMALES DE CASTILLA-LA MANCHA.
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La finalidad de esta Ley es asegurar el bienestar de los animales, proporcionándoles la protección que les corresponde por su condición de seres sintientes evitando las situaciones de crueldad y maltrato, sufrimientos, dolor o angustias innecesarios, abandono, ausencia de auxilio, omisión y dejadez de atención. Será una prioridad la defensa de los animales en todas las situaciones que les causen un daño, físico y conductual, así como las que no aseguren un trato adecuado a cada animal.
Esta nueva ley mantiene una serie de obligaciones y prohibiciones generales para los poseedores y subsidiariamente para el titular de los animales.
Destacando entre las prohibiciones generales, el maltrato, la práctica de mutilaciones con fines exclusivamente estéticos, el sacrificio o matanza de los animales sin reunir las garantías previstas en esta ley, el mantenimiento permanentemente atados o encadenados a los animales, la donación de los animales con fines publicitarios o como premio, recompensa o regalo por otras adquisiciones de naturaleza distinta a la propia adquisición onerosa de animales, el empleo de animales en circos, publicidad, fiestas populares y otras actividades, si ello supone para el animal sufrimiento, dolor u objeto de tratamientos antinaturales.
También, entre las novedades destacables es que se pretende lograr el sacrificio cero y el establecimiento de la figura de la eutanasia de animales que será siempre prescrita y realizada por un veterinario de manera rápida e indolora.
Por otra parte, el anteproyecto de ley contiene regulación sobre los núcleos zoológicos.
Otra de las novedades es la creación del Consejo Asesor de Bienestar y Protección de los Animales como órgano colegiado de participación, consulta, información y asesoramiento sobre aspectos de interés y relacionados con el bienestar y la protección e los animales.
Asimismo, se sigue manteniendo el papel protagonista que la Administración Local tiene en materia de recogida e identificación de animales, cuya base competencial viene otorgada por la Ley de bases de régimen local que habilita a municipios y provincias a intervenir en este ámbito, razón por la cual tienen atribuidas funciones de inspección y vigilancia.
Enlaces relacionados:
Ley 7/2020, de 31 de agosto, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha.
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA, PARA COFINANCIAR LAS ACTUACIONES EN INFRAESTRUCTURAS POR LOS DAÑOS PROVOCADOS POR LAS TORMENTAS DEL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2018.
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Durante el 17 de septiembre de 2018 se produjeron tormentas en la provincia de Guadalajara, con elevadas precipitaciones en muy breve lapso de tiempo en varios municipios, produciendo por ello riadas extraordinarias, que afectaron tano a cascos urbanos como al medio natural, con cortes en caminos rurales.
Ante la situación de emergencia y el grave peligro que provoca la destrucción e inhabilitación de gran número de infraestructuras viarias de acceso a explotaciones agrarias con la consiguiente situación de peligrosidad para las personas que tienen la necesidad de utilizar las vías, debido a su estado, la entonces Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural mediante Resolución de fecha 15 de octubre declaro la emergencia y ordeno las actuaciones a llevar a cabo a la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A. (TRAGSA). Dicha declaración de emergencia fue puesta en conocimiento del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha en sesión del 16 de octubre.
El artículo 9 de la Ley 2/1991, de 14 de marzo, de Coordinación de diputaciones, establece que la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha y las Diputaciones Provinciales, podrán suscribir convenios de cooperación para mejorar la prestación de los servicios públicos y potencia la cooperación técnica y económica.
La Diputación Provincial de Guadalajara y la Consejería han decidido firmar un Convenio de colaboración para la cooperación económica de los trabajos de emergencia en infraestructuras por los daños provocados por las tormentas producidas el 17 de septiembre de 2018, en los términos municipales de la provincia de Guadalajara indicados, debido al grave peligro real y potencial de las infraestructuras de las zonas afectadas y el riesgo para personas.
El presupuesto total del convenio asciende a la cantidad de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUARENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (228.049,72€) que serán aportados al 50% por cada Administración.
AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DERIVADOS DE LA ORDEN DE ENCARGO DEL SERVICIO TÉCNICO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES DE LOS ANIMALES EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA DURANTE 2020.
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El Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales, establece las normas para la elaboración, planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales que serán de obligado cumplimiento en todo el territorio del Estado.
El artículo 3 apartado 5 b) del Real Decreto citado establece que los órganos competentes de las comunidades autónomas serán los responsables de la ejecución y desarrollo de dichos programas en el ámbito de sus respectivos territorios.
La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural considera una prioridad la mejora de la sanidad en la cabaña ganadera y dentro de esta, la erradicación de la tuberculosis y la brucelosis en nuestra Comunidad.
Para la consecución de este objetivo es fundamental la aplicación de los Programas Nacionales de Vigilancia y Erradicación de enfermedades animales y fruto de los mismos se está consiguiendo una evolución favorable en la disminución de los niveles de prevalencia de determinadas enfermedades como la brucelosis, tanto bovina, que podemos considerar erradicada en Castilla La Mancha, como ovina y caprina que puede considerarse erradicada en las provincias de Albacete, Cuenca y Guadalajara y con muy baja prevalencia en Ciudad Real y Toledo.
La autorización de un gasto por importe de 4.792.140,68 € y de la superación de porcentajes derivados de la orden de encargo a la Empresa Pública Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A (Tragsatec) del servicio técnico para la ejecución de los programas de vigilancia, prevención, control y erradicación de los animales en el territorio de la Comunidad de Castilla-La Mancha durante 2020 y 2021 permitirá continuar prestando el servicio referido con la finalidad de continuar trabajando en la mejora de la sanidad de nuestra cabaña ganadera.
El gasto se imputará a las partidas presupuestarias 21040000 G/713B/22706 Y 21040000 G/713B/22706 fondo 370, con la siguiente distribución por anualidades:
Anualidad 2019: 0,00€
Anualidad 2020: 2.196.397,81€
Anualidad 2021: 2.396.070,34€
Anualidad 2022: 199.672,53€
AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN INGENIERÍA DE MINAS, POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.
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Acuerdos del Consejo de Gobierno -
Una vez tramitado el procedimiento previsto en el Decreto 13/2009, de 17 de febrero, por el que se determina el procedimiento para la autorización de la implantación y puesta en funcionamiento de las enseñanzas universitarias oficiales en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, recabados los informes preceptivos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades la autorización, mediante acuerdo, de la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios conducente a la obtención del título de máster universitario en ingeniería de minas, por la Universidad de Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 17/12/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios conducente a la obtención del título de Máster en Ingeniería de Minas por la Universidad de Castilla-La Mancha.
AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA, POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.
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Acuerdos del Consejo de Gobierno -
Una vez tramitado el procedimiento previsto en el Decreto 13/2009, de 17 de febrero, por el que se determina el procedimiento para la autorización de la implantación y puesta en funcionamiento de las enseñanzas universitarias oficiales en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, recabados los informes preceptivos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades la autorización, mediante acuerdo, de la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios conducente a la obtención del título de máster universitario en psicología general sanitaria, por la Universidad de Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 17/12/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios conducente a la obtención del título de Máster en Psicología General Sanitaria, por la Universidad de Castilla-La Mancha.