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RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES RELATIVAS AL SERVICIO POSTAL DE CORREOS PARA LA TRAMITACIÓN DEL BONO SOCIAL TÉRMICO EN EL EJERCICIO 2020.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar el reconocimiento de obligaciones por importe de doscientos quince mil seiscientos ochenta y seis euros con nueve céntimos, 215.686,09€, IVA incluido, imputables en la partida presupuestaria 23020000G/442A/22201, en relación con el servicio postal de correos para la tramitación del “Bono Social Térmico 2020”, ejecutado por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. en el periodo 1 de noviembre al 30 de noviembre de 2020, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. 

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN PÚBLICA IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, EN LOS EJERCICIOS PRESUPUESTARIOS DE 2021 Y 2022.

El expediente, para la producción de un espectáculo escape room "EL TESORO DE DON QUIJOTE”, se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre. 

AUTORIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL DE ENFERMERIA EN LAS UNIDADES BÁSICAS DE SALUD DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, EN LAS PROVINCIAS DE CIUDAD REAL, CUENCA Y GUADALAJARA.

De conformidad con el artículo 52 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales cuando dichos programas sean financiados con fondos finalistas, cuando se trate de planes de empleo aprobados por la Administración Regional y cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. 

AUTORIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL REFUERZO DE PERSONAL EN LAS SECCIONES DE EPIDEMIOLOGÍA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y EN EL INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA SALUD PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DERIVADAS DE LA PANDEMIA COVID-19.

Se propone el Consejo de Gobierno la autorización de la segunda prórroga del programa temporal para dar continuidad al nombramiento de 50 personas funcionarias interinas durante un periodo de ocho meses para la realización de actividades derivadas de la pandemia COVID-19 en las Secciones de Epidemiología de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Sanidad y en el Instituto de Ciencias de la Salud al objeto de dar respuesta a las necesidades de detección de casos, establecimiento de medidas necesarias para evitar nuevas infecciones  y la disponibilidad de la información necesaria para la vigilancia epidemiológica.    El coste total del programa temporal asciende a 1.291.213,32 €. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES REALIZADAS POR LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SESCAM CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 ENTRE EL 29 DE ABRIL Y EL 31 DE AGOSTO DE 2021.

Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En este contexto, el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a dicha crisis, estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su Sector Público para hacer frente al COVID-19.   La aplicación de dicho régimen excepcional habilita a los órganos de contratación a contratar todo lo necesario para hacer frente al COVID-19 sin obligación de tramitar expediente de contratación ni sujetarse a los requisitos formales establecidos en la LCSP.    Al amparo de ello, desde el 29 de abril de 2021 hasta el 31 de agosto de 2021 las declaraciones de emergencia en contrataciones realizadas por el SESCAM para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, al COVID-19, son las que se relacionan en el anexo de este acuerdo. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 20/2018, DE 10 DE ABRIL, QUE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS CONSISTENTES EN EL USO DE LIBROS DE TEXTO Y DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL ALUMNADO DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba el Decreto por el que se modifica el Decreto 20/2018, de 10 de abril, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 113/2021, de 9 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 20/2018, de 10 de abril, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.

 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE AL EXPEDIENTE DE LA QUINTA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN POR LA MODALIDAD DE CONCIERTO DE 25 PLAZAS RESIDENCIALES EN UN CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL GRAVEMENTE AFECTADAS EN ALBACETE.

La prórroga de este contrato se realiza por dos años y abarca el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2021 y el 30 de noviembre de 2023, ambos días incluidos. Se justifica la necesidad de la tramitación de la citada prórroga en que actualmente subsisten las necesidades que dieron lugar al contrato inicial. 

CESIÓN GRATUITA AL AYUNTAMIENTO DE CAMARENA (TOLEDO) DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE DONDE SE UBICA EL SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES, PARA SU UTILIZACIÓN POR ASOCIACIONES VECINALES, PARA ACTIVIDADES LÚDICO-CULTURALES Y PARA VIAL PÚBLICO.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva el acuerdo de cesión gratuita al Ayuntamiento de Camarena (Toledo) para su deliberación por el Consejo de Gobierno. 

INFORME SOBRE LOS CONVENIOS CONCERTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA E INSCRITOS EN EL REGISTRO GENERAL DE CONVENIOS ENTRE EL 1 DE JULO DE 2021 Y EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

La acción administrativa se despliega muchas veces en forma de concertación de convenios interadministrativos de colaboración, que al mismo tiempo suponen compromisos de gasto para la Hacienda autonómica o ingresos procedentes de otras Administraciones, particularmente de la Administración General del Estado. Por ello, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de Convenios en el tercer trimestre del año 2021. 

AUTORIZACIÓN CON CARÁCTER GENÉRICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES JUDICIALES, POR PARTE DEL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES, EN RELACIÓN CON LAS RESOLUCIONES DEL INSS.

Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico. 

AUTORIZACIÓN AL REPRESENTANTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES PARA VOTAR A FAVOR UN ACUERDO DEL CONSEJO DE POLÍTICA CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE INNOVACIÓN.

El Consejo de Gobierno autoriza al representante de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para votar a favor el acuerdo del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación por el que se establece el marco para la implementación de los planes complementarios que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado “reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación”, en el que se prevé una aportación económica de la de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el desarrollo de los proyectos” Biotecnología aplicada a la Salud” y “Energía e Hidrógeno Verde “, de 5.080.000 euros distribuidos en tres años. 

RATIFICACIÓN DE CESIÓN GRATUITA Y APROBACIÓN DE LA ADENDA AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y LA EMPRESA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA QUE ÉSTA ENAJENE LA PARCELA R-8 DE LA V FASE DEL POLÍGONO EN TOLEDO.

El Consejo de Gobierno acuerda:    I.- Ratificar la cesión gratuita autorizada por el Consejo de Gobierno mediante acuerdos de 11 de mayo de 2010 y de 17 de octubre de 2017, de la parcela R-8 de la V Fase del Polígono Residencial de Santa María de Benquerencia en Toledo, a la empresa GICAMAN S.A., para que ésta promueva un procedimiento público para su enajenación destinándose a la promoción y construcción de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública.    II.- Si la parcela no fuera destinada al fin previsto en el plazo de cuatro años o dejase de serlo con posterioridad, la misma revertirá a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la cual tendrá derecho además a percibir, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros experimentados en la misma, de conformidad con la legislación de patrimonio.    III.- Autorizar la suscripción de una adenda al Convenio suscrito entre la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda (actual Consejería de Fomento) y la Empresa Regional de Suelo y Vivienda de Castilla-La Mancha, S.A. (actual Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A.), en fecha 3 de agosto de 2009.