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DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS ADICIONALES A LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS AGRARIOS EN CASTILLA-LA MANCHA, Y SE REALIZA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL 43 PLAN DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS (PLAN 2022).

Por la gran importancia económica y social de la actividad agraria en Castilla-La Mancha, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural desea seguir contribuyendo al apoyo de las rentas de las explotaciones agrarias radicadas en su territorio, mediante una aportación adicional a la estatal en el pago de las primas por la contratación de pólizas de seguros agrarios, para asegurar las producciones agrícolas y ganaderas que se determinen en cada resolución anual de convocatoria, incluidas dentro de las que se subvencione, para cada Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, por la Administración General del Estado.    Con fecha 22 de diciembre de 2016, se publicó la Orden de 14/12/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la contratación colectiva de seguros agrarios. Mediante esta orden, se retoma la colaboración con Agroseguro, interrumpida durante los años 2014, 2015 y 2016, para la articulación de las subvenciones al seguro agrario. La citada colaboración tiene como principal objeto la aportación de la subvención autonómica con un procedimiento similar a la subvención estatal; es decir, en el momento del pago de la prima de la póliza por parte del asegurado a través de un descuento en la misma.    La citada orden establece en su artículo 3 que el procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará bajo el régimen de concurrencia simplificada, que en ningún caso la aportación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha será inferior a 60 € por póliza de seguros de producciones agrícolas, forestales y seguros de explotación de producciones ganaderas ni superior a 18.000 euros en cualquier tipo de póliza.    Tras la experiencia acumulada en los últimos años, resulta necesario avanzar en el procedimiento de concesión de las ayudas hacia la concesión directa de manera equivalente al procedimiento seguido por la Administración General del Estado. Así mismo, se pretende eliminar el mínimo de 60 € y reducir el límite máximo de 18.000 € a 5.000 €.    Se mantiene en estas nuevas bases la excepción del cumplimiento del requisito de que las personas beneficiarias tengan su domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha, acogiéndose así a la posibilidad introducida en el apartado b del punto 3 del artículo 73 del Decreto 1/2002, de 19/11/2002, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha., toda vez que lo que importa es que las explotaciones agrarias han de estar radicadas en Castilla-La Mancha.    De acuerdo con el apartado b del artículo 75.2. del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía resulten impuestos a la Administración por norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.    A tal efecto, el artículo 7 de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha establece que a partir del cuadragésimo tercero Plan de Seguros Agrarios, la comunidad autónoma contribuirá al sistema estatal de seguros agrarios combinados a través de la concesión directa de subvenciones complementarias de las estatales, por la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados que tengan por objeto explotaciones agrarias de Castilla-La Mancha, pudiéndose incrementar el crédito de las convocatorias con el único límite de los créditos establecidos en la correspondiente Ley de Presupuestos para tal fin, tramitándose si fuese preciso la oportuna modificación presupuestaria.    Enlaces relacionados:   Decreto 47/2022, de 7 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas adicionales a la contratación de seguros agrarios en Castilla-La Mancha, y se realiza la convocatoria de las ayudas del cuadragésimo tercero Plan de Seguros Agrarios Combinados (Plan 2022).

CREACIÓN DE DOS CENTROS INTEGRADOS PÚBLICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, EN LAS LOCALIDADES DE GUADALAJARA Y DE TOLEDO.

El Consejo de Gobierno aprueba la creación de dos Centros Integrados de Formación Profesional en las localidades de Toledo y Guadalajara.    Los centros integrados de Formación Profesional son los siguientes:    1. El Centro Integrado de Formación Profesional número 1 de Guadalajara, por desglose del Instituto de Educación Secundaria “Antonio Buero Vallejo” con código de centro 19002597, situado en la misma localidad. El nuevo centro integrado se adscribe a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y queda inscrito en el Registro General de Centros con el código 19009831.   2. El Centro Integrado de Formación Profesional número 1 de Toledo, por desglose del Instituto de Educación Secundaria” Juanelo Turriano” con código de centro 45004909, situado en la misma localidad. El nuevo centro integrado se adscribe a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y queda inscrito en el Registro General de Centros con el código 45014459.   La oferta formativa de los centros es la siguiente:   Enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo.   a) CIFP num.1 de Guadalajara: familias profesionales de Hostelería y Turismo, e Industrias Alimentarias.   b) CIFP num. 1 de Toledo: familias profesionales de Imagen Personal, Sanidad, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos.   Formación Profesional para el empleo.   En ambos centros integrados se impartirán acciones formativas de inserción, reinserción laboral y formación permanente en el ámbito de las mencionadas familias profesionales.   Enlaces relacionados:   Acuerdo de 07/06/2022, del Consejo de Gobierno, por el que se crean dos centros integrados públicos de Formación Profesional, en las localidades de Guadalajara y de Toledo.

 

APROBACIÓN DEL GASTO PARA EL ARRENDAMIENTO SIN OPCIÓN DE COMPRA DE 68 MÓDULOS PREFABRICADOS DESMONTABLES Y 10 DESMONTAJES, TRASLADO, MONTAJE E INSTALACIÓN PARA DOTAR PROVISIONALMENTE AL CENTRO DOCENTE DONDE SE UBIQUE DE DEPENDENCIAS ANEXAS.

El Consejo de Gobierno aprueba un gasto por importe máximo de 1.801.060,80 euros, para el arrendamiento sin opción de compra de 68 módulos prefabricados desmontables de arrendamiento y 10 desmontajes, traslado, montaje e instalación para dotar provisionalmente al centro docente donde se ubique de dependencias anexas a los edificios del mismo. 

APROBACIÓN DE UN GASTO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN Y ADAPTACIÓN DEL EDIFICIO “LA FERROVIARIA” PARA CENTRO DE FOLCLORE REGIONAL EN CIUDAD REAL.

El Consejo de Gobierno aprueba un gasto por importe máximo de 2.398.626,18 euros, para la ejecución de las obras de rehabilitación y adaptación del edificio “La Ferroviaria” situado en Ciudad Real, para ser destinado a ser el Centro de Folclore Regional. 

AUTORIZACIÓN DE GASTO CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PRESTACIÓN DE MEDIOS DE APOYO A LAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN DE CARRETERAS CON MEDIOS PROPIOS EN LA RED DE CARRETERAS AUTONÓMICA DE LA JCCM.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza un gasto a la Consejería de Fomento, 35.400.000,13 € (IVA incluido), imputable a la partida presupuestaria 17.03.513B.61010 FPA 0090004, correspondiente al expediente de contratación 2022/001646 (CR-SP-22-039) “Contrato de Servicios para la prestación de medios de apoyo a las operaciones de conservación de carreteras con medios propios en la Red de Carreteras autonómica de la JCCM”.

DECLARACIÓN DE INTERÉS REGIONAL DEL PROYECTO “META DATA CENTER CAMPUS” EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TALAVERA DE LA REINA (TOLEDO) PARA SU TRAMITACIÓN COMO PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS.

El Gobierno regional declara de Interés Regional el proyecto ‘Meta Data Center Campus’ en el término municipal de Talavera de la Reina (Toledo), promovido por la sociedad Zarza Networks, S.L. para su tramitación como Proyecto de Singular Interés.

 

Enlaces relacionados:

 

Resolución de 15/06/2022, de la Secretaría General, por la que se publica el Acuerdo de 07/06/2022, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de interés regional el proyecto Meta Data Center Campus en el término municipal de Talavera de la Reina.

AUTORIZAR EL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL NOMBRAMIENTO 12 FUNCIONARIOS INTERINOS PARA LA GESTIÓN DE ACTUACIONES FINANCIADAS CON CARGO A LOS FONDOS EUROPEOS PROCEDENTES DEL MECANISMO PARA LA RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA (MRR).

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización del Programa Temporal de 12 funcionarios interinos para el refuerzo de personal en los Servicios Centrales y en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social, con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR).   Para ello es necesaria la incorporación de los siguientes profesionales:     Adscritos a los Servicios Centrales: (3 puestos)   3 Técnico/a Superior (Ldo. Derecho).   Adscritos a la Delegación Provincial de Ciudad Real: (2 puestos)  1 Técnico/a (Ing. Técnico/a Industrial),    1 Técnico/a (Arquitecto Técnico).    Adscritos a la Delegación Provincial de Cuenca: (2 puestos)   1 Técnico/a Superior (Ldo. Derecho),    1 Técnico/a (Ing. Técnico/a Industrial).   Adscritos a la Delegación Provincial de Guadalajara: (1 puestos)  1 Técnico/a (Arquitecto Técnico).   Adscritos a la Delegación Provincial de Toledo: (4 puestos)  1 Técnico/a Superior (Ldo. Derecho),    1 Técnico/a Superior (Ldo. Arquitectura),   1 Técnico/a (Ing. Técnico/a Industrial),    1 Técnico/a (Arquitecto Técnico).   El programa temporal tendrá una duración inicial desde el 20 de junio de 2022 hasta el 19 de junio de 2023.    El coste del programa temporal asciende a 490.828,32 €, que se consignará en las partidas presupuestarias del ejercicio 2022 y 2023 de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha. 

DECRETO POR EL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE ESTADÍSTICA DE CASTILLA-LA MANCHA 2022-2025.

El artículo 39 de la Ley 10/2002, de 21 de junio de Estadística de Castilla-La Mancha establece que el Plan Regional de Estadística es el instrumento de promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística pública de interés para la Comunidad.    El citado texto legal prevé que el Plan Regional de Estadística se deberá aprobar mediante Decreto del Consejo de Gobierno y tendrá una vigencia de cuatro años, u otra distinta si así lo especifica el Decreto, quedando prorrogado cada Plan hasta la entrada en vigor del siguiente.    Dicho Plan contendrá como mínimo:    a) El análisis de la información estadística y de los objetivos a alcanzar.   b) Las operaciones estadísticas que se llevarán a cabo en el período de vigencia del Plan, su contenido, características técnicas, periodicidad, unidad o servicio que las realizará, las personas afectadas, el ámbito territorial, la finalidad principal a la que se destinan los datos, la obligatoriedad, en su caso, de colaborar y la protección que les dispensa el secreto estadístico. Se harán constar aquellas operaciones derivadas de convenios entre la Comunidad y otras administraciones u organismos.   El Consejo de Gobierno aprueba, mediante el presente proyecto de Decreto, el Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha 2022-2025, que comprende el conjunto de operaciones estadísticas que se han de realizar en este cuatrienio por los servicios estadísticos de la Administración Regional de Castilla-La Mancha o cualesquiera otras entidades dependientes de la misma.    El Plan ha sido elaborado en el seno de la Comisión de Coordinación Estadística de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1.b) de la Ley 10/2002, de 21 de junio, y ha sido informado favorablemente por el Consejo Regional de Estadística, en su reunión de 23 de marzo de 2022, conforme prevé el artículo 36.2 de la citada Ley, así como el artículo 3. a) del Decreto 9/2013, de 7 de marzo, que regula su organización y funcionamiento.    Enlaces relacionados:   Decreto 43/2022, de 1 de junio, por el que se aprueba el Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha 2022-2025.

 

PROGRAMA ANUAL DE ESTADÍSTICA DE CASTILLA-LA MANCHA 2022.

El artículo 39 de la Ley 10/2002, de 21 de junio de Estadística de Castilla-La Mancha establece que el Plan Regional de Estadística es el instrumento de promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística pública de interés para la Comunidad.    El citado texto legal prevé que el Plan Regional de Estadística se deberá aprobar mediante Decreto del Consejo de Gobierno y tendrá una vigencia de cuatro años, u otra distinta si así lo especifica el Decreto, quedando prorrogado cada Plan hasta la entrada en vigor del siguiente.    Dicho Plan contendrá como mínimo:    a) El análisis de la información estadística y de los objetivos a alcanzar.   b) Las operaciones estadísticas que se llevarán a cabo en el período de vigencia del Plan, su contenido, características técnicas, periodicidad, unidad o servicio que las realizará, las personas afectadas, el ámbito territorial, la finalidad principal a la que se destinan los datos, la obligatoriedad, en su caso, de colaborar y la protección que les dispensa el secreto estadístico. Se harán constar aquellas operaciones derivadas de convenios entre la Comunidad y otras administraciones u organismos.   El artículo 40.1 de la Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha establece que  el  Consejo  de  Gobierno  aprobará  el  Programa  Anual  de  Estadística, que concretará las operaciones estadísticas a realizar en cada uno de los años de vigencia del Plan Regional de Estadística vigente, concretando su coste estimado.    El presente acuerdo define la actividad estadística a desarrollar en el año 2022 y ha sido informado por el Consejo Regional de Estadística según establece en el artículo 3.a) del Decreto 9/2013, de 7 de marzo, que regula sus competencias.   Enlaces relacionados:   Resolución de 13/06/2022, de la Secretaría General de la Presidencia, por la que dispone la publicación del Programa Anual de Estadística 2022 derivado del Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha 2022-2025.

 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE A LA SEGUNDA PRÓRROGA DEL LOTE 3 DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTIÓN DE COMPRA DE ESPACIOS PUBLICITARIOS PARA LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

En razón del importe de esta segunda prórroga, que supera los umbrales de gasto previstos para la competencia de los Consejeros, procede solicitar del Consejo de Gobierno la autorización de dicho gasto según lo dispuesto por el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021. 

CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO, PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN LAS FERIAS DE TURISMO DURANTE LOS AÑOS 2022 Y 2023.

El objeto del convenio es establecer las condiciones de colaboración y cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Diputación Provincial de Toledo, para sufragar los gastos correspondientes a la presencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en diversas ferias del sector turístico durante los ejercicios 2022 y 2023.    Las actuaciones comprendidas dentro del ámbito del convenio son aquellas realizadas durante los años 2022 y 2023.    La Diputación Provincial de Toledo, aportará un total de 100.000 euros por las dos anualidades, de los que 50.000 euros corresponderán al ejercicio de 2022 y 50.000 euros al ejercicio de 2023.    La vigencia del convenio comienza el día de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2023. No obstante, amparará las actuaciones desarrolladas en cumplimiento de su objeto a partir del día 1 de enero de 2022. 

AUTORIZACIÓN DE GASTO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN “ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE LOS DERECHOS DE USO Y EL SOPORTE Y MANTENIMIENTO ASOCIADO DE LAS LICENCIAS CORPORATIVAS DE SOFTWARE DE VIRTUALIZACIÓN, PARA EL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.256.947,68 € de acuerdo con el artículo 21.f) de Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, referido al expediente siguiente:  “Adquisición y Renovación de los derechos de uso y el soporte y mantenimiento asociado de las Licencias Corporativas de Software de Virtualización, para el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha”. Expediente  @2022/001305. Es un Contrato Basado en el Acuerdo Marco 13/2018 Lote 3 Software de Infraestructura, del Ministerio de Hacienda (Sistema de contratación centralizada estatal).    El importe previsto de gasto asciende a 1.256.947,68 € (IVA incluido), con una duración de 48 meses.