Mostrando 6688 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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INFORMAR AL CONSEJO DE GOBIERNO SOBRE EL ESTADO DE TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE LOS YÉBENES (TOLEDO) GESTIONADOS POR IACLM, EXPTE. ACLM/00/OB/008/23.

Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM), en el marco de las competencias de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, tiene atribuido el ejercicio de diversas y concretas funciones, recogidas todas ellas en la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, entre las que se encuentra las de “ejecutar, contratar y gestionar obras y servicios”.    IACLM considera justificada, en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la necesidad e idoneidad de contratación de OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE LOS YÉBENES (TOLEDO) GESTIONADOS POR IACLM, EXPTE. ACLM/00/OB/008/23, cuyo objeto consiste, principalmente, en ejecutar las obras del proyecto de construcción de la Estación Depuradora de Aguas Residuales en dicho municipio, tramitar aquellos permisos que sean necesarios, la puesta en marcha de dicha Estación Depuradora, así como la explotación y mantenimiento de la Estación Depuradora durante un periodo de 12 meses.    Dicho contrato tiene un presupuesto base de licitación de 5.813.146,06 €, con valor estimado de 4.834.059,51 € y 979.086,55 € de IVA (10 y 21%), pudiendo tramitarse mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, siendo el órgano de contratación la Presidencia de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM). 

INSTAR AL MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO LA MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 773/2014, DE 12 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN DIVERSAS NORMAS REGULADORAS DEL TRASVASE POR EL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA.

La disposición adicional segunda del Real Decreto 35/2023, de 24 enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, establece el plazo de doce meses desde su entrada en vigor para que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico someta al Consejo Nacional del Agua una actualización del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, con la finalidad de ajustarlo a las previsiones de los planes hidrológicos aprobados.    La urgencia de esta actualización del Real Decreto 773/2014 está justificada en que, el conjunto de normas que regulaban el funcionamiento del Trasvase hasta la entrada en vigor del nuevo Plan de Cuenca, puede presentar discordancias con el nuevo escenario hidrológico establecido, una vez se ha hecho efectiva la aplicación de los nuevos caudales mínimos. Dicho de otro modo, es más que probable que el mantenimiento durante todo un año de las actuales normas del Trasvase sea incompatible con el aumento de desembalses que exige el nuevo régimen de caudales ecológicos.    Por otra parte, es necesario encontrar una solución definitiva para aquellos escenarios en que los embalses de Entrepeñas y Buendía se encuentran en condiciones hidrológicas excepcionales o “Nivel 3”. En este nivel, la aprobación del volumen de agua con destino al Trasvase, que puede ir desde 0 hm3 hasta 20 hm3 mensuales es, como se sabe, discrecional y motivada, siendo el Ministerio competente en materia de aguas el encargado de su aprobación a propuesta de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura.    Por todo lo anterior, , es preciso no agotar el periodo máximo de un año para revisar y actualizar el Real Decreto 773/2014, sino que debe actualizarse en el menor plazo posible. 

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACION Y PRORROGA DE LA ORDEN DE ENCARGO A LA EMPRESA PÚBLICA TRAGSATEC PARA EL SERVICIO TECNICO DE APOYO ANALITICO DEL LABORATORIO REGIONAL AGROALIMENTARIO Y AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

Mediante Decreto 72/2014, de 24/07/2014, se creó el Laboratorio Regional Agroalimentario y Ambiental de Castilla-La Mancha (LARAGA). En dicho Decreto, se establecen sus competencias, dependencia orgánica, estructura y prestación de servicios, así como su organización, principios básicos de funcionamiento y financiación. El LARAGA es el centro de referencia y laboratorio oficial en Castilla-La Mancha, en materia de análisis laboratoriales dentro de los ámbitos competenciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.    La presente modificación y prórroga de la orden de encargo a la Empresa Pública Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A (Tragsatec) tiene por objeto EL SERVICIO TECNICO DE APOYO ANALITICO DEL LABORATORIO REGIONAL AGROALIMENTARIO Y AMBIENTAL DE CASTILLA LA MANCHA 2023,2024 y 2025. El gasto que supone es de un total de UN MILLON CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS SEIS EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (1.114.506,10 euros ) Al ser un gasto por importe superior a 750.000 euros procede la autorización del gasto al Consejo de Gobierno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21, de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023.   El plazo de ejecución de la prórroga, será desde el 1 de abril de 2023 hasta al 31 de marzo de 2025. de UN MILLON CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS SEIS EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (1.114.506,10 euros). 

AUTORIZACIÓN DE GASTO PARA EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE OBRAS DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE VILLANUEVA DE LA TORRE (GUADALAJARA) GESTIONADOS POR IACLM, EXPTE. ACLM/00/OB/004/23.

Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM), en el marco de las competencias de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, tiene atribuido el ejercicio de diversas y concretas funciones, recogidas todas ellas en la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, entre las que se encuentra las de “ejecutar, contratar y gestionar obras y servicios”.    IACLM considera justificada, en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la necesidad e idoneidad de contratación de SERVICIOS DE DIRECCIÓN Y CONTROL DE EXPLOTACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO GESTIONADOS POR IACLM, EXPTE ACLM/00/SE/001/23, cuyo objeto consiste, principalmente, en ejecutar las obras del proyecto de construcción de la Estación Depuradora de Aguas Residuales en dicho municipio, tramitar aquellos permisos que sean necesarios, la puesta en marcha de dicha Estación Depuradora, así como la explotación y mantenimiento de la misma durante un periodo de 12 meses.    Dicho contrato tiene un presupuesto base de licitación de 5.458.249,21 €, con valor estimado de 4.540.578,95 € y 917.670,26 € de IVA (10 y 21%). A su vez, de la propia naturaleza de las prestaciones que constituyen el objeto del mismo, se desprende que será un contrato de obra y servicios, pudiendo tramitarse mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, siendo el órgano de contratación la Presidencia de IACLM y debiendo recabarse, previamente, en cumplimiento de las previsiones del artículo 21 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023, autorización de gasto del Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. 

AUTORIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN DE 8 DE ABRIL DE 2010, SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA PARA COLABORAR EN ACTUACIONES DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN.

El Consejo de Gobierno adopta los siguientes acuerdos:    Primero: Autorizar la liquidación del Convenio de colaboración de 8 de abril de 2010, suscrito entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Consejería de Educación y Ciencia para colaborar en actuaciones de fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma.    Segundo: Autorizar la devolución anticipada del importe no ejecutado del préstamo derivado del convenio de colaboración de 8 de abril de 2010, por importe 6.212.567,66 euros, con cargo a la anualidad del 2023 y aplicación presupuestaria 1803/541B/91101.    Tercero: Autorizar a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a la aprobación del expediente para el abono de los intereses de demora que resulten del importe del préstamo no aplicado al objeto del convenio, por la cuantía que se calcule hasta la fecha en que se haya producido el pago 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM S.A. DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS FORESTALES Y SU DIVERSIDAD EN LA RED NATURA 2000 DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Autorizar a la empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, GEACAM, S.A., el expediente de contratación “Realización de trabajos de conservación y restauración de ecosistemas forestales y su diversidad en la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha, como proyectos vinculados al Plan de Recuperación y Resiliencia Componente 4-lnversión C4.I3, durante las anualidades 2023-2026.

AUTORIZACIÓN DEL CONTRATO BASADO EN EL ACUERDO MARCO DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS, DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTIPLES DE CIUDAD REAL.

El Consejo de Gobierno acuerda:    “Autorizar el contrato basado en el Acuerdo Marco de Limpieza Ecológica y Retirada Selectiva de Residuos, del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples de Ciudad Real, de la Consejería de Desarrollo Sostenible por importe máximo de un millón setecientos ochenta y tres mil ciento noventa y tres euros con treinta y seis céntimos, 1.783.193,36 €, IVA incluido, correspondiente al expediente de contratación: “Contratación del servicio de limpieza ecológica y retirada selectiva de residuos del Edificio de Servicios Múltiples de Ciudad Real, sito en la calle Alarcos, 21”. 

TERCERA PRÓRROGA DE PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA RENOVACIÓN DE 21 PUESTOS “TÉCNICO SUPERIORES”, 24 PUESTOS “TÉCNICOS” Y 26 PUESTOS “AUXILIAR ADMINISTRATIVO”, PARA LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELACIONADOS CON LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA.

El Consejo de Gobierno acuerda:    “Autorizar la tercera prórroga, por un periodo de un año, del “Programa temporal para la incorporación de personal técnico/a y auxiliar administrativo destinado al refuerzo de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de la Dirección General de Transición Energética y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible, para la tramitación de expedientes relacionados con la transición energética y otras tramitaciones medioambientales”.    La prórroga del programa temporal de empleo renovará a un total de 21 técnicos/as superiores, 24 técnicos/as y 26 auxiliares administrativos. El coste máximo asciende a un importe global de 2.739.173,04 €”. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA INICIAR LAS ACTUACIONES NECESARIAS TENDENTES A PERSONARSE EN EL FUTURO PROCEDIMIENTO JUDICIAL QUE PUDIERE INCOARSE CONTRA EL REAL DECRETO 35/2023, DE 24 ENERO.

El Consejo de Gobierno ha autorizado al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para iniciar las actuaciones necesarias tendentes a personarse en el futuro procedimiento judicial que pudiere incoarse contra el Real Decreto 35/2023, de 24 enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico, Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

DECLARAR COMO ACTUACIÓN DE EMERGENCIA CIUDADANA LA RELATIVA AL PROGRAMA TEMPORAL DE REFUERZO DE EQUIPOS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SERVICIOS SOCIALES QUE AFECTA A 48 FUNCIONARIOS INTERINOS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL.

La Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023, autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que pueda declarar, por razones de interés público, otras actuaciones de emergencia ciudadana distintas de las previstas en el anexo V.    El Acuerdo tiene por objeto declarar como nueva actuación de emergencia ciudadana los créditos destinados a la financiación de un programa temporal de refuerzo de Equipos de Atención Primaria de Servicios Sociales dependientes de la Dirección General de Acción Social, dentro de la Consejería de Bienestar Social, en base a lo que se establece en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, que se financiará con cargo a las partidas presupuestarias 27050000 G/313A/12007, 27050000 G/313A/12007, 27050000 G/313A/12107 y 27050000 G/313A/16000.    Esta medida afectará en sentido positivo a los niños, niñas y adolescentes de nuestra Región. También resultarían beneficiados los profesionales necesarios para el cumplimiento de los objetivos señalados, 48 funcionarios interinos: 24 Psicólogos/as, 13 Trabajadores/as Sociales y 11 Educadores/as Sociales.   Enlaces relacionados:   Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023. 

CONVALIDACIÓN/SUBSANACIÓN DE LA OMISIÓN DEL TRÁMITE DE FISCALIZACIÓN PREVIA DE LA ADJUDICACIÓN EN LA FASE DE COMPROMISO DEL GASTO DEL CONTRATO RELATIVO AL SUMINISTRO DE UNA LAVADORA INDUSTRIAL PARA LA RESIDENCIA DE MAYORES DEL PASEO DE LA CUBA, ALBACETE.

La Delegada Provincial de la Consejería de Bienestar Social de Albacete precisa que se convalide/subsane la omisión del trámite de fiscalización previa de la adjudicación en la fase del compromiso del gasto del contrato relativo al suministro de una lavadora industrial para la Residencia de Mayores del Paseo de la Cuba, en Albacete, por importe de 35.768,81 euros; resolviendo a favor de la continuación del expediente en sus fases de reconocimiento de la obligación y tramitación del pago que procedan, y sin perjuicio de su correspondiente intervención.    Habiéndose omitido la fiscalización previa de la adjudicación en la fase del compromiso del gasto, deberá procederse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, a cuyo tenor, en los supuestos en los que la función interventora fuese preceptiva y se hubiese omitido, no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones, hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto, previo informe de la Intervención General. 

CONVENIO DE COLABORACIÓN A SUSCRIBIR ENTRE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y AYUDAS DE URGENCIA PARA PALIAR SITUACIONES DE NECESIDAD O VULNERABILIDAD INFANTIL.

La Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Toledo pretenden suscribir un Convenio de Colaboración cuyo objeto consiste en atender a las necesidades de familias con hijos menores a su cargo que se encuentren en situación de necesidad o vulnerabilidad infantil, en la provincia de Toledo.    El convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2023 y podrá prorrogarse por períodos anuales, hasta un máximo de 4 años, mediante adenda, si las dos partes firmantes así lo acordaran antes de su finalización.