Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.
A la vista del informe del Gabinete Jurídico de 30 de diciembre de 2024, se entiende justificada el ejercicio de acciones contra Dª Maria Lucena Castro por un presunto delito de falsedad documental en concurso con intrusismo profesional, así como contra aquellas otras personas que, como consecuencia de la instrucción de la causa pudieran ser responsables de los mismos delitos.