AUTORIZACION SUPERACIÓN ANUALIDADES, PORCENTAJES Y ADQUISICIÓN DE COMPROMISOS DE GASTO EN EJERCICIOS POSTERIORES DERIVADOS DE LA CONVOCATORIA EN 2019, DE LAS AYUDAS INCLUIDAS EN LA SUBMEDIDA 15.1 DE PAGO PARA LOS COMPROMISOS SILVOAMBIENTALES Y CLIMÁTICOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020.
El Consejo de Gobierno ha autorizado la superación de anualidades, de los porcentajes y adquisición de compromisos de gastos en ejercicios posteriores establecidas en el artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre derivados de la Resolución de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales por la que se convocan para 2019 las ayudas incluidas en la submedida 15.1 de pago para los compromisos silvoambientales y climáticos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
El artículo 34 del Reglamento (UE) 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, establece ayudas de la Unión Europea para este tipo de medidas con el objetivo de compensar las pérdidas de ingresos originados por la aplicación de las Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE.
El Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y ganadería y otros regímenes de ayuda así como la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural establece la solicitud única anual de ayudas como medio para que el beneficiario pueda presentar su solicitud para todos los regímenes de pagos directos que considere así como las ayudas al desarrollo rural financiadas con cargo al Feader.
Las ayudas de la presente Resolución se encuadran dentro de la submedida 15.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, estando cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en virtud del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en la siguiente proporción: la cofinanciación del FEADER será del 75% de la ayuda concedida, mientras que el 25 % restante será cofinanciado en un 7,5% por la Administración General del Estado y en un 17,5% por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Para la convocatoria correspondiente al año 2019 se prevé la existencia de un crédito de 1.132.137,5€ de euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente.
Las ayudas de la presente Resolución se encuadran dentro de la submedida 15.1 del Programa de
Al contabilizarse la retención de crédito de la convocatoria se ha tenido conocimiento de que la distribución del gasto supera las anualidades, los porcentajes y es necesaria la adquisición de compromisos de gastos en ejercicios posteriores, establecidas en el artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.