Acuerdos del Consejo de Gobierno 21 de mayo de 2019

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 21 de mayo de 2019

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS A MENORES DE EDAD EN SITUACIÓN DE ORFANDAD COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y A FAMILIARES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA DE LA MUJER

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS A MENORES DE EDAD EN SITUACIÓN DE ORFANDAD COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y A FAMILIARES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA DE LA MUJER VÍCTIMA MORTAL COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
 
Este Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a menores de edad en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género. La concesión de forma directa de esta subvención viene impuesta por la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una sociedad libre de violencia de género en Castilla-La Mancha.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 44/2019, de 21 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a menores de edad en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género

AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO A SODICAMAN, PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL DE LA MERCANTIL SKYDWELLER, S.L

La mercantil estadounidense SKYDWELLER AERO INC ha previsto la ejecución, a través de su filial en España, SKYDWELLER, S.L., de un proyecto de inversión para la adquisición del avión SOLAR IMPULSE, con la finalidad de llevar a cabo los desarrollos necesarios para la posterior fabricación de drones que serán utilizados tanto para su comercialización como para la prestación de servicios diversos. SKYDWELLER, S.L. fijará su domicilio social en el aeropuerto de Ciudad Real, lugar en que se ubicarán su almacén, hangar e instalaciones.
 
La inversión del proyecto se estima en 44 millones de euros para el período 2019 a 2023. Se estima un plazo de 18 meses para el comienzo de la fabricación del primer dron.
 
En consecuencia, atendiendo a las características del proyecto, cuyo impacto económico se valora muy positivamente dado el volumen de inversión, sus repercusiones, especialmente, en el ámbito tecnológico, así como el impacto esperado en la creación de empleo, se estima que el instrumento financiero más adecuado para la participación de la JCCM, es la participación en el capital social de SKYDWELLER, S.L por parte de la empresa pública regional SODICAMAN, por constituir una actuación típica dentro de su objeto social. La participación en el capital social será de 1.500.000 euros (4,40% del capital social de la empresa).
 
Por todo lo expuesto, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada Ley, entre los que se encuentra SODICAMAN, S.A, se ajustará al régimen previsto en el artículo 24 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos de Castilla- la Mancha, que establece que la autorización de los gastos en que incurran las entidades señaladas en el apartado 1 corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.
 
 

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN: INNOVA-ADELANTE EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL EJERCICIO 2019
 
El Consejo de Gobierno ha autorizado a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, en relación con el expediente de gasto relativo a la Resolución por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de apoyo a la innovación: Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciables en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2019, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.
 

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER LA CELEBRACIÓN DE FERIAS COMERCIALES EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL EJERCICIO 2019

El Consejo de Gobierno ha autorizado a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, en relación con el expediente de gasto relativo a la Resolución por la que se convocan las ayudas destinadas a promover la celebración de ferias comerciales en Castilla-La Mancha para el ejercicio 2019, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.
 

MODIFICACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE JUEGOS SUPRIMIENDO LAS AUTORIZACIONES DE INSTALACIÓN PARA LOCALES DE JUEGO PREVISTAS SACAR A CONCURSO PÚBLICO EN EL AÑO 2019.

Dado el actual contexto social, donde el incremento de locales de juego y de la actividad de juego y apuestas en general, ha generado una importante alarma social y el número de los que hasta la fecha se encuentra autorizados en nuestra comunidad, hace necesario modificar la actual medida planificadora, pero sólo en lo que respecta a la convocatoria de un nuevo concurso público para la adjudicación de 10 autorizaciones de instalación de establecimientos de juegos, tal y como prevé el vigente Acuerdo de Consejo de Gobierno para este año 2019, al amparo de lo establecido en el artículo 7 letra a) de la Ley 2/2013, de 25 de abril, del Juego y las Apuestas de Castilla-La Mancha, y del punto segundo del Anexo del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2017, de tal forma que permita a la Administración garantizar la protección de los colectivos sensibles y en definitiva del interés general, sin que por ello pierda su capacidad de control sobre esta actividad.
 
Resolución de 22/05/2019, de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se modifica la planificación de los establecimientos de juegos, suprimiendo las autorizaciones de instalación para locales de juego previstas sacar a concurso público en el año 2019

ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DEL VICEPRESIDENTE PRIMERO AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO EN MATERIA DE RECLAMACIÓN DE DEUDA POR DIFERENCIA DE CUOTAS

Se da cuenta al Consejo de Gobierno de la autorización de 9 de mayo de 2019, otorgada por el Vicepresidente Primero de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al Gabinete Jurídico, para la interposición del recurso contencioso-administrativo, contra la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Ciudad Real, de 28 de febrero de 2019, en materia de reclamación de deuda por diferencia de cuotas.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA VARIOS DECRETOS DEL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA

El Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para interponer recurso contencioso-administrativo contra los acuerdos adoptados por Decretos de la alcaldía del Ayuntamiento de Pastrana, sobre procedimiento de selección de plazas.

DECRETO POR EL QUE SE GARANTIZAN EL DERECHO A LA INFORMACIÓN, EL DERECHO AL ACOMPAÑAMIENTO Y LOS TIEMPOS MÁXIMOS DE ATENCIÓN EN LOS SERVICIOS DE URGENCIA HOSPITALARIA DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA

Este decreto tiene por objeto regular los tiempos máximos de atención en los servicios de urgencia hospitalaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), así como el derecho a estar acompañados y a la información de los pacientes y sus acompañantes.
 
Tiempos máximos:
-         Todas las personas que soliciten asistencia en urgencias hospitalarias tienen derecho a ser recepcionadas, acogidas y clasificadas (R.A.C.) por un profesional sanitario titulado en los primeros diez minutos de su permanencia en el área de urgencias después de haber sido filiada en el servicio de admisión, con el objetivo de evaluar la gravedad del proceso que padece y priorizar el orden de atención, el lugar y los medios que necesite, salvo en las emergencias que serán atendidas de manera inmediata.
 
-         Todas las personas atendidas en un servicio de urgencias que precisen ingreso hospitalario tienen derecho a ocupar una cama de hospitalización a la mayor brevedad posible y en todo caso en un tiempo máximo de doce horas siguientes a la solicitud administrativa de ingreso.
 
-         No podrán transcurrir más de doce horas sin que se haya facilitado al paciente o a sus acompañantes información completa sobre su proceso asistencial.
 
Asimismo, mediante el presente decreto, con el fin de preservar la seguridad de las personas especialmente de los residentes en las zonas rurales, se garantiza que no se podrán suprimir los Puntos de Atención Continuada ya existentes en atención exclusivamente a argumentos basados en criterios de carácter económico.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 45/2019, de 21 de mayo, por el que se garantizan el derecho a la información, el derecho al acompañamiento y los tiempos máximos de atención en los servicios de urgencia hospitalaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE UNA ACTUALIZACIÓN DE SALA DE ANGIOGRAFÍA DIGITAL BIPLANO PARA EL SESCAM

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.014.138,29 € , de acuerdo con el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 y el Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, referido al expediente siguiente:

“Suministro de una actualización de sala de angiografía digital biplano para el Servicio de Radiodiagnóstico del Complejo Hospitalario de Albacete, perteneciente al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha”.

 

El importe asciende a 1.014.138,29 € con el siguiente desglose:

 

Actualización Angiógrafo Biplano   2019                61030000 G/412D/62100    883.000,00 €

Obras                                              2019                61030000 G/412D/63000    131.138,29 €

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN A LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL, EN SU CONDICIÓN DE ORGANISMO PAGADOR DE LOS GASTOS DEL FEAGA Y FEADER

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN A LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL, EN SU CONDICIÓN DE ORGANISMO PAGADOR DE LOS GASTOS DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE GARANTÍA (FEAGA) Y DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER), Y SE DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 7 DEL REGLAMENTO (UE) Nº 1306/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 17 DE DICIEMBRE DE 2013 Y DE LOS CRITERIOS DE AUTORIZACIÓN DEL ANEXO I DEL REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº 907/2014 DE LA COMISIÓN DE 11 DE MARZO DE 2014.
 

El Reglamento de Ejecución (UE) nº 908/2014 de la Comisión, de 6 de agosto de 2014 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los organismos pagadores y otros organismos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las normas relativas a los controles, las garantías y la transparencia, establece en su artículo 2 que la autoridad competente supervisará de manera continua a los Organismos pagadores de los que sea responsable, basándose, en particular, en los certificados e informes elaborados por el Organismo de certificación al que se hace referencia en el artículo 9, del Reglamento (UE) nº 1306/2013, y realizará un seguimiento de cualesquiera deficiencias descubiertas.
 
Así, cada tres años, la autoridad competente informará por escrito a la Comisión sobre sus actividades de supervisión de los organismos pagadores y del seguimiento de sus actividades. El informe incluirá una revisión del cumplimiento permanente de los criterios de autorización por parte de los organismos pagadores, junto con un resumen de las acciones adoptadas para remediar las deficiencias. La autoridad competente confirmará si el Organismo pagador bajo su responsabilidad continúa cumpliendo los criterios de autorización.
 
El Decreto 64/2012, de 8 de marzo, por el que se designa el Organismo pagador de Castilla-La Mancha de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establece en su artículo 1 que la Autoridad competente para la autorización y supervisión del Organismo pagador es el Consejo de Gobierno. Éste será asistido por el órgano con competencia en materia de inspección general de servicios para la realización de los análisis y estudios previos en que se base dicha autorización y para su supervisión de manera continua
 
Los trabajos de esta supervisión están recogidos en los informes de la Inspección General de Servicios de los ejercicios 2016 (informe de fecha 20 de diciembre de 2017), 2017 (informe de fecha 30 de enero de 2019) y 2018 (informe de fecha 17  de abril de 2019) y en el informe de 14 de mayo de 2019 de la Inspección General de Servicios, sobre los resultados de la supervisión continua de los criterios de autorización del Organismo pagador.
 
De la documentación citada y los estudios realizados se concluye que el Organismo pagador cumple con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y con los criterios de autorización establecidos en el Reglamento Delegado (UE) nº 907/2014, de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, en particular en el artículo 1 y Anexo de este último.

 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 21/05/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los resultados de la supervisión a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural como organismo pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola Garantía (Feaga) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader)
 

AUTORIZACIÓN SUPERACIÓN PORCENTAJES DERIVADOS DEL CONVENIO ENTRE EL IRIAF Y LA AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, M.P. (CSIC) PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN Y EXPERIMENTACIÓN EN MATERIA AGRÍCOLA

El consejo de Gobierno ha autorizado la superación de los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, para atender las obligaciones derivadas del Convenio entre el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal (IRIAF) y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científica (CSIC) para el desarrollo de programas de investigación y experimentación en materia agrícola,
 
El artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, habilita que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidos las Universidades públicas, los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, los organismos de investigación de otras Administraciones Públicas, y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, puedan suscribir convenios de colaboración sujetos al derecho administrativo, para la realización conjunta de actividades.
 
El convenio tiene por objeto materializar la colaboración entre el MNCN-CSIC y el IRIAF para la realización de trabajos relativos al mantenimiento y desarrollo de experimentos de larga duración en la finca Experimental La Higueruela, perteneciente al MNCN-CSIC en Santa Olalla, Toledo, para la transferencia de tecnología en ciencias agrarias y conservación de recursos naturales y realización de trabajos en común para buscar soluciones a problemas de la Comunidad de Castilla La Mancha dentro de las áreas científicas de ciencias agrarias y recursos naturales.
 
La aportación del IRIAF a la colaboración recogida en este convenio consistirá en un compromiso económico para sufragar los costes de las actividades a desarrollar, de conformidad con el desglose establecido en el Anexo del Convenio, y que ascenderá a un máximo anual de 20.480,97 € (veinte mil cuatrocientos ochenta euros con noventa y siete céntimos) que se harán efectivos con cargo a la partida presupuestaria 5101.G.541H.73000. Por su parte, el MNCN-CSIC, como titular de la finca y de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 2ª.C, asumirá los costes del mantenimiento de la misma y los costes de personal adscrito a ésta, así como cualquier coste necesario para el funcionamiento de dicha finca que no esté reflejado entre los costes que asume el IRIAF según el anexo.
 
La distribución del crédito para atender las obligaciones derivadas del Convenio supera los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.4 de esta misma norma, procede elevar al Consejo de Gobierno la autorización de la superación de los citados porcentajes.
 

AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA MODERNIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE REGADÍOS EN CASTILLA-LA MANCHA, PARA EL EJERCICIO 2019 Y SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DEL ARTÍCULO 48 DEL TRLHCLM

El consejo de Gobierno ha autorizado la Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establece la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la modernización y transformación de regadíos en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2019, por importe de así como la superación de los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, para atender las obligaciones derivadas de las solicitudes de ayudas de esta convocatoria.
 
La Orden 61/2019, de 11 de abril, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la modernización y transformación de los regadíos en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla- La Mancha 2014-2020 (D.O.C.M. nº 76 de 17 de abril de 2019).
 
 
Las subvenciones están incluidas en la operación 4.3.3 “Inversiones en modernización y transformación de regadíos” de la submedida 4.3 “Inversiones en infraestructuras agrícolas y forestales” de la medida 4. “Inversiones en activos físicos” del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.Su objetivo principal es mejorar la gestión de los recursos hídricos en la agricultura mediante el incremento del ahorro y el control del agua y de este modo obtener unas explotaciones más rentables que paralelamente inviten a la fijación de mano de obra en el medio rural. Entre las actuaciones que se consideran convenientes fomentar para este fin, figuran las de promover la modernización y mejora del uso del agua  en los regadíos existentes, la utilización de nuevas tecnologías o la puesta en riego de nuevas superficies.
 
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Comunidades de Regantes u otras entidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío que tengan concedidos derechos de agua para riego y que no ejerzan la actividad agraria, que reúnan requisitos establecidos en la Orden de bases de estas ayudas.
 
Las ayudas estarán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en virtud del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en la siguiente proporción: la cofinanciación del FEADER  será del 75 % de la ayuda concedida, mientras que el 7,5 % restante será cofinanciado por la Administración General del Estado y en un 17,5 % por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Para la convocatoria correspondiente al año 2019 se prevé la existencia de un crédito de 29.327.503,41 de euros con cargo a los presupuestos del ejercicio 2020 y 2021 en las siguientes dotaciones presupuestarias, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario correspondiente.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 28/05/2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se establece la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la modernización y transformación de regadíos en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2019.

AUTORIZACIÓN DE LA INCORPORACIÓN AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO CORRIENTE DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE COMPROMISOS DE GASTOS ADQUIRIDOS EN EJERCICIOS ANTERIORES

El consejo de gobierno ha autorizado la incorporación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gastos adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por importe total de 249.524,12 euros.
 
El artículo 36.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, permite aplicar a los créditos del presupuesto vigente, en el año que se realice la propuesta de pago, las obligaciones derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicios anteriores.
 
 
Al respecto, el artículo 7.1 de la Orden 214/2017, de 29 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, de aplicación en virtud de lo dispuesto en el Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018., que establece que, para imputar al presupuesto del ejercicio corriente obligaciones consecuencia de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores y no comprendidos en los supuestos de su apartado 1, se requerirá autorización del Consejo de Gobierno previo informe de la Dirección General con competencias en materia de presupuestos.
 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA EXPEDICIÓN Y EL REGISTRO DE LOS TÍTULOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES NO UNIVERSITARIOS CORRESPONDIENTES A LAS ENSEÑANZAS ESTABLECIDAS POR LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN

Se aprueba el Decreto que tiene por objeto la regulación del procedimiento para la expedición de los títulos académicos, profesionales y del Suplemento Europeo al Título de las enseñanzas artísticas superiores, acreditativos de la superación de las enseñanzas regladas no universitarias que, de acuerdo con la legislación educativa básica vigente, sean conducentes a títulos oficiales con validez en todo el territorio español, así como el registro de títulos académicos dependiente de la consejería competente en materia de educación.
 
Este decreto será de aplicación en los centros docentes correspondientes al ámbito de gestión de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha que impartan estas enseñanzas.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 47/2019, de 21 de mayo, por el que se regula la expedición y el registro de los títulos académicos y profesionales no universitarios correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

AUTORIZACIÓN DEL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA DE TOLEDO, QUE PASA A DENOMINARSE FACULTAD DE FISIOTERAPIA Y ENFERMERÍA

El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), dispone que: “ 2. La creación, modificación y supresión de dichos centros, así como la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el art. 35, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.”
Y la disposición adicional decimonovena, apartado 1, de la LOU dispone:” 1. Sólo podrá utilizarse la denominación de universidad, o las propias de los centros, enseñanzas, títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y órganos unipersonales de gobierno a que se refiere esta Ley, cuando hayan sido autorizadas o reconocidas de acuerdo con lo dispuesto en la misma. No podrán utilizarse aquellas otras denominaciones que, por su significado, puedan inducir a confusión con aquéllas.”
Previo informe de la Secretaría General y del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el cambio de denominación de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia de Toledo, que pasa a denominarse Facultad de Fisioterapia y Enfermería.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 21/05/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el cambio de denominación de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia de Toledo, que pasa a denominarse Facultad de Fisioterapia y Enfermería
 

AUTORIZACIÓN DEL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA FACULTAD DE PERIODISMO DE CUENCA, QUE PASA A DENOMINARSE FACULTAD DE COMUNICACIÓN

El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), dispone que: “ 2. La creación, modificación y supresión de dichos centros, así como la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el art. 35, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.”
Y la disposición adicional decimonovena, apartado 1, de la LOU dispone:” 1. Sólo podrá utilizarse la denominación de universidad, o las propias de los centros, enseñanzas, títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y órganos unipersonales de gobierno a que se refiere esta Ley, cuando hayan sido autorizadas o reconocidas de acuerdo con lo dispuesto en la misma. No podrán utilizarse aquellas otras denominaciones que, por su significado, puedan inducir a confusión con aquéllas.”
Previo informe de la Secretaría General y del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el cambio de denominación de la Facultad de Periodismo de Cuenca, que pasa a denominarse Facultad de Comunicación.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 21/05/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el cambio de denominación de la Facultad de Periodismo de Cuenca, que pasa a denominarse Facultad de Comunicación.

AUTORIZACIÓN DEL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA FACULTAD DE TERAPIA OCUPACIONAL, LOGOPEDIA Y ENFERMERÍA DE TALAVERA DE LA REINA QUE PASA A DENOMINARSE FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), dispone que: “ 2. La creación, modificación y supresión de dichos centros, así como la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el art. 35, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.”
Y la disposición adicional decimonovena, apartado 1, de la LOU dispone:” 1. Sólo podrá utilizarse la denominación de universidad, o las propias de los centros, enseñanzas, títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y órganos unipersonales de gobierno a que se refiere esta Ley, cuando hayan sido autorizadas o reconocidas de acuerdo con lo dispuesto en la misma. No podrán utilizarse aquellas otras denominaciones que, por su significado, puedan inducir a confusión con aquéllas.”
Previo informe de la Secretaría General y del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el cambio de denominación de Facultad de Terapia Ocupacional, Logopedia y Enfermería de Talavera de la Reina que pasa a denominarse Facultad de Ciencias de la Salud.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 21/05/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el cambio de denominación de la Facultad de Terapia Ocupacional, Logopedia y Enfermería de Talavera de la Reina, que pasa a denominarse Facultad de Ciencias de la Salud

CONVALIDACIÓN DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL ENCARGO EFECTUADO A TRAGSA PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE REFORMA DE 0+6 UNIDADES EN EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA “FERNANDO MENA” DE SOCUÉLLAMOS, EN CIUDAD REAL.

EL CONSEJO DE GOBIERNO CONVALIDA LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL ENCARGO EFECTUADO A TRAGSA MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 10 DE JULIO DE 2018, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE REFORMA DE 0+6 UNIDADES EN EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA “FERNANDO MENA” DE SOCUÉLLAMOS, EN CIUDAD REAL, POR IMPORTE DE 22.851,02 EUROS, CON CARGO A LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 18.02.422B.63000 (FPA 0090005) Y ANUALIDAD DEL 2019.
 

CESIÓN AL AYUNTAMIENTO DE BELVÍS DE LA JARA (TOLEDO) EL TRAMO DE LA CARRETERA DE TITULARIDAD DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA‐LA MANCHA CM‐4104a, COMPRENDIDO ENTRE LAS INTERSECCIONES CON LA N‐502 EN LOS P.K. 146+600 Y 148+775

El Consejo de Gobierno acuerda ceder al Ayuntamiento de Belvís de la Jara (Toledo), en virtud del artículo 43 de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos de Castilla‐La Mancha, el tramo de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha de la carretera CM‐4104a, con inicio en la intersección con la carretera nacional N‐502, a la altura del p.k. 146+600, y con punto final en la intersección con la carretera N‐502, a la altura del p.k. 148+775, con una longitud total de 2.882 metros.
 

DECRETO DEL COMITÉ DE ÉTICA DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El objeto del Decreto es crear el Comité de Ética de los Servicios Sociales y de Atención a la Dependencia de Castilla-La Mancha, así como regular su organización, composición y funcionamiento.
 
Decreto 48/2019, de 21 de mayo, del Comité de Ética de los Servicios Sociales y de Atención a la Dependencia de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2019 LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y MANTENIMIENTO DE PLAZAS EN CENTROS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES EN CASTILLA-LA MANCHA

La Consejería de Bienestar Social precisa continuar el proyecto de Resolución de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha.
 
De acuerdo con lo establecido apartado 5 al artículo 58, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000,00 de  euros se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la aprobación del gasto.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 22/05/2019, de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha.
 
Orden de 13/07/2016, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha.
 
Orden 27/2017, de 16 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden de 13/07/2016, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha. 
 
Orden 166/2018, de 19 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifican diversas órdenes de la Consejería de Bienestar Social por las que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones. 

DECRETO DE ORDENACIÓN DEL SISTEMA DE FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, conforme a lo establecido en la legislación básica estatal que resulte de aplicación.
 
En desarrollo de la normativa básica contenida en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, se dictan disposiciones sobre la composición, las funciones y la adscripción de las comisiones de docencia de los centros sanitarios acreditados para la formación de especialistas en formación; las funciones, la designación, la evaluación y el reconocimiento de la figura del jefe de estudios, de los presidentes de las subcomisiones y de los tutores que participan de la función docente especializada; el marco de la calidad docente y, en conjunto, sobre las medidas y actuaciones que deben contribuir al objetivo de mejora progresiva en la formación integral de los especialistas en formación y, por consiguiente, contribuir también a la mejora del sistema de salud y de la atención sanitaria a nuestros ciudadanos
 
Decreto 46/2019, de 21 de mayo, de ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN PARA LA FIRMA DE CONVENIO ENTRE LA FUNDACIÓN DEL HOSPITAL NACIONAL DE PARAPLÉJICOS PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA INTEGRACIÓN Y LA FUNDACIÓN NIPACE

AUTORIZACIÓN PARA LA FIRMA DE CONVENIO ESPECÍFICO DERIVADO DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN DE 22 DE MAYO DE 2015 ENTRE LA FUNDACIÓN DEL HOSPITAL NACIONAL DE PARAPLÉJICOS PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA INTEGRACIÓN Y LA FUNDACIÓN NIPACE.
 
De conformidad con la regulación contenida en el artículo 4 bis del Decreto 21/2008, de 5 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, modificado por el Decreto 49/2018, de 10 de julio, es precisa la autorización expresa de Consejo de Gobierno para la firma de dicho Convenio.
 
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la firma del CONVENIO ESPECÍFICO DERIVADO DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN DE 22 DE MAYO DE 2015 ENTRE LA FUNDACIÓN DEL HOSPITAL NACIONAL DE PARAPLÉJICOS PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA INTEGRACIÓN Y LA FUNDACIÓN NIPACE.
 

AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICAN LOS CRÉDITOS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PLAN REGIONAL DE AUTOEMPLEO, CREACIÓN DE EMPRESAS Y EMPRENDIMIENTO

AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICAN LOS CRÉDITOS DISPONIBLES EN EL EJERCICIO 2019, PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PREVISTAS EN EL DECRETO 53/2018, DE 31 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PLAN REGIONAL DE AUTOEMPLEO, CREACIÓN DE EMPRESAS Y EMPRENDIMIENTO, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO.
 
El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar la Resolución de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2019, para la concesión de subvenciones previstas en el Decreto 53/2018, de 31 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.5.a) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
 
Las ayudas se imputarán a la partida presupuestaria 19080000/G322B/4761A de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, gestionada por la Dirección General de Programas de Empleo, destinándose un importe total de 5.100.000 euros.
 
Estas ayudas tienen por finalidad favorecer el autoempleo, la creación de empresas y el emprendimiento en nuestra región, ayudando a los emprendedores y emprendedoras en cada etapa de su ciclo de vida: creación, crecimiento y consolidación en el mercado, promoviendo igualmente la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, el relevo generacional, así como la inserción laboral de personas familiares colaboradoras.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 22/05/2019, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2019, para la concesión de las subvenciones recogidas en el Decreto 53/2018, de 31 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DERIVADOS DEL CONTRATO DEL SERVICIO DENOMINADO “ELABORACIÓN DE PROYECTOS DE ORDENACIÓN DE MONTES GESTIONADOS POR LA JCCM EN LAS PROVINCIAS DE ALBACETE, CIUDAD REAL, GUADALAJARA Y TOLEDO”

Se llevará a cabo la elaboración de proyectos de ordenación de montes de Utilidad Pública gestionados por la JCCM. La ordenación forestal es el instrumento planificador para lograr un desarrollo sostenible, teniendo por objeto asegurar que todos los bienes y servicios derivados del bosque satisfagan las necesidades de hoy a la vez que aseguren su disponibilidad y contribución continuada a largo plazo.
 

DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL CONSEJO REGIONAL DE INFANCIA Y FAMILIA DE CASTILLA-LA MANCHA

El objeto del Decreto es regular la creación, funciones, composición y normas de funcionamiento del Consejo Regional de Infancia y Familia de Castilla-La Mancha, así como el procedimiento para la designación de sus vocales.
 
Decreto 49/2019, de 21 de mayo, por el que se crea y regula el Consejo Regional de Infancia y Familia de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DE LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE DETERMINADOS EQUIPOS DE ALTA TECNOLOGÍA CON DESTINO AL NUEVO HOSPITAL DE TOLEDO

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 5.651.980,00 €,  referido al expediente siguiente:
“Suministro, instalación y mantenimiento de determinados equipos de Alta Tecnología con destino al nuevo Hospital de Toledo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)”.
 
El importe asciende a 5.651.980,00 €.
 

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y AUTORIZACIÓN DE LA IMPUTACIÓN AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE 2019

Servicios de soporte y mantenimiento del programa YKONOS del SESCAM (imagen médica digital), correspondiente a servicios del área de tecnologías de la información.

ACUERDOS POR LOS QUE SE CONCEDEN LAS CONDECORACIONES Y DISTINCIONES ESTABLECIDAS EN EL DECRETO 75/1992, DE 12 DE MAYO, DE CONCESIÓN DE CONDECORACIONES Y DISTINCIONES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Gobierno ha aprobado las condecoraciones y distinciones establecidas en el Decreto 75/1992, de 12 de mayo, de concesión de condecoraciones y distinciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que serán entregadas en el Día de la región a celebrar el próximo día 31 de mayo.
 
Enlaces relacionados:
Condecoraciones