Acuerdos del Consejo de Gobierno 20 de diciembre de 2022

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 20 de diciembre de 2022

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA “CAPTACIÓN DEL TALENTO.”

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones del programa “Captación del Talento”, para la contratación indefinida, el inicio de la actividad emprendedora y la ayuda asociada a los gastos de traslado e instalación de personas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha. 

 

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a las siguientes líneas de ayudas: 

 

- Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida.

 

- Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora.

 

- Línea 3: “Bono Talento Rural”.

 

Podrán ser beneficiarias de las ayudas recogidas en el Decreto, las siguientes:

 

- Para la línea 1, las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica, aun careciendo de personalidad jurídica propia.

 

- Para la línea 2, las personas físicas, que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia.

 

- Para la línea 3, las personas físicas que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, que fijen su residencia habitual en las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación.

 

Estas subvenciones se financian con fondos finalistas, destinándose un importe total de 285.120 euros, con cargo al presupuesto de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y se otorgarán en régimen de concesión directa. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 126/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN AL CONSEJO DE CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El  Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la difusión y seguimiento de las ayudas convocadas por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en materia de competitividad empresarial y de programas de empleo de personas jóvenes cualificadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y para la ejecución de programas dirigidos a las empresas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en los ejercicios 2022 y 2023. 

 

Se establecen dos líneas de subvenciones: 

 

a) Línea 1: Subvenciones para la difusión, seguimiento y evaluación de los programas de empleo de personas jóvenes cualificadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, gestionados por la Dirección General de Programas de Empleo.

 

b) Línea 2: Subvenciones para la difusión y seguimiento de las ayudas convocadas por la Dirección General de Empresas para la ejecución de programas dirigidos a las empresas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 

La subvención se otorgará en régimen de concesión directa y el importe de la misma asciende a 700.000 euros, para los ejercicios 2022 y 2023, que se financiará con cargo al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 127/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la difusión y seguimiento de las ayudas convocadas por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en materia de competitividad empresarial y de programas de empleo joven, y para la ejecución de programas dirigidos a las empresas de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, en los ejercicios 2022 y 2023.

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 85/2022 POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS SUBVENCIONES INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO DE TRABAJO PROTEGIDO.

El Decreto modifica el Decreto 85/2022 de 19 de julio, en lo referente a la línea 2 (coste salarial de las personas con discapacidad). 

 

La modificación afecta al artículo 28, apartado segundo, incluyendo con esta modificación la excepción del contrato de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva del puesto de trabajo en situación de incapacidad temporal, realizado en los términos previstos en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, únicamente si el puesto de trabajo tiene una duración inicial igual O superior a tres meses.

 

Por otra parte, se modifica el artículo 32 que afecta a la justificación de la ayuda, incluyendo la cuenta justificativa con la aportación de informe de auditor en el caso de que la subvención concedida en el semestre natural anterior al que se pretende justificar sea igual o superior a 100.000 euros.  

 

Por último, se lleva a cabo una actualización del anexo VI, “Justificación mensual y solicitud de abono de la ayuda de costes salariales de las personas con discapacidad”, modificándolo para adaptarlo a la nueva redacción del artículo 32 que incluye la justificación con informe de auditoría. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 128/2022, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN DE CARÁCTER EXCEPCIONAL A LA ASOCIACIÓN RECTORA DE LA FERIA DE ARTESANÍA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Asociación Rectora de la Feria de Artesanía de Castilla-La Mancha (FARCAMA), para financiar el sobrecoste de los gastos inicialmente aprobados para las actuaciones previstas y el importe de nuevas actuaciones necesarias que inicialmente no se habían presupuestado.  

 

El importe de la subvención asciende a 98.154,89 euros, financiándose con cargo a la aplicación presupuestaria 19120000G/751D/48000, correspondiente al ejercicio 2022 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, dotada con fondos propios. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 129/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Asociación Rectora de la Feria de Artesanía de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE GASTO DE DIVERSOS EXPEDIENTES DE SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES A LA FEDERACIÓN EMPRESARIAL TOLEDANA, AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DE 26 DE JULIO DE 2022.

El Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto de 838.345,00 euros, en la partida presupuestaria 19090000G/324A/4862C, Fondo 000000060, relativo a diversos expedientes de subvenciones correspondientes a Federación Empresarial Toledana, al amparo de la Resolución de 26 de julio de 2022, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de Castilla-La Mancha para la anualidad 2022, en cumplimiento del artículo 21 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, y del artículo 72.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. 

PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS, FINANCIERAS Y TRIBUTARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley de medidas administrativas, financieras y tributarias de Castilla-La Mancha, viene a regular las diversas medidas de naturaleza administrativa, financiera y tributaria vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para 2023, a la que acompañarán y complementarán, con el objetivo general de dinamización de la economía, el incremento de la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la Administración Pública castellanomanchega en diversos ámbitos, así como, la mejora de la distribución más equitativa de las obligaciones tributarias competencia de la Comunidad Autónoma y de eficiencia en su gestión.
 
Enlaces relacionados:
 
Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias de Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE NOMBRA A DON FERNANDO TORRES VILLAMOR VOCAL DE LA JUNTA ELECTORAL DE CASTILLA-LA MANCHA, EN SUSTITUCIÓN DE DOÑA SILVIA VALMAÑA OCHAÍTA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 en relación con el 9.1.b) de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, el nombramiento por Decreto de Consejo de Gobierno de D. Fernando Torres Villamor, en sustitución de doña Silvia Valmaña Ochaíta, por el tiempo que resta hasta la toma de posesión de una nueva Junta Electoral, al inicio de la siguiente legislatura.
 
Enlaces relacionados:
 
Decreto 130/2022, de 20 de diciembre, por el que se nombra a don Fernando Torres Villamor vocal de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, en sustitución de doña Silvia Valmaña Ochaíta.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL GASTO PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE, DESARROLLO DE NUEVAS FUNCIONALIDADES, MIGRACIÓN Y ADAPTACIÓN A UN NUEVO ENTORNO TECNOLÓGICO WEB, PARA EL SISTEMA DE RECURSOS HUMANOS Y NÓMINA (REHNO).

El presupuesto total de licitación asciende a 4.983.002,64 euros (IVA 21% incluido). El valor estimado es de 6.053.443,20 euros, teniendo en cuenta que en el contrato se considera la posibilidad de prórrogas y de modificaciones. 

 

El precio del contrato supera el límite de 750.000 €, €, por lo que la autorización de dicho gasto compete al Consejo de Gobierno en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL GASTO PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE EN LA OPERACIÓN DIARIA DE MANTENIMIENTO Y EVOLUCIÓN DEL ECOSISTEMA MULTICLUSTER DEL SERVICIO PAAS CORPORATIVO.

El presupuesto total de licitación asciende a 833.966,36 euros (IVA 21% incluido). El valor estimado es de 2.067.685,20 euros, teniendo en cuenta que en el contrato se considera la posibilidad de prórrogas y de modificaciones. 

 

El precio del contrato supera el límite de 750.000 €, €, por lo que la autorización de dicho gasto compete al Consejo de Gobierno en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022.

AUTORIZACIÓN DE LA CUARTA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO EN LAS ASESORÍAS JURÍDICAS DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, SERVICIOS CENTRALES Y SUS DELEGACIONES PROVINCIALES, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DERIVADAS DE LA PANDEMIA DE COVID-19.

Se propone el Consejo de Gobierno la autorización de la cuarta prórroga del programa temporal para el nombramiento de 18 personas funcionarias interinas durante un periodo de seis meses para la realización de actividades derivadas de la pandemia COVID-19 en las Asesorías Jurídicas de la Consejería de Sanidad, Servicios Centrales y Delegaciones Provinciales, para la preparación y elaboración de la normativa y de las medidas dirigidas a su contención y tramitación de expedientes sancionadores por infracción de normativa de contención de COVID-19. El coste de la cuarta prórroga asciende a 358.844,56 €. 

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN Y CUARTA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL REFUERZO DE PERSONAL EN LAS SECCIONES DE EPIDEMIOLOGÍA DE LAS DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y EN EL INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA SALUD.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización de la modificación y cuarta prórroga del programa temporal para dar continuidad al nombramiento de 39 personas funcionarias interinas durante un periodo de seis meses , para la realización de actividades derivadas de la pandemia COVID-19, en las Secciones de Epidemiología de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Sanidad y en el Instituto de Ciencias de la Salud, al objeto de dar respuesta a las necesidades de detección de casos, establecimiento de medidas necesarias para evitar nuevas infecciones  y la disponibilidad de la información necesaria para la vigilancia epidemiológica. 

 

El coste total del programa temporal asciende a 805.566,07 €.

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA COMISIÓN CENTRAL DE EXPLOTACIÓN DEL ACUEDUCTO TAJO‐SEGURA, DE 27 DE ABRIL DE 2022.

Con fecha 27 de abril de 2022, la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo‐Segura (CCEATS) adoptó el Acuerdo por el que se autoriza un trasvase de 27 hm3, volumen correspondiente en situación de nivel 2, medidos en origen del acueducto; se autoriza la derivación excepcional de 3 hm3 para el abastecimiento de la cuenca alta del río Guadiana y se autoriza la derivación excepcional de 3 hm3 para dotación al parque nacional de las tablas de Daimiel. 

 

Interpuesto por la Agencia del Agua requerimiento previo de anulación contra dicho acuerdo el pasado 20 de septiembre, y no habiéndose obtenido respuesta alguna en el plazo de un mes, éste debe entenderse rechazado, de conformidad con el artículo 44.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

 

Con fecha 4 de noviembre de 2022, la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha ha emitido un informe propuesta para la interposición de recurso contra el referido Acuerdo de la CCEATS, de 27 de abril de 2022. En dicho informe se considera que las dos derivaciones a la cuenca del Guadiana, de 3 hm3 cada una, ni son tan excepcionales como señala la CCEATS, ni pueden computarse al margen de las vigentes reglas de explotación del trasvase, establecidas por Ley 21/2015, considerando lo siguiente: 

 

1. Que la realización de trasvases adicionales a los contemplados en las actuales reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura infringe el ordenamiento jurídico al fundamentarse en norma derogada por lo que se lesiona los principios de seguridad jurídica y estabilidad técnica que sustentan esas reglas.

 

2. Que la ley 21/2015 no contempla varias autorizaciones de trasvase según la cuenca de destino, sino sólo una, en función de las existencias embalsadas en la cabecera del Tajo a comienzos de cada mes.

 

3. Que, de acuerdo a una distribución proporcional. 12/13 (600/650) de los recursos que se  autoricen trasvasar corresponderían al Segura y 1/13 al Guadiana.

 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO DERIVADO DEL CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE LA AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, O.A. Y LA MANCOMUNDAD DEL RÍO GUADIELA PARA LA EJECUCIÓN DE UNA PLANTA DE ÓSMOSIS INVERSA, EN EL MARCO DEL REAL DECRETO 1159/2020.

En fecha 30 de diciembre de 2020, mediante Resolución de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se otorgó, vía procedimiento de concesión directa, una subvención a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., para la ejecución de diversas obras y actuaciones de mejora del entorno socio-económico de los municipios integrantes de la Asociación de Municipios Ribereños de los embalses de Entrepeñas y Buendía por importe de 40.000.000,00 euros. 

 

La referida subvención se rige por lo previsto en el Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre, debiendo responder las actuaciones a ejecutar con cargo a la referida subvención, entre otras, a actuaciones de abastecimiento de agua potable, actuaciones de saneamiento, actuaciones de mejora de caminos e infraestructuras de la Administración Hidráulica y actuaciones en cauces orientadas a la mejora del estado ecológico y de la conectividad de las masas de agua superficiales. 

 

Con la firma del Convenio a suscribir entre la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, O.A. y la MANCOMUNIDAD DEL RÍO GUADIELA, se concreta la actuación a ejecutar, consistente en una Planta de Ósmosis Inversa en la ETAP titularidad del Mancomunidad y sita en el Municipio de Albendea, uno de los municipios ribereños y por tanto beneficiario final de las actuaciones a ejecutar con cargo a la referida subvención.

 

Con la ejecución de la referida actuación, la cual es una actuación de abastecimiento en alta, y por tanto de interés regional conforme prevé el art. 5 de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, así como una actuación incardinable en la categoría de actuaciones de abastecimiento de agua potable prevista en el artículo 3 del del citado Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre, se dará solución al problema de sulfatos que padece la ETAP de la Mancomunidad, a través de la cual, se abastece de agua potable a 11 municipios, entre ellos los municipios de Albendea, Alcohujate, Canalejas del Arroyo, Cañaveruelas , Castejón, San Pedro de Palmiches y Villalba del Rey, todos ellos municipios ribereños, permitiendo que el agua destinada al abastecimiento domiciliario de agua potable cumpla con la normativa sanitaria, y en concreto con lo previsto en ANEXO I del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Que establece que la concentración máxima de sulfatos es de 250 mg/l. 

 

Por el importe del gasto procede su autorización por el Consejo de Gobierno, en virtud del artículo 21.f) Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022.

AUTORIZACION DEL GASTO PARA HACER FRENTE A LA CORRESPONSABILIDAD FINANCIERA DEL ORGANISMO PAGADOR DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADA DE LA DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2022/2261 (DECISIÓN AD-HOC N.º 70) DE LA COMISIÓN EUROPEA, DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2022.

La Comisión Europea, mediante su Decisión de Ejecución (UE) 2022/2261, de 11 de noviembre de 2022 (Decisión Ad-Hoc nº 70) ha excluido de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros, que para el caso del Organismo pagador de Castilla-La Mancha asciende a 1.302.009,01 euros. 

 

El 29 de noviembre de 2022 el FEGA comunicó al Organismo pagador de Castilla-La Mancha los importes correspondientes de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/2261 (Decisión Ad-Hoc nº 70) y como quiera que por la Dirección ordinaria del Organismo Pagador de Castilla-La Mancha, a saber, la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, está de acuerdo en los importes de dicha Decisión y según el artículo 6 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, el FEGA no procederá a la adopción del acuerdo de iniciación, cuando el sujeto que se considere responsable pague previamente al Estado, en cuyo caso no se repercutirá el interés compensatorio de los costes financieros al que alude el artículo 9.1 de dicho Decreto. Por tanto, se plantea la autorización del gasto para hacer frente a la corresponsabilidad financiera indicada. 

 

Al superar el importe de gasto la cifra de 750.000 euros, se precisa la autorización del Consejo de Gobierno, según dispone el artículo 21 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha para 2022, por lo que procede recabar la citada autorización. 

AUTORIZACIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES A FAVOR DE LA EMPRESA AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, S.A. (AGROSEGURO).

Por la gran importancia económica y social de la actividad agraria en Castilla –la Mancha, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural contribuye al apoyo de las rentas de las explotaciones agrarias radicadas en su territorio, mediante una aportación adicional a la estatal en el pago de las primas por la contratación de pólizas de seguros agrarios, para asegurar las producciones agrícolas y ganaderas que se determinen en cada resolución anual de convocatoria, incluidas dentro de las que se subvencione, para cada Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, por la Administración General del Estado.  

 

Para llevar a cabo esta contribución se ha materializado, por una parte, la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas adicionales a la contratación de seguros agrarios en Castilla-La Mancha y, por otra parte, a través de la firma de un Convenio con Aseguro.  Según el artículo 3 de las bases reguladoras respectivamente, las subvenciones consistirán en una bonificación sobre el coste del seguro, siendo acumulables a las que concede Enesa siempre y cuando la cuantía se establezca respecto a las ésta otorgue para el mismo fin. 

 

El propio convenio da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7 de las bases reguladoras, el cual establece que Agroseguro se encarga de librar certificaciones de liquidación de las bonificaciones en las pólizas de seguro contratadas por las personas beneficiarias; lo que es coherente con lo dispuesto en el artículo 2.3  que determina que la contratación de la póliza se equipara a la solicitud de subvención y en la que se declara que cumple con los requisitos exigidos para ser beneficiaria. 

 

Por tanto, la Consejería está obligado a pagar a Agroseguro la parte del recibo de prima a la que tenga derecho el asegurado en cada línea subvencionada conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras, la correspondiente convocatoria y el convenio suscrito con Agroseguro, al haberse hecho efectivo ya el descuento a cada asegurado de la convocatoria de ayudas del Plan 2021 en el momento de suscribir la póliza, salvo mejor criterio en derecho, se considera deberá procederse  al reconocimiento de las obligaciones al amparo de lo dispuesto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, que establece que en los supuestos en los que la función interventora fuese preceptiva y se hubiese omitido, no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones, hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto, previo informe de la Intervención General.

PUESTA EN CONOCIMIENTO EMERGENCIA PARA LA EJECUCION DE ACTUACIONES A REALIZAR COMO CONSECUENCIA DE LA DECLARACIÓN DE LOS FOCOS DE VIRUELA OVINA CAPRINA 22/2022 Y 23/2022 EN LAS EXPLOTACIONES GANADERAS ES160070000013 Y ES162040000010.

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la EMERGENCIA PARA LA EJECUCION DE ACTUACIONES A REALIZAR COMO CONSECUENCIA DE LA DECLARACIÓN DE LOS FOCOS DE VIRUELA OVINA CAPRINA 22/2022 Y 23/2022 EN LAS EXPLOTACIONES GANADERAS ES160070000013 Y ES162040000010. por importe estimado de 40.000€. 

APROBACIÓN DE UN GASTO PLURIANUAL Y AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE CONVOCA LA SUSCRIPCIÓN, RENOVACIÓN Y MODIFICACIÓN DE CONCIERTOS EDUCATIVOS EN EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba un gasto plurianual máximo de 390.452.001,84 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.422A.48716 destinado a financiar las obligaciones económicas de la convocatoria para la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el periodo comprendido entre los cursos 2023/2024 y 2028/2029. 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PLURIANUAL PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS REHABILITACIÓN Y REFORMA DEL CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL “VIRGEN DE GRACIA” EN PUERTOLLANO (CIUDAD REAL).

El Consejo de Gobierno autoriza un gasto plurianual por importe de 1.050.800,84 euros, con destino a la contratación de las obras rehabilitación y reforma del Centro Integrado de Formación Profesional “Virgen de Gracia” en Puertollano (Ciudad Real), proyecto financiado por el programa operativo FEDER 2021-2027, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.422B.63000 FPA0090010.

EXPERIENCIA PILOTO DE LA LEY 2/2021, DE 7 DE MAYO, DE MEDIDAS ECONÓMICAS, SOCIALES Y TRIBUTARIAS FRENTE A LA DESPOBLACIÓN Y PARA EL DESARROLLO DEL MEDIO RURAL EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba las condiciones en las que se desarrollará la experiencia piloto de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de medidas económicas, sociales y tributarias frente a la despoblación y para el desarrollo del medio rural en Castilla-La Mancha consistente en la rehabilitación de edificios de propiedad municipal en desuso para destinarlos a vivienda y posterior arrendamiento en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS EN MUNICIPIOS DE ZONAS RURALES ESCASAMENTE POBLADAS O EN RIESGO DE DESPOBLACIÓN, PARA FACILITAR EL ACCESO A LA VIVIENDA DE NUEVOS VECINOS.

El Consejo de Gobierno acuerda la aprobación del Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la rehabilitación de viviendas en municipios de zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, para facilitar el acceso a la vivienda de nuevos vecinos. 
 
Enlaces relacionados:
 
Decreto 131/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la rehabilitación de viviendas en municipios de zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, para facilitar el acceso a la vivienda de nuevos vecinos.

AUTORIZACIÓN DE GASTO CORRESPONDIENTE AL CONTRATO: “DESDOBLAMIENTO DE LA N-Va. ACCESOS A TALAVERA DE LA REINA. TRAMO: ARROYO DE LAS PARRAS A NÚCLEO URBANO (TOLEDO)”.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza un gasto a la Consejería de Fomento, por importe de 3.130.106,78 euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513A.60010, correspondiente al expediente de contratación 2022/020634/001 (CN-TO-22-246) “DESDOBLAMIENTO DE LA N-Va. ACCESOS A TALAVERA DE LA REINA. TRAMO: ARROYO DE LAS PARRAS A NÚCLEO URBANO (TOLEDO)” con una anualidad para el 2023 de 650.106,78 euros y para el 2024 de 2.480.000,00 euros.

APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN TEMPORAL AFECTADAS POR EL CONFLICTO EN UCRANIA QUE CAREZCAN DE RECURSOS ECONÓMICOS SUFICIENTES.

Se aprueba el proyecto de Decreto por el que se regula la concesión directa de ayudas económicas destinadas a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes, por importe total de 1.599.048,00.-euros. 

 

Este proyecto de Decreto tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y humanitario, de ayudas económicas destinadas a hacer frente a las necesidades básicas de personas afectadas por el conflicto en Ucrania que estén empadronadas en los municipios de Castilla-La Mancha, y que siendo beneficiarias del estatuto de protección temporal carezcan de medios económicos y no estén recibiendo recursos del dispositivo de emergencia establecido por la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para atender a las personas desplazadas por el conflicto en Ucrania ni del sistema de acogida de protección internacional, regulado en el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional.  

 

La finalidad de estas ayudas es proporcionar apoyo a aquellas personas o familias que tengan dificultades económicas para cubrir necesidades básicas de alojamiento, manutención, adquisición de productos sanitarios o de higiene u otros básicos para la vida diaria. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 132/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas económicas destinadas a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes.

AUTORIZAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA VICECONSEJERÍA DE SERVICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2023, LAS AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL EN CASTILLA-LA MANCHA.

La resolución tiene por objeto convocar, para el año 2023, las ayudas de emergencia social, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden de 1 de junio de 2012, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de emergencia social en Castilla-La Mancha, modificada por la Orden de 23 de diciembre de 2015, de la Consejería de Bienestar Social y por la Orden de 30 de junio de 2016, de la Consejería de Bienestar Social. 

 

La cuantía total estimada máxima destinada a esta convocatoria es de 9.375.840,00 euros, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias 27/12/312A/48118, 27/12/312A/78174 y 27/12/312A/48118 (Fondo 0000000575 “Plan de Apoyo a la Familia y a la Infancia”), y al elemento PEP JCCM/0000024825 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023. 

 

De acuerdo con lo establecido apartado 5 al artículo 58, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000,00 de euros se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la aprobación del gasto. 

 

Enlaces relacionados:

 

Orden de 1 de junio de 2012, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de emergencia social en Castilla-La Mancha.

 

Orden de 23 de diciembre de 2015, de la Consejería de Bienestar Social.

 

Orden de 30 de junio de 2016, de la Consejería de Bienestar Social.

 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS EN DISTINTOS CENTROS Y DEPENDENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN LA PROVINCIA DE ALBACETE.

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar un gasto de 2.171.813,20 euros derivado del contrato de prestación de servicios de limpieza ecológica y retirada selectiva de residuos en distintos centros y dependencias de la Consejería de Bienestar Social en la provincia de Albacete, basado en el Acuerdo Marco de homologación de los servicios de limpieza ecológica para los edificios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos. 

 

El contrato derivado tendrá un plazo de duración de dos años, a contar desde su formalización, estando previsto su inicio el 11 de enero de 2023, pudiéndose prorrogar por dos años más, en los términos establecidos en la cláusula 3.1 del Pliego Administrativo Específico.  

AUTORIZACIÓN PARA LA CREACIÓN DE UN PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL REFUERZO DEL SERVICIO COMPETENTE EN MATERIA DE MIGRACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIÓN SOCIAL.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización para la creación de un Programa Temporal de Empleo para el refuerzo del Servicio competente en materia de Migraciones de la Dirección General de Acción Social para mejora de la atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal, afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos suficientes.

 

Dicho Programa Temporal tendrá una duración inicial de 11 meses y medio iniciándose el próximo 16 de enero de 2023 y finalizando el 31 de diciembre de 2023. 

 

El coste de implantación del programa temporal asciende a 164.981,41.-€, que se consignará a la partida presupuestaria 2705 313A al fondo finalista 0000000566.

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA APORTACIÓN EXTRAORDINARIA A LA ENTIDAD INSTRUMENTAL DEL SECTOR PÚBLICO REGIONAL “GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.”.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar un gasto por importe de dos millones setecientos veinticinco mil trescientos veintinueve euros con treinta y siete céntimos, (2.725.329,37€), con cargo a la aplicación presupuestaria 23040000G/442B/42003, anualidad 2022, de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2022, en concepto de aportación extraordinaria a Geacam S.A.”