Acuerdos del Consejo de Gobierno 18 de septiembre de 2018

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 18 de septiembre de 2018

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL DE LAS CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA- LA MANCHA

El objeto de este decreto consiste en regular el procedimiento para la elección de los miembros de los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, en desarrollo de lo establecido en el Capítulo IV de la Ley 6/2017, de 14 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha.
 
El decreto se estructura en cinco Capítulos. El Capítulo I define el objeto de la norma, el Capítulo II contiene disposiciones sobre el censo electoral, el Capítulo III establece los derechos electorales, el capítulo IV regula el procedimiento electoral y, por último, el Capítulo V establece las normas de constitución del Pleno.
 
Asimismo, el decreto contiene una disposición transitoria única y dos disposiciones finales.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 65/2018, de 18 de septiembre, por el que se regula el procedimiento electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria y servicios de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE GASTO DEL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Gobierno autoriza un gasto de 1.904.022,80 euros, para el expediente de contratación administrativa del Sistema Integral de Calidad de la Formación Profesional para el Empleo en Castilla-La Mancha.
 
Una vez tramitado el expediente, y comprobando su ajuste a las previsiones normativas, se hace precisa la autorización del gasto por el Consejo de Gobierno, por superar el límite de 750.000 euros, cantidad máxima para su autorización por los titulares de las Consejerías, que se establece en el artículo 20 de la Ley 7/2017 de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para 2018.
 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE FORMACIÓN Y PRÁCTICAS PARA JÓVENES INSCRITOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL (FORMACIÓN PLUS)

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN  DE PROYECTOS DE FORMACIÓN Y PRÁCTICAS PARA JÓVENES INSCRITOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL (FORMACIÓN PLUS),  PARA  EL EJERCICIO 2018, ASÍ COMO LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES  DE GASTO PLURIANUAL
 
La Resolución tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación y prácticas no laborales en empresas, destinados a personas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Formación Plus), para el ejercicio 2018.
 
Esta convocatoria tiene como finalidad mejorar las posibilidades de inserción laboral de las personas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, a través de la formación profesional para el empleo y la práctica profesional. Se trata de proporcionar a las personas jóvenes, previa realización de un itinerario socio-laboral individualizado, la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad, facilitando su acceso al mercado de trabajo, a la ocupación y a la adquisición de práctica laboral en un entorno real.
 
Las personas participantes en los proyectos de formación y práctica para jóvenes en riesgo de exclusión son aquellas incluidas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con mayores dificultades de inserción socio-laboral, en concreto:
 

  1. Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  2. Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
  3. Personas que tengan la condición de víctimas de terrorismo, de acuerdo con la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
  4. Jóvenes procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
  5. Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.
  6. Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
  7. Personas pertenecientes a minorías étnicas o culturales.
  8. Personas sin hogar o en riesgo de pobreza.
  9. En general, otras personas amenazadas de exclusión laboral o social.

 
La convocatoria debe ser autorizada por el Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 58.5.a) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, que prevé que los órganos de las Consejerías y de sus organismos autónomos requerirán autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la aprobación del gasto, entre otros, para las convocatorias de subvenciones cuyo importe global sea superior a 5.000.000 de euros.
 
Igualmente se debe autorizar a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo a superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 19/09/2018, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba, para el ejercicio 2018, la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación y prácticas para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Formación Plus)

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DEL NÚMERO DE ANUALIDADES DERIVADO DE LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE UN TOMÓGRAFO COMPUTERIZADO PARA LA GERENCIA DE ALBACETE

Autorización para la superación de anualidades, en virtud del artículo 48 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda, referido al expediente siguiente:
 
“Suministro, obra, instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de un Tomógrafo Computerizado para el Servicio de Radioterapia de la Gerencia de Atención Integrada de Albacete (SESCAM)”
Presupuesto base de licitación TOTAL: 637.000,00 €
 
ANUALIDADES (IVA incluido):
 
1ª ANUALIDAD 2019:                 499.000,00 €
 
2ª ANUALIDAD 2020 (8 meses)      30.666,67 €
 
3ª ANUALIDAD 2021 (12 meses)    46.000,00 €
 
4ª ANUALIDAD 2022 (12 meses)    46.000,00 €
 
5ª ANUALIDAD 2023 (4 meses)      15.333,33

AUTORIZACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO PARA “SERVICIO DE LIMPIEZA, LAVANDERÍA, TRANSPORTE DE RESIDUOS SANITARIOS, DDD Y TRATAMIENTO DE LEGIONELLA DE CENTROS DE SALUD, CONSULTORIOS Y CDET’S DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE ATENCIÓN PRIMARA DE TOLEDO

AUTORIZACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA “SERVICIO DE LIMPIEZA, LAVANDERÍA, TRANSPORTE DE RESIDUOS SANITARIOS, DDD Y TRATAMIENTO DE LEGIONELLA DE CENTROS DE SALUD, CONSULTORIOS Y CDET’S DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE ATENCIÓN PRIMARA DE TOLEDO - SESCAM”.
 
Autorización para la celebración del contrato, ya que el valor estimado para los cuatro años de licitación inicial más un año de eventual prórroga y posibles modificados es de 10.218.422,36 € que supera el límite de 10.000.000 € establecido en el artículo 58.5 b del Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha modificado por Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018.
 
Autorización del gasto por importe de 9.420.412,24 €, que supera el límite de 5.000.000 € establecido el artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, con el siguiente desglose por anualidades:
-Año: 2018 0 €
-Año:   2019     2.355.103,06 €
-Año:   2020     2.355.103,06 €
-Año:   2021     2.355.103,06 €
-Año:   2022     2.355.103,06 €
 
Se plantea la licitación para dotar de servicio de limpieza, desinfección, desratización, desinsectación y prevención de legionella a los centros propiedad del Sescam dependientes de la Gerencia, para garantizar condiciones adecuadas de higiene, limpieza y salubridad.
 
Contratar el servicio de lavandería de la ropa utilizada en la labor asistencial de los profesionales del Área de Salud de la Gerencia de Atención Primaria de Toledo y transportar los contenedores de residuos sanitarios desde los centros donde se generan hasta la Gerencia para su tratamiento por empresa especializada.
 
El Gasto estimado para 48 meses de contrato principal es 9.420.412,24 €, IVA incluido.

AUTORIZACIÓN A GEACAM PARA OBRAS DE CONSTRUCCION DE UNA BASE DE RETÉN EN NAVAMORCUENDE (TOLEDO)

El Consejo de Gobierno ha autorizado  a  la  empresa  pública  regional  “Gestión  Ambiental de Castilla-La Mancha,  S.A.”  (GEACAM  )  el  gasto  de  391.068,81  euros,  (IVA  incluido)  para formalizar el contrato de obras de construcción de una base de retén en  Navamorcuende (Toledo).
 
El gasto que generará este expediente de contratación se enmarca dentro de la Adenda al Acuerdo entre la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y GEACAM S. A., aprobada el día 6 de junio de 2017 para la encomienda de gestión de las actuaciones de tratamientos selvícolas preventivos y vigilancia fija y móvil en las campañas de prevención para la lucha contra incendios forestales en Castilla – La Mancha para las anualidades 2016- 2020. Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. Submedida 8.3. Apoyo para la prevención de daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, esta última, llevará a cabo la ejecución de las actuaciones referidas a proyectos, obras, asistencias técnicas, servicios, suministros, planes y programas de estas campañas.
 
El artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, recoge  el  régimen  de  autorización  previa de gastos en que incurran determinados entes, entre los que se  incluyen  las  empresas del sector público regional como GEACAM. Por su parte, el artículo 12 de la Orden 214/2017 de 29 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 ha desarrollado el procedimiento para la obtención de la autorización, requiere previo informe de la Dirección General de Presupuestos. Para el caso de gastos que superen los 240.000,00 euros, corresponderá dicha autorización al Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de adscripción.

AUTORIZACIÓN A GEACAM PARA EL SUMINISTRO POR LOTES, DE DIVERSO MATERIAL DE REPUESTO EN LAS TAREAS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES DURANTE LA CAMPAÑA 2019

El Consejo de Gobierno ha autorizado a la empresa pública regional “Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.” (GEACAM) el gasto de 365.601,62 euros, (IVA incluido para formalizar el contrato de suministro por lotes, de diverso material de repuesto para las herramientas a motor utilizadas por Geacam S. A., en las tareas de prevención de incendios forestales durante la campaña 2019.
 
El gasto que generará este expediente de contratación se enmarca dentro en el Acuerdo  entre la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y GEACAM S. A., de 30 de diciembre de 2015 para la encomienda de gestión de las actuaciones de tratamientos selvícolas preventivos y vigilancia fija y móvil en las campañas de prevención para la lucha contra incendios forestales en Castilla – La Mancha para las anualidades 2016-2020. Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. Submedida 8.3. Apoyo para la prevención de daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes y su posterior  Adenda de fecha 06 de junio de 2017, esta última, llevará a cabo la ejecución de las actuaciones referidas a proyectos, obras, asistencias técnicas, servicios, suministros, planes y programas de estas campañas.
 
El expediente de contratación que se pretende tramitar es el contrato Geacam S. A., en las tareas de prevención de incendios forestales durante la campaña 2019.
 
El artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, recoge el régimen de autorización previa de gastos en que incurran determinados entes, entre los que se incluyen las empresas del sector público regional como GEACAM. Por su parte, el artículo 12 de la Orden 214/2017 de 29 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 ha desarrollado el procedimiento para la obtención de la autorización, requiere previo informe de la Dirección General de Presupuestos. Para el caso de gastos que superen los 240.000,00 euros, corresponderá dicha autorización al Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de adscripción.

AUTORIZACION SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DERIVADOS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EN LAS ÁREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DE LOS PARQUES NACIONALES EN CASTILLA LA MANCHA PARA EL AÑO 2018

El consejo de Gobierno ha autorizado de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, la superación de porcentajes, derivados de la Resolución de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018.
 
El Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246, de 14 de octubre de 2005), establece con carácter básico el objeto de dichas subvenciones, los posibles beneficiarios, las iniciativas susceptibles de recibir tales ayudas o los criterios de valoración mínimos que deben tenerse en cuenta en su concesión, y reconoce expresamente que la tramitación y resolución de los correspondientes procedimientos corresponde a las comunidades autónomas.
 
Para la convocatoria correspondiente al año 2018 se prevé la existencia de un crédito de 278.069,54 € con cargo al presupuesto del ejercicio 2019.
 
Al contabilizarse la retención de crédito de la convocatoria se ha tenido conocimiento de que la distribución del crédito para atender las obligaciones derivadas de la convocatoria de la ayuda supera los porcentajes establecidos en el art. 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

DECLARACIÓN DE LA CABALLADA DE ATIENZA (GUADALAJARA) COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 29/08/2017 (DOCM nº 189, de 28/09/2017) se inició expediente para la declaración de la Caballada de Atienza (Guadalajara) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.
 
Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, sin que se hayan presentado alegaciones, se solicitó y obtuvo el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Guadalajara.
 
Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.
 
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de la Caballada de Atienza (Guadalajara) como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 18/09/2018, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Caballada de Atienza (Guadalajara), con la categoría de Bien Inmaterial

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE LA RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE CONTRATOS DE BIBLIOTECARIOS MUNICIPALES POR ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA‐LA MANCHA

Se convocan las subvenciones para el mantenimiento de contratos de bibliotecarios municipales por entidades locales de Castilla‐La Mancha para 2018
 

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE LA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 19/01/2018, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ADQUISICIONES BIBLIOGRÁFICAS, PUBLICACIONES PERIÓDICAS Y MULTIMEDIA PARA LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE LA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 19/01/2018, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ADQUISICIONES BIBLIOGRÁFICAS, PUBLICACIONES PERIÓDICAS Y MULTIMEDIA PARA LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES  DE  CASTILLA‐LA  MANCHA PARA 2018
 
Se modifica la convocatoria las subvenciones para adquisiciones bibliográficas, publicaciones periódicas y multimedia para las bibliotecas municipales de Castilla‐La Mancha para 2018, ampliando el plazo de ejecución y justificación del gasto subvencionable.
 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE A LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE A USUARIOS DEL TRAMITADOR DE EXPEDIENTES SOCIALES “ASISTE” Y DEL PORTAL DE SERVICIOS SOCIALES “MEDAS” DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA AUTORIZA EL GASTO CORRESPONDIENTE A LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE A USUARIOS DEL TRAMITADOR DE EXPEDIENTES SOCIALES “ASISTE” Y DEL PORTAL DE SERVICIOS SOCIALES “MEDAS” DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL.

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA COMISIÓN CENTRAL DE EXPLOTACIÓN DEL ACUEDUCTO TAJO SEGURA POR EL QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DE 38 HM3 PARA EL MES DE JULIO DE 2018

La Agencia del Agua ha tenido registro del acuerdo de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo Segura por el que se autoriza un trasvase de 38 hm3 para el mes de julio de 2018, el día 26 de julio de 2018.
 

En consecuencia el Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico para la

interposición, una vez notificado el citado acuerdo, de un recurso contencioso

administrativo contra el mismo.
 
Se recurre la autorización de este trasvase, acordado cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía estaban en 700,9 hm3 dado que ha sido adoptado por un órgano incompetente y por un volumen que excede del previsto en la regla de explotación, si se hubiesen determinado adecuadamente las condiciones hidrológicas excepcionales el nivel aplicable sería el de nivel 3, donde la Ministra es competente para adoptar un trasvase de hasta 20 hm3/mes.
Se recurre también por vulneración del principio de prioridad de la cuenca cedente al no implantar un régimen de caudales ecológicos.
 

DECLARACIÓN DE CADUCIDAD DEL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS “BARRIO AVANZADO DE TOLEDO”

El Consejo de Gobierno declara la caducidad del Proyecto de Singular Interés “Barrio Avanzado de Toledo”, de conformidad con el artículo 23.2.e) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, al haber transcurrido el plazo de terminación del mismo sin haberse ejecutado, y habiendo decaído, además, el interés social de alcance regional que justificó en su día tramitar esta actuación como PSI, deja sin efecto la Resolución de 29 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Planificación Territorial de la entonces Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se acordó publicar la normativa urbanística contenida en el PSI “Barrio Avanzado de Toledo”, aplicable con carácter transitorio en tanto se produjera la adaptación del planeamiento urbanístico municipal, publicada en el BOP de Toledo núm. 285, de 14 de diciembre de 2010, y ordena la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, así como su notificación al Ayuntamiento de Toledo y a la empresa pública GICAMAN, S.A.”
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 19/09/2018, de la Secretaría General, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se resuelve el expediente de declaración de caducidad por incumplimiento en la ejecución del proyecto de singular interés Barrio Avanzado de Toledo

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL DE PERSONAS RESIDENTES EN LA PROVINCIA DE ALBACETE.

La Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Albacete pretenden suscribir un Convenio de Colaboración cuyo objeto consiste en la atención de situaciones de emergencia social de personas residentes en la provincia de Albacete.
 
El convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2018 y podrá prorrogarse, antes de su finalización si las dos partes firmantes así lo acordaran.

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ACCESO A PRODUCTOS DE APOYO A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

La Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de contratación de la primera prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del servicio público de acceso a productos de apoyo a personas en situación de dependencia de Castilla-La Mancha.
 
Como consecuencia de su tramitación, en la anualidad de 2019 se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, hasta alcanzar un total de un 125,42 %, en el vinculante 2703.313H.24*.
 
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los citados porcentajes.

DISCREPANCIA AYUNTAMIENTO EL REAL DE SAN VICENTE RESPECTO DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL POR LA QUE SE CONSIDERA AMBIENTALMENTE INVIABLE EL PROYECTO INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y PROYECTO DE LEGALIZACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR

El Consejo de Gobierno ha resuelto la discrepancia planteada por el Ayuntamiento de El Real de San Vicente respecto a la Resolución de 30/04/2010 de la Dirección General de Evaluación Ambiental sobre la declaración de impacto ambiental del proyecto el proyecto integración paisajística y proyecto de legalización de vivienda unifamiliar, expediente TO-6877/09, situado en el término municipal de El Real de San Vicente (Toledo), por la que se considera ambientalmente inviable, confirmando esta inviabilidad ambiental”.

 

Conforme al artículo 14 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, “El órgano sustantivo deberá tener en consideración la declaración del impacto ambiental en el procedimiento de autorización del proyecto. 2. Cuando el órgano sustantivo no pertenezca a la Administración del Estado, las discrepancias entre el órgano ambiental y el órgano sustantivo se resolverán por el Consejo de Gobierno, dentro del plazo establecido en el artículo anterior en la forma que se establezca reglamentariamente”.

 

Sometido a declaración de impacto ambiental el proyecto denominado “Integración paisajística y proyecto de legalización de vivienda unifamiliar, expediente TO-6877/09”, el mismo fue declarado inviable ambientalmente por resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental de 30 de abril de 2010.

 

El Ayuntamiento de El Real de San Vicente, en su condición de órgano sustantivo para la resolución del procedimiento de autorización del citado proyecto, y en disconformidad con la declaración de inviabilidad ambiental, plantea discrepancia ante el Consejo de Gobierno para su resolución, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.

Analizadas las alegaciones del Ayuntamiento de El Real de San Vicente y los informes obrantes en el expediente, se confirma la inviabilidad ambiental del proyecto, en la medida que su realización supondría un grave deterioro de los valores naturales del entorno.

AUTORIZACIÓN POR EL SE MODIFICAN LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL EN LAS APLICACIONES 18.02.422A 6* Y 18.07.422C 6*, EN LA ANUALIDAD 2019

El Consejo de Gobierno autoriza la modificación de los porcentajes de gasto plurianual  establecidos en el artículo 48. 3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en las aplicaciones presupuestarias 18.02.422A 6* y 18.07.422C 6* y en la anualidad 2019, hasta el 75, 70 y 86,92 por ciento respectivamente, derivada de la tramitación de los procedimientos de contratación de obras en tres colegios de educación infantil y primaria de Castilla‐ La Mancha y en una residencia universitaria.

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO AL REAJUSTE DE ANUALIDADES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL PROGRAMA INNOVA-ADELANTE EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL EJERCICIO 2017

 
El Consejo de Gobierno autorizar la superación de los porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, en relación con el expediente de gasto “Reajuste de anualidades del crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas por Resolución de 27 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciable en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2017”, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad y 60% para la segunda) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.
 
 

 

DISCREPANCIA AYUNTAMIENTO EL REAL DE SAN VICENTE RESPECTO DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL POR LA QUE SE CONSIDERA AMBIENTALMENTE INVIABLE EL PROYECTO INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y PROYECTO DE LEGALIZACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR

El Consejo de Gobierno ha resuelto la discrepancia planteada por el Ayuntamiento de El Real de San Vicente respecto a la Resolución de 05/03/2010 de la Dirección General de Evaluación Ambiental sobre la declaración de impacto ambiental del proyecto Integración paisajística y proyecto de legalización de vivienda unifamiliar, expediente TO-6878/09, situado en el término municipal de El Real de San Vicente (Toledo), por la que se considera ambientalmente inviable, confirmando esta inviabilidad ambiental”.
 
Conforme al artículo 14 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, “El órgano sustantivo deberá tener en consideración la declaración del impacto ambiental en el procedimiento de autorización del proyecto. 2. Cuando el órgano sustantivo no pertenezca a la Administración del Estado, las discrepancias entre el órgano ambiental y el órgano sustantivo se resolverán por el Consejo de Gobierno, dentro del plazo establecido en el artículo anterior en la forma que se establezca reglamentariamente”.
 
Sometido a declaración de impacto ambiental el proyecto denominado “Integración paisajística y proyecto de legalización de vivienda unifamiliar, expediente TO-6878/09”, el mismo fue declarado inviable ambientalmente por resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental de 5 de marzo de 2010.
 
El Ayuntamiento de El Real de San Vicente, en su condición de órgano sustantivo para la resolución del procedimiento de autorización del citado proyecto, y en disconformidad con la declaración de inviabilidad ambiental, plantea discrepancia ante el Consejo de Gobierno para su resolución, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.
 
Analizadas las alegaciones del Ayuntamiento de El Real de San Vicente y los informes obrantes en el expediente, se confirma la inviabilidad ambiental del proyecto, en la medida que su realización supondría un grave deterioro de los valores naturales del entorno.