Acuerdos del Consejo de Gobierno 17 de mayo de 2016

Acuerdos del Consejo de Gobierno 17 de mayo de 2016

ACUERDOS

Resolución de la Dirección General de Promoción Institucional por la que se convocan subvenciones para la promoción y fomento de actividades de las Comunidades Originarias y Casas Regionales, durante el año 2016

Toma de conocimiento del proyecto de Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se prorroga la planificación sectorial de estaciones de inspección técnica de vehículos de Castilla-La Mancha

Con fecha 27 de mayo de 2010, se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden de 24 de mayo de 2010, de la entonces Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se establece la planificación sectorial de estaciones de inspección técnica de vehículos de Castilla-La Mancha, teniendo en cuenta parámetros objetivos tales como la distribución del censo zonal del parque de vehículos de la región, censo de habitantes, dispersión poblacional, así como las estaciones de ITV existentes, regulando a su vez, los criterios de resolución de los procedimientos de autorización, cuando existan supuestos de concurrencia de solicitudes para un mismo ámbito geográfico limitado por la propia planificación.
 
El artículo 2 de la mencionada Orden señala que la planificación establecida en la misma tendrá una vigencia de cinco años desde su entrada en vigor, finalizando el día 27 de mayo de 2015. Con fecha 14 de mayo  de 2015, se publicó en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha, la Orden de 27 de abril de 2015, de la Consejería de Fomento, por la que se prorroga por un año la planificación sectorial de estaciones de inspección técnica de vehículos de Castilla - La Mancha establecida en la Orden de 24 de Mayo de 2010.
 
Una vez próxima la finalización del periodo de vigencia de la Orden de 27 de abril de 2015, se mantienen las circunstancias que motivaron la prórroga efectuada por dicha norma, todo ello en base a un nuevo marco regulatorio que deberá tener en cuenta la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de la misma fecha, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE, y la Directiva 2014/47/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de  abril de 2014 relativa a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales, que deberán transponerse por los Estados miembros. 
 
A este respecto es preciso tener en cuenta que aún no se han procedido a implementar los cambios normativos estatales oportunos, no habiendo culminado la tramitación del proyecto de modificación del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, que establece las normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, que pretendía eliminar las incompatibilidades para los socios, directivos y personal de las entidades que actúan en el campo de la inspección técnica de vehículos, así como exigir para tales entidades la acreditación conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020.
 
Dichas circunstancias, hacen aconsejable establecer una nueva prórroga de la vigente planificación sectorial.
 
Enlace relacionado:
Orden de 18/05/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se prorroga la planificación sectorial de estaciones de inspección técnica de vehículos de Castilla-La Mancha

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la sustitución de ventanas, sustitución de calderas individuales

La Orden  tiene como objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a promover el ahorro y la eficiencia energética mediante la sustitución de ventanas, calderas individuales, instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción.
 
Serán subvencionables los siguientes programas:
 
Programa 1. Sustitución de ventanas, dirigido a la sustitución de ventanas, por otras de mayor eficiencia energética.
Programa 2. Sustitución de calderas individuales, dirigido a la sustitución de generadores térmicos individuales, (en adelante, calderas individuales) por otros de mayor eficiencia energética.
Programa 3. Instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción, dirigido a la instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción cuyo objeto es medir los consumos y repartir los gastos correspondientes en función de los consumos reales de calefacción. 
 
Serán beneficiarios para los programas 1 y 2, las personas físicas, que sustituyan los elementos subvencionables en viviendas sitas en Castilla-La Mancha y para el programa 3 las comunidades de propietarios legalmente constituidas, de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
La concesión de las ayudas se realizará a través del procedimiento simplificado de concurrencia, en cuanto que por la naturaleza y características de las mismas, no puede establecerse otro criterio de prelación entre ellas que no sea el temporal, dentro del plazo previsto en la correspondiente convocatoria, siendo tramitadas y resueltas conforme se vayan presentando las solicitudes, en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.
 
Con el fin de facilitar a los interesados un mejor acceso y gestión a las ayudas del programa 2, así como una correcta instalación de las nuevas calderas individuales y retirada de las antiguas, la orden prevé un procedimiento de designación de entidades colaboradoras y de empresas instaladoras adheridas que cumpliendo los requisitos establecidos, concurran al citado programa de ayudas.  
 
Enlace relacionado:
Orden de 18/05/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la sustitución de ventanas, sustitución de calderas individuales e instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción

Toma de conocimiento de la Orden de la consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de minimis, para prevenir los posibles ataques de lobo

El  objeto  de  la  orden  es  establecer  las  bases  reguladoras  para  la  concesión  de  ayudas  para  prevenir los posibles ataques de lobo ibérico (Canis lupus signatus) en territorios de Castilla‐La Mancha,  siendo  su  finalidad  la  conciliación  de  la  presencia  del  lobo  ibérico  con  los  usos  ganaderos  de  la  Región,  en  especial  con  la  ganadería  extensiva,  a  través  de  medidas  para prevenir  daños  por  ataques  al  ganado.  Se  consideran  beneficiarios  de  las  ayudas  los  ganaderos o titulares de explotaciones ganaderas que sean personas físicas, jurídicas u otras entidades sin personalidad jurídica, que cumplan con los requisitos establecidos en la Orden de bases. 
 
Enlace relacionado:
Orden de 18/05/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de minimis, para prevenir los posibles ataques de lobo ibérico (Canis lupus signatus) al ganado doméstico en territorios de Castilla-La Mancha.

Toma de conocimiento de la Orden de la consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se realiza la convocatoria, se establecen disposiciones para su aplicación y se aprueba el modelo de solicitud única de ayudas a la ganadería

El Consejo ha tomado conocimiento de la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se realiza la convocatoria, se establecen disposiciones para su aplicación y se aprueba el modelo de solicitud única de ayudas a la ganadería, para el año 2016.
 
Así mismo autoriza la superación de los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Decreto que regula una ayuda en especie en comedores escolares a alumnos de infantil y primaria

Decreto por el que se regula la concesión de  una ayuda en especie en comedores escolares públicos con carácter excepcional destinada al alumnado de educación infantil segundo ciclo y educación primaria de Castilla La Mancha que por circunstancias socioeconómicas o por motivos familiares se encuentre en situación de emergencia social o económica desfavorecida para el curso 2016/2017.
 
Enlace relacionado:
Decreto 23/2016, de 17/05/2016, por el que se regula la concesión directa, con carácter excepcional, de una ayuda en especie en comedores escolares públicos destinada al alumnado del segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria de Castilla-La Mancha, que por circunstancias socioeconómicas o por motivos familiares se encuentre en situación de emergencia social o económica desfavorecida para el curso 2016/2017.

Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que establece bases reguladoras de ayudas en especie consistente en el uso de de libros de texto para alumnos de primaria y ESO matriculado en centros públicos y privados concertados

Esta Orden tiene por finalidad establecer las bases reguladoras para la gestión de uso de los libros de texto en régimen de préstamo en los centros educativos públicos y privados concertados de Castilla-la Mancha.
 
Modalidades:
 
Las modalidades serán las siguientes:
 
Modalidad 1.- Libramiento de fondos a centros públicos para adquisición de libros de texto destinados a su uso en régimen de préstamo por el alumnado.
Modalidad 2.- Subvención para la adquisición de libros de texto destinados a su uso en régimen de préstamo por el alumnado en centros privados concertados de Castilla-La Mancha. En la resolución de convocatoria se establecerán los cursos que comprende cada una de las dos modalidades.
 
Enlace relacionado:
 
Corrección de errores de la Orden 17/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas en especie consistente en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria matriculado en centros públicos y privados concertados de Castilla-La Mancha
 
Orden de 17/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas en especie consistente en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria matriculado en centros públicos y privados concertados de Castilla-La Mancha.

Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar actividades educativas de las federaciones, confederaciones y asociaciones de madres y padres de alumnos

El consejo de gobierno toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a financiar las actividades educativas de las federaciones, confederaciones y asociaciones de madres y padres de alumnos de centros docentes de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, 
 
Se prevén dos modalidades:
a)        Modalidad A. Subvenciones para federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos., con un presupuesto estimado de 25.000 euros
b)        Modalidad B. Subvenciones para asociaciones de madres y padres de alumnos, con un presupuesto estimado de 200.000 euros.
Enlaces relacionado:
Orden de 17/06/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a financiar las actividades educativas de las federaciones, confederaciones y asociaciones de madres y padres de alumnos de centros docentes de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan los cursos intensivos de inmersión en inglés/francés en la región, destinados a alumnos de quinto y sexto curso de Educación Primaria, en el ejercicio 2016

Esta resolución tiene como objeto convocar para el año 2016, los cursos intensivos de inmersión en inglés/francés para grupos de alumnos de quinto y sexto curso de Educación Primaria, matriculados y que estén cursando estudios en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
Los cursos intensivos de inmersión en inglés/francés consistirán en la asistencia de grupos de estudiantes, junto con personal docente, a un centro de inmersión lingüística en la región con el fin de mejorar sus competencias en otro idioma.
 
Cada semana podrán participar entre un mínimo de 120 alumnos y un máximo de 150 alumnos, siempre que no se supere el cómputo total de plazas ofertadas, fijado en 860, y de acuerdo con el siguiente calendario:
 
-          Primer turno (inglés): del 19 de septiembre al 23 de septiembre de 2016.
-          Segundo turno (inglés): del 26 de septiembre al 30 de septiembre de 2016.
-          Tercer turno (inglés): del 3 de octubre al 7 de octubre de 2016.
-          Cuarto turno (inglés): del 17 de octubre al 21 de octubre de 2016.
-          Quinto turno (inglés): del 24 de octubre al 28 de octubre de 2016.
-          Sexto turno (francés): del 7 de noviembre al 11 de noviembre de 2016.
 
El objeto de esta subvención consiste en una prestación en especie de los servicios que constituyen los cursos intensivos en inglés/francés. La realización de dichos cursos queda condicionada a la adjudicación a la empresa ganadora de la licitación en el correspondiente procedimiento contractual.
 
Enlaces relacionados:
 
Resolución de 06/06/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan los cursos intensivos de inmersión en inglés/francés en la región, destinados a alumnos de quinto y sexto curso de Educación Primaria, en el ejercicio 2016.
 
Orden de 09/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de cursos intensivos de inmersión en lenguas extranjeras en la región, destinados a alumnos de quinto y sexto curso de Educación Primaria.

Acuerdo de 17/05/2016 del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Tamborada de Tobarra (Albacete), con la categoría de Bien Inmaterial.

En la Tamborada de Tobarra el toque de los tambores crea un paisaje sonoro tanto individual como colectivo, identitario y singular. Esta práctica social se caracteriza porque su duración se extiende a varios días, de forma ininterrumpida. Actualmente  está abierta a la participación de personas de cualquier género, edad y nivel socioeconómico. Es en el seno de estas asociaciones y grupos en donde se transmiten la práctica y los conocimientos en torno al elemento, y se genera un sentimiento de pertenencia e identidad al grupo y al ritual. Igualmente intervienen los artesanos, que trabajan durante todo el año en la elaboración de los tambores. 
 
Enlace relacionado:
Acuerdo de 17/05/2016, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Tamborada de Tobarra (Albacete), con la categoría de Bien Inmaterial.

Toma de conocimiento de la Resolución por la que se convocan para el año 2016 subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores

Las subvenciones objeto de esta convocatoria estarán destinadas al desarrollo de programas preferentemente de ámbito regional, incluidos en alguna de las líneas que se relacionan a continuación:
 
a)     Programas de atención a mayores, que integran:
1.   º Promoción del envejecimiento activo y saludable orientado a la inclusión social.
2.   º Prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal.
3.   º Protección de derechos y calidad de atención.
4.   º Alojamiento y convivencia de carácter residencial en viviendas de mayores.
 
b) Promoción de la capacitación digital para personas mayores de 55 años mediante el aprendizaje de nuevas tecnologías.
 
Enlace relacionado:
Resolución de 23/05/2016, de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha

Autorizar el gasto segunda prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia de Mayores de Riopar (Albacete)

La vigencia de la prórroga será por el período comprendido entre el 16 de junio de 2016 y el 15 de enero de 2018, ambos días incluidos. 

Autorizar la superación de los porcentajes previstos en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en la anualidad de 2017

La Dirección Provincial de la Consejería de Bienestar Social de Albacete precisa continuar la tramitación del expediente de contratación de Servicios Auxiliares en el  Centro de Menores “Arco Iris” dependiente de la Dirección Provincial de Albacete.
 
El citado contrato tendrá una duración de un año, abarcando el periodo comprendido entre el 5 de octubre de 2016 hasta el 4 de octubre de 2017, ambos días incluidos.
 
Como consecuencia de su tramitación, se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en la anualidad de 2017. 

Autorización al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, para plantear conflicto de jurisdicción ante el Jurisdicción ante el juzgado de primera instancia e instrucción nº 4 de Guadalajara, a raíz del auto de 27 de abril de 2016

El Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, a plantear conflicto de jurisdicción ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Guadalajara, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2º de la Ley Orgánica 2/1987, de 18 de mayo, de Conflictos Jurisdiccionales, a raíz del auto de 27 de abril de 2016.

Encomienda al Consejero de Sanidad de las actuaciones procedentes en su Departamento para que en el nuevo plan funcional del Hospital Universitario de Guadalajara se incluyan en la cartera de servicios los Servicios de Cirugía Pediátrica

En la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, los recursos sanitarios que gestiona el Servicio de Salud de Castilla La Mancha (SESCAM) dan respuesta a la demanda asistencial derivada del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud.
 
Desde el ámbito institucional se han tomado diferentes medidas para mejorar los indicadores, tanto desde el punto de vista de la mejora de los protocolos asistenciales como desde el punto de vista organizativo y de gestión, incluyendo la colaboración en el ámbito asistencial con otras Comunidades Autónomas desde el año 2013 en que el Fondo de cohesión sanitaria se ha convertido en un “fondo extrapresupuestario”.
 
Pese a ello los recursos existentes en la actualidad no permiten atender con los medios existentes determinadas prestaciones, que tampoco son satisfechas al amparo del citado Fondo de cohesión sanitaria y de los Servicios de referencia del Sistema Nacional de Salud.
 
Este hecho obliga a la ampliación de los medios y recursos propios mediante la construcción de nuevas infraestructuras sanitarias que permitan la ampliación de los servicios sanitarios existentes en las respectivas áreas de salud de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
Por este motivo en el nuevo Plan Funcional del HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GUADALAJARA se van a incluir en la cartera de servicios los Servicios de Medicina Nuclear y de Cirugía Pediátrica.

Acuerdo por el que se aprueba la adhesión de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al instrumento de apoyo a la sostenibilidad del gasto farmacéutico y sanitario

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas comunicó a Castilla-La Mancha que al haber superado el objetivo de déficit de 2015,  ese incumplimiento suponía también no cumplir el Plan de Ajuste 2015 que había presentado al Ministerio, al estar adherida a los mecanismos adicionales de financiación para las Comunidades Autónomas.
 
El Ministerio pedía que en cumplimiento del artículo 25 de la Ley Orgánica 2/2012 Castilla-La Mancha tendría que aprobar la no disponibilidad de crédito.
 
Tras las negociaciones con el Ministerio se acordó retener créditos por importe de 25 millones de euros, en lugar de aprobar el acuerdo de no disponibilidad.