El Consejo de Gobierno acuerda:
“Sancionar a I-De Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U., por la comisión de una infracción muy grave en materia de conservación de la naturaleza, tipificada en el artículo 108.6 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, consistente en “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio o naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat”, procediendo la imposición de la siguiente sanción:
1º.- Una sanción consistente en multa por importe de doscientos mil un euro (200.001,00 €),
2º.- Imponer el deber de indemnizar la muerte del ejemplar de milano real en el importe de veintidós mil setenta euros (22.070,00 €), en virtud del baremo previsto en el Decreto 67/2008, de 13 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por el que se establece la valoración de las especies de fauna silvestre amenazada, en su importe actualizado al IPC;
Asimismo, imponer la siguiente medida complementaria: la modificación y adaptación de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, de todos los postes eléctricos de la línea implicada (Línea L351615 Minaya de ST La Roda), instalando si fuese preciso las mejoras tecnologías disponibles con el fin de evitar electrocuciones y colisiones a la avifauna de la zona”.