El Consejo de Gobierno acuerda:
“Sancionar a I-De Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U., por la comisión de una infracción muy grave en materia de conservación de la naturaleza, tipificada en el artículo 108.6 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, consistente en “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio o naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat”, con:
1º.- Una sanción consistente en multa por importe de doscientos mil un euros (200.001,00 euros), de conformidad con lo prevenido en el artículo 113.1.C a) de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza;
2º.- Imponer el deber de indemnizar la muerte del ave por importe de veintidós mil setecientos treinta y cuatro euros, (22.734,00 euros), en virtud del baremo previsto en el Decreto 67/2008, de 13 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por el que se establece la valoración de las especies de fauna silvestre amenazada;
3º.- Acordar la medida complementaria siguiente: deberá proceder a modificar entera la Línea L355918, Línea Casa Puente de ST Villarrobledo (Albacete). Instalando si fuere preciso las mejoras tecnológicas disponibles con el fin de evitar electrocuciones y colisiones a la avifauna de la zona”.