Cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente, y tramitada la correspondiente propuesta por la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 80/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, procede elevar a la consideración del Consejo de Gobierno la aprobación del cambio de denominación solicitado, y ello, a través de un acto que debe adoptar la forma de decreto.
Enlaces relacionados: