Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL COFINANCIABLE POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO (FSE) CON CARGO AL PROGRAMA OPERATIVO FSE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020.

Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral destinadas a ayudar a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos o de hijas o para el cuidado de familiares. Asimismo, el Decreto establece ayudas para la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o de hijas o familiares.    Se contemplan dos líneas de ayudas:    a) Línea 1: Ayudas a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos o de hijas o el cuidado de familiares. b) Línea 2: Ayudas por la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o de hijas o el cuidado de familiares.   Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:   a) En el caso de las ayudas de la línea 1, las personas trabajadoras por cuenta ajena. b) En el caso de las ayudas de la línea 2, serán beneficiarios tanto los trabajadores por cuenta ajena, como los trabajadores autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.   Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa y se destinan créditos del ejercicio 2021 por un importe de 4.500.000 euros.    Enlaces relacionados:   Decreto 36/2021, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, como medida de fomento de la conciliación, cofinanciable por el Fondo Social Europeo (FSE) con cargo al Programa Operativo FSE Castilla-La Mancha 2014-2020.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN Y EL RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DEL DIÁLOGO SOCIAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha, dedica su título segundo a la denominada “Participación institucional”, y considera participación institucional, a los efectos de dicha ley, la representación, intervención y colaboración de las organizaciones y asociaciones sindicales y empresariales más representativas, en la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios, en el seno de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus entidades de derecho público vinculadas o dependientes    A tal efecto, en su artículo 25, se crea el Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha, como órgano colegiado de participación, adscrito a la consejería competente en materia de empleo. Y, en su apartado 2, se establece que la composición y régimen de funcionamiento de dicho Consejo serán objeto de desarrollo reglamentario.    En consecuencia, el proyecto de decreto que nos ocupa, regula la composición y régimen de funcionamiento del Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha.    Respecto al contenido del Decreto, su estructura consta de una parte expositiva, de treinta y tres artículos distribuidos en cuatro capítulos relativos a: naturaleza, adscripción y funciones; composición; estructura orgánica y funcionamiento; y, recursos económicos; así como una disposición adicional, y una disposición final.    Enlaces relacionados:   Decreto 37/2021, de 20 de abril, por el que se regula la composición y el régimen de funcionamiento del Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha.

PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE CREA EL COLEGIO OFICIAL DE LICENCIADOS Y GRADUADOS EN CIENCIAS AMBIENTALES DE CASTILLA-LA MANCHA.

ACUERDO POR EL QUE MANIFIESTA SU CONFORMIDAD CON LA TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA DE LAS ENMIENDAS PRESENTADAS AL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ECONÓMICAS, SOCIALES Y TRIBUTARIAS FRENTE A LA DESPOBLACIÓN Y PARA EL DESARROLLO DEL MEDIO RURAL.

Mediante este acuerdo, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha expresa su conformidad  a la tramitación parlamentaria de las enmiendas presentadas al articulado, del Proyecto de Ley de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo de Medio Rural en Castilla-La Mancha, por el Grupo Parlamentario Popular, Grupo Parlamentario Ciudadanos, Grupo Parlamentario Socialista (Expediente 10/PL-00012), de acuerdo con lo establecido en el artículo 134 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha. 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO CORRESPONDIENTE A LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN FARMACEUTICA, A TRAVÉS DE LAS OFICINAS DE FARMACIA, EN LA PROVINCIA DE TOLEDO.

Conforme a lo previsto en el Concierto suscrito por el SESCAM y los cinco Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Castilla-La Mancha, por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica, a través de las oficinas de farmacia, firmado el 22 de diciembre de 2003, se presenta por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Toledo la factura correspondiente al mes de marzo de 2021 por un importe de 16.948.495,59 euros, que se imputa en la partida presupuestaria 6103G/412D/48290.    El artículo 21.e) 1º de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, establece que corresponde a la Dirección Gerencia del SESCAM la autorización de los gastos para el pago de productos farmacéuticos procedentes de recetas médicas, para el pago de productos farmacéuticos imputables al capítulo 2 “Gastos en bienes corrientes y servicios”, así como para el pago de material sanitario, hasta un importe de 16.000.000,00 euros.    Cuando se supere el límite anterior, la autorización del gasto corresponderá al Consejo de Gobierno, conforme al artículo 21.f) de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DEL CONTRATO DE EMERGENCIA DE TRANSPORTE SANITARIO TERRESTRE SUSCRITO POR LA GERENCIA DE URGENCIAS, EMERGENCIAS Y TRANSPORTE SANITARIO, EN LA PROVINCIA DE CUENCA.

Tomar conocimiento de la declaración de emergencia, respecto del contrato de emergencia de transporte sanitario terrestre suscrito por la Gerencia de Urgencias, Emergencias y Transporte sanitario con vigencia entre el 16 de marzo y el 30 de septiembre de 2021, en la provincia de Cuenca.    Artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.    Con fecha 15 de marzo de 2021 se procedió por la Dirección Gerencia del Sescam a la resolución del contrato de transporte sanitario terrestre de la provincia de Cuenca, por incumplimiento de la UTE contratista. La autorización de la resolución del contrato fue emitida por el Consejo de Gobierno con fecha 9 de marzo de 2021. El transporte sanitario terrestre es un servicio esencial por lo que resultaba preciso, para garantizar la continuidad de la prestación, tramitar un procedimiento de emergencia en la provincia de Cuenca con un plazo de duración de 6 meses y medio, desde el 16 de marzo de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y EL NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, DESIGNADOS POR LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA EN REPRESENTACIÓN DE LOS INTERESES SOCIALES.

Las Cortes regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.    El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.    Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.    Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.    Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.    Corresponde al gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros.    Nombramiento: D. Pilar Zamora Bastante  Cese: D. Ignacio Sánchez Pascual     Enlaces relacionados:   Decreto 38/2021, de 20 de abril, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.

 

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES Y LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS ACTUACIONES RELATIVAS A LA CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO CAMPUS DE GUADALAJARA EN EL AÑO 2020.

El Consejo de Gobierno ha adoptado el acuerdo por el que:    Primero: Se aprueba el convenio de colaboración a suscribir entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y la Universidad de Alcalá para la financiación de las actuaciones relativas a la construcción del nuevo campus de Guadalajara en el año 2020.    Segundo: Se autoriza un gasto máximo por importe de 907.444,87 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18030000G422C72205, anualidad del 2021. 

DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL DE LOS GANCHEROS DEL ALTO TAJO EN LOS MUNICIPIOS DE PRIEGO, CAÑAMARES, CAÑIZARES, BETETA Y SANTA MARÍA DEL VAL, PERALEJOS DE LAS TRUCHAS, TARAVILLA, POVEDA DE LA SIERRA, ZAOREJAS Y PEÑALÉN.

Por parte del Consejo de Gobierno se declara Bien de Interés Cultural los Gancheros del Alto Tajo, en los municipios de Priego, Cañamares, Cañizares, Beteta y Santa María del Val (Cuenca) y, Peralejos de las Truchas, Taravilla, Poveda de la Sierra, Zaorejas y Peñalén (Guadalajara), con la categoría de Bien Inmaterial. 

 

Enlaces relacionados:

 

Acuerdo de 20/04/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural los Gancheros del Alto Tajo, en los municipios de Priego, Cañamares, Cañizares, Beteta y Santa María del Val (Cuenca) y, Peralejos de las Truchas, Taravilla, Poveda de la Sierra, Zaorejas y Peñalén (Guadalajara), con la categoría de Bien Inmaterial.

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE DECLARA LA EMERGENCIA Y SE ENCARGA A LA EMPRESA PÚBLICA TRAGSA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA LA DEMOLICIÓN Y RESTITUCIÓN DE LA HOJA INTERIOR DEL PABELLÓN DEL I.E.S. “UNIVERSIDAD LABORAL”.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento, a los efectos del artículo 120.1 b) de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de la resolución de 29 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Educación, Cultura y Deportes, por la que declara la emergencia y se encarga a la empresa pública TRAGSA, la ejecución de las actuaciones necesarias para la demolición y restitución de la hoja interior del pabellón del IES “Universidad Laboral”, de Toledo.    El encargo consiste en la ejecución las actuaciones consistentes en la demolición y posterior restitución de la hoja interior del pabellón del IES “Universidad Laboral,  se incluyen los honorarios de redacción de memorias, gestión de residuos y coordinación en materia de seguridad y salud que requiera la actuación .    El coste estimado máximo del encargo, según informe de la Unidad Técnica, asciende a 120.000,00 euros, con cargo a la anualidad del 2021, y un plazo de ejecución de 3 meses. 

APROBACIÓN DE UN GASTO CORRESPONDIENTE AL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LOS EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA ADSCRITOS A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

Se autoriza a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la realización de un gasto por un importe total de 1.106.755,92 euros para la contratación del suministro de energía eléctrica en diversos edificios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, adscritos a la citada Consejería. 

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS PROCEDIMIENTOS ABIERTOS SUPER SIMPLIFICADOS ADJUDICADOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN LA PROVINCIA DE TOLEDO.

El Consejo de Gobierno autoriza al órgano de contratación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a reconocer obligaciones hasta un importe máximo de 166.794,19 euros, con cargo a la partida presupuestaria 1802TO00G/423A/22300, anualidad 2021, derivado de los procedimientos abiertos súper simplificados adjudicados para la prestación del servicio de transporte escolar en diversas rutas de la provincia de Toledo.