Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SESCAM, MUFACE, ISFAS Y MUGEJU PARA LA PRESTACIÓN EN ZONAS RURALES DE DETERMINADOS SERVICIOS SANITARIOS A LOS MUTUALISTAS Y DEMÁS BENEFICIARIOS.

En los municipios del medio rural de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, únicamente el SESCAM dispone de los medios necesarios para la prestación de los servicios de atención primaria que los mutualistas y demás beneficiarios de las citadas Mutualidades precisen.     La ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, establece que las personas titulares o beneficiarias de los regímenes especiales de la Seguridad Social gestionados por estas Mutualidades, que hayan optado por recibir asistencia sanitaria a través de las entidades de seguro deberán ser atendidas en los centros sanitarios concertados por estas entidades y, en caso de recibir asistencia en centros sanitarios públicos, el gasto correspondiente a la asistencia prestada será reclamado al tercero obligado al pago.    Por este motivo, las Mutualidades han venido formalizando convenios de colaboración desde el año 2002 con el SESCAM, con sucesivas prórrogas, finalizando la vigencia del Convenio actual el 31 de diciembre de 2020, por lo que se hace necesario suscribir este convenios con el mismo objeto, es decir, para la prestación de servicios sanitarios de Atención Primaria en municipios de menos de 20.000 habitantes. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES REALIZADAS POR LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.    En este contexto, el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19,  estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su Sector Público para hacer frente al COVID-19.    La aplicación de dicho régimen excepcional habilita a los órganos de contratación a contratar todo lo necesario para hacer frente al COVID-19 sin obligación de tramitar expediente de contratación ni sujetarse a los requisitos formales establecidos en la LCSP.    Al amparo de ello, desde el 17 de septiembre al 27 de noviembre de 2020, las declaraciones de emergencia en contrataciones realizadas por la Fundación Sociosanitaria para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, al COVID-19, ascienden a 182.341,30 €. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES REALIZADAS POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.    En este contexto, el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19,  estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su Sector Público para hacer frente al COVID-19.    La aplicación de dicho régimen excepcional habilita a los órganos de contratación a contratar todo lo necesario para hacer frente al COVID-19 sin obligación de tramitar expediente de contratación ni sujetarse a los requisitos formales establecidos en la LCSP.    Al amparo de ello, desde 13 de octubre y hasta el 12 de diciembre de 2020 las declaraciones de emergencia en contrataciones realizadas por la Consejería de Sanidad para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, al COVID-19, ascienden a 883.396,73 €. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN MUJERES, PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DANA + EN CASTILLA-LA MANCHA.

Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Fundación Mujeres para colaborar financieramente en el desarrollo conjunto del proyecto DANA + en Castilla-La Mancha. La concesión de forma directa de esta subvención está justificada en la existencia de razones de interés público, social y económico. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 84/2020, de 21 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Mujeres para el desarrollo del proyecto DANA+ en Castilla-La Mancha.

MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES RELATIVAS AL DESTINO DEL SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES DE VILLAHERMOSA (CIUDAD REAL), CEDIDO GRATUITAMENTE AL AYUNTAMIENTO DE DICHA LOCALIDAD.

Mediante acuerdos del Consejo de Gobierno, de fecha 14 de julio de 2009 y 18 de mayo de 2010, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cedió gratuitamente al Ayuntamiento de Villahermosa (Ciudad Real), el silo de almacenamiento de cereales, con destino que se concreta en la construcción de un centro cívico, en el patio anexo al silo, así como ejecutar un salón multifuncional para fines sociales y culturales en una de las naves del inmueble, quedando las otras dos naves como almacén de maquinaria y materiales. Se acuerda la modificación de la cesión, incorporando una nueva finalidad o destino al citado inmueble señalado anteriormente. 

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2020.

El Consejo de Gobierno aprueba una Oferta de Empleo Público de 1903 plazas para personal de Administración General, SESCAM y personal docente no universitario.    De las 1903 plazas que componen la oferta, 1644 son de nuevo ingreso y 259 de promoción interna (109 de promoción interna ordinaria y 150 de promoción interna directa en el puesto). La aprobación de esta Oferta de Empleo Público beneficia a toda la sociedad castellano-manchega, ya que gracias a la misma mejorará la calidad de los servicios públicos que presta la Administración regional.    Enlaces relacionados:   Acuerdo 21/12/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2020.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULAN AYUDAS PARA EL INICIO Y MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y DEL FAMILIAR COLABORADOR, AFECTADAS POR EL COVID-19.

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se por el que se regulan ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas y del familiar colaborador, afectadas por el COVID-19”.    El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, así como a la incorporación de familiares colaboradores, afectados por la crisis económica que ha ocasionado el COVID-19, siendo su finalidad favorecer el autoempleo y el mantenimiento de la actividad emprendedora para la reactivación de la actividad económica en nuestra región, en este periodo de crisis sanitaria y económica.    Las subvenciones se articulan a través de dos líneas de subvención:    Línea 1:  Subvenciones destinadas para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, cuyo objeto es impulsar y mantener el empleo por cuenta propia, compensando los gastos de inicio y mantenimiento de la actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.    Línea 2: Subvenciones al familiar colaborador del titular de la empresa, fomentando la inserción laboral de familiares de la persona trabajadora autónoma principal, mediante la prestación de servicios en el negocio familiar.    La cuantía de la subvención para la línea 1 y 2,  será de 3000 euros para cada persona beneficiaria.     Esta cuantía se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017 , de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI), de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación, así como en el territorio de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha.    Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa,y para las mismas se destinará un crédito para el año 2021, que asciende a la cantidad de 1.900.000 euros, que se financiarán con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.    Enlaces relacionados:   Decreto 83/2020, de 21 de diciembre, por el que se regulan ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas y del familiar colaborador, afectadas por el COVID-19.