Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

TOMAR EN CONSIDERACIÓN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE GARANTÍAS DE TIEMPOS MÁXIMOS DE RESPUESTA EN ATENCIÓN ESPECIALIZADA EN EL ÁMBITO DEL SESCAM

La Ley 3/2014, de 21 de julio, de garantía de la atención sanitaria y del ejercicio de la libre elección en las prestaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha aborda dos cuestiones fundamentales: el nuevo modelo de garantías de tiempos máximos de respuesta y la regulación del derecho a la libre elección de médico y centro.

 

El nuevo modelo de garantías instaurado por la Ley 3/2014, de 21 de julio, desplazó, tras la modificación parcial que supuso la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, la conocida popularmente como “Ley de Garantías”, la Ley 24/2002, de 5 de diciembre, de Garantías en la Atención Sanitaria Especializada, por una nueva visión del régimen de garantías temporales para las prestaciones sanitarias que finalmente ha resultado inaplicable, tanto por el anterior Gobierno que propició su aprobación, como en el momento actual.

 

Con el fin dotar a los ciudadanos castellano-manchegos de un marco normativo propio, estable, y eficiente, que les permita ejercer en condiciones de seguridad el derecho a la garantía de los tiempos máximos de respuesta, y el derecho a la libre elección de profesional sanitario, ambos reconocidos en los artículos 38 y 39 de la vigente Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha, se hace imprescindible derogar la Ley 3/2014, de 21 de julio, y aprobar, en su lugar, una nueva Ley de garantías de tiempos máximos de respuesta en atención especializada, así como proceder al inmediato al desarrollo reglamentario del derecho a la libre elección de médico y centro reconocido por el art. 39 de la vigente Ley 5/2010, de 24 de junio.

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA EN CONOCIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS REALIZADAS CON CARGO AL FONDO DE CONTINGENCIA

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.3 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, la consejería competente en materia de hacienda dará cuenta, al Consejo de Gobierno, de las modificaciones presupuestarias realizadas con cargo al Fondo de Contingencia.

ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRAN NOTARIOS PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Tal como establece el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno es el órgano competente para efectuar los nombramientos de notarios para plazas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.

 

Mediante el presente acuerdo se nombran cinco notarios para plazas radicadas en distintas localidades de nuestra comunidad.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 09/04/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran notarios para plazas radicadas en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 110/2006, DE 17 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA

El presente decreto tiene por objeto realizar las modificaciones conformes a los principios de buena regulación, establecidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, especialmente a los de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica pues contienen la regulación mínima necesaria para cumplir con los objetivos proyectados, que son eliminar una discriminación y permitir el pase a la segunda actividad a los destinatarios de esta regulación.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 26/2019, de 9 de abril, por el que se modifica el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha

AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICAN LOS CRÉDITOS DISPONIBLES EN EL EJERCICIO 2019, QUE HAN DE FINANCIAR LAS SUBVENCIONES DE COSTES SALARIALES PREVISTAS EN EL DECRETO 21/2010, DE 20 DE ABRIL

AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICAN LOS CRÉDITOS DISPONIBLES EN EL EJERCICIO 2019, QUE HAN DE FINANCIAR LAS SUBVENCIONES DE COSTES SALARIALES PREVISTAS  EN  EL  DECRETO 21/2010, DE 20 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER Y FACILITAR LA INTEGRACIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO.

 

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar la Resolución de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2019, que han de financiar las subvenciones de costes salariales previstas en el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.5.a) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

 

Estas ayudas tienen por objeto subvencionar parcialmente el coste salarial de cada trabajador con discapacidad en plantilla de los centros especiales de empleo, que presten sus servicios en un centro de trabajo radicado en el territorio de Castilla-La Mancha.

 

El crédito presupuestario disponible para el ejercicio 2019 asciende a 17.699.000,00 euros, financiados con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 10/04/2019, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2019, que han de financiar las subvenciones de costes salariales previstas en el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y LA TRAMITACIÓN DE PAGO EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE RECEPCIÓN, ATENCIÓN E INFORMACIÓN TURÍSTICA DE LA OFICINA DE TURISMO DE LA PUERTA DE BISAGRA

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar el reconocimiento de la obligación y la tramitación del pago a favor de la mercantil ILUNION CEE OUTSOURCING en relación a la prestación de los servicios de recepción, atención e información turística de la Oficina de Turismo de la Puerta de Bisagra de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Toledo, durante los meses de septiembre, octubre y hasta el 15 de noviembre de 2017, por importe de 15.500,58 euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON CERTIFICADO DE ORIGEN RENOVABLE DE LOS EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS

AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON CERTIFICADO DE ORIGEN RENOVABLE DE LOS EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, EXCLUIDOS LOS CENTROS DEL SESCAM.

 

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar la celebración del acuerdo marco para la homologación del suministro de energía eléctrica con certificado de origen renovable de los edificios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos, excluidos los centros del SESCAM.

 

A tal fin, se hace necesario licitar un acuerdo marco de homologación del suministro de energía eléctrica con certificado de origen renovable de los mencionados edificios.

 

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto 74/2018, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada, la celebración de acuerdos marco requerirá la autorización del Consejo de Gobierno.

 

El valor estimado del acuerdo marco asciende a 45.740.905,44 euros, a aplicar en los ejercicios 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, es necesaria la autorización de Consejo de Gobierno para su celebración.