TEXTO PARA INCLUIR EN EL PORTAL DE LA TRANSPARENCIA
El Consejo de Gobierno ha autorizado de conformidad con lo establecido en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, la superación de porcentajes, derivados de la Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2019 las ayudas para la ejecución de los programas zootécnico- sanitarios reguladas por el capítulo II de la Orden 29/2018, de 13 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas( ADSGs ) en Castilla-La Mancha y las ayudas para la ejecución de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales (PNEEA) reguladas por el capítulo III.
La finalidad de las ayudas para la ejecución de Programas zootécnico sanitarios es la compensación de determinados costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales incluidas dentro de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales, en base al Reglamento 652/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal.
La finalidad de las ayudas para la ejecución de los Programas Nacionales de Erradicación, Vigilancia y Control de las Enfermedades Animales es la compensación de determinados costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales incluidas dentro de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales, en base al Reglamento 652/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal.
Las ayudas se financian con fondos de los Presupuestos Generales del Estado, de cofinanciación de la Unión Europea y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se imputarán a la aplicación presupuestaria 21040000G/713B/4832F.
Al contabilizarse la retención de crédito de la convocatoria se ha tenido conocimiento de la superación de los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre procede elevar al Consejo de Gobierno su correspondiente autorización.