Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA QUE IMPUGNE ANTE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVA, LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE VILLATOBAS POR LA QUE SE CONCEDE LICENCIA DE OBRAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NAVE

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO PARA QUE IMPUGNE ANTE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVA, LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE VILLATOBAS POR LA QUE SE CONCEDE LICENCIA DE OBRAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NAVE PARA ALOJAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ABONOS LÍQUIDOS EN SU TÉRMINO MUNICIPAL.

 

El Consejo de Gobierno acuerda impugnar ante la jurisdicción contencioso‐administrativa, la Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Villatobas nº 105/2018, de 9 de marzo, por la que se concede licencia de obras para la construcción de una nave para alojamiento de vehículos de transporte y distribución de abonos líquidos en la parcela 51, polígono 1, del citado término municipal.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN COMISIÓN CATÓLICA ESPAÑOLA DE MIGRACIÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE UN PLAN SOCIAL DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS FAMILIAS QUE HAN SIDO DESALOJADAS DE UN INMUEBLE

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN COMISIÓN CATÓLICA ESPAÑOLA DE MIGRACIÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE UN PLAN SOCIAL DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS FAMILIAS QUE HAN SIDO DESALOJADAS DE UN INMUEBLE DESTINADO A ALQUILER SOCIAL UBICADO EN GUADALAJARA

 

Se propone al Consejo de Gobierno la aprobación del Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Asociación Comisión Católica Española de Migración, para la realización de un plan social de acompañamiento a las familias que han sido desalojadas de un inmueble destinado a alquiler social ubicado en Guadalajara.

 

Esta subvención será concedida de forma directa según dispone el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, por concurrir razones de interés público, sociales y humanitarias. Las bases reguladoras de esta subvención se determinan en este Decreto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PARA LOS EJERCICIOS 2019, 2020 Y 2021 DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS DEL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES DE TARANCÓN

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PARA LOS EJERCICIOS 2019, 2020 Y 2021 DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS DEL CENTRO  DE  DÍA  PARA  PERSONAS MAYORES DE TARANCÓN EN CUENCA.

 

Como consecuencia de la tramitación del expediente de la sexta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del Servicio de Estancias Diurnas del Centro de Día para Personas Mayores de Tarancón en Cuenca se precisa la autorización de la superación de los porcentajes previstos en el Art.48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en las anualidades de 2019, 2020 y 2021 en el vinculante 2704/G/313D/24 hasta alcanzar un total del 92,58% en el ejercicio 2019, un 86,44% en el ejercicio 2020 y un 81,40 % en el ejercicio 2021.

 

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los citados porcentajes.

AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO A LA SOCIEDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. (SODICAMAN), PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL DE LA MERCANTIL PUY DU FOU ESPAÑA, S.A.

La mercantil PUY DU FOU ESPAÑA, S.A., gestionará un proyecto declarado de Singular Interés por el Gobierno Regional, que supondrá una inversión destinada a la construcción y explotación de un parque temático con espectáculo histórico situado en Toledo que cuenta con un presupuesto de 183 millones de euros y que supondrá la generación de 1.175 puestos de trabajo directos en 2021.

En el marco de las actuaciones señaladas, está previsto que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha participe en el capital de la Sociedad con una aportación de 5 millones de euros, incluyendo prima de emisión, estimándose que el instrumento financiero más adecuado para ello sea a través de SODICAMAN, S.A. por constituir una actuación típica dentro de su objeto social. Con esta operación SODICAMAN ostentará un 5,1 % del capital social de PUY DU FOU ESPAÑA, S.A.

 

En consecuencia, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada Ley, entre los que se encuentra SODICAMAN, S.A, se ajustará al régimen previsto en el artículo 24 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-la Mancha, que establece que la autorización de los gastos en que incurran las entidades señaladas en el apartado 1 corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.

AUTORIZACION DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE LA ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA EL SUMINISTRO Y DISTRIBUCIÓN DE FRUTAS Y HORTALIZAS, Y LECHE EN LOS CENTROS ESCOLARES DE CASTILLA-LA MANCHA

AUTORIZACION DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE LA ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA EL SUMINISTRO Y DISTRIBUCIÓN DE FRUTAS Y HORTALIZAS, Y LECHE EN LOS CENTROS ESCOLARES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL CURSO ESCOLAR 2018-2019.

 

El Consejo de Gobierno ha autorizado la superación de porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, para atender las obligaciones derivadas de la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para el suministro y distribución de frutas y hortalizas, y leche en los centros escolares de Castilla-La Mancha para el curso escolar 2018-2019, con el siguiente desglose de anualidades:

 

La Orden en la que se incluyen los créditos afectados por la superación de porcentajes objeto del presente acuerdo establece las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas al suministro y distribución de frutas y hortalizas, y leche en los centros escolares de Castilla-La Mancha para el curso escolar 2017-2018, de conformidad con el Real Decreto 511/2017 de 22 de mayo de 22 de mayo, por el que se desarrolla la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea en relación con el programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche.

 

La finalidad de las ayudas es aumentar el consumo de frutas y hortalizas frescas y leche y productos lácteos entre la población infantil, de manera que se fomente la adquisición de hábitos alimentarios saludables.

 

Podrán solicitar la ayuda para el suministro y distribución de frutas y hortalizas y leche cualquier proveedor de productos o servicios que haya declarado su interés en distribuir el producto en Castilla-La Mancha, según lo establecido en  los artículos 8 y 9.2 del Real Decreto 511/2017, de 22 de mayo.

 

Las ayudas para el suministro y distribución de frutas y hortalizas, y de leche y productos lácteos,  para su consumo por los escolares serán financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), a través del Organismo pagador de Castilla-La Mancha, con el crédito asignado en Conferencia Sectorial.

 

El presupuesto previsto para esta convocatoria de ayudas durante el curso escolar 2018-2019 para el programa de reparto de frutas y hortalizas es de 1.000.135,50 euros y para el programa de reparto de leche y productos lácteos es de 154.485,71 euros, con cargo a la partida presupuestaria 21050000 G/718A/47336 de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2019, quedando condicionada la convocatoria a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos citados.

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PORCENTAJE PLURIANUAL EN LA ANUALIDAD 2019, DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE LA ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LAS ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PORCENTAJE PLURIANUAL EN LA ANUALIDAD 2019, DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE LA ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LAS ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DE CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS, AYUNTAMIENTOS Y OTRAS ENTIDADES SIN FIN DE LUCRO, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS COMUNITARIOS QUE FAVOREZCAN LA PREVENCIÓN DEL FRACASO Y EL ABANDONO ESCOLAR Y FOMENTEN ACCIONES DE SEGUNDA OPORTUNIDAD EN LA LOCALIDAD DURANTE EL CURSO 2018/2019   El gasto a realizar para la citada convocatoria determina que se supere el porcentaje de gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.   Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del citado texto legal, previo informe de la Consejería de Hacienda, se solicita del Consejo de Gobierno su modificación.

 

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PORCENTAJE PLURIANUAL EN LA ANUALIDAD 2019, DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE LA ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL DOCENTE

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PORCENTAJE PLURIANUAL EN LA ANUALIDAD 2019, DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE LA ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL DOCENTE DESTINADO A LA IMPLANTACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA DEL ÉXITO EDUCATIVO Y PREVENCIÓN DEL ABANDONO ESCOLAR TEMPRANO EN CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS CONCERTADOS.   El gasto a realizar para la citada convocatoria determina que se supere el porcentaje de gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.   Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del citado texto legal, previo informe de la Consejería de Hacienda, se solicita del Consejo de Gobierno su modificación.

 

DECRETO POR EL QUE SE NOMBRA, A DOÑA BELÉN GALLETERO CAMPOS, MIEMBRO DEL CONSEJO ASESOR DEL ENTE PÚBLICO DE RADIO-TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA

El apartado 1 del artículo 10 de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, por la que se crea el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha establece que existirá un único Consejo Asesor, compuesto por quince miembros, designados, a partes iguales, por las Cortes de Castilla-La Mancha, por el Consejo de Gobierno, por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, por la Universidad de Castilla-La Mancha y por las centrales sindicales más representativas, como representantes de los trabajadores del Ente Público y de sus sociedades.   Una vez designados, el apartado 3 del mismo artículo dispone que “Los miembros del Consejo Asesor serán nombrados por el Consejo de Gobierno”.

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE EXPRESA SU NO OPOSICIÓN A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 1/2012, DE 21 DE FEBRERO, DE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL PLAN DE GARANTÍAS DE SERVICIOS SOCIALES

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE EXPRESA SU NO OPOSICIÓN A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 1/2012, DE 21 DE FEBRERO, DE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL PLAN DE GARANTÍAS DE SERVICIOS SOCIALES, EXPEDIENTE 09/PPL-00017, A LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 156.1 DEL REGLAMENTO DE LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA.

 

El artículo 156.1 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha aprobado en Sesión Plenaria de 16 de octubre de 1997, (BOCCLM núm. 133, de 16 de octubre), dispone que: “Ejercitada la iniciativa, el Presidente de las Cortes ordenará la publicación de la Proposición de Ley y su remisión al Consejo de Gobierno respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si implicara aumento de crédito o disminución de ingresos presupuestarios”. El Consejo de Gobierno  mediante este acuerdo expresa su no oposición a la tramitación de la proposición de ley por la que se modifica la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, a estos efectos.