El artículo 174 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece que, a fin de reforzar su cohesión económica, social y territorial, la Unión se propondrá reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas regiones y el retraso de las regiones menos favorecidas, y que se prestará especial atención a las zonas rurales, a las zonas afectadas por una transición industrial y a las regiones que padecen desventajas naturales o demográficas graves y permanentes, las regiones más septentrionales con una escasa densidad de población, y las regiones insulares, transfronterizas y de montaña.
La política de cohesión constituye la principal política de inversión de la Unión Europea. Su objetivo es apoyar la creación de empleo, la competitividad empresarial, el crecimiento económico, el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en todas las regiones y ciudades de la Unión Europea.
La indicada política de cohesión se ejecuta a través de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos: el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo de Cohesión, Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).
Bajo este contexto la Comisión adopta la Decisión de Ejecución C(2015) 892 de 12.02.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo Castilla-La Mancha, para el que se solicitan ayudas del FEDER en el marco del objetivo de inversiones en crecimiento y empleo destinadas a Castilla- La Mancha en España. La referida Decisión ha sido objeto de reciente modificación por Decisión de Ejecución C(2017) 8953 de 19.12.2017, por la que, además de modificarse determinados elementos del Programa Operativo FEDER 2014-2020, se ha incorporado la Inversión Territorial Integrada (ITI) en zonas despobladas o con declive socioeconómico.
La materialización por el Gobierno de Castilla-La Mancha de la herramienta ITI, recogida en la normativa UE, se ha realizado por medio del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de abril de 2016, de definición de las zonas ITI, así como por el Decreto 31/2017, de 25 de abril, que reguló la gobernanza de la misma, todo ello con el fin de propiciar el uso de este instrumento para implementar estrategias territoriales de modo integrado en territorios con desventajas añadidas, permitiendo recurrir a la financiación de varios ejes de prioridad de uno o más Programas Operativos.
Las normas ahora aprobadas por el Consejo de Gobierno se sitúan en el marco del PO FEDER, fondo destinado a reforzar la cohesión económica y social regional a través de la inversión en sectores que fomentan el crecimiento para mejorar la competitividad, la creación de empleo, así como la cooperación transfronteriza, y suponen el establecimiento de unas normas comunes para la ejecución del Programa Operativo FEDER Castilla-La Mancha 2014- 2020, a través de entidades públicas, organismos y empresas públicas dependientes de éstas, distintas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, pero con objetivos de inversión comunes, que estén interesados en la ejecución de proyectos susceptibles de ser financiados dentro del PO FEDER, utilizando para ello el procedimiento de selección de operaciones de las expresiones de interés.
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