AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DEL GASTO DERIVADO DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA, SE ESTABLECEN DISPOSICIONES PARA SU APLICACIÓN Y SE APRUEBA EL MODELO DE SOLICITUD ÚNICA DE AYUDAS A LA GANADERÍA, PARA EL AÑO 2018.
El Consejo de Gobierno ha autorizado la superación de porcentajes del gasto derivado de la orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se realiza la convocatoria de tramitación anticipada, se establecen disposiciones para su aplicación y se aprueba el modelo de solicitud única de ayudas a la ganadería, para el año 2018.
La Orden tiene por objeto facilitar al ganadero la presentación de solicitudes de las diferentes ayudas a la ganadería convocadas, por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2018 por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural simplificando las gestiones y procedimientos que deben realizar ante esta Administración.
Se viene unificando en una Orden los modelos y plazos de convocatoria de las siguientes ayudas::
1.1 Las destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas (DOCM n.º 77, de 18 de abril de 2012).
1.2 Las destinadas al control de rendimiento de las hembras lecheras en Castilla-La Mancha de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se desarrollan las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el control de rendimiento de las hembras lecheras en Castilla-La Mancha (DOCM n.º 77, de 18 de abril de 2012).
Al contabilizarse la retención de crédito se advierte que se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por lo que de conformidad con el artículo 48.4 de la citada Ley de Hacienda, procede elevar al Consejo de Gobierno la autorización para la superación de porcentajes, previo informe de la dirección general con competencias en materia de presupuestos