Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

Acuerdo por el que se autoriza la modificación del número máximo de ejercicios a los que pueden aplicarse los compromisos de gasto plurianual derivados del contrato del servicio de Teletraducción en las llamadas al servicio emergencias 1-1- 2

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DEL NÚMERO MÁXIMO DE EJERCICIOS A LOS QUE PUEDEN APLICARSE LOS COMPROMISOS DE GASTO DE CARÁCTER PLURIANUAL DERIVADOS DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE TELETRADUCCIÓN EN LAS LLAMADAS AL SERVICIO DE ATENCIÓN Y COORDINACIÓN DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS 1-1- 2 (EXPTE. 1502TO17SER00110).

 

Dado que el gasto derivado de este contrato se extiende a cinco ejercicios presupuestarios (2018, 2019, 2020, 2021 y 2022) , conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3 y 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla la Mancha , el Consejo de Gobierno , a propuesta de las Consejerías interesadas y previo informe de la Dirección General con competencias en materia de presupuestos, debe acordar el incremento cuando el número de anualidades supere el previsto.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS SEGUNDO Y TERCERO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES DE LA EMPRESA PÚBLICA “INSTITUTO DE SISTEMAS FOTOVOLTAICOS DE CONCENTRACIÓN, S.A.” (ISFOC).

El Consejo de Administración del ISFOC, en su sesión del día 28 de julio de 2017, tomó razón del informe sobre propuesta de modificación de los estatutos sociales con el fin de que la misma fuera sometida a la pertinente y necesaria autorización por parte del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y, por unanimidad de los Consejeros, se acordó comenzar con los trámites necesarios para que la referida modificación estatutaria pudiera llevarse a efecto, de conformidad con el artículo 286 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. El objetivo de la modificación de los estatutos, que afecta a sus artículos segundo y tercero, es ampliar el objeto social y los fines y funciones de la sociedad.

 

En este sentido, el artículo 53.4 a) de la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, de Patrimonio de Castilla-La Mancha, dispone que “en relación a las empresas en cuyo capital social la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tenga una participación directa o indirecta superior al cincuenta por ciento, necesitarán autorización del Consejo de Gobierno las siguientes operaciones: a) La modificación de los estatutos sociales.”

Proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 64/2017, de 19 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Retorno del talento joven”