Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

Ordenar la publicación de las Declaraciones de bienes, rentas y actividades de los gestores públicos de Castilla‐La Mancha, así como las de sus cónyuges o personas con análoga relación de convivencia afectiva

Anualmente o como consecuencia del nombramiento o cese los gestores públicos vienen obligados a presentar, para su publicación en el Diario Oficial de Castilla‐La Mancha, las Declaraciones de bienes, rentas y actividades según se estableció en la Ley 6/1994, de 22 de diciembre, de publicidad en el Diario Oficial de los bienes, rentas y actividades de los gestores públicos de Castilla‐La Mancha y en la Ley 11/2003 de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla‐La Mancha.

Igualmente y con carácter voluntario pueden presentar dicha declaración los miembros de las Corporaciones Locales.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 21/03/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se ordena la publicación de declaraciones de actividades, bienes y rentas de los gestores públicos de Castilla-La Mancha

Autorización al Ente Público Radio Televisión de Castilla‐La Mancha para la realización de gastos superiores a 240.000 euros, derivados de la contratación del suministro de la red de datos de RTVCM con sus centros territoriales

Autorización al Ente Público Radio Televisión de Castilla‐La Mancha para la realización de gastos superiores a 240.000 euros, derivados de la contratación del suministro de la red de datos de RTVCM con sus centros territoriales, y de los servicios de seguridad y recepcionistas en Toledo, Cuenca y Albacete.

 

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 21 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha para 2016, que establece que la realización por parte de las entidades, empresas y fundaciones pertenecientes al sector público regional, de gastos superiores a 240.000 euros requerirá autorización del Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General de Presupuestos.

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2017, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 95/2014, de 18 de septiembre

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2017, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 95/2014, de 18 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el abono de cuotas a la seguridad social, a las personas perceptoras de  la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

 

El objeto de esta Resolución es la publicación de los créditos disponibles, en el ejercicio presupuestario 2017, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 95/2014, de 18 de septiembre.

 

Las subvenciones consistirán en el abono del 100% de las cuotas a la SS durante el periodo en el que el trabajador habría tenido derecho a percibir la prestación en el caso que hubiera decidido capitalizar. En el caso de los trabajadores autónomos, la subvención consistirá en un 50% de la cuota al régimen correspondiente a la Seguridad Social como trabajador autónomo, calculada sobre la base mínima de cotización.

 

La resolución prevé que el crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2017, asciende a 115.000 euros.

 

Las solicitudes de subvención se podrán presentar, conforme establece el artículo 9 del Decreto 95/2014 de 18 de septiembre, desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-la Mancha, hasta el día 30 de noviembre de 2017.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 03/04/2017, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2017, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 95/2014, de 18 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el abono de cuotas a la Seguridad Social, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. 

 

Decreto 95/2014, de 18 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el abono de cuotas a la Seguridad Social, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito territorial de Castilla-la Mancha. 

Acuerdo por el que se autoriza la modificación de porcentajes del gasto plurianual derivado del contrato del servicio de auditoría para el apoyo a la intervención general en los trabajos de certificación de las cuentas de los fondos agrícolas Feaga/Feader

La Junta de Comunidades, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento de ejecución (UE) 908/2014 de la Comisión Europea, tiene que cumplir con los trabajos asignados al organismo de certificación de las cuentas de los fondos agrícolas FEAGA/FEADER.

 

La Intervención General no dispone en el Servicio de Control Financiero y Auditoría de personal ni de medios suficientes para realizar todas las actuaciones necesarias para ello por  lo que es necesario contratar el servicio de una empresa privada de auditoría.

 

Teniendo en cuenta que este contrato supone un gasto plurianual imputado al ejercicio de 2018 que conlleva una modificación de los porcentajes previstos en el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha es necesaria la autorización del Consejo de Gobierno.

Acuerdo por el que se convalida la omisión de fiscalización previa preceptiva del reconocimiento de servicios previos

El artículo 100 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha establece que en los supuestos en los que la función interventora fuese preceptiva y se hubiese omitido, no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto, previo informe de la Intervención General.

Autorización del reconocimiento de las obligaciones derivadas de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies de los regímenes de ayuda incluidos en la solicitud única 2016, realizados por el fondo español de garantía agraria

El Consejo de Gobierno ha autorizado el reconocimiento de las obligaciones  por importe total de 359.662,24 euros derivadas de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies de los regímenes de ayuda incluidos en la solicitud única 2016, realizados por el fondo español de garantía agraria.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueban las convocatorias de subvenciones dirigidas a financiar los gastos de personal y de mantenimiento de las Escuelas Infantiles dependientes de las entidades locales de Castilla‐La Mancha

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueban las convocatorias de subvenciones dirigidas a financiar los gastos de personal y de mantenimiento de las Escuelas Infantiles dependientes de las entidades locales de Castilla‐La Mancha y de los Centros de Educación Infantil (Primer ciclo) de otras entidades realizados durante el año 2016 .

 

Convocatorias de ayudas públicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a financiar los gastos de personal y de mantenimiento de las escuelas infantiles de entidades locales y de los centros de educación infantil de entidades sin fines de lucro realizados en el ejercicio 2016.

 

Enlaces relacionados:

Orden 54/2017, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para el mantenimiento de escuelas infantiles

 

Orden 53/2017, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el mantenimiento de centros de Educación Infantil.

Autorización de la incorporación al ejercicio presupuestario corriente de obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores

Autorizar la incorporación al ejercicio presupuestario corriente de las obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores por importe de 506.888,30 euros, con cargo al capítulo II.

Toma de conocimiento del proyecto de Decreto de medidas para facilitar el acceso a viviendas sujetas a algún tipo de protección pública

El Consejo de Gobierno tomará razón y aprobará para su tramitación el proyecto de Decreto antes citado que en relación a la normativa sobre vivienda protegida regula una serie de medidas importantes, que favorece el acceso a la vivienda protegida:

 

1º Con carácter temporal, flexibiliza los requisitos de acceso de los ciudadanos demandantes de vivienda protegida, elevando los requisitos de renta máxima y haciendo compatible el acceso a la vivienda con la posibilidad de tener una vivienda libre en el caso de persona pertenecientes a colectivos vulnerables. De esta forma se pretende que el stock de vivienda protegida en Castilla‐La Mancha que está terminada y sin ocupar pueda encontrar finalmente un comprador.

2º Los promotores de vivienda protegida que no sea Vivienda de Protección Oficial, pueden solicitar durante un año la descalificación voluntaria de las promociones que, aun a pesar de hacerse promovido su acceso a través de procedimientos administrativos de selección de adjudicatarios, han quedado éstos en gran parte desiertos. La descalificación conllevará la devolución de todas las ayudas públicas recibidas.

3º Se agiliza algunos trámites administrativos, como la innecesaridad de autorización o visado administrativo en supuestos de transmisión de la vivienda en situaciones de crisis matrimonial o convivencia, o supuestos de aportación de la vivienda a la sociedad conyugal.

4º Se ha concretado la exigencia de estar previamente empadronado únicamente cuando se trata de viviendas de iniciativa público regional, es decir, no resulta necesario si se accede a una vivienda protegida de promoción privada.

4º Regula la posibilidad de aportación de una vivienda protegida a patrimonio especial de personas con discapacidad, conforme a la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad.

5º Extiende el régimen de vivienda protegida a aquellas viviendas de la Administración Regional que originalmente no estaban sujetas al régimen de la vivienda protegida, pero que han quedado adscritas al patrimonio separado de vivienda y suelo (p.ej. viviendas de peones camineros).

6º Finalmente, regula el cambio de régimen de disfrute de la vivienda de promoción pública propiedad de la Junta de Comunidades. Se regula por un lado, la posibilidad de que una persona inquilina con una antigüedad de al menos 5 años pueda ejercer el derecho de opción de compra. Del mismo modo, en el caso de que un adjudicatario hubiera adquirido en compraventa a plazos una vivienda de promoción pública, y que por razones justificadas, no los pueda pagar puntualmente, podrá solicitar cambiar a alquiler.

Autorización del gasto para la prórroga del contrato de servicios de explotación y mantenimiento de los sistemas de abastecimiento de Campiña Baja y Bornova (Guadalajara)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 627.712,53 € PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA –IALCM‐ PRORROGUE EL VIGENTE CONTRATO DE EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO DE CAMPIÑA BAJA Y BORNOVA (GUADALAJARA).

 

LA PRÓRROGA, PERMITIDA POR EL VIGENTE CONTRATO, SE REALIZA POR UN PLAZO DE 1 AÑO.

 

CON ELLO, SE POSIBILITA LA CORRECTA GESTIÓN, MANTENIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA 35 POBLACIONES SITUADAS EN 28 MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, BENEFICIANDO A 19.500 HABITANTES CENSADOS Y UNOS 40.000 HABITANTES EN ÉPOCA PUNTA.

 

EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES CUMPLIR CON LA VIGENTE NORMATIVA EN MATERIA TÉCNICO‐SANITARIA EN RELACIÓN CON EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A POBLACIONES.

 

IACLM PROCEDERÁ A LA PRÓRROGA AUTOMÁTICA POR EL PERÍODO SEÑALADO, YA QUE LO PERMITE EL VIGENTE CONTRATO SUSCRITO CON LA UTE QUE FUE ADJUDICATARIA DEL SERVICIO (FCC‐AQUALIA SA), POR LO CUAL NO PROCEDE A PUBLICACIÓN ADICIONAL ALGUNA. PARA MAYOR INFORMACIÓN, SE PUEDE IR AL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA , CUYA DIRECCIÓN ES:

http://www.iaclm.es

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Orden APM/156/2017, de 24 de febrero, por la que se autoriza un trasvase desde embalses de Entrepeñas‐Buendía, a través del acueducto Tajo‐Segura

Se recurre la autorización de este trasvase, acordado cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía según la Orden Ministerial estaban en 398,4 hm3, dado que ha sido adoptado en contra de lo establecido en la regla de explotación, según la cual cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía se sitúen por debajo de los 400 hm3 no cabe aprobar trasvase alguno. Según nuestra interpretación, el umbral mínimo de no trasvase está plenamente vigente dado que el volumen de existencias embalsadas de 900 hm3 se alcanzó el 8 de marzo de 2014. Por el contrario, la Comisión de Explotación del ATS considera que nos encontramos en el período transitorio fijado en la normativa, por lo que dichos umbrales aún no son efectivos.

 

Adicionalmente, se insiste en el incumplimiento reiterado del artículo 5 del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo‐Segura, relativo a la publicación de los informes de seguimiento, que junto a la reiterada negativa del Dirección General del Agua de permitir la asistencia de Castilla‐ La Mancha a las reuniones de la CCEATS y de acceso a la documentación de la misma produce una falta de transparencia que genera indefensión y afecta negativamente a los intereses de la Región.

Decreto del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo

El Decreto tiene por objeto regular la organización, la composición y el funcionamiento del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo (en adelante el Consejo), creado en el artículo 10 de la Ley 3/2003, de 13 de febrero, de Cooperación Internacional para el  Desarrollo.

 

El Consejo es el órgano colegiado de carácter consultivo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de cooperación internacional para el desarrollo, al que le corresponden las funciones previstas en el artículo 10.3 de la Ley 3/2003, de 13 de febrero, y las establecidas en este Decreto.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 24/2017, de 21 de marzo, del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo.