A través de esta orden, se establecen las bases reguladoras de los premios Miguel de Cervantes de Gastronomía, en sus distintas modalidades.
Con estos premios se pretende, a partir del año en el que se conmemora el cuatrocientos aniversario de la muerte de Miguel de Cervantes Saavedra, rendir homenaje a este gran escritor, y destacar el papel de la cocina castellano-manchega promocionada a través de su obra más importante, “Don Quijote de la Mancha”, reconociendo el trabajo de aquellos establecimientos que promuevan y potencien el valor de nuestra gastronomía como atractivo turístico de reconocido prestigio.
Los premios Miguel de Cervantes de Gastronomía, constan de tres modalidades, con la siguiente dotación económica:
a) Modalidad de Cocina Castellano-Manchega Tradicional.
Primer premio: 2.000 euros, trofeo conmemorativo y diploma.
Segundo premio: 1.000 euros y diploma.
b) Modalidad de Cocina Castellano-Manchega de Vanguardia.
Primer premio: 2.000 euros, trofeo conmemorativo y diploma.
Segundo premio: 1.000 euros y diploma.
c) Modalidad Carta de Vinos.
Primer premio: 2.000 euros, trofeo conmemorativo y diploma.
Cada establecimiento sólo podrá participar en una única modalidad de cocina, a excepción de la Modalidad de Carta de Vinos, a la que sí podrá optar en concurrencia con otra de cocina.
Podrán participar las personas físicas y jurídicas o aquellas sin personalidad jurídica que, se dediquen a la actividad de restauración, (incluida en el epígrafe 56.1, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09), y/o en el Grupo 671 de la Agrupación 67 del Impuesto de Actividades Económicas) en el territorio de Castilla-La Mancha.
Las candidaturas podrán presentarse en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. No se admitirán a trámite, las candidaturas presentadas fuera de este plazo. Las candidaturas sólo podrán presentarse de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario habilitado para ello.
El órgano instructor de los procedimientos correspondientes a las convocatorias de estos premios, será el Servicio de Turismo de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; y la citada Dirección General, el resolutor de los mismos.
Los procedimientos deberán resolverse en el plazo máximo de 4 meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las candidaturas presentadas serán evaluadas por una comisión técnica, conforme a los criterios de selección contemplados en la orden; y seleccionará como finalistas de las modalidades de Cocina Castellano-Manchega Tradicional y Cocina Castellano-Manchega de Vanguardia, a las cinco candidaturas que hayan obtenido mayor puntación; y de la modalidad de Carta de Vinos, a las tres candidaturas que hayan obtenido mayor puntuación. Excepcionalmente y de modo motivado, la comisión técnica podrá seleccionar un número superior de finalistas, que en ningún caso podrá exceder de siete, para las dos primeras modalidades, ni de cinco, para la última. Asimismo, la comisión técnica podrá declarar desiertas las convocatorias en los supuestos contemplados por la orden.
Las candidaturas finalistas de cada modalidad seleccionadas por la citada comisión técnica, serán valoradas, finalmente, por un jurado, conforme a los criterios de valoración establecidos en la orden.
Enlace relacionado:
Orden de 25/05/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Miguel de Cervantes de Gastronomía