El objetivo de esta Resolución es publicar los créditos y abrir el plazo de presentación de las solicitudes que han de financiar las ayudas que se concedan en el presente ejercicio en virtud del Decreto 7 /2016, de 15 de marzo, publicado en el DOCM número 54 de 18 de marzo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones para financiar la realización de proyectos o actuaciones de interés público, social, económico o humanitario, de carácter excepcional, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la JCCM, relativos a las siguientes materias: A este respecto, hay que tener en cuenta que el artículo 19.5, párrafo segundo, de la Ley 4/2011, de 10 marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha establece que, “excepcionalmente, cuando existan necesidades urgentes de incorporaciones de personal, pueden aprobarse ofertas de empleo público para ámbitos específico”.
a) Proyectos o actuaciones sociales o humanitarios que tengan un carácter singular o sean debidos a necesidades imprevistas y urgentes,
b) Proyectos o actuaciones de cooperación regional que promueven el desarrollo económico y social.
c) Proyectos de rehabilitación de inmuebles dañados, que tengan un interés público o social de carácter excepcional.
d) Cualquier otro tipo de proyectos o actuaciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que justifiquen su singularidad para imposibilitar su convocatoria pública.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas empadronadas en Castilla-La Mancha, las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en esta región y las Corporaciones Locales de Castilla-La Mancha , que presenten proyectos incardinados en los supuestos establecidos.
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