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CerrarAutorización de un gasto por importe total 1.675.960,56 € para la cuarta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia de Mayores de Maranchón (Guadalajara)
La vigencia de la prórroga será de 2 años (desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2018, ambos días incluidos).
El gasto que conlleva dicha prórroga, 1.675.960,56 €, supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades Castilla-La Mancha para el año 2015, prorrogados, por Decreto 225/2015, de 22 de diciembre de 2015, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el aparatado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno su aprobación.
Autorización de un gasto por importe total de 1.261.543,15 € derivado del expediente de la segunda prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia para personas mayores de Jadraque (Guadalajara).
La vigencia de la prórroga tendrá una duración que abarca el período de ejecución comprendido entre el 16 de junio de 2016 y el 15 de junio de 2018 (ambos días incluidos).
El gasto que conlleva dicha prórroga, 1.261.543,15 €, supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades Castilla-La Mancha para el año 2015, prorrogados por Decreto 225/2015, de 22 de diciembre de 2015, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno su aprobación.
Autorización de un gasto por importe total 1.261.543,15 € para la segunda prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia de Mayores de Socovos (Albacete).
La vigencia de la prórroga será por el período comprendido entre el 16 de junio de 2016 y el 15 de junio de 2018, ambos días incluidos.
El gasto que conlleva dicha prórroga, 1.261.543,15 €, supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades Castilla-La Mancha para el año 2015, prorrogados por Decreto 225/ con lo establecido en el apartado f) del citado artículo corresponde al Consejo de gobierno su aprobación.
Autorización de un gasto por importe de 30.057.361,75 euros para el desarrollo del Servicio de Ayuda a Domicilio. Y toma de conocimiento de convenios de colaboración y adendas entre la Consejería de Bienestar Social y entidades locales
La ayuda a domicilio tiene por objeto atender las situaciones de dependencia ya sean laborales, económicas, educativas, sanitarias, personales y sociales, que dificulten que la persona o unidad familiar pueda desenvolverse con autonomía en su domicilio y entorno habitual, favoreciendo las condiciones necesarias que hagan posible la permanencia en su medio habitual de convivencia en condiciones adecuadas.
En concreto se suscribirán un total de 675 convenios y adendas para la prestación del servicio de ayuda a domicilio en el año 2016, con el siguiente desglose:
-. 662 corresponden a la renovación de Adendas
-. 12 convenios nuevos
-. Convenio firmado en 2014 con el Consorcio de Servicios Sociales de Albacete para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en Castilla-La Mancha.
La cuantía total destinada a los convenios de colaboración y addendas es de 30.057.361,75 € euros.
Toma de conocimiento del proyecto de Orden de la Consejería de Bienestar Social por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la participación de proyectos de integración social del Sistema Público de Servicios Sociales.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, que tengan como finalidad el desarrollo de proyectos en materia de integración social.
La convocatoria de estas subvenciones se llevará a cabo mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de integración social.
Las entidades que concurran a la convocatoria de cada año, presentarán los proyectos según el modelo que figure en la convocatoria, de acuerdo con las siguientes líneas de actuación:
a) Proyectos de integración social dirigidos a población en situación de vulnerabilidad o exclusión social cuyos objetivos sean facilitar los procesos de integración social de estas personas y sus familias.
b) Dispositivos de alojamiento para personas que presentan una situación de vulnerabilidad o exclusión residencial.
c) Proyectos de intervención social en puntos, zonas o barrios desfavorecidos en municipios de Castilla-La mancha, cuyo objetivo sea detener los procesos segregación y exclusión de estos barrios.
d) Proyectos de mediación social con población romaní.
La subvención máxima a conceder por solicitud para cada ejercicio, tendrá un límite máximo de 500.000 €.
Enlace relacionado:
Autorización de un gasto por importe de 27.099.139, 98€ para la concesión de subvenciones a entidades privadas de iniciativa social, para el mantenimiento de centros y servicios destinados destinados a la atención de las personas con discapacidad
La Consejería de Bienestar Social, al amparo de la Orden de 23 de diciembre de 2015, de la Consejería de Bienestar Social por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social, para el mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas destinados a la atención de las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2016, ha propuesto conceder mediante Resolución, entre otras, las siguientes subvenciones por un importe total de 27.099.139,98€.
-. Asociación ASPRONA de Albacete: 3.787.685, 19 €
-. Asociación ASPRONA de Albacete (Atención Temprana): 650.672, 73 €
-. Asociación COCEMFE/FAMA de Albacete: 1.111.754,64 €
-. Asociación ASPADES-LA LAGUNA: 2,360. 757,06 €
-. Asociación AFAS LA SOLANA (Ci'1(11d Real): 750.000,00 €
-. Asociación AFAS TOMELLOSQ;(Ciudad Real): 2.060.981,85 €
-. Asociación AFAD de Valdepeñas (Ciudad Real): 549.411,00 €
-. Asociación FUENSANTA de Ciudad Real: 2.349.241,51 €
-. Asociación ARA de Ciudad Real: 1.173.442,61 €
-. Asociación ASPADEC de Cuenca: 1.293.421,50 €
-. Asociación Fray Serafín Madrid Soriano de Cuenca: 518.900,00 €
-. Asociación APROMIPS de Cuenca: 832.664,28 €
-. Agregación de Fund. Benéfico Particulares de Cuenca: 954.956,29 €
-. Asociación LAS ENCINAS de Guadalajara: 741.294,51 €
-. Fundación AFANIAS-BENITA GIL Guadalajara: 676.000,00 €
-. Asociación AMAFI de Yepes (Toledo): 1.749.650,39 €
-. Asociación APANAS de Toledo: 1.920.825,40 €
-. Asociación ASPRODETA de Talavera de la Reina: 1.046.279,02 €
-. Fundación MADRE DE LA ESPERAZNZA (Talavara): 891.207,00 €
-. Asociación APACE de Toledo: 532.400,00 €
-. C. CECAP de Toledo: 502.459,00 €
TOTAL: 27.099.139,98 €
Enlaces relacionados:
Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
Acuerdo por el que se toma en conocimiento la resolución de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se convoca la concesión de subvenciones para la dotación de medios materiales para agrupaciones de Protección Civil
La promoción y el desarrollo de la protección civil se consiguen gracias a la dotación del equipamiento necesario para hacer frente a las incidencias que acontecen en los municipios y se pretende por ello que exista un mínimo homogéneo en las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de Castilla-La Mancha.
Con este objetivo, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de Protección Ciudadana, convoca, en régimen· de concurrencia competitiva, para el año 2016 las subvenciones dirigidas a las entidades locales de Castilla-La Mancha para financiar la adquisición de medios materiales a las agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil.
La convocatoria de este año se divide en los siguientes módulos:
-. Uniformidad básica de voluntarios de Protección Civil: continuar ayudando a las agrupaciones de voluntarios de Protección Civil a adaptarse a la uniformidad establecida por la Orden de 30 de junio, c 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que establece la descripción y características de los carnés acreditativos, los medios materiales y las prendas que integran la uniformidad de los voluntarios.
-. Bomba eléctrica para inundaciones: contribuir a que las agrupaciones colaboren con los servicios profesionalizados en las labores de achique de agua cuando sea necesario por fenómenos meteorológicos adversos que hayan tenido lugar en el municipio.
-. Remolque de carga: dotar a las agrupaciones de medios adicionales de transporte.
-. Tienda de campaña de primeros auxilios: proporcionar a las agrupaciones una instalación portátil, de fácil y rápida instalación, que contribuya a una mejor prestación del servicio en acontecimientos multitudinarios como medio de apoyo en pequeñas incidencias médicas.
-. Dotación de material de emergencias: promover la adquisición de desfibriladores semiautomáticos externos y demás material médico auxiliar como dotación de contingencia para sucesos en los que las agrupaciones pueden realizar una primera actuación preventiva antes de la llegada del personal profesionalizado.
-. Máquina extendedora de sal: colaborar con los correspondientes servicios municipales en la previsión de heladas.
-. Equipo electrógeno portátil y complementos: dotar a las agrupaciones de un pequeño equipo electrógeno portátil como medio de apoyo ante la prestación de servicios en acontecimientos en los que no. se disponga de corriente eléctrica normalizada.
Respecto a la convocatoria de 2015, en la que también se incluyeron estos mismos módulos, se han realizado las siguientes modificaciones:
-. Uniformidad básica de voluntarios de Protección Civil: rebaja del precio de licitación para el año 2016, estimándose un precio de adquisición por lote de 222,04 euros. Se estima que a dicho módulo podrían acogerse hasta 60 ayuntamientos. Si se torna una media de 15 voluntarios por agrupación, se sumarían unos 900 lotes de uniformes, que tendrían un coste total de 199.836 euros.
-. Bomba eléctrica para inundaciones: se rebaja el precio de licitación para el año 2016, estimándose un precio de adquisición por unidad de 998,25 euros. Podrían acogerse hasta 13 ayuntamientos a este módulo, lo que supondría un coste total de 12.997,25 euros.
-. Remolque de carga: se aumenta el precio de licitación respecto a 2015 debido a lo ajustado de las ofertas presentadas por los licitadores el año pasado. SE estima un precio por cada unidad a adquirir de 2.238,50 euros, por lo que se proyecta que podrían acogerse 13 ayuntamientos a dicho módulo, lo que supondría un coste total de 29.100,50 euros.
-. Tienda de campaña de primeros auxilios: por el motivo que en el caso de los remolques de carga se estima conveniente aumentar el precio de licitación para este año hasta los 4.053, 50 euros por unidad. Teniendo en cuenta la alta demanda de este módulo el año pasado, se estima que podrían acogerse al mismo hasta un total de 22 ayuntamientos, lo que originaría un coste total de 89.177 euros.
-. Dotación de material de emergencias: se toma como precio de referencia de la licitación el establecido el año pasado, establecido en 2.040, 06 euros por unidad. A este módulo, que tuvo una alta demanda en 2015, podrían acogerse hasta 30 ayuntamientos por un coste total de 61.201.30 euros.
-. Máquina extendedora de sal: se estima un precio por lote de 2.169, 53 euros y la adhesión de 19 ayuntamientos a este módulo, lo que supondrían un coste total de 41.221, 07 euros.
-. Equipo electrógeno portátil y complementos: se rebaja el precio de licitación respecto a 2015, situándose en 1.160,60 euros por unidad. Se estima que podrían acogerse hasta 14 ayuntamientos a este módulo, lo que supondría un coste total de 16.262, 40 euros.
Enlace relacionado:
Proyecto de ley de concesión de un crédito extraordinario por importe de 140.760,50 euros, para sufragar los gastos de las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha celebradas el 24 de mayo de 2015.
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene la obligación de subvencionar los gastos electorales en los que incurran los partidos, las federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, de acuerdo con la Ley Electoral de Castilla-La Mancha.
Con este proyecto de Ley se complementan las subvenciones acreditadas por los partidos políticos en las cuantías resultantes de la diferencia entre el importe de la subvención concedida a cada partido y la suma del importe de las cantidades anticipadas y de las liquidadas provisionalmente a cada formación política.
El Consejo de Gobierno en su reunión del pasado 01 de marzo acordó tomar en consideración el anteproyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario, por importe de 140.760,50 euros, a las Cortes de Castilla-La Mancha para sufragar los gastos de las elecciones del pasado 24 de mayo e instar el dictamen del Consejo Consultivo.
El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha ha emitido un dictamen en el que concluye que se puede elevar al Consejo de Gobierno para su aprobación el anteproyecto de Ley.
Enlace:
Remisión de informe a las Cortes de Castilla-La Mancha, en el mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural, de la asistencia sanitaria prestada en dicho periodo, con medios ajenos en procedimientos quirúrgicos, diagnósticos y terapéuticos.
En aplicación del principio de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en el ámbito del sector público, se encomienda al Consejero de Sanidad las actuaciones procedentes en su Departamento para que el SESCAM informe a las Cortes de Castilla-La Mancha, en el mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural, por Gerencias, de la asistencia sanitaria prestada en dicho periodo con medios ajenos, de cada uno de los siguientes subconceptos del artículo 25:
- 251 Procedimientos quirúrgicos
- 252 Procedimientos diagnósticos
- 255 Procedimientos terapéuticos
Acuerdo por el que se dispone el nombramiento del vicepresidente de la Junta Rectora del Parque Natural del Alto Tajo
Se dispone el nombramiento como Vicepresidente de la Junta Rectora del Parque Natural del Alto Tajo de Don Timoteo Madrid Jiménez.
Enlace relacionado:
Acuerdo por el que se dispone el cese de la vicepresidenta de la Junta Rectora del Parque Natural del Alto Tajo.
Se dispone el cese de Doña Jennifer Vicente Benito como Vicepresidenta de la Junta Rectora del Parque Natural del Alto Tajo, agradeciéndole los servicios prestados.
Enlace relacionado: