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CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO DE FIRMES EN LA RED DE CARRETERAS AUTONÓMICAS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN LAS DISTINTAS PROVINCIAS

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza a la Consejería de Fomento la modificación de los porcentajes máximos previstos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

Asimismo, en relación con el mismo expediente, el Consejo de Gobierno:

  1. Autoriza un gasto por importe de 5.000.000,01 euros, correspondiente al expediente"CR-AB-18-277, contrato de servicios para el mantenimiento de firmes en la red de carreteras autonómicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el provincia de Albacete".
  2. Autoriza un gasto por importe de 5.000.000,01 euros, correspondiente al expediente "CR-CR-18-298, contrato de servicios para el mantenimiento de firmes en la red de carreteras autonómicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el provincia de Ciudad Real".
  3. Autoriza un gasto por importe de 5.000.000,01 euros, correspondiente al expediente "CR-CU-18-355, contrato de servicios para el mantenimiento de firmes en la red de carreteras autonómicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el provincia de Cuenca".
  4. Autoriza un gasto por importe de 5.000.000,01 euros, correspondiente al expediente "CR-GU-18-270, contrato de servicios para el mantenimiento de firmes en la red de carreteras autonómicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el provincia de Guadalajara".
  5. Autoriza un gasto por importe de 6.000.000 euros, correspondiente al expediente " CR-TO-18-332, contrato de servicios para el mantenimiento de firmes en la red de carreteras autonómicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el provincia de Toledo”.

 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2018, LAS SUBVENCIONES PARA FINANCIAR PROYECTOS PARA EL EMPLEO DE PERSONAS JÓVENES CUALIFICADAS

 

Objeto y finalidad: La Resolución tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2018, la convocatoria de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos para el empleo de personas jóvenes cualificadas, inscritas como beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, otorgando un incentivo a la contratación, de tal manera que la misma suponga una mejora de su empleabilidad.

 

La finalidad de estas subvenciones consiste en ofrecer una experiencia profesional a las personas jóvenes en búsqueda de empleo, realizando un trabajo efectivo en un entorno real, que les permita su inserción laboral.

 

Entidades beneficiarias: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria:

 

a) Las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios.

 

b) Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes y las sociedades civiles.

 

c) Las entidades sin ánimo de lucro.

 

Proyectos subvencionables: Los proyectos objeto de subvención deben hacer posible que las personas contratadas obtengan la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o formación cursados, con el objetivo final de mejorar su empleabilidad.

 

En el caso de entidades locales de Castilla-La Mancha, entidades vinculadas o dependientes de las mismas y agrupaciones de municipios, los proyectos subvencionables deberán estar relacionados con:

 

a) Energías renovables y/o eficiencia energética.

b) Infraestructuras hidráulicas y de abastecimiento.

c) Medioambiente: conservación y mantenimiento del medio natural, gestión y tratamiento de residuos, etc.

d) Urbanismo.

e) Patrimonio histórico-artístico, incluidos archivos y documentación.

f) Protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica; reducción de impacto ambiental.

g) Infraestructuras viarias y de mantenimiento para instalaciones de servicios públicos.

h) Atención a personas en situación de exclusión social.

i) Información y promoción turística y cultural.

j) Digitalización, proyectos I+D.

k) Otros proyectos de especial relevancia para la entidad beneficiaria.

 

Personas participantes: Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas mayores de 18 años y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:

 

a) Estar inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, lo que supone entre otros requisitos, no haber trabajado, recibido acciones educativas, ni acciones formativas, en el día natural anterior a la fecha de la formalización del contrato.

 

b) Estar en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo; o de certificado de profesionalidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

 

Modalidad de contratación, duración y jornada: La modalidad de contratación de duración determinada será la que mejor se ajuste a las circunstancias concretas de cada proyecto, debiendo formalizar las contrataciones en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión.

 

La contratación deberá formalizarse en la categoría profesional correspondiente a la titulación de la persona contratada.

 

La duración de los contratos no podrá ser inferior a 12 meses.

 

La jornada de los contratos de trabajo subvencionados será a tiempo completo y equivalente a la de un/a trabajador/a comparable de la entidad contratante.

 

Crédito presupuestario: Las subvenciones se concederán con cargo a fondos propios del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo destinándose a esta convocatoria un importe de 8.613.030 euros.

 

Cuantía de la subvención: La cuantía de la subvención será de 10.000 euros, por cada contrato temporal de doce meses de duración formalizado, no pudiéndose superar la cuantía de 50.000 euros por entidad.

 

El importe de la subvención concedida por contrato de trabajo irá destinado a sufragar el coste laboral, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social y no podrá ser superior, en ningún caso, al importe abonado por la entidad beneficiaria en dicho concepto.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 28/08/2018, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se convocan para el ejercicio 2018, las subvenciones para financiar proyectos para el empleo de personas jóvenes cualificadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciada por el Programa Operativo de Empleo Juvenil.

 

AUTORIZACIÓN DEL CUPO DE DOCENTES DE ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS PARA EL CURSO 2018/2019

EL CONSEJO DE GOBIERNO AUTORIZA  25.277  CUPOS DE EFECTIVOS DE LOS CUERPO DOCENTES NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO 2018‐2019.  

Autorización de la modificación de los porcentajes de gasto plurianual en la aplicación 18.02.423A.22 y en la anualidad 2019, hasta el 80,64 por ciento

El Consejo de Gobierno autoriza la modificación de los porcentajes de gasto plurianual establecidos en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en la aplicación  presupuestaria 18.02.423A.22 y en la anualidad 2019 hasta el 80,64 por ciento, derivada de la tramitación de los  procedimientos de contratación de  servicios de transporte escolar en la Comunidad Autónoma.

Autorización de la contratación, autorización de un gasto derivado del contrato de servicios sociales para la gestión integral de 60 plazas distribuidas en cuatro centros de primera acogida y valoración de protección de menores en las CR, CU y TO

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar la contratación y el gasto del expediente del contrato de servicios sociales para la gestión integral de 60 plazas distribuidas en cuatro centros de primera acogida y valoración de protección de menores en las provincias de Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo. Asimismo se autoriza  la superación de los porcentajes  previstos en el Artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, derivado de la tramitación del citado expediente.

La fecha estimada de inicio del contrato es el 1 de enero de 2019. La duración del contrato será de tres años a contar desde la fecha de su formalización, pudiendo prorrogarse antes de su finalización por acuerdo del órgano de contratación por un periodo máximo de dos años. 

Autorización de un gasto derivado del expediente del contrato de servicios sociales para la gestión integral del Centro Ocupacional para Personas con Discapacidad Intelectual Grave de Tarancón (Cuenca)

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar un gasto derivado de la contratación mediante el contrato de servicios sociales para la gestión integral del Centro Ocupacional para Personas con Discapacidad Intelectual Grave de Tarancón (Cuenca) y autorización de la superación de porcentajes previstos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, durante los ejercicios 2019, 2020 y 2021, derivado de la tramitación del citado expediente.

 

La duración prevista del contrato es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización. 

 

La fecha estimada de inicio del contrato es el día 15 de noviembre de 2018 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO A LA FUNDACIÓN IMPULSA DE CASTILLA-LA MANCHA, POR IMPORTE DE 1.042.724,52 EUROS PARA LA EXPOSICIÓN TEMPORAL DE LA SEMANA SANTA DE CUENCA

El objetivo de este acuerdo es autorizar el gasto a la Fundación Impulsa de Castilla-La Mancha, por importe de 1.042.724,52 euros para desarrollar la exposición con el fin de fomentar la Semana Santa de Cuenca.

DECRETO DE DELIMITACIÓN DE ZONAS PRIORITARIAS EN CASTILLA-LA MANCHA

El Decreto tiene por objeto establecer la delimitación geográfica de las zonas prioritarias de Castilla-La Mancha definidas en el artículo 4 de la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha, y se estructura en una parte expositiva, dos artículos, cuatro disposiciones finales y un anexo.

 

La delimitación geográfica de las zonas prioritarias en Castilla-La Mancha se realiza conforme se determina en el artículo 4.2 de la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, mediante Decreto, teniendo tal consideración el territorio de aquellos municipios de la región que se encuentren con un porcentaje de paro registrado sobre la población en edad de trabajar o un descenso de la población en los últimos cinco años determinados en dicho precepto.

 

Esos porcentajes se obtendrán aplicando los indicadores objetivos que se prevén el artículo 4.3 de la meritada ley.

 

En consecuencia, los municipios que en aplicación de dichos parámetros tienen la consideración de zona prioritaria se determinan en el anexo del Decreto.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PLAN REGIONAL DE AUTOEMPLEO, CREACIÓN DE EMPRESAS Y EMPRENDIMIENTO, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO

El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan Regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento.

 

Las subvenciones recogidas en el decreto tienen como finalidad favorecer el autoempleo, la creación de empresas y el emprendimiento en nuestra región, ayudando a los emprendedores y emprendedoras en cada etapa de su ciclo de vida: creación, crecimiento y consolidación en el mercado, promoviendo igualmente la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, el relevo generacional, así como la inserción laboral de personas familiares colaboradoras.

 

El decreto establece las siguientes líneas de subvención:

 

a)    Línea 1. Ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, cuyo objeto es impulsar el empleo por cuenta propia, mediante el inicio de una actividad económica en Castilla-La Mancha, compensando los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

 

b)  Línea 2. Ayudas para la consolidación de proyectos, cuyo objeto es aumentar la competitividad de las iniciativas económicas desarrolladas por personas trabajadoras autónomas, a través del asesoramiento y la formación técnica desarrollados por entidades especializadas.

 

c)  Línea 3. Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular de la actividad emprendedora, cuyo objeto es promover las condiciones óptimas para conciliar la vida personal, laboral y familiar en el trabajo autónomo.

 

d)  Línea 4. Ayudas para el fomento del relevo generacional, cuyo objeto es promover la continuidad, en el contexto socio laboral, de iniciativas económicas desarrolladas por personas trabajadoras autónomas, a través de las siguientes modalidades de subvención:

1ª. Subvención por la transmisión de la actividad empresarial.

2ª. Subvención por la contratación de duración determinada del relevista por la persona titular de la actividad empresarial.

 

e)Línea 5. Ayudas al familiar colaborador del titular de la empresa, cuyo objeto es apoyar el mantenimiento de la actividad emprendedora, fomentando la inserción laboral de familiares de la persona trabajadora autónoma principal, mediante la prestación de servicios en el negocio familiar.

 

f)Línea 6. Ayudas por la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena, cuyo objeto es fomentar la creación de empleo estable, a la vez que se potencia la iniciativa empresarial en nuestra región.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 53/2018, de 31 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA IMPULSO ECONÓMICO DE LAS COMARCAS MINERAS DEL CARBÓN

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA EL IMPULSO ECONÓMICO DE LAS COMARCAS MINERAS DEL CARBÓN, MEDIANTE EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURAS Y PROYECTOS DE RESTAURACIÓN DE ZONAS DEGRADADAS A CAUSA DE LA ACTIVIDAD MINERA.

 

El convenio marco de colaboración tiene como objeto establecer los cauces de colaboración entre el Ministerio para la Transición Ecológica y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la realización de aquellas actividades que se estimen necesarias para fomentar el desarrollo alternativo de las comarcas mineras del carbón, mediante el impulso y desarrollo de proyectos de infraestructuras y restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera, dentro del ámbito geográfico de Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y en los municipios relacionados en el Anexo I del Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto de acuerdo con los objetivos del Marco de Actuación 2013-2018.

 

El citado Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, que opera como bases reguladoras de un conjunto de subvenciones cuyo procedimiento de concesión se tramita por concesión directa, contiene en su Anexo I, la lista de los municipios afectados, distribuidos por Comunidades Autónomas, entre los que se encuentra la localidad de Puertollano, provincia de Ciudad Real.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, FORMACIÓN Y SEGURIDAD LABORAL, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, FORMACIÓN Y SEGURIDAD LABORAL, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN, DIRIGIDOS A PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS (MODALIDAD I), PARA LOS EJERCICIOS 2018 Y 2019

 

La resolución de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones para la realización de planes de formación, dirigidos a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I), para los ejercicios 2018 y 2019.

 

Las subvenciones que se convocan al amparo de esta resolución se financiarán con fondos finalistas, destinándose un importe total máximo de 6.364.000 euros, para la convocatoria 2018 y la misma cantidad para la convocatoria 2019 que se contabilizarán con cargo al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

 

En atención a que el importe global que recoge la resolución de 6.364.000 euros para la convocatoria de 2018, e idéntica cuantía para la convocatoria de 2019, de conformidad con el artículo 58.5.a) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la aprobación del gasto, toda vez que el importe global que figura en la resolución es superior a 5.000.000 euros.

 

Igualmente, se hace preciso someterlo a Consejo de Gobierno, a efectos de autorización de la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.

Enlaces relacionados:

CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN

AUTORIZACIÓN DE GASTO PARA EL EXPEDIENTE DE SUBVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2018, LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS

AUTORIZACIÓN DE GASTO PARA EL EXPEDIENTE DE SUBVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES TRAMITADO AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DE 22/5/2018, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE EMPLEO, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2018, LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL, COFINANCIADA POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO.

 

El Consejo de Gobierno autoriza respecto al expediente de subvención del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares tramitado al amparo de la Resolución de 22/5/2018, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se convocan para el ejercicio 2018, las subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, un gasto en la partida presupuestaria 19080000G/322B/46641 de 980.694,00 euros.