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DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN LA COMISIÓN MIXTA DE TRANSFERENCIAS.

La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, está integrada, de forma paritaria, por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma, siendo la encargada de elaborar las propuestas de traspaso de funciones y servicios inherentes a las competencias que, según el Estatuto de Autonomía, corresponden a la Comunidad Autónoma.    El Real Decreto 1064/1983, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria quinta de su Estatuto de Autonomía, establece la composición de la Comisión Mixta, correspondiendo a la Comunidad Autónoma la designación del Vicepresidente y de siete vocales, así como de un Secretario de Actas.    Enlaces relacionados:   Acuerdo de 25/02/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se designan representantes de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha en la Comisión Mixta de Transferencias. 

DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS PERMANENTES, POR PARTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Las Comisiones Bilaterales de Cooperación son órganos de cooperación de composición bilateral que reúnen, por un número igual de representantes, a miembros del Gobierno de la Nación, en representación de la Administración General del Estado, y a miembros del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.     Las normas de funcionamiento de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, publicadas en el BOE de 11 de noviembre de 2000 y en el DOCM de 3 de noviembre de 2000, disponen en su apartado II, la composición de la Comisión, señalando los miembros permanentes de cada parte y la posibilidad de su modificación por acuerdo comunicado de cualquiera de ellas.    Enlaces relacionados:   Acuerdo de 25/02/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se designa a los miembros permanentes, por parte de la comunidad autónoma, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN ÓRGANOS COLEGIADOS DE LAS CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS DEL TAJO, GUADIANA, JÚCAR, SEGURA, GUADALQUIVIR, EBRO Y DUERO.

El artículo 2.2.g) de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, por la que se crea la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, establece que dicho organismo ejerce entre otras funciones “la propuesta, para su nombramiento por el Consejo de Gobierno, de representantes en los órganos de la Administración hidráulica del Estado que afecten a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y en los que ésta deba estar representada conforme al ordenamiento jurídico vigente”.    Tras la nueva estructura de la Administración regional aprobada por el Decreto 56/2019, de 7 de julio, es necesario proceder a una nueva designación de los representantes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los distintos órganos colegiados de las Confederaciones Hidrográficas presentes en su ámbito territorial. 

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS DERIVADAS DEL MODIFICADO Nº1 DEL CONTRATO DE TRANSPORTE ESCOLAR POR CARRETERA.

El Consejo autoriza reconocimiento de obligaciones y la tramitación de pagos hasta un importe máximo 20.036,16 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.423A.22300, derivadas de:    - modificado nº1 del contrato de transporte escolar por carretera, lote 57, ruta 42 m, por un importe de 6.992,80 euros y modificado nº 2 del contrato de transporte escolar por carretera, lote 48, ruta 1 m, por un importe de 13.043,36 euros.

AUTORIZACIÓN DE LA INCORPORACIÓN AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO CORRIENTE DE OBLIGACIONES RECONOCIDAS EN EL EJERCICIO 2019.

El Consejo de Gobierno autoriza la incorporación al ejercicio presupuestario corriente de las obligaciones reconocidas en el ejercicio 2019 por importe de 1.064.340,60 euros, con cargo al capítulos II.    Estas obligaciones corresponden a gastos derivados del transporte de participantes en competiciones deportivas, asistencia por participar en tribunales,, suministros ele alimentarios a escuelas infantiles, suministro eléctricos y de agua a centros dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. 

IMPUGNACIÓN FRENTE A LA DESESTIMACIÓN PRESUNTA DEL REQUERIMIENTO DE ANULACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Nº 17 DEL AYUNTAMIENTO DE NAVAS DE JORQUERA.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la autorización de 14 de febrero de 2020, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al Gabinete Jurídico, para interponer recurso contencioso-administrativo frente a la desestimación presunta del requerimiento de anulación, presentado en fecha 18 de noviembre de 2019, de la Resolución nº17 del Ayuntamiento de Navas de Jorquera, de 18 de marzo de 2019, por la que se concede licencia de obras para la construcción de una caseta de aperos en la parcela 30, del polígono 5, de ese término municipal. 

IMPUGNACIÓN FRENTE A LA DESESTIMACIÓN PRESUNTA DEL REQUERIMIENTO DE ANULACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Nº 19 DEL AYUNTAMIENTO DE NAVAS DE JORQUERA.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la autorización de 14 de febrero de 2020, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gabinete Jurídico, para interponer recurso contencioso-administrativo frente a la desestimación presunta del requerimiento de anulación, presentado en fecha 18 de noviembre de 2019, de la Resolución nº19 del Ayuntamiento de Navas de Jorquera, de 19 de marzo de 2019, por la que se concede la licencia municipal para la ampliación de seis salas de cultivo de champiñón en la parcela 48 del polígono 18 de ese término municipal. 

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DESTINADO AL REFUERZO DE LA VICECONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SUS DIRECCIONES ADSCRITAS, LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE.

El Consejo de Gobierno autoriza el “Programa Temporal de Empleo para la incorporación de personal técnico y auxiliar administrativo, destinados al refuerzo de la Viceconsejería de Medio Ambiente y sus Direcciones adscritas, la Dirección General de Transición Energética y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible, para la tramitación de expedientes relacionados con la transición energética y otras tramitaciones medioambientales” por un periodo de un año. 

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 10/1999, DE 26 DE MAYO, DE CREACIÓN DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA.

En desarrollo de la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución que el artículo 32.5 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha atribuye a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se aprobó la Ley 10/1999, de 26 de mayo, de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha, dentro del marco normativo básico establecido por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.    La Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, ha sido incorporada al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, disposición que aprueba los principios generales que deben regir la regulación actual y futura de las actividades de servicios, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.    Esta última ley ha reformado aspectos sustanciales de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, con el objetivo de reforzar las garantías de los consumidores y usuarios, aumentar la transparencia de los colegios profesionales y suprimir cargas administrativas injustificadas en el ejercicio de las profesiones colegiadas. Entre los aspectos nucleares de la reforma, destaca la atribución al legislador estatal de la competencia para establecer los supuestos de colegiación obligatoria, pues ello ha supuesto que el Tribunal Constitucional, en su sentencia 69/2017, de 25 de mayo, declare la inadecuación de la Ley 10/1999, de 26 de mayo, al marco normativo básico vigente en materia de colegios profesionales, por vulneración de las competencias estatales en materia de colegiación.     Por todo ello, resulta necesario modificar la Ley 10/1999 en todos aquellos aspectos que puedan resultar afectados por la regulación básica vigente en esta materia, y en cumplimiento de lo declarado en la mencionada sentencia del Tribunal Constitucional.    Enlaces relacionados:   Ley 6/2020, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 10/1999, de 26 de mayo, de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha.

 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPUTACIÓN AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE 2020 DE LAS OBLIGACIONES DE COMPROMISOS DE GASTO DEBIDAMENTE ADQUIRIDOS EN EJERCICIOS ANTERIORES POR EL SESCAM.

Se autoriza la imputación al ejercicio corriente de obligaciones derivadas de los compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.  

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA INTERPONER RECURSO CONTRA LA ORDEN TEC/1024/2019, DE 10 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS-BUENDÍA, A TRAVÉS DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA, DE 19,2 HM³ PARA OCTUBRE DE 2019.

Se recurre la autorización de este trasvase acordado cuando las existencias efectivas de Entrepeñas y Buendía a fecha 1 de octubre de 2019 estaban en 454,6 hm3, por entender que la regla de explotación del trasvase, establecida en el RD.773/2014, de 12 de septiembre,  ha sido adoptada partiendo de restricciones en la cuenca cedente e incumple el objetivo legal de “dotar de mayor estabilidad interanual a los suministros, minimizando la presentación de situaciones hidrológicas excepcionales a las que se refiere el nivel 3”.    Adicionalmente se propone la interposición de un recurso indirecto contra el artículo 1 del RD.773/2014, igualmente por incumplimiento del citado objetivo marcado por la Ley 21/2015. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y EL NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, DESIGNADAS POR LAS LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA, EN REPRESENTACIÓN DE LOS INTERESES SOCIALES.

El Consejo de Gobierno aprueba Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de dos miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.    Tras la designación efectuada por la FMPCLM, se ha procedido al cese de don Angel Luis Mariscal Estrada y doña Manuela Nieto Márquez, y al nombramiento de don Manuel Martínez Rodríguez y don Ignacio Sánchez Pascual como miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 2/2020, de 18 de febrero, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.